Viernes, 31 de diciembre de 2021 · Viernes, 31 de diciembre de 2021 · Número 249
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2021_0000008938

Administración Local

Municipal

A Coruña

Personal

Anuncio de bases específicas para la cobertura de 22 plazas de auxiliar administrativo/la, C.Y. 5/20

ANUNCIO

Por Resolución del Concejal delegado de Economía, Hacienda y Régimen Interior, por delegación de la Xunta de Gobierno Local, de fecha 28 de diciembre de 2021, se resolvió autorizar la convocatoria y a la aprobación de las siguientes bases específicas:

BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN El PROCESO SELECTIVO PARA La COBERTURA, POLA TURNO LIBRE, DE 22 PLAZAS DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO/La (SUBGRUPO C2) DE La ESCALA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL, SUBESCALA AUXILIAR (C.Y. 5-20)

1. OBJETO

El objeto de estas bases específicas es ordenar el proceso selectivo para la cobertura, por el turno libre, de 22 plazas de auxiliar administrativo/la (subgrupo C2) de la escala de Administración general , subescala auxiliar (C.Y. 5-20), incluidas en las OEP del año 2017, 2018, 2020, segundo si detalla:

- OEP del año 2017 (BOP núm. 195 del 13/10/2017) 7 plazas de acceso libre, de las que una está reservada al turno de personas con diversidad funcional

- OEP del año 2018 (BOP núm. 139 del 23/07/2018; BOP núm. 232 del 05/12/2018; BOP núm. 247 del 28/12/2018) 5 plazas de acceso libre, de las que una está reservada al turno de personas con diversidad funcional

- OEP del año 2020 (BOP núm. 98 del 01/07/2020 y BOP núm. 149 del 10/09/2020) 10 plazas de acceso libre, de las que una está reservada al turno de personas con diversidad funcional

Estas bases son complementarias al procedimiento general de selección establecido en las bases generales para el acceso a plazas de personal funcionario del Ayuntamiento de A Coruña aprobadas por Resolución del Concejal delegado de Economía, Hacienda y Régimen Interior del 15/06/2021 (BOP núm. 115 del 21/06/2021, corrección de errores BOP núm. 128 del 09/07/2021).

2. SISTEMA DE SELECCIÓN

El sistema de selección será lo de oposición.

3. REQUISITOS

Para ser admitidas en la realización de las pruebas selectivas las personas aspirantes deberán reunir, además de los exigidos en las bases generales, los siguientes requisitos:

1. Poseer o estar en condiciones de obtener el título de graduado en educación secundaria obligatoria o equivalente.

A efectos de esta convocatoria, el término equivalente se entenderá referido exclusivamente a las titulaciones que, a consecuencia de la implantación de nuevos estudios adaptados a las sucesivas reformas educativas, vinieron a sustituir a las titulaciones extinguidas.

En lo caso de titulaciones obtenidas en lo extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente validación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que obtuvieran el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.

Las personas aspirantes deberán poseer todos los requisitos exigidos el día en que finalice el plazo para presentar las solicitudes y mantenerlos ata la fecha de su nombramiento cómo personal funcionario.

4. SOLICITUDES

Las solicitudes se presentarán preferentemente por vía electrónica a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de A Coruña (https://sede.coruna.gal/sede/es/tramites-y-servicios-electronicos/guia-de-procedimientos-y-servicios/detalle-de-procedimientos/participacion-en-pruebas-selectivas/contenido/1453753399919?argidioma=es) mediante el procedimiento específico “Participación en pruebas selectivas”. Podrán también presentarse en cualesquiera de las formas que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre , del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Para ser admitidas en las pruebas selectivas correspondientes las personas aspirantes deberán manifestar en sus solicitudes de participación que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la fecha en que finalice el plazo de presentación.

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 dilas natural, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio del extracto de la convocatoria en lo BOE/BOE.

4.1 Modelo de solicitud

Las personas aspirantes deberán cubrir con exactitud el modelo específico de solicitud de admisión a pruebas selectivas disponible en el siguiente enlace https://sede.coruna.gal/descarga/1453753402297/mod095_solicitud_pruebas_selectivas.pdf , en la página web www.coruna.gal o en las oficinas de asistencia en materia de registro del Ayuntamiento de A Coruña.

En aplicación del artículo 28 de la LPAC los datos incluidos en las solicitudes serán consultados lo pones Ayuntamiento de A Coruña. Excepcionalmente, si alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos se le podrá requerir a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

En caso de que las personas interesadas si opongan a la dicha consulta en virtud del dispuesto en el artículo 28.2 de la LPAC, deberán indicarlo en la casilla correspondiente de la solicitud y acercar una copia de la siguiente documentación:

− DNI/NIE

− Titulación académica o profesional exigida en la base 3

− Acreditación del pago de la tasa que corresponda por derechos de examen, solo en lo caso de no acreditar estar en algunos de los supuestos de exención de pago de conformidad con el establecido en el punto 4.2.

− Personas con diversidad funcional: certificado de discapacidad

En lo caso de solicitar la exención de la realización de la prueba de conocimiento del idioma gallego. las personas interesadas deberán acercar con la solicitud:

− Celga 3 o título equivalente debidamente homologado de acuerdo con la normativa de aplicación.

Las personas aspirantes deberán indicar en su solicitud, en el apartado de idioma del examen, sí el texto del ejercicio deberá entregarse en gallego o en castellano. Una vez realizada la opción y presentada la solicitud los y las aspirantes no podrán modificar su opción.

4.1 Acceso en el turno de diversidad funcional

Quien opte a las plazas reservadas para personas con diversidad funcional deberá acreditar un grado de discapacidad igual o superior al 33% e indicar expresamente esta opción en su solicitud; de no indicarlo, se entenderá que no optan por esta reserva.

Las personas aspirantes con discapacidad podrán pedir en el modelo oficial de la solicitud las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempo y medios de las pruebas del proceso selectivo el fin de asegurar su participación en condiciones de igualdad.

4.3 Pago de derechos de examen

Las personas aspirantes deberán abonar una tasa de 9,65 € por derechos de examen de acuerdo con la Ordenanza fiscal núm. 1 reguladora de la tasa por tramitación o expedición de documentos administrativos.

El ingreso del importe de la tasa podrá se realizará mediante autoliquidación de la tasa en la Oficina Virtual del Contribuyente (OVC) y posterior pago de la autoliquidación en Autoliquidaciones (coruna.gal), en cualesquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan cómo entidades colaboradoras en la recaudación tributaria, así como en la oficina de recaudación municipal situada en la Calle Franja, 20-22.

Estarán exentas del pago de esta tasa:

la) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.

b) Las personas que figuren cómo demandantes de empleo durante, por lo menos, 6 meses antes de la fecha de la publicación de la convocatoria de las pruebas selectivas en las que solicite la participación en lo BOP.

En aplicación del artículo 28 de la LPAC los documentos que si relacionan de sucesivo, que justifican la exención en lo pago de la tasa de derechos de examen, serán objeto de consulta en las base de datos de este ayuntamiento y de otras administraciones públicas según proceda:

la) Certificación de discapacidad de la persona solicitante

b) Certificación expedida por el servicio público de empleo en el que conste que la persona aspirante figura inscrita cómo demandante de empleo por lo menos desde los 6 meses anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria de las pruebas selectivas en las que solicita la participación

En caso de que las personas interesadas si opongan a la dicha consulta en virtud del dispuesto en el artículo 28.2 de la LPAC, deberán indicarlo en la casilla correspondiente de la solicitud y acercar una copia de estos certificados.

5. PROCEDIMIENTO SELECTIVO

El proceso selectivo constará de una fase de oposición.

Cualesquiera referencia normativa del temario se entenderá referida a las disposiciones legales vigentes en la fecha de publicación de estas bases en el Boletín oficial de la provincia.

Las personas aspirantes deberán acudir a todas las pruebas proveídos del DNI o documento equivalente que acredite su identidad.

Los aparatos electrónicos (teléfonos móviles, agendas, auricular, etc) están prohibidos dentro de la sala donde tengan lugar las pruebas. Lo son de un aparato electrónico permitirá al tribunal solicitar el vaciamiento de bolsas, mochilas y piezas de ropa para su localización. La negativa a la petición del tribunal o a la localización del aparato provocarán la expulsión del/a opositor/la de la prueba y no se procederá a la corrección de su ejercicio.

5.1 FASE DE OPOSICIÓN

La fase de oposición constará de cuatro ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio.

Primero ejercicio: Consistirá en la resolución por escrito de un cuestionario tipo test, en un tiempo máximo de 120 minutos, de 100 preguntas, más 10 preguntas de reserva, con cuatro alternativas de respuesta, siendo solo un de ellas correcta, en relación al contenido total del temario anexo la esta convocatoria.

Este cuestionario será elaborado por el tribunal inmediatamente antes del comienzo de la prueba.

La fecha de realización de este ejercicio no tendrá lugar antes de los 4 meses posteriores a la fecha de publicación de esta convocatoria en lo BOP.

La puntuación de cada pregunta será la siguiente:

1) Cada respuestas correcta puntuará un punto

2) Cada respuesta incorrecta descontará 0,25 puntos

3) Las preguntas dejadas en blanco no descontarán puntuación

El ejercicio será calificado con una nota final de 0 a 30 puntos, siendo necesario alcanzar una nota mínima de 19,5 puntos para superarlo. Las personas aspirantes que no alcancen la dicha nota mínima serán eliminados. Le corresponderá al tribunal determinar la puntuación del cuestionario exigida para alcanzar esta nota mínima.

La nota final será calculada a partir de los puntos obtenidos en el cuestionario utilizando la siguiente fórmula:

P – Pc

N = 19,5 + 19,5 ----------------------

100 - Pc

Siendo:

P = Puntos obtenidos por la persona aspirante en el cuestionario

PC = Puntos de corte, isto es, puntos que debe conseguir la persona aspirante para aprobar el ejercicio. Serán determinados por el tribunal durante la corrección de aquel

N = Nota final obtenida por la persona aspirante en el ejercicio (la cifra obtenida se le aplicará el redondeo estándar a dos decimales)

Al finalizar el ejercicio las personas aspirantes podrán llevar una copia de su hoja de respuestas.

En el plazo de 2 dilas hábiles desde la finalización de la prueba, el órgano de selección publicará en la página web y en el tablero de edictos y anuncios del Ayuntamiento de A Coruña la relación de respuestas correctas a las preguntas formuladas. Las personas interesadas podrán presentar las reclamaciones que consideren oportunas referidas a las preguntas, a su contenido y al cuadro de respuestas correctas en el plazo de 5 dilas hábiles contados desde el día siguiente su publicación.

Según ejercicio: Consistirá en resolver, en un tiempo máximo de 120 minutos, un cuestionario de 20 preguntas de respuesta corta en relación al contenido total del temario anexo la esta convocatoria. Las preguntas serán determinadas por el tribunal inmediatamente antes del comienzo del ejercicio.

En este ejercicio se valorará la capacidad de análisis, la claridad y la concreción del contenido de la respuesta en relación a la pregunta formulada.

Este ejercicio será calificado con un máximo de 30 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 19,5 puntos. Las personas aspirantes que no alcancen esta puntuación mínima serán eliminados.

Cada pregunta será valorada con un máximo de 1,5 puntos. El tribunal determinará el nivel de conocimientos exigidos para alcanzar la dicha puntuación mínima de conformidad con los criterios anteriormente descritos.

Las personas aspirantes podrán llevar una copia de su resolución la este ejercicio.

Tercero ejercicio: Consistirá en la realización de una prueba de carácter práctico utilizando MS Office 2013 que ponga de manifiesto el conocimiento y manejo de las aplicaciones de correo electrónico, procesador de textos y hoja de cálculo.

Este ejercicio será calificado con un máximo de 30 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 15 puntos. Las personas aspirantes que no alcancen esta puntuación mínima serán eliminados. El tribunal determinará el nivel de conocimientos exigidos para alcanzar la dicha puntuación mínima.

Al final del ejercicio las personas aspirantes podrán llevar una copia de su respuesta.

Cuarto ejercicio: prueba de conocimiento de la lengua gallega. Estarán exentas de realizar este ejercicio las personas aspirantes que acrediten dentro del plazo de presentación de solicitudes estar en posesión del Celga 3 o título equivalente debidamente homologado de acuerdo con la disposición adicional segunda del Orden de 16 de julio de 2007, por la que si regulan los certificados oficiales acreditativos de los niveles de conocimiento de la lengua gallega (DOG núm. 146, de 30 de julio ), modificada por el Orden de 10 de febrero de 2014 (DOG núm. 34, de 19 de febrero ).

El ejercicio consistirá en la traducción directa o inversa de un o varios textos, en castellano o gallego, en un tiempo máximo de 60 minutos. Los textos serán elegidos por el tribunal inmediatamente antes de la realización de la prueba. Este ejercicio será calificado cómo apto o no apto, le corresponde al tribunal la fijación del nivel de conocimiento exigido para superar esta prueba.

6. CUALIFICACIÓN FINAL

El orden de prelación de las personas aspirantes que superen el proceso selectivo se realizará de acuerdo con la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios de la oposición, no pudiendo superar el proceso selectivo un número superior de aspirantes al de plazas convocadas. No obstante el anterior, siempre que el tribunal propusiera el nombramiento de igual número de aspirantes que lo de plazas convocadas, y con el fin de asegurar la cobertura de estas cuando si produzcan renuncias de aspirantes seleccionados/las, el órgano convocante podrá requerir del Tribunal de selección una relación complementaria de las personas aspirantes que sigan a las propuestas, para su posible nombramiento cómo personal funcionario de carrera.

A los efectos previstos en este punto tendrán la misma consideración que las renuncias los supuestos referidos a los/a las aspirantes que dentro del plazo fijado no presenten la documentación requerida o que de su examen se deduzca que carecen de los requisitos indicados en la base 3 de esta convocatoria.

Las plazas reservadas para las personas con diversidad funcional que queden desiertas se podrán acumular a las de acceso general.

El tribunal podrá declarar desiertas aquellas plazas que no resulten cubiertas a la finalización del proceso selectivo por no ser superado por el número suficiente de personas aspirantes.

7. ACREDITACIÓN DE Los REQUISITOS

Finalizado el proceso selectivo las personas aspirantes propuestas por el tribunal deberán presentar en el plazo de 20 dilas natural, desde el día siguiente al de la publicación de la propuesta, la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en esta convocatoria:

Esta documentación se presentarán preferentemente por vía electrónica a través de registro electrónico dirigida al Servicio de Recursos Humanos del Ayuntamiento de A Coruña. Podrá también presentarse en cualesquiera de las formas que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre , del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Quien dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no acredite los requisitos exigidos en esta convocatoria no podrá ser nombrado y se anularán todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera incurrir por falsedad.

8. ELABORACIÓN DE LISTADOS DE PERSONAL FUNCIONARIO INTERINO

Se elaborará un listado de espera con las personas aspirantes que, superando alguno de los ejercicios de la fase de oposición, no obtuvieran plaza, para la cobertura temporal de plazas por personal funcionario interino en las circunstancias reguladas en el artículo 10.1 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre , por lo que si aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

ANEXO I TEMARIO

PARTE COMÚN:

TEMA 1.- La Constitución Española. Estructura. Título preliminar. Los derechos y deberes fundamentales, sus garantías y suspensión. La reforma constitucional.

TEMA 2.- Gobierno: Composición y funciones. Las Cortes Generales. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales.

TEMA 3.- La organización territorial del Estado en la Constitución Española. El sistema de distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas: competencias exclusivas, compartidas, concurrentes, de desarrollo y de ejecución. El Estatuto de autonomía de Galicia: Título preliminar. El poder gallego: el Parlamento. La Xunta y su presidente. Las competencias de Galicia.

TEMA 4.- Ley 39/2015, de 1 de octubre , del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas. Disposiciones generales. Los interesados en el procedimiento. La actividad de las Administraciones Públicas: normas generales de actuación. Tenérmelos y plazos.

TEMA 5.- El municipio: concepto y elementos. Territorio y población. Alteración de tener municipales en la legislación básica y autonómica. La provincia. Competencias. Otras entidades locales. Mancomunidades, comarcas y otras agrupaciones de municipios. Las áreas metropolitanas. Las entidades de ámbito territorial inferior al municipal.

TEMA 6.- Los recursos de las haciendas locales. Los tributos locales, tasas, precios públicos y contribuciones especiales. La participación en los tributos del Estado y de las Comunidades Autónomas. Las operaciones de crédito. La revisión de los actos de gestión tributaria. La potestad reglamentaria de las entidades locales en materia tributaria: las ordenanzas fiscales, contenido, tramitación.

PARTE ESPECÍFICA:

TEMA 1.- Las fuentes del ordenamiento jurídico. La Constitución. La ley y las normas con rango de ley: Tipos, elaboración y aprobación. Los tratados internacionales y el derecho de la Unión Europea. El reglamento: concepto y clases. La potestad reglamentaria local: ordenanzas, reglamentos y bandos.

TEMA 2.- Ley 39/2015, de 1 de octubre , del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas. Los actos administrativos: concepto, elementos, clases. Producción y contenido. Forma, motivación. La eficacia de los actos. Nulidad y anulabilidad.

TEMA 3.- Ley 39/2015, de 1 de octubre , del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas. Disposiciones sobre el procedimiento administrativo común: Garantías del procedimiento. Iniciación. Ordenación. Instrucción. Finalización. Ejecución. La tramitación simplificada del procedimiento administrativo común. La revisión de actos en vía administrativa: revisión de oficio. Recursos administrativos.

TEMA 4.- Ley 40/2015, de 1 de octubre , del régimen jurídico del sector público. De los órganos de las Administraciones Públicas: órganos administrativos, competencias, órganos colegiados, abstención y recusación. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. El funcionamiento electrónico del sector público. Los convenios.

TEMA 5.- Singularidades de los procedimientos administrativos de las entidades locales. Impugnación de los actos y acuerdos locales y ejercicio de acciones. Recursos administrativos y jurisdiccionales contra los actos locales. Certificaciones, comunicaciones, notificaciones y publicación de los acuerdos. El registro de documentos.

TEMA 6.- El patrimonio de las Administraciones Públicas. Los bien de las entidades locales. Normativa aplicable. Clases. Bien de dominio público. Bien patrimoniales. Inventario de bien. Utilización de bien de dominio público: régimen general de las autorizaciones y concesiones demaniales.

TEMA 7.- Actividad subvencional de las entidades locales: normativa autonómica y estatal. Disposiciones comunes a las subvenciones. Concesiones, órganos competentes, beneficiarios y procedimientos de concesión.

TEMA 8.- Los contratos del sector público: Objeto y ámbito de aplicación de la Ley de Contratos del Sector Público. Tipos de contratos del sector público. Contratos sujetos la regulación armonizada. Contratos administrativos y contratos privados. Las partes en los contratos del sector público. Órganos de contratación. Capacidad y solvencia del empresario. Competencia y normas específicas de contratación pública en las entidades locales.

TEMA 9.- Objeto, presupuesto base de licitación, valor estimado, precio del contrato y su revisión. Garantías exigibles en la contratación del sector público. Preparación de los contratos de las Administraciones públicas: expediente de contratación, pliego de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas. Adjudicación de los contratos de las Administraciones públicas.

TEMA 10.- La organización municipal. Régimen común: Órganos necesarios: alcalde, tenientes de alcalde, pleno y junta de gobierno local. Órganos complementarios. Las competencias municipales. Régimen de organización de los municipios de gran población: Ámbito de aplicación. Organización y funcionamiento de los órganos municipales necesarios. Gestión económico-financiera.

TEMA 11.- El sistema electoral local. Causas de inelegibilidad e incompatibilidad. Elección de los concejales y alcaldes. Constitución, vigencia y finalización del mandato corporativo. La censura y la cuestión de confianza en el ámbito local. El recurso contencioso-electoral.

TEMA 12.- Régimen de sesiones de los órganos de gobierno local: celebración de sesiones, debates y votaciones. Control y fiscalización del Pleno. Los actas. Régimen de delegaciones. Estatuto de los miembros de las Corporaciones Locales: adquisición, suspensión y pérdida de la condición de miembro de la corporación. Registro de intereses.

TEMA 13.- El personal al servicio de las Administraciones Públicas. Clases de personal. Adquisición y pérdida de la relación de servicio. Situaciones administrativas. Régimen disciplinario.

TEMA 14.- El personal al servicio de las Administraciones Públicas. Derechos y deber de los empleados públicos: Código de conducta. Jornada de trabajo, permisos, licencias y vacaciones. Derechos económicos y protección social. Incompatibilidades.

TEMA 15.- El presupuesto general de las entidades locales: concepto y contenido, elaboración y aprobación. Especial referencia a las bases de ejecución del presupuesto. La prórroga del presupuesto. La estructura presupuestaria. El crédito presupuestario. Modificaciones de créditos: clases y tramitación. La liquidación del presupuesto: contenido y tramitación.

TEMA 16.- El impuesto sobre bien inmuebles. El impuesto sobre actividades económica. El impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. El impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras. El impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana.

TEMA 17.- Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y bueno gobierno. Transparencia de la actividad pública. Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre , de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales: Disposiciones generales. Principios de la protección de datos. Derechos de las personas. Responsable y encargado del tratamiento de datos.

TEMA 18.- Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo , para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: Objeto y ámbito de la ley. El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación. Políticas públicas para la igualdad. Decreto legislativo 2/2015, de 12 de febrero , por lo que si aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad autónoma de Galicia en materia de igualdad: Las condiciones de empleo en igualdad en la Administración pública gallega.

A Coruña, 28 de diciembre del 2021

La Xunta DE GOBIERNO LOCAL, P.D. (03/07/2019)

El director del área de Economía, Hacienda y Régimen Interior

Manuel Ángel Jove Losada

2021/8938

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