Miércoles, 18 de febrero de 2026 · Miércoles, 18 de febrero de 2026 · Número 32
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2026_0000000867

Administración Local

Municipal

O Pino

Anuncio de aprobación de las bases de la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a asociaciones culturales y deportivas del Excmo. Ayuntamiento de O Pino (ejercicio 2026)

Mediante acuerdo adoptado por la Xunta de Gobierno Local el día 10/02/2026 se aprobaron las Bases Reguladoras de las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a la asociaciones culturales y deportivas del ayuntamiento de O Pino para el ejercicio 2026, cuyo texto se transcribe literalmente:

BASES DE La CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA ASOCIACIONES CULTURALES Y DEPORTIVAS DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE O PINO (EJERCICIO 2026).

1. OBJETO, FINALIDAD Y NORMATIVA APLICABLE A La CONVOCATORIA.

1.1. Objeto.

De conformidad con las competencias atribuidas a este Ayuntamiento por el art. 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril Reguladora de las Bases del Régimen Local y en aplicación del art. 23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y las normas de carácter reglamentario que la desarrollan (R.D. 887/2006), así como con la legislación de la Comunidad Autónoma de Galicia (Ley 9/2007), y el Plan Estratégico de Subvenciones 2025-2027 de este ayuntamiento aprobado en sesión plenaria de fecha 12 de diciembre de 2024 MARTES, 14 DE ENERO DE 2025 | BOP NÚMERO 8, se convocan subvenciones para la dinamización de las asociaciones culturales y deportivas con sede en el término municipal de O Pino, para el año 2026.

Vista la aprobación definitiva del Presupuesto General JUEVES, 08 DE ENERO DE 2026 | BOP NÚMERO 4

Considerando la Base 34ª.- del Presupuesto General para la anualidad 2026: Subvenciones con cargo a créditos globales Para la concesión de subvenciones con cargo a créditos globales se estará a lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y en su Reglamento y en la Ley 9/2007 de subvenciones de Galicia.

La convocatoria se dirige a las entidades culturales y deportivas, con el objeto de promover y apoyar estas entidades como herramientas activadoras y catalizadoras de la participación ciudadana.

1.2. Finalidad.

ES objeto de esta convocatoria otorgar subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de programas, proyectos o actividades de interés cultural y deportivo que realicen las entidades culturales y deportivas de O Pino durante el ejercicio económico 2026 (entre 1 de enero y el 1 de diciembre), que favorezcan la participación ciudadana y que tengan un carácter complementario respeto de los programas municipales.

Los proyectos presentados deberán tener relación con:

1. Proyectos, programas y/o actividades culturales y deportivas, valiosas para toda la ciudadanía de O Pino, sin ser necesario tener la condición de socio/la para participar en ellas (información y formación en conductas cívicas o mejora de hábitos en relación con el contorno, talleres, cursos, conferencias, o cualquier otro formato que se considere oportuno) y que favorezcan la participación activa de la ciudadanía en la vida del municipio.

1.3. Régimen jurídico.

A presente convocatoria se regirá íntegramente por las presentes Bases, y por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por la Ley 9/2007, de 13 de junio, de Subvenciones de Galicia, y los Reglamentos que las desarrollan y demás normas concordantes y de pertinente aplicación.

Asimismo, en la tramitación del gasto derivado de esta convocatoria específica se tendrá en cuenta lo establecido en el Presupuesto municipal para el año 2026.

2. ENTIDADES BENEFICIARIAS

Podrán ser beneficiarias las asociaciones culturales y deportivas legalmente constituidas, sin ánimo de lucro, y que presenten un proyecto, programa o actividad que se ajuste al objeto de la subvención debidamente detallado.

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones previstas en estas bases todas las asociaciones legalmente constituidas y con personalidad jurídica así como las agrupaciones de personas físicas y jurídicas sin personalidad jurídica constituidas para la consecución de los fines señalados como subvencionables. Ambos deben cumplir los siguientes requisitos:

1. Que se encuentren inscritas en el Registro de asociaciones de la Xunta de Galicia.

2. Que tengan sed social en el término municipal de O Pino.

3. Carecer de fines de lucro

4. Que, de acuerdo con sus estatutos, tengan objetivos y finalidades que sean de interés vecinal, cultural o deportivo, y coincidentes con el objeto de la subvención.

5. Desarrollar sus actividades en el término municipal

6. Que justificaran las subvenciones anteriormente otorgadas por el Ayuntamiento de O Pino, excepto aquellas para las que aún no transcurriera el correspondiente plazo de justificación.

7. Que estén al corriente del pago de deber por reintegro de subvenciones.

8. Que se encuentren al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y de la CCAA, y frente a la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de O Pino, sus Organismos Autónomos y Entidades de Derecho Público dependientes del mismo.

9. Los demás contemplados en la Ley general de subvenciones.

Si la actividad o proyecto para la que se solicita la subvención tiene como sujeto la menores de edad, deberá presentarse una declaración responsable de que todo el personal (incluido el voluntario) encargado de realizarla y que tenga contacto habitual con los menores, cumple con el requisito previsto en el art. 57.1 de la Ley Orgánica 8/2021, de 04 de junio, de Protección Integral a la infancia y la adolescencia frente a violencia, y en el artículo 8.4 de la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado.

La declaración responsable requerida estará incluida en el propio formulario de solicitud, que será firmado por el presidente o la representación actual de la entidad.

3. CRÉDITO PRESUPUESTARIO E IMPONERTE DE Las SUBVENCIONES

El importe de las subvenciones objeto de esta convocatoria específica es el que sigue con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias: 334.48000; 341.48000;= 9.005,00€

El importe de las subvenciones no podrá superar en ningún caso o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, lo cueste de la actividad subvencionada.

El cuantía de las subvenciones no podrá superar las siguientes cantidades en funciones de las correspondientes asociaciones:

· Culturales: HASTA 2.500,00 €.

· Deportivas: HASTA 3.000,00 €.

4.- GASTOS SUBVENCIONABLES.

4.1. Gastos subvencionables.

Se consideran gastos subvencionables aquellos que de manera indudable respondan a la naturaleza de las actividades o proyectos subvencionados, y lleven a cabo en el período comprendido entre el uno de enero y el uno de diciembre de 2026, tales como gastos de personal, profesionales, de organización de actividades, talleres, acciones formativas, suministros como cartelería y folletos, etc.

En todo caso, debe acreditarse fidedignamente en el correspondiente justificante de gasto que el mismo está directamente relacionado con la actividad o proyecto de que se trate.

Se considerará gasto realizado el que fue efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del período de justificación.

En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado.

El importe de las subvenciones en ningún caso podrán ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.

4.2. Gastos no subvencionables:

Son gastos no subvencionables aquellos relativos a las inversiones en bienes inventariables (considerara inventariable todo bien susceptible de valoración independiente, no fungible (que se agote con el uso) y cuya vida útil sea superior a un ejercicio económico), y todos aquellos incompatibles con la naturaleza del crédito presupuestario.

 

En ningún caso serán gastos subvencionables:

· Los intereses deudores de las cuentas bancarias.

· Intereses, recargos y sanciones administrativos y penitenciarios.

· Los gastos de procedimientos judiciales.

· Impuestos indirectos cuando son susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la renta.

· Los gastos en suministros (luz, agua, teléfono…), seguros.

En ningún caso serán subvencionables los gastos en bebidas alcohólicas y, en general, tampoco los realizados en concepto de “comidas, cenas, pinchos, etc.”.

No podrán ser objeto de subvención aquellos gastos que no se ajusten a los conceptos recogidos en los apartados anteriores ni se correspondan con el período fijado en la convocatoria.

5.- PROCEDIMIENTO:

5.1. INICIACIÓN.

5.1.1. Procedimiento de concesión: Régimen e inicio.

El procedimiento de concesión de las subvenciones objeto de la presente convocatoria se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.

El personal responsable del departamento de secretaría-intervención, actuará en calidad de órgano instructor según recoge el artículo 24 de la Ley General de Subvenciones.

El órgano competente para la resolución será del alcalde o órgano en quien delegue.

5.2. FORMA, DOCUMENTACIÓN Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.

5.2.1. Presentación de solicitudes de subvención:

La solicitud de subvención se presentará en la sede electrónica del Ayuntamiento de O Pino https://opino.sedelectronica.gal en el plazo DE UN MES contado a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Coruña.

También podrá presentarse de manera presencial en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento de O Pino o por cualquier de los medios regulados en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

5.2.2. Documentación de las solicitudes de subvención:

La solicitud de subvención deberá incluir la siguiente documentación:

La) Relativa a la entidad, y a la suya representación:

__ Estatutos de la entidad

__ Declaración responsable de no estar incursos en ninguno de los supuestos de prohibición a que se refiere el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones (anexo III).

__ Declaración responsable del compromiso de que todo el personal dedicado a la realización de las actividades o proyectos solicitados que impliquen contacto habitual con menores cumple con el requisito previsto en el art. 57.1 de la Ley Orgánica 8/2021, de 04 de junio, de Protección Integral a la infancia y la adolescencia frente a violencia, y en el art. 8.4 de la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado (anexo III).

__ Declaración responsable del número de personas socias (anexo III).

__ Compromiso de justificar la subvención concedida en el plazo establecido (anexo III).

__ Certificación de los datos bancarios de la persona/entidad solicitante, con correspondencia exacta con los datos aportados por la entidad interesada en lo que respecta al nombre el denominación social, CIF o NIF y al número de cuenta bancaria (en formato IBAN).

__ Certificación acreditativa de los cargos representativos de la entidad.

__ Certificados de encontrarse al corriente con las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (Certificados de la AEAT, Consellería de Hacienda y Seguridad Social) (anexo III).

 

 

B) Relativa las actividades, proyectos y/o actuaciones solicitadas:

__ Memoria en la que se hará mención la identidad de la entidad solicitante y las personas beneficiarias directa o indirectamente por la ayuda, presupuesto detallado de la inversión a realizar y calendario de la misma.

__ Presupuesto de ingresos y gastos de las actividades, proyectos o actuaciones solicitadas a nivel de detalle que permita identificar y comprobar que todos los conceptos de gasto son subvencionables.

__ Declaración de las subvenciones solicitadas y las que le fueron concedidas para la misma actividad o proyecto objeto de la solicitud de subvención, procedentes de cualquier Administración o ente público o privado, nacional o internacional (anexo III).

__ Cualquier otra documentación que la entidad solicitante entienda que es pertinente para una mejor valoración de la solicitud o para mayor detalle de la descripción de la actividad o proyecto, o actuación solicitada, mediante la presentación de una memoria complementaria con una extensión que no podrá exceder de 3 folios.

5.3. INSTRUCCIÓN.

5.3.1 Procedimiento de concesión: Instrucción:

La instrucción del procedimiento de concesión de subvenciones corresponde al departamento de secretaría-intervención.

El órgano instructor realizará de oficio cuántas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuáles debe formularse la propuesta de resolución. Sí la solicitud de subvención no reúne los requisitos establecidos por esta convocatoria, incluido el defecto, error o ausencia en los datos de la solicitud y/o en la documentación presentada, el órgano instructor requerirá la persona/entidad interesada para que emende la falta o aporte los documentos preceptivos, en el plazo máximo e improrrogable de diez (10) días hábiles, indicándole que sí no lo hiciera se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución que deberá ser dictada en los tener previstos en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo anterior, en cualquier fase del procedimiento anterior a la propuesta de resolución, se podrá requerir a la entidad o agrupación solicitante que aporte la información y documentación aclaratoria y complementaria que se considere conveniente para la correcta definición, evaluación, y comprobación de la solicitud presentada.

Una vez evaluadas las solicitudes, el órgano instructor formulará la propuesta de resolución provisional, debidamente motivada.

5.3.2 Criterios de valoración de las solicitudes:

La selección de las solicitudes y la cuantía de las subvenciones se determinará, una vez considerados los gastos que se vayan a realizar, de acuerdo con lo siguiente baremo:

DESCRIPCIÓN.

PUNTUACIÓN MÁX.

1. Número de personas beneficiarias.

30 puntos

2. Calidad de la programación.

35 puntos

3. Necesidad de la inversión

35 puntos

TOTAL

100 PUNTOS

5.3.3. Procedimiento de concesión: Propuesta de resolución provisional, trámite de alegatos y reformulación, propuesta de resolución definitiva, aceptación y resolución definitiva de las subvenciones.

El órgano instructor, formulará propuesta de resolución provisional, debidamente motivada, que deberá notificarse a las entidades interesadas mediante anuncio público en la fecha siguiente a la de su aprobación por el órgano competente, en los siguientes tableros y lugares de difusión:

la. Tablero de anuncios y edictos de la sede electrónica del Ayuntamiento de O Pino.

b. Página web del Ayuntamiento de O Pino.

c. Se remitirá por correo electrónico a cada entidad solicitante.

Tras esta publicación se concederá a las entidades solicitantes un plazo de CINCO días naturales para presentar alegatos.

Examinadas los alegatos aducidos o, en su caso, las reformulaciones presentadas por las personas/entidades interesadas, se formulará la propuesta de resolución definitiva por el órgano instructor, que deberá expresar la relación de entidades solicitantes para las que se propone la concesión de la subvención, y su cuantía, especificando su evaluación y los criterios de valoración sucesivos para efectuarla.

El expediente de concesión de subvenciones contendrá el informe del órgano instructor en el que conste que de la información que obra en su poder se desprende que las entidades beneficiarias cumplen todos los requisitos necesarios para acceder a las mismas.

La resolución definitiva se notificará a las entidades interesadas que habían sido propuestas como beneficiarias en la fase de instrucción, para que en el plazo de diez días comuniquen su aceptación o renuncia al órgano instructor. Transcurrido este plazo sin producirse la aceptación expresa, la subvención se entenderá tácitamente aceptada. La notificación tendrá lugar mediante anuncio público en los tableros indicados para la aprobación provisional así como remisión de correo electrónico en la fecha siguiente a la de su aprobación por el órgano competente.

La notificación se efectuará en los tener establecidos en el artículo 45 de la ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las administraciones pública. La resolución dictada pondrá fin a la vía administrativa y contra la misma se podrá interponer, bien recurso contencioso-administrativo, o bien, potestativamente y con carácter previo a este, recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó. La presentación del recurso de reposición podrá efectuarse en el plazo señalado en el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común (un mes desde la notificación de la resolución de reparto de ayudas). La interposición del recurso contencioso-administrativo podrá efectuarse en el plazo indicado en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción Contencioso-administrativa (dos meses desde la notificación de la resolución de reparto de ayudas)

6. JUSTIFICACIÓN DE La SUBVENCIÓN Y PLAZO.

A efectos de la justificación de la subvención concedida, será requisito necesario la presentación de la Cuenta Justificativa según el modelo normalizado que se adjunta, en los tener del artículo 28 de la Ley de Subvenciones de Galicia 9/2007, y que en todo caso deberá contener:

1. Memoria de actuación con indicación de las actividades realizadas, firmada por la persona responsable.

2. Memoria económica justificativa del coste según el Modelo de Cuenta Justificativa de subvención firmada por la persona responsable (Anexo VII) que contendrá:

· Relación de todos los gastos realizados en el proyecto subvencionado, con identificación de la factura, imponerte y proveedor.

· Relación detallada de todos los ingresos con que se financió la actividad (incluyendo la subvención concedida) con indicación de su importe y origen.

· Declaraciones según los puntos del modelo establecido y que se acompaña.

3. Certificados de encontrarse al corriente con las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (Certificados da AEAT, Consellería de Hacienda y Seguridad Social).

4. Facturas originales o fotocopia compulsada de las mismas, con los requisitos establecidos en el R.D. 1496/2003. Como mínimo contendrán:

· Núm. de factura e indicación expresa de que se trata de una factura, lugar y fecha de emisión.

· Denominación social, NIF y domicilio de quien expide la factura y del destinatario/a.

· Descripción y fecha de realización de la operación.

· Imponerte, desglose del IVA con indicación del tipo aplicable y total. No se admitirán facturas en las que no se haga constar “IVA añadido”.

· Recargos, descuentos y retenciones aplicables

5. Cuando la factura sea pagada mediante transferencia bancaria deberá aportarse extracto bancario que justifique la transferencia o ingreso en la cuenta del beneficiario/a.

6. En las facturas pagadas en efectivo, deberá acreditarse su pago de la siguiente forma, indicando:

lo “Pagado” o “Recibí”.

el Fecha de pago.

el Sello de la empresa y firma del perceptor del pago, indicando el DNI y nombre completo de quien firma.

el Estampillado donde consta lo % subvencionado con cargo a fondos del Ayuntamiento de O Pino.

7. Justificar la publicidad de la cofinanciación por el Ayuntamiento (como mínimo se deberá acompañar un documento justificativo: folleto, cartel, debiendo ser obligatoria la publicidad en redes sociales (dirección url).

8. Reportaje fotográfico de las actuaciones realizadas y que fueron objeto de la subvención concedida.

9. En el caso de gastos imputables a la actividad, como nóminas o porcentajes de facturas, deberán acompañarse estas de informe donde se certifique el porcentaje aplicable a la actividad.

10.Cualquier otra documentación que sea requerida por la Intervención municipal, en función de las características especiales de la subvención.

El plazo para la justificación será hasta 01 de diciembre de 2026.

7. REINTEGROS

Procederá el reintegro de la subvención con exigencia del interés de demora desde el momento del pago en los casos que en cualesquier de las siguientes situaciones:

• Incumplimiento de la finalidad objeto de la subvención.

• Justificación de forma insuficiente o deficiente.

• Obtención de la subvención falseando u ocultando las condiciones necesarias para eso.

• No justificar la publicidad de la cofinanciación por el Ayuntamiento.

8. INFRACCIONES Y SANCIONES

En esta materia, se estará lo dispuesto en lo Titulo IV de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de subvenciones.

 

O Pino,

El alcalde-presidente

 

ANEXO I - 2026

CONVOCATORIA DE AYUDAS - PARA ASOCIACIONES CULTURALES Y DEPORTIVAS DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE O Pino

SOLICITUD

SOLICITANTE:

 

CIF:

 

REPRESENTANTE:

 

DNI:

 

DIRECCIÓN:

 

SOLICITO:

Subvención por imponerte de:__________________ para la realización de las actividades descritas en la memoria.

Adjunto la siguiente documentación:

La solicitud de subvención deberá incluir la siguiente documentación:

La) Relativa la entidad , y su representación:

__ Estatutos de la entidad. Inscripción en el Registro de Asociaciones de la Xunta de Galicia. Nombramiento en vigor de representantes.

__ Declaración responsable de no estar incursos en ninguno de los supuestos de prohibición a que se refiere él artículo 13 de la Ley General de Subvenciones (anexo III).

__ Declaración responsable del compromiso de que todo el personal dedicado la realización de las actividades o proyectos solicitados que impliquen contacto habitual con menores cumple con el requisito previsto en el art. 57.1 de la Ley Orgánica 8/2021, de 04 de junio, de Protección Integral a la infancia y la adolescencia frente a violencia, y en el art. 8.4 de la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado (anexo III).

__ Declaración responsable del número de personas socias (anexo III).

__ Compromiso de justificar la subvención concedida en el plazo establecido (anexo III).

__ Certificación de los datos bancarios de la persona/entidad solicitante, con correspondencia exacta con los datos aportados por la entidad interesada en lo que respecta al nombre el denominación social, CIF o NIF y al número de cuenta bancaria (en formato IBAN).

__ Certificación acreditativa de los cargos representativos de la entidad.

__ Certificados de encontrarse al corriente con las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (Certificados de la AEAT, Consellería de Hacienda y Seguridad Social) (anexo III) (anexo III).

B) Relativa las actividades, proyectos y/o actuaciones solicitadas:

__ Memoria en la que se hará mención la identidad de la entidad solicitante y las personas beneficiarias directa o indirectamente por la ayuda, presupuesto detallado de la inversión a realizar y calendario de la misma.

__ Presupuesto de ingresos y gastos de las actividades o proyectos, o actuaciones solicitadas a nivel de detalle que permita identificar y comprobar que todos los conceptos de gasto son subvencionables.

__ Declaración de las subvenciones solicitadas y las que le fueron concedidas para la misma actividad o proyecto objeto de la solicitud de subvención, procedentes de cualquier Administración o ente público o privado, nacional o internacional (anexo III).

__ Cualquier otra documentación que la entidad solicitante entienda que es pertinente para una mejor valoración de la solicitud o para mayor detalle de la descripción de la actividad o proyecto, o actuación solicitada, mediante la presentación de una memoria complementaria con una extensión que no podrá exceder de 3 folios.

O Pino, _____________de _________________de ______.

Firma;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, los datos de carácter personal recogidos en este impreso serán incorporados a un fichero automatizado con exclusiva finalidad de su uso dentro de este Ayuntamiento. El titular de los mismos puede ejercer su derecho de rectificación o cancelación, en los tyermos da ley, dirigiéndose al Ayuntamiento de O Pino.

SR./SR. ALCALDE – PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE O Pino

ANEXO II - 2026

CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA ASOCIACIONES CULTURALES Y DEPORTIVAS DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE O Pino

MODELO DE MEMORIA DE ACTIVIDADES

1) Nº DE PERSONAS BENEFICIARIAS DE La AYUDA:

 

 

 

2) DESCRIPCIÓN DE Las ACTIVIDADES A REALIZAR Y PARA Las QUE SE SOLICITA La AYUDA:

 

 

 

3) PRESUPUESTO DETALLADO DE La INVERSIÓN A REALIZAR:

 

 

 

4) CALENDARIO DE Las ACTIVIDADES:

 

 

 

O Pino, _____________de _________________de ______.

Firma;

 

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía dos derechos digitales, os datos de carácter personal recogidos en este impreso serán incorporados a un fichero automatizado con exclusiva finalidad de su uso dentro de este Ayuntamiento. O titular dos mismos puede ejercer o su derecho de rectificación o cancelación, en los tener da ley, dirigiéndose al Ayuntamiento de O Pino.

 

SR./SR. ALCALDE – PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE O Pino

 

ANEXO III - 2026

CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA ASOCIACIONES CULTURALES Y DEPORTIVAS DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE O Pino

DECLARACIÓN RESPONSABLE

Don/Doña__________________________________________________________, con NIF____________________________, en calidad de representante legal de la Asociación __________________________________________________________ con CIF: __________________________________________________.

1.- Declara responsablemente, tal y como prevé el artículo 13 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, cumplir todos los requisitos recogidos en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia para obtener la condición de beneficiario de una subvención pública.

Artículo 10. Requisitos para obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora.

1.- Podrán obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora las personas o entidades que se encuentren en la situación que fundamenta la concesión de la subvención o en las que concurran las circunstancias previstas en las bases reguladoras y en la convocatoria.

2.- No podrán obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora de las subvenciones reguladas en la presente ley las personas o entidades en las que concurra alguna de las circunstancias siguientes, salvo que por la naturaleza de la subvención se exceptúe por su normativa reguladora:

la) Ser condenadas mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas.

b) Solicitar la declaración de concurso, ser declarados insolventes en cualquier procedimiento, encontrarse declarados en concurso, estar sujetos a la intervención judicial o ser inhabilitados conforme a la ley concursal sin que concluya el período de inhabilitación fijado en la sentencia de cualificación del concurso.

c) Dar lugar, por causa de la que habían sido declarados culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la administración.

d) Estar incursa la persona física, los administradores de las sociedades mercantiles o aquellas que ostenten la representación legal de otras personas jurídicas en alguno de los supuestos de incompatibilidades que establezca la normativa vigente.

y) No encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social o tener pendiente de pago alguna otra deuda con la Administración pública de la Comunidad Autónoma en los tener que reglamentariamente se determinen.

f) Tener la residencia fiscal en un país o territorio cualificado reglamentariamente como paraíso fiscal.

g) No encontrarse al corriente del pago de las obligaciones por reintegro de subvenciones en los tener que reglamentariamente se determine.

h) Haber sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones según presente ley o la Ley general tributaria.

No podrán acceder a la condición de beneficiarios las agrupaciones previstas en el según párrafo del apartado 3 del artículo 8 de la presente ley cuando concurra alguna de las prohibiciones anteriores en cualquier dosis suyos miembros.

3. En ningún caso podrán obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora de las subvenciones reguladas en la presente ley las asociaciones incursas en las causas de prohibición previstas en los apartados 5 y 6 del artículo 4 de la ley orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación.

Tampoco podrán obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora las asociaciones respeto de las que se había suspendido el procedimiento administrativo de inscripción por encontrarse indicios racionales de ilicitude penitenciario, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 30.4 de la Ley orgánica 1/2002, en tanto no recaiga resolución judicial firme en cuya virtud se poda practicar la inscripción en el correspondiente registro.

2.- Declara responsablemente que todo el personal dedicado la realización de las actividades o proyectos solicitados que impliquen contacto habitual con menores cumple con el requisito previsto en el art. 57.1 de la Ley Orgánica 8/2021, de 04 de junio, de Protección Integral a la infancia y la adolescencia frente a violencia, y en el art. 8.4 de la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado.

3.- Declara que la entidad cuenta actualmente con el siguiente número de socios: ____.

4.- Declara que en relación con otras ayudas concedidas o solicitadas:

No solicitó ni si le concedieron ninguna otra ayuda para este mismo proyecto y/el conceptos.

Sí solicitó y/o si le concedieron otras ayudas para este mismo proyecto y/o conceptos, que son las que a continuación se relacionan:

ORGANISMO

AÑO

IMPONERTE (€)

SOLICITADA/CONCEDIDA/PAGADA (indicar el que proceda)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

5.- Asimismo, señala que autoriza o no a la consulta de la existencia de deudas ante la Agencia estatal de la Administración Tributaria y la Seguridad Social (si no autoriza deberá presentarla documentación que acredite el cumplimiento de estos requisitos).

 

NO

Autoriza la consulta de la inexistencia de deudas con la AEAT

 

 

Autoriza la consulta de la inexistencia de deudas con la Seguridad Social

 

 

Autoriza la consulta de la inexistencia de deudas con la Xunta de Galicia

 

 

Autoriza la consulta de la inexistencia de deudas con el Ayuntamiento de O Pino

 

 

6.- Adquiere el compromiso de justificar la subvención concedida en el plazo establecido en el convenio de colaboración subscrito entre el ayuntamiento y la asociación por el cual se concede la subvención.

7.- Que todos los datos contenidos en la presente declaración son ciertos.

 

O Pino, _____________de _________________de ______.

Firma;

 

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, los datos de carácter personal recogidos en este impreso serán incorporados a un fichero automatizado con exclusiva finalidad de su uso dentro de este Ayuntamiento. El titular de los mismos puede ejercer su derecho de rectificación o cancelación, en los tener da ley, dirigiéndose al Ayuntamiento de O Pino.

 

SR./SR. ALCALDE – PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE O Pino

 

ANEXO IV - 2026

MODELO DE JUSTIFICACIÓN DE SUBVENCIONES EJERCICIO DE 2026

AYUNTAMIENTO DE O Pino

1. DATOS DEL BENEFICIARIO

Entidad:

 

CIF:

 

Dirección:

Localidad:

 

C.P.:

Teléfono:

 

Correo electrónico1:

Presidente:

 

DNI:

Representante (sí es distinto del Presidente):

 

DNI:

Teléfono persona contacto:

 

Teléfono de la entidad:

 

2. OBJETO DE La SUBVENCIÓN CONCEDIDA E IMPONERTE

Objeto:

 

Nº expte:

Importe:

Ejercicio:

 

 

 

3.- MEMORIA

3.1 DESCRIPCIÓN DE Las ACTIVIDADES REALIZADAS

Declaro que se cumplió el objeto de la subvención concedida.

Declaro que se cumplieron todos las condiciones impuestas en la concesión de la subvención.

Declaro que se realizaron las actividad/s o proyecto que fundamentó la subvención mediante la realización de las actuaciones contempladas en las facturas presentadas y que se consiguieron alcanzar los resultados pretendidos y que fundamentaron la ayuda concedida.

ACTIVIDADES REALIZADAS

FECHA

LUGAR

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

1 Obligatorio en los casos del art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre

3.2 DESCRIPCIÓN DE Los OBJETIVOS ALCANZADOS

Se deberán describir los resultados obtenidos y la incidencia derivada de la actividad de fomento (por ejemplo: La actividad subvencionada afecta a ___ chicos de edades comprendidas entre __ y ___ años e implica el fomento del ocio y la práctica deportiva. Si compite a nivel _____ . Se obtuvieron los siguientes resultados competitivos: _____ etc.)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

3.3 MEMORIA ECONÓMICA JUSTIFICATIVA DEL COSTE DE La ACTIVIDAD/ACTUACIÓN REALIZADA

Relación detallada de gastos e ingresos:

GASTOS

Nº FRA

FECHA FRA.

ACREEDOR

CONCEPTO

IMPORTE

FECHA PAGO

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Totales

 

INGRESOS

ORIGEN (AGENTE FINANCIADOR)

CONCEPTO

IMPORTE

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Totales

 

En el caso de justificación de los gastos de personal, acompaño la siguiente documentación:

Nómina/s

Relación Nominal de Trabajadores (RNT)

Recibo de Liquidación de Cotizaciones (RLC)

Modelo 111 de pago IRPF o modelo correspondiente

Deberá constar el sello de estampado en el que se indica el porcentaje imputable a la esta subvención

En el caso de justificación con recibos de seguros, si acompaña:

Recibo del seguro

Justificante bancario de pago

Copia de la póliza

Deberá constar el sello de estampilado en el que se indica el porcentaje imputable a la esta subvención

Presento las facturas originales o copias compulsadas justificativas de los fondos recibidos en las que consta lo siguiente texto: factura imputada en un ___% al Ayuntamiento de O Pino” (indicar el porcentaje que corresponda)

Justificante/s del pago de las facturas:

· Cuando la factura sea pagada mediante transferencia bancaria deberá aportarse extracto bancario que justifique la transferencia o ingreso en la cuenta del beneficiario/a.

· En las facturas pagadas en efectivo, deberá acreditarse su pago de la siguiente forma, indicando:

lo “Pagado” o “Recibí”.

el Fecha de pago.

el Sello de la empresa y firma del perceptor del pago, indicando el DNI y nombre completo de quien firma.

el Estampillado donde consta lo % subvencionado con cargo a fondos del Ayuntamiento de O Pino.

Presupuestos obligatorios del artículo 31.3 de la Ley General de Subvenciones: cuando el gasto subvencionado supera las cuantías del contrato menor (suministros y servicios :15.000 + IVA y obras: 40.000 + IVA) (riscar la opción que proceda)

No procede

Declaro que la entidad solicitó los tres presupuestos (acompañar)

Declaración sobre ayudas recibidas (riscar la opción que corresponda:)

Declaro que no se recibió ninguna otra subvención para la misma finalidad y que por lo tanto las facturas justificativas de la subvención no fueron utilizadas como justificación en ninguna otra ayuda.

Declaro que se recibieron otras subvenciones para la misma finalidad y que las ayudas recibidas en lo superan el coste de la actividad objeto de la presente subvención nominativa:

Descripción

Importe

Entidad otorgante

 

 

 

 

 

 

Acreditación de estar al corriente con la Hacienda Estatal, Autonómica y Seguridad Social (riscar la opción que corresponda)

AUTORIZO al ayuntamiento a la suya comprobación.

Presento las certificaciones de Hacienda y de la Seguridad Social.

Declaro que no hay deudas con el ayuntamiento de O Pino.

Certificación de la cuenta bancaria (solo en caso de que el ayuntamiento no disponga de la misma).

Declaro expresamente que se doy publicidad de la colaboración/patrocinio del ayuntamiento en la actividad subvencionada: folletos, cartelería, página web, redes sociales, ruedas de prensa así como cuanta información gráfica, escritura y sonora que se realizó por mor del programa o actividad subvencionada.

Se acredita la publicidad de la cofinanciación por el Ayuntamiento (como mínimo se deberá acompañar un documento justificativo: folleto, cartel, debiendo ser obligatoria la publicidad en redes sociales (dirección url): _________________________________.

Reportaje fotográfico de las actuaciones realizadas y que fueron objeto de la subvención concedida.

D./Dña _______________________________________________________, Secretario/a de la entidad ___________________________________________, certifica la veracidad de los datos incluidos en la presente Memoria final justificativa de las actividades subvencionadas por el ayuntamiento de O Pino en el ejercicio 2026 (Subvención _________________________)

 

Fdo secretario/a.

O Pino, ______ de ____________________ de _____

Firma del Presidente/a:

 

SR ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE O Pino

 

O Pino, la 12 de febrero de 2026

El Alcalde, Manuel Taboada Vigo

2026/867

 

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