Administración Local
Municipal
Malpica de Bergantiños
Secretaría
Convocatoria subvenciones entidades deportivas año 2025
ANUNCIO
Después de aprobar por Resolución de la alcaldía núm. 512/2025 de fecha 25 de septiembre, la convocatoria y publicación de las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el fomento de las actividades deportivas año 2025;
Se aportan las bases reguladoras que regirán la convocatoria:
BASES REGULADORAS DE La CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA El FOMENTO DE Las ACTIVIDADES DEPORTIVAS DE Las ENTIDADES DEPORTIVAS AÑO 2025
1.- FINALIDAD Y OBJETO DE La CONVOCATORIA.
A presente convocatoria tiene por objeto regular el procedimiento de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para fomentar las actividades deportivas y deportivo-recreativas que promuevan asociaciones y clubes deportivos legalmente constituidos al amparo de las competencias reguladas en la Ley 7/1985, de bases de régimen local y en la Ley 5/1997, de administración local de Galicia. Se financiarán las actuaciones realizadas en el período que va comprendido entre 1 de enero del 2025 y el 31 de diciembre de 2025.
2.- BENEFICIARIOS.
Podrán solicitar las subvenciones reguladas en la presente convocatoria las asociaciones que cumplan con todos y cada uno de los requisitos siguientes:
la) Asociaciones sin ánimo de lucro.
b) Asociaciones de ámbito local con personalidad jurídica propia.
c) Asociaciones que desarrollen sus actividades en el término municipal.
d) Asociaciones que no tengan pendiente de justificar ninguna subvención concedida por el Ayuntamiento de Malpica de Bergantiños.
y) Asociaciones que figuren inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Malpica de Bergantiños antes de publicar las presentes bases. (Queda excluida cualquier federación deportiva)
f) Las entidades que presenten su solicitud de subvención para esta convocatoria no podrán presentar otra para las destinadas a entidades sin ánimo de lucro para el fomento de la cultura que se convoquen este año.
No podrán tener la condición de beneficiarios aquellas personas o entidades en las que concurran las circunstancias enumeradas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, general de subvenciones.
3.- ACTIVIDADES SUBVENCIONABLES.
Las subvenciones que se concedan conforme a las presentes bases tendrán por objeto:
3.1. Colaboración en los gastos corrientes derivados de la realización de las actividades de promoción deportiva o participación en campeonatos deportivos federados por los sujetos mencionados en el artículo 2 de las presentes bases.
3.2. Gastos generales de funcionamiento, conservación, mantenimiento o reparaciones menores de la entidad, que no tengan el carácter de inversión.
3.3. La entidad que recibiera una ayuda del Ayuntamiento de Malpica hará constar en lugar visible y destacado de la publicidad de la actividad la colaboración del Ayuntamiento de Malpica de Bergantiños con la leyenda: “subvencionado por el Ayuntamiento de Malpica de Bergantiños” acompañada de su escudo. El tamaño del escudo y leyenda deberá ser, cuando menos, de igual tamaño que los restantes que aparezcan en el mismo soporte gráfico.
3.4. La publicidad y materiales gráficos elaborados con motivo de las actividades que reciban ayudas del Ayuntamiento de Malpica de Bergantiños utilizarán el idioma gallego.
3.5. No serán subvencionables los gastos en bebidas alcóholicas, carburantes, alimentación, ni viajes o excursiones, en este último caso salvo que se justifique suficientemente su carácter exclusivamente deportivo.
4.- CUANTÍA, LÍMITE Y COMPATIBILIDAD DE Las SUBVENCIONES.
La cuantía de las subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Malpica no podrá ser superior al ochenta por ciento del presupuesto de gastos. La cuantía de las subvenciones reguladas en las presentes bases no podrá ser tal que, aisladamente o en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras administraciones públicas o de otros entes públicos o privados, supere el coste total de la actividad a desarrollar por el beneficiario.
5.- PLAZO Y PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.
Las solicitudes deberán formularse a través del Registro Telemático (http://sede.malpicadebergantinos.es/gl/index.html), en el plazo de 20 días naturales que comenzarán a contar desde el día siguiente al de la publicación del estrato de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. Las solicitudes deberán formularse en los modelos normalizados que figuran como ANEXO de estas bases. Aportándose la siguiente documentación:
1º Memoria explicativa de las actividades a realizar o realizadas durante la temporada 2025.
2º Presupuesto detallado de la entidad, donde se relatarán todos los gastos y los ingresos, incluyendo las cuotas de socios.
3º Documento que acredite el número de socios de la entidad en el momento de la presentación de la solicitud y el número de licencias federativas y las categorías en las que se desarrollan las actividades deportivas.
4º Documento que acredite el acuerdo de la solicitud y el nombramiento del representante.
5º Certificado de titularidad de la cuenta bancaria en la que realizarán los pagos.
6º Declaración responsable de la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas.
7º Declaración responsable de no estar incursos en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, así como autorización al ayuntamiento para la verificación de encontrarse al día con la hacienda municipal.
8º Certificado en vigor acreditativo de se encontrará al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Seguridad Social, la Agencia Tributaria y la Xunta de Galicia o autorización al Ayuntamiento de Malpica de Bergantiños para consultar que se encuentran al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Seguridad Social y la Agencia Tributaria.
Además esto debe comprobarse tanto cuando se otorga la subvención como cuando se va a aprobar la justificación.
9º Fotocopia de los estatutos de la entidad.
10º Fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal de la entidad.
11º Documento que acredite la composición de la Xunta Directiva de la entidad.
12º Fotocopia del DNI del representante de la entidad
13º Fotocopia del recibo de la póliza de Responsabilidad Civil en vigor de la entidad.
No será necesaria aportar la documentación de los puntos 9º, 10º y 11º anteriores, cuando ya conste en las dependencias del Ayuntamiento al estar inscritas las entidades en el Registro Municipal de Asociaciones, siempre y cuando se presente declaración jurada de que no se han modificado los datos y circunstancias incluidas en dicha documentación y que no ha transcurrido más de 5 años desde su presentación.
6.- CRITERIOS PARA La CONCESIÓN DE SUBVENCIONES.
Cada entidad participante podrá obtener hasta un máximo de 100 puntos, que serán repartidos por la comisión Evaluadora como sigue:
1 – Representatividad o interés social de la entidad peticionaria en el Ayuntamiento, podéndo obtener un máximo de 10 puntos basándonos en criterios como:
· Historial deportivo del clube o entidad.
· Categoría (1º equipo y superior de cualquier de los equipos de base).
· Modalidad en la que participa (criterio que tomará como referencia el número de licencias federadas de cada modalidad deportiva, según la última publicación del Consejo Superior de Deportes).
· Cantidad de público, socios, …
2 – Número de licencias federativas, siendo acompañado de una certificación federativa que lo acredite y pudiendo obtener un máximo de 15 puntos. Puntuaráse según la siguiente relación:
· Ente 10 y 40 licencias 3 puntos
· Ente 41 y 60 licencias 6 puntos
· Ente 61 y 80 licencias 9 puntos
· Ente 81 y 100 licencias 12 puntos
· 101 o más licencias 15 puntos
3 – Número de categorías en las que participa la entidad en competiciones federadas. (Máximo 10 puntos).Puntuaráse un punto por cada categoría y podrán sumar 2 puntos más se disponen de todas las categorías de base (considerando desde prebenxamín la juveniles)
4 – Actividades propuestas. (10 puntos máximo) La hora de otorgar la puntuación se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:
· Número de actividades propuestas (sin contar la competición oficial).
· Carácter periódico o permanente.
· Grado de interés general o sectorial de las actividades (nivel de la actividad, inclusiva, relación que política deportiva que se lleva a cabo desde el ayuntamiento).
5 – Presupuesto anual de gastos detallado. (10 puntos máximo)
Se valorará con un máximo de 5 puntos el porcentaje de ayuda municipal solicitada en relación a la cuantía total del presupuesto, pudiendo tener en cuenta el porcentaje de gastos fijos (desplazamientos, licencias,...).
· Menor o igual al 30% : 5 puntos
· Mayor del 30% y menor o igual al 40%: 4 puntos
· Mayor del 50% y menor o igual al 50%: 3 puntos
· Mayor del 50% y menor o igual al 60%: 2 puntos
· Mayor del 60% y menor del 70%: 1 puntos
Se valorará con un máximo de 5 puntos los gastos derivados del alquiler de instalaciones municipales para la realización de los entrenamientos de la entidad.
6 – Relación con el ayuntamiento y colaboración en eventos municipales. (Máximo de 15 puntos). Se valorarán los siguientes aspectos:
· Nº de actividades organizadas por el ayuntamiento en las que colaboran anualmente.
· Coordinación con los programas municipales.
7 – Méritos deportivos alcanzados en la temporada, que serán justificados que pertinente certificación federativa. (Máximo 15 puntos)
· Puesto alcanzado en su competición.
· Ascensos, campeonatos, …
· Jugadores de la entidad aportados a las diferentes selecciones (española, gallega,…).
8 – Estructura de la entidad (Máximo 15 puntos) teránse en cuenta indicadores de crecimiento como:
· Contar con varias modalidades deportivas.
· Promoción deporte base, teránse en cuenta especialmente las titulaciones de las personas vinculadas los equipos de estas categorías (desde prebenxamín hasta cadete ambos incluidas).
· Dispone de categorías femeninas.
· Proyecto futuro.
7.- IMPONERTE Y APLICACIÓN PRESUPUESTARIA.
El importe global para las presentes subvenciones será de 20.000 € con cargo a la partida 341.480 de los presupuestos del Ayuntamiento de Malpica de Bergantiños para el año 2025.
8.- INSTRUCCIÓN Y ÓRGANO INSTRUCTOR.
El órgano competente para instruir el procedimiento, así como para la realización de cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los que debe pronunciarse la propuesta de resolución será la el Técnico de deportes. El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe de la Comisión Evaluadora formulará la propuesta de resolución provisional, en la que se expresará el cumplimiento de los requisitos de los solicitantes para la concesión de las ayudas, la relación nominal y la cuantía individualizada de subvención que se propone para cada solicitante, conforme a los criterios de para la concesión de la subvención establecidos en el artículo 6 de las presentes bases.
Si en la instrucción del expediente fueran tenidos en cuenta otros hechos o datos distintos de los aportados por los interesados, se le notificará la propuesta de resolución, concediéndoles un plazo de 10 días para que presenten los alegatos que estimen pertinentes. A la vista de los alegatos presentados, el órgano instructor formulará la propuesta de resolución definitiva.
De no presentarse alegatos, o en caso de que este trámite no fuera necesario segundo al párrafo anterior, la propuesta de resolución provisional tendrá automáticamente el carácter de propuesta de resolución definitiva.
9.- COMISIÓN EVALUADORA.
La Comisión Evaluadora, será designada por el alcalde y estará compuesta por un presidente que será el alcalde de la corporación, un secretario que será un funcionairo de la corporación actuando sin voz ni voto y tres vocales elexidos por el alcalde de entre los miembros del grupo de gobierno, emitirá informe en el que se concretará individualizadamente para cada beneficiario el resultado de la evaluación realizada.
10.- RESOLUCIÓN.
El órgano competente para la concesión de las subvenciones será el Alcalde. El acuerdo de concesión o denegación será motivado, quedando constancia en el expediente los fundamentos de la resolución que se adopte. Las subvenciones concedidas se notificarán individualmente y se publicarán en el tablero de anuncios del Ayuntamiento.
11.- OBLIGACIONES DE Los BENEFICIARIOS.
Las entidades subvencionadas tendrán que:
1.- Acreditar el cumplimiento de la finalidad para la que se conceda la subvención, con la presentación de la memoria y dadocumentación justificativa de los gastos realizados (facturas originales) así como su certificación correspondiente.
2.- Someterse a las actuaciones de comprobación del Ayuntamiento y a las de control financiero que corresponde a la Intervención municipal.
3.- Comunicarle al Ayuntamiento la concesión de otras subvenciones concurrentes por parte de otras administraciones o entidades privadas para la misma finalidad.
4.- Señalar en todo tipo de publicidad que estas actividades cuentan con la financiación del Ayuntamiento con la expresión “subvencionado por el Ayuntamiento de Malpica de Bergantiños” acompañado del escudo oficial del Ayuntamiento, a efectos del cual deberán añadir junto con la documentación justificativa fotocopia que testimonie el cartel o medio/s mediante los cuales se tiene hecho dicta publicidad y el lugar de los mismos.
5.- Participar en las actividades organizadas desde el Ayuntamiento cuando les sea solicitada su colaboración.
6.- Asumir todas las responsabilidades legales y civiles de las actividades que se realizan y la devolución íntegra de la cantidad otorgada en caso de no cumplir con estas bases.
12.- ACEPTACIÓN POR Los BENEFICIARIOS.
La subvención se entenderá aceptada por el solicitante si en el plazo de 10 días desde la notificación de la concesión no manifestara expresamente su rechazo.
13.- JUSTIFICACIÓN DE Las ACTIVIDADES Y PAGO DE Las SUBVENCIONES.
Para el cobro de la totalidad de las subvenciones deberán aportar al Ayuntamiento cuando se le soliciten la totalidad de la documentación requerida para este fin. En todo caso, los gastos subvencionados deberán haber sido realizados durante el año 2025. Se admitirán únicamente justificantes correspondientes a actividades realizadas entre 1 de enero de 2025 y el 31 de diciembre de 2025. Dispondrán de un plazo de tres meses para presentar la justificación, contados a partir del día siguiente en el que reciban la notificación de la resolución de concesión. La justificación deberá realizarse mediante la presentación de los siguientes documentos:
la) Declaración o certificación de tener cumplida la finalidad de la subvención mediante la realización de las actividades para las que fue concedida, así como las memorias de prensa, los materiales gráficos editados y canta documentación contribuya a clarear la realización y alcance de la inversión y, en su caso, la acreditación de haber realizado los materiales de difusión de la entidad y de las actividades objeto de ayuda en gallego.
b) Relación detallada de las subvenciones o ayudas obtenidas de otras administraciones públicas o entidades privadas para el mismo objeto o, por lo contrario una declaración de no tener otras subvenciones públicas o privadas para el mismo objeto.
c) Acreditación de la realización de gastos, de la manera siguiente:
Las subvenciones que tengan por finalidad la realización de actividades que generen gastos corrientes, se justificarán mediante facturas originales (con los requisitos exigidos en el RD 1496/2003).
En el caso de gastos de personal, podrán aportarse como justificante las nóminas acreditativas del pago o los documentos justificativos de ingreso de los seguros sociales.
En ambos, los dos casos, deberá acreditarse el pago de las facturas o nóminas que se presenten a efectos de la justificación de la ayuda. Para los gastos iguales o superiores la 1.000 euros deberá acreditarse el pago, a través de alguno soporte bancario: transferencia, cheque o tarjeta de creto o débito. En los demás casos deberá constar en la factura que esta fue pagada con el serlo y/o firma del emisor.
El gasto, justificado mediante la documentación señalada, deberá alcanzar, por lo menos, el importe de la ayuda concedida,tal como viene este definido en el párrafo 1 de las consideraciones generales de justificación o la suma de las subvenciones obtenidas de administraciones públicas o entidades privadas, en caso de que existan.
DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA.
Para el no previsto en esta convocatoria se estará al dispuesto en las Bases de ejecución del presupuesto del Ayuntamiento de Malpica de Bergantiños y en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, así como en la Ley de Subvenciones de Galicia
En Malpica de Bergantiños, la 25 de septiembre de 2025
El Alcalde
Fdo: Eduardo José Parga Veiga
ANEXO
SOLICITUD DE SUBVENCIÓN ENTIDADES DEPORTIVAS AÑO 2025
SOLICITANTE: (Los datos cubiertos deberán coincidir exactamente con los datos de la tarjeta del CIF/NIF presentada, y con los titulares de la cuenta bancaria)
Datos de la entidad:
Denominación: _____________________________ CIF: ____________________
Dirección: ____________________ C.P. _________ Localidad : ______________
Tlfno: _____________ Fax: ____________ e-mails : ________________________
Nº de registro en la Xunta de Galicia: _______________
Datos del representante:
Nombre y Apellidos: _______________________________ NIF: ________________
Tlfno: ________________ Relación con la endidade: _________________________
e-mails : ________________________________________________
OBJETO DE La SUBVENCIÓN:
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FINALIDAD DE La ACTIVIDAD |
PRESUPUESTO DE GASTOS |
IMPONERTE DE La SUBVENCIÓN SOLICITADA |
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1.- MEMORIA EXPLICATIVA
Proyecto de la actividad, interés y objetivo que se persigue:
Número de actividades propuestas:
Número de personas que se beneficiarán de la ayuda:
Calendario de las actividades que se realizarán:
2.- PRESUPUESTO DETALLADO
GASTOS
|
CONCEPTO |
IMPORTE |
_______________________________________________________________________________________________________
_______________________________________________________________________________________________________
_______________________________________________________________________________________________________
TOTAL GASTOS
INGRESOS
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CONCEPTO |
IMPORTE |
PROPIOS ____________________________________________________
SOLICITADOS A ESTE AYUNTAMIENTO __________________________________
DIPUTACIÓN DE A Coruña _______________________________________
XUNTA DE GALICIA ____________________________________________
OTROS _____________________________________________________
TOTAL INGRESOS
3.- DOCUMENTO QUE ACREDITA El NÚMERO DE SOCIOS, LICENCIAS Y CATEGORIAS
D/DOÑA _________________________________ con DNI _________________,
como Secretari@ de la entidad ______________________________________.
CERTIFICA: que la día de hoy la entidad ________________________________ tiene ______________ socios y ______________ licencias federativas, que desarrollan sus actividades en las siguientes categorías:
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BENXAMIN |
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ALEVIN |
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INFANTIL |
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CADETE |
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JUVENIL |
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SENIOR |
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VETERANOS |
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OTRAS …
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Y para que conste, a los efectos oportunos, expido a presente certificación.
En ________________ la ____ de________________ del 2025.
Vº y Prace Fdo:
@ PRESIDENTE @ SECRETARI@
4- DOCUMENTO ACREDITATIVO DEL ACUERDO DE La SOLICITUD Y DEL NOMBRAMIENTO DEL REPRESENTANTE Y AUTORIZACIÓN PARA La CONSULTA DE DATOS.
D/DOÑA __________________________________ con DNI ________________, como Secretari@ de la entidad ______________________________________.
CERTIFICA: Que en la reunión de la junta directiva de la mencionada entidad, celebrada el día ____________ se adoptó el acuerdo de presentación de la siguiente solicitud:
_______________________________________________________________________________________________________
_______________________________________________________________________________________________________
_______________________________________________________________________________________________________
_______________________________________________________________________________________________________
Asimismo, se acordó nombrar la D/DOÑA ________________________________ con DNI ___________, representante para las relaciones de esta entidad con el Ayuntamiento de Malpica de Bergantiños.
Autorizo al Ayuntamiento de Malpica de Bergantiños para consultar que esta entidad se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Seguridad Social y la Agencia Tributaria.
Y para que conste, a los efectos oportunos, expido a presente certificación.
En ________________ la ____ de__________________ del 2025
Vº y Prace Fdo:
@ PRESIDENTE @ SECRETARI@
5.- designación de la cuenta bancaria y comunicación de la baja de datos bancarios.
I. Datos del acreedor (se deberán aportar fotocopia del NIF o CIF, salvo que ya la presentara con anterioridad)
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nif
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Nombre o denominación social
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Domicilio Fiscal |
Municipio
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Provincia
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Código Postal
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Teléfono
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II. Datos del representante
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NIF
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Nombre o denominación social
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III. Alta de datos bancarios
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IBAN:
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La CUMPLIMENTAR POR La ENTIDAD DE CRÉDITO
Certifico, la petición de la persona reflejada en “I. Datos del Acreedor” y a los efectos de domiciliación de los importes que la misma le vaya a ordenar la Tesorería del Ayuntamiento de Malpica de Bergantiños, la existencia de la cuenta referenciada en “III. Alta de datos bancarios” a nombre del titular que se refleja en lo citado apartado “I. Datos del acreedor”.
(Serlo de la entidad de crédito) POR La ENTIDAD DE CRÉDITO
Fdo.:__________________________________-
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IV. Baja de datos bancarios
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IBAN:
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(firma del acreedor o representante)
6.- Declaración responsable de la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas.
D/DOÑA _________________________________ con DNI __________________,
como Secretari@ de la entidad ______________________________________.
DECLARA: Que para el ejercicio 2025 tiene solicitada una subvención al Ayuntamiento de Malpica, por imponerte de ____________€ con el siguiente objeto: __________________________________________________________________
2.- Que, para la misma finalidad, se obtuvieron, además las siguientes subvenciones, por los importes que se indican:
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Entidad concedente |
Importe (euros) |
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TOTAL SUBVENCIONES RECIBIDAS |
€ |
NINGUNA OTRA SUBVENCIÓN
Y para que conste, a los efectos oportunos, expido a presente declaración.
En ________________ la ____ de________________ del 2025
Vº y Prace Fdo:
@ PRESIDENTE @ SECRETARI@
7.- DECLARACIÓN DE NO ESTAR INCURSO EN CAUSA DE INCOMPATIBILIDAD O INCAPACIDAD Y PARA La PERCEPCIÓN DE La PRESENTE APORTACIÓN Y OTRAS ASÍ COMO La AUTORIZAÓN Al AYUNTAMIENTO PARA La VERIFICACIÓN DE ENCONTRARSE Al DÍA CON La HACIENDA MUNICIPAL.
(Esta declaración deberá realizarla la persona nominada como representante)
D/Dña. _____________________________________ con el DNI _____________________________________
como representante de la entidad _____________________________________
DECLARA:
el Que conoce y acepta las bases de la presente convocatoria
el Que son ciertos cuantos datos figuran en la Solicitud de participación.
el Que no está incurso/la en circunstancias que supongan la prohibición de percepción de subvención o ayudas públicas (artículo 13.2 y 13.3 LXS)
el Que está al corriente de sus obligaciones tributarias, de Seguridad social (art. 14.1. LXS) y con la Hacienda Municipal del Ayuntamiento de Malpica de Bergantiños, para la cal se compromete
el Que autorizo que se soliciten datos a la hacienda municipal, y de no tener deudas con el Ayuntamiento.
el Que se compromete a aportar los datos que se le puedan solicitar a los efectos de las comprobaciones previstas en la legislación actual de subvenciones.
el Que no hubo variaciones en los datos aportados en el registro de asociaciones del Ayuntamiento de Malpica.
En ________________ la ____ de____________________ del 2025
Fdo:
2025/6339