Administración Local
Municipal
Oleiros
Personal
Convocatoria y bases de selección para cubrir, por personal laboral hizo, dos plazas de agente de emergencias y protección civil
Convocatoria y bases para cubrir -por personal laboral hizo y turno libre- dos plazas de agente de emergencias y protección civil, aprobada por resolución número 2025004518, de 11 de septiembre de 2025.
Esta convocatoria específica constituye el desarrollo de las bases de la convocatoria unitaria publicada en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de A Coruña nº 182, de 23 de septiembre de 2022, para la provisión de plazas vacantes convocadas por esta Corporación para el año 2022 y siguientes.
1. Características de las plazas y retribuciones
Número de plazas: 2
Denominación: Agente de emergencias y protección civil
Nivel de titulación: Graduado en educación secundaria obligatoria o equivalente
Retribuciones: Asimiladas a funcionario del grupo C2, nivel de complemento de destino 18
Oferta de Empleo Público: Años 2023 y 2025
2. Requisitos de las personas aspirantes
la) Tener la nacionalidad española o alguna otra que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 2/2015, de 29 de abril, del Empleo Público de Galicia, permita el acceso al empleo público.
b) Estar en posesión del título de graduado en educación secundaria obligatoria o equivalente.
Asimismo, se estará a lo establecido en el Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de graduado en educación secundaria obligatoria y de bachillerato regulados en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberán poseer el documento que acredite su homologación o la credencial de reconocimiento del título a efectos profesionales.
c) Estar en posesión de los permisos de conducir de las clases B y C.
d) No haber sido separado/la mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni encontrarse en la situación de inhabilitación absoluta o especial para lo desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial, cuando se trate de acceder al cuerpo o escala de persona funcionario del cual la persona fue separada o inhabilitada.
y) En el caso de nacionales de otros estados, no estar inhabilitado/la o en situación equivalente, ni haber sido sometido la sanción disciplinaria o equivalente que impida en el Estado de origen el acceso al empleo público en los tener anteriores.
f) Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder, de ser el caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
g) Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para lo desempeño de las correspondientes funciones o tareas.
3. Solicitudes
3.1. Las solicitudes se presentarán únicamente por vía electrónica a través del registro en la sede electrónica del Ayuntamiento de Oleiros Sede electrónica -> Servicios generales -> Registro electrónico -> Inscripción en los procesos de selección de personal.
3.2. También se pueden presentar por vía telemática en las oficinas de Correos, mediante ORVE al código digital de destino “L01150584”.
3.3. Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquier de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica del Ayuntamiento de Olleros.
3.4. El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de él Estado.
3.5. Las personas aspirantes deberán indicar en su solicitud, en el apartado «Idioma del examen», si el texto de la prueba de conocimientos se deberá entregar en idioma gallego o en idioma castellano. Una vez realizada la opción y presentada la solicitud, la persona aspirante no podrá modificar la opción. En el caso de no indicarse ninguna de las opciones se entregará la versión en lengua gallega.
3.6. La participación en este proceso de selección es voluntaria, e implica que se presta consentimiento para realizar las pruebas y los ejercicios psicotécnicos, de existir, aceptando que el resultado de esas pruebas sea empleado como factor de valoración, de conformidad con el previsto en estas bases.
4. Derechos de examen
4.1. Las tasas por derechos de examen se fijan en un imponerte de catorce euros y sesenta y seis céntimos de euro (14,66.€), de acuerdo con la ordenanza fiscal reguladora en vigor.
4.2. La carta de pago se obtendrá siguiendo el procedimiento que aparece en la sede electrónica del Ayuntamiento de Oleiros Sede electrónica -> Autoliquidaciones -> Expediciones de documentos – derechos de examen.
Este procedimiento permite realizar el pago en la misma sede de manera electrónica o imprimir el documento y pagarlo en una de las entidades colaboradoras reflejadas en el mismo impreso. En este último caso es necesario aportar, además de la carta de pago, el correspondiente justificante de abono.
4.3. A no presentación de este impreso de autoliquidación con el formulario de solicitud en el proceso selectivo, determinará la exclusión provisional en lo dicho proceso de la persona aspirante, siendo posible su enmienda dentro del plazo conferido al efecto.
4.4. La presentación del justificante del abono de las tasas no supondrá el relevo del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.
4.5. De acuerdo con la ordenanza fiscal en vigor, disfrutarán de una bonificación de un 25% del importe aquellos sujetos pasivos que formen parte de unidades familiares a las que si le reconociera el título de familia numerosa de carácter general.
4.6. Asimismo disfrutarán de una bonificación de un 50%, aquellos sujetos pasivos que formen parte de unidades familiares a las que si le reconociera el título de familia numerosa de carácter especial.
4.7. Se consideran familias numerosas de categoría general y especial las reguladas por el artículo 4 de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas, a las que se reconociera tal condición, conforme se establece por el artículo 5 de la citada Ley.
4.8. Que el fin de acreditar la condición de miembro de familia numerosa, los sujetos pasivos a los que corresponda la aplicación de la bonificación, aunarán al impreso de pago de las Tasas, el título oficial de familia numerosa.
5. Documentación a presentar
5.1. Documentación:
la) El DNI o NIE de la persona solicitante.
b) El DNI o NIE de la persona representante, de ser el caso.
c) La instancia normalizada, que figura en la sede electrónica del Ayuntamiento de Oleiros Sede electrónica -> Servicios generales -> Registro electrónico -> Inscripción en los procesos de selección de personal. También se podrá encontrar en la página web municipal Portada » Temas » Recursos Humanos » Procesos selectivos.
d) El título y permisos a los que se refieren las bases 2 b) y 2 c).
y) El certificado Celga 3 o equivalente, en su caso.
f) Una relación circunstanciada de los méritos que se aleguen para evaluar en la fase de concurso, uniendo a dicha relación los documentos justificativos de estos, ya que no se tomarán en consideración ni se evaluarán aquellos que no queden debidamente acreditados en todos sus límites, en el momento de la presentación de la instancia y dentro del plazo establecido. El modelo de relación se podrá encontrar en la página web municipal (Portada » Temas » Recursos Humanos » Procesos selectivos)
g) El justificante del abono de la tasa por derechos de examen emitido por la sede en caso de pago electrónico, o lo impreso de autoliquidación de la tasa con la justificación del pago realizado en alguna de las entidades colaboradoras.
h) En el caso de bonificación, la copia del título de familia numerosa.
5.2. Esta documentación se presentará únicamente por vía electrónica a través del registro en la sede electrónica del Ayuntamiento de Oleiros Sede electrónica -> Servicios generales -> Registro electrónico -> Inscripción en los procesos de selección de personal. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, la Administración podrá requerir la exhibición del documento original para lo cotejo de la copia electrónica presentada.
5.3. También se pueden presentar por vía telemática en las oficinas de Correos, mediante ORVE al código digital de destino “L01150584”.
5.4. No será necesario aportar los documentos que ya fueran presentados anteriormente en esta Administración. Para estos efectos, la persona interesada deberá indicar en que momento y ante que órgano administrativo presentó los citados documentos. Se presumirá que esta consulta es autorizada por las personas interesadas, salvo que conste en el procedimiento su oposición expresa.
5.5. En los supuestos de imposibilidad material de obtener el documento, el órgano competente podrá requerirle a la persona interesada su presentación, o, en su defecto, la acreditación por otros medios de los requisitos a que se refiere el documento, con anterioridad al planteamiento de la propuesta de resolución.
5.6. La consignación de datos falsos en la solicitud o en la documentación aportada por los/las aspirantes se sancionará con la anulación de la solicitud, sin perjuicio de las demás medidas legales que correspondan.
5.7. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.
5.8. En caso de que alguno de los documentos que se va a presentar de forma electrónica supere los tamaños máximo establecidos o tenga un formato no admitido por la sede electrónica del Ayuntamiento de Oleiros, se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el párrafo anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica del Ayuntamiento de Olleros.
6. Sistema selectivo.
6.1. El sistema de selección será el de concurso-oposición por turno libre.
6.2. La oposición consistirá en la realización de los ejercicios que se enumeran en estas bases, con la forma y sistema de cualificación en ellas descritos.
6.3. El concurso consistirá en la valoración de los méritos alegados por las personas aspirantes, siempre que superen la fase de oposición.
7. Desarrollo de los ejercicios.
7.1. El orden de actuación de las personas aspirantes se iniciará por la letra que resulte del sorteo a lo que se refiere el Reglamento de selección del personal al servicio de la Comunidad Autónoma de Galicia, vigente en el momento de la realización del ejercicio que implique llamamiento público.
7.2. El tribunal, una vez finalizado cada ejercicio, establecerá por orden decreciente de puntuación el número de aspirantes que deberán desarrollar el resto de las pruebas, por turnos consecutivos, de resultar necesario.
7.3. Las personas aspirantes deberán presentarse a cada ejercicio proveídas del DNI u otro documento fidedigno que, a juicio del tribunal, acredite su identidad.
7.4. En cualquier momento las personas aspirantes podrán ser requeridas por el tribunal con la finalidad de acreditar su identidad.
7.5. Las personas aspirantes deberán acudir a las pruebas en las horas y fechas de los respectivos llamamientos, sin posibilidad de aplazamiento cualquier que fuera la causa que les impida acudir, excepto que la excusa sea posible por tener amparo en un precepto legal así como el supuesto que se describe a continuación
7.6. Las mujeres embarazadas que prevean que por las circunstancias derivadas de su avanzado estado de gestación y previsión de parto, o, eventualmente, los primeros días después del parto, su coincidencia con las fechas de realización de cualquier de los exámenes o pruebas previstos en el proceso selectivo podrán ponerlo en conocimiento del tribunal, aportando a la comunicación el correspondiente informe médico oficial. La comunicación deberá realizarse con tiempo bastante y el tribunal determinará, con base en la información de que disponga, si procede o no realizar la prueba en un lugar alternativo o bien un aplazamiento de la prueba, o bien ambas dos medidas conjuntamente.
7.7. En ningún caso las pruebas de reconocimiento médico, de existir, estimarán como circunstancias negativas a los efectos del proceso selectivo cualquier que fuera derivada de la situación de embarazo y lactancia. Ante la solicitud de la mujer que acredite encontrarse en estas circunstancias, los tribunales podrán determinar que estas pruebas se realicen en cualquier otra fase o momento del proceso selectivo. También el tribunal podrá señalar razonadamente de oficio, oída la afectada, una fecha apropiada según las condiciones de la mujer que se encuentre en estas circunstancias, aportando a la comunicación el correspondiente informe médico oficial. La comunicación deberá realizarse con tiempo bastante y el tribunal determinará con base en la información de que disponga, si procede o no realizar la prueba en un lugar alternativo o bien un aplazamiento de la prueba, o bien ambas dos medidas conjuntamente.
7.8. Durante el tiempo fijado para la realización de las pruebas selectivas no se podrán utilizar ni manipular ni por asomo aparatos de telefonía móvil, relojes o soportes con memoria, quedando prohibido el acceso al recinto con tales dispositivos, constituyendo causa de inadmisión al llamamiento la simple tenencia de ellos.
7.9. Los anuncios de realización de los ejercicios se publicarán en el tablero de anuncios de la sede electrónica y en la página web del Ayuntamiento Portada » Temas » Recursos Humanos » Procesos selectivos con dos días de antelación, por lo menos, la fecha señalada para su inicio.
7.10.se el tribunal, de oficio o con base en las reclamaciones que las personas interesadas pueden presentar, anulara alguna o algunas preguntas incluidas en la prueba de conocimientos, lo anunciará al igual que lo previsto en el párrafo anterior.
7.11.En este supuesto, y en el caso que se haber realizado, serán tenidas en cuenta las cuestiones de reserva, que tendrán una puntuación igual a las del resto de ejercicio.
7.12.as cualificaciones obtenidas por las personas aspirantes en los ejercicios de la oposición se publicarán en el tablero de anuncios de la sede electrónica y en la página web Portada » Temas » Recursos Humanos » Procesos selectivos del Ayuntamiento.
7.13.Se concederá un plazo de dos días a los efectos de alegatos a las preguntas contenidas en el correspondiente ejercicio con carácter previo a la suya corrección.
7.14.En cualquier momento del proceso selectivo, si el tribunal tiene conocimiento o dudas fundadas de que alguna persona aspirante no cumple alguno de los requisitos exigidos en esta convocatoria, después de audiencia del/la interesado/la, lo comunicará al Ayuntamiento para que este le requiera los documentos acreditativos de su cumplimiento.
7.15.no caso de que la persona aspirante no acredite el cumplimiento de los requisitos, supondrá su exclusión del proceso selectivo.
8. Listados de espera.
8.1. Las personas que superaran un o varios ejercicios y que no obtuvieran plaza pasarán a integrar un listado de reserva para posibles contratos de naturaleza temporal, de acuerdo con el establecido en el punto 15 de las bases generales (BOP de A Coruña nº 182, de 23 de septiembre de 2022).
PROCESO SELECTIVO
FASE DE OPOSICIÓN. Puntuación máxima de 80 puntos:
Consistirá en la realización de las siguientes pruebas de carácter obligatorio y eliminatorio, excepto la prueba de conocimiento de lengua gallega, que únicamente tendrán que realizarla las personas aspirantes que en lo presenten la certificación exigida, y la prueba final, que será obligatoria pero no eliminatoria:
9. Pruebas físicas
9.1. En el momento del llamamiento para la realización de la primera prueba física, las personas aspirantes entregarán al tribunal un certificado médico oficial –documento original en formato papel- en el que se haga constar expresamente que la persona aspirante reúne las condiciones físicas y sanitarias para la realización de los ejercicios físicos que se especifiquen en la correspondiente prueba de la oposición, el que no excluirá las comprobaciones posteriores del que se refleje en el certificado médico.
9.2. Este certificado médico deberá ser expedido dentro de los 15 días inmediatamente anteriores a la fecha de realización de la primera prueba de aptitud física.
9.3. El desarrollo de cada una de las pruebas físicas deberá realizarse en lugares adecuados al tipo de prueba que se va a ejecutar.
9.4. Las pruebas se realizarán de forma individual, excepto las de fondo y natación, que podrán hacerse de forma colectiva si así lo considera el tribunal calificador.
9.5. Las personas aspirantes deberán presentarse a la realización de las pruebas con la ropa y calzado que consideren adecuados.
9.6. Para la prueba de natación las personas aspirantes utilizarán traje y gorro de baño (del modelo que deseen y que aportarán ellas mismas). Queda prohibida la utilización de trajes de neopreno o similares y ayudas para la flotabilidad y / o incremento de la velocidad de cualquier tipo.
9.7. Las pruebas físicas se realizarán en un o mas jornadas a criterio del tribunal.
9.8. Los ejercicios a realizar se describen a continuación, y se realizarán en el orden en la que se relacionan:
la) Levantamiento de peso en press de banca. Puntuación máxima de 5 puntos.
Se realizará en el gimnasio de las instalaciones del SMEPC o en cualquier otro gimnasio.
En la posición de decúbito supino sobre un banco, partiendo de la posición con brazos en extensión y abiertos, agarrando la barra como máximo la anchura de los hombros, la persona aspirante deberá levantar un peso de 40 Kg (con índice de desviación de +/- 1 Kg en orden a tener en cuenta el peso de la propia barra) con flexión y extensión total de brazos en cada repetición, para lo cual las extensiones habían debido ser en su máxima amplitud, y en la flexión, la barra deberá de tocar el pecho de la persona aspirante.
El tiempo de realización será de 60 segundos. El número mínimo de repeticiones válidas para superar el ejercicio será 20 para los hombres y 15 para las mujeres.
Se otorgarán las siguientes puntuaciones de acuerdo con el número de repeticiones expresadas:
|
REPETICIONES HOMBRES |
REPETICIONES MUJERES |
PUNTUACIÓN |
|
Menos de 20 |
Menos de 15 |
No apto/a |
|
Entre 20 y 25 repeticiones |
Entre 15 y 20 repeticiones |
0 |
|
Entre 26 y 30 repeticiones |
Entre 21 y 25 repeticiones |
1 |
|
Entre 31 y 35 repeticiones |
Entre 26 y 30 repeticiones |
2 |
|
Entre 36 y 40 repeticiones |
Entre 31 y 35 repeticiones |
3 |
|
Entre 41 y 45 repeticiones |
Entre 36 y 40 repeticiones |
4 |
|
Más de 45 repeticiones |
Más de 40 repeticiones |
5 |
b) Prueba de fondo de 3 000 metros lisos. Puntuación máxima de 5 puntos.
Se realizará en una pista de atletismo o cualquier zona totalmente llana de terreno compacto.
Partiendo de la posición de pie, detrás de la línea de salida, se deberá recorrer una distancia de 3 000 metros en pista.
El tiempo máximo será de 11 minutos y 30 segundos para los hombres y de 12 minutos y 30 segundos para las mujeres.
Se otorgarán las siguientes puntuaciones de acuerdo con los tiempos expresados:
|
TIEMPO HOMBRES |
TIEMPO MUJERES |
PUNTUACIÓN |
|
11’ 31’’ o más |
12’ 31’’o más |
No apto/a |
|
Entre 11’00’’ y 11’30’’ |
Entre 12’00’’ y 12’30’’ |
0 puntos |
|
Entre 10’45’’ y 10’59’’ |
Entre 11’45’’ y 11’59’’ |
1 punto |
|
Entre 10’30’’ y 10’44’’ |
Entre 11’30’’ y 11’44’’ |
2 puntos |
|
Entre 10’15’’ y 10’29’’ |
Entre 11’15’’ y 11’29’’ |
3 puntos |
|
Entre 10’00’’ y 10’14’’ |
Entre 11’00’’ y 11’14’ |
4 puntos |
|
Menos de 10’00’’ |
Menos de 11’00’’ |
5 puntos |
c) Prueba de natación de 100 metros. Puntuación máxima de 5 puntos.
Se realizará en una piscina con vaso de 25 metros.
A señal de salida se dará por un miembro del tribunal la voz de “preparados, ya”. La posición de partida será de pie, en el borde del vaso de la piscina. Después de la señal, se entrará en el agua con la técnica abierta sin hundirse (apropiada para lugares de escasa profundidad) manteniendo la cabeza fuera del agua. Se realizarán 50 metros de nacido CROL con la cabeza fuera del agua. Una vez recorridos los 50 metros de nacido CROL con la cabeza había sido del agua, la persona aspirante había debido realizar otros 50 metros de nacido libre y en esa distancia recoger 3 objetos del fondo de la piscina (aros). Estos 50 metros de nacido libre serán empleados por la persona aspirante para la busca y recogida de los aros de forma completamente libre. Después de hacer estos 50 metros, al llegar al borde del vaso de la piscina había colocado los objetos (aros) fuera del agua, en el borde del vaso, en el lugar indicado para eso.
Se recorrerá una distancia total de 100 metros, en una piscina con vaso de 25 metros de largo.
Solamente se admitirá una salida falsa, entendiendo como tal entrar en el agua antes del orden de salida.
El tiempo máximo será de 2 minutos y 15 segundos para los hombres y de 2 minutos y 25 segundos para las mujeres.
Se otorgarán las siguientes puntuaciones de acuerdo con los tiempos expresados- que comenzarán a contar desde la posición de partida y ata la colocación de los objetos en el lugar indicado:
|
TIEMPOS HOMBRES |
TIEMPOS MUJERES |
EVALUACIÓN |
|
2’16’’ o más |
2’26’’ o madres |
No apto/a |
|
Entre 02’05’’y 2’15’’ |
Entre 02’15’’ y 2’25’’ |
0 puntos |
|
Entre 01’55’’ y 2’04’’ |
Entre 02’05’’ y 2’14’’ |
1 puntos |
|
Entre 01’45’’ y 1’54’’ |
Entre 01’55’’ y 2’04’’ |
2 puntos |
|
Entre 01’35’’ y 1’44’’ |
Entre 01’45’’ y 01’54’’ |
3 puntos |
|
Entre 01’25’’ y 01’34’’ |
Entre 01’35’’ y 01’44’’ |
4 puntos |
|
Menos de 01’25’’ |
Menos de 01’35’’ |
5 puntos |
d) Prueba pseudo-táctico terrestre. Puntuación máxima de 5 puntos.
Consistirá en realizar un circuito, compuesto por hacer trepa de cuerda, prueba de equilibrio, lanzamiento de balón medicinal, subida a un banco, pasar por un tubo y ejercicio de salvamento.
La prueba se desarrollará de lo siguiente manera:
La persona aspirante partirá de la posición de pe, con la cuerda delante de ella:
– Trepa de cuerda: La voz de “preparados, ya”, la persona aspirante partirá de la posición que elección y deberá subir, sin realizar salto, por una cuerda hasta pasar con las dos manos una marca ubicada la 4 metros de altura. Cuando pase por arriba de la marca con las dos manos, la persona aspirante bajará la cuerda, sin saltar. En esta prueba no se permite usar los pes ni para el ascenso ni para el descenso, el uso de guantes, ni realizar salto al inicio ni al final de la prueba.
– Prueba de equilibrio: Una vez la persona aspirante baje de la cuerda, se dirigirá cara el lugar donde se encuentra el tablero de equilibrio. Una vez ubicada en el extremo del tablero de 8 cm de anchura, deberá de caminar sobre el mismo una distancia de 390 cm, hasta llegar al otro extremo del tablero. La persona candidata deberá de tocar con un pe la marca ubicada al final del tablero para a continuación caer sobre el suelo, en la zona marcada al efecto. Será motivo de eliminación cuando la persona aspirante caiga del tablero dos veces o se ayude de las manos en este.
– Lanzamiento de balón medicinal: Una vez finalizada la prueba de equilibrio, la persona aspirante se dirigirá cara el lugar donde se encuentra el balón medicinal de 5 Kg. Una vez ubicada delante de este, en la posición de pe, en la marca destinada al efecto, que estará ubicada la aproximadamente 200 cm de la pared, con los pes separados la altura de los hombros, cogerá el balón medicinal sujetándolo con las dos manos frente a su pecho y lanzará el balón hacia delante con el objeto de que el balón medicinal toque una pared, por arriba de la marca ubicada al efecto, que estará aproximadamente la 170 cm de altura. Este lanzamiento se repetirá 10 veces para hombres y 7 veces para mujeres. Una vez finalizado el último lanzamiento, se dejará el balón medicinal en su posición inicial.
– Subida a un banco: Una vez finalizada la prueba de lanzamiento de balón medicinal, la persona aspirante se dirigirá cara el lugar donde se encuentra el banco. Una vez ubicada delante de este, en la posición de pe, en la marca ubicada al efecto, frente al banco, para a continuación, subir y bajar a este, con ambos piernas de forma alterna durante 15 repeticiones, tanto hombres como mujeres. El banco tendrá una altura aproximada de 18 cm
– Pasar por un tubo: Una vez finalizada la prueba de subida a un banco, la persona aspirante se dirigirá cara el lugar donde se encuentra el tubo, en el que se deberá de introducir y avanzar reptando por su interior una longitud aproximada de 12 metros y salir por el lado contrario al de entrada.
– Salvamento: Una vez la persona aspirante falda del tubo se dirigirá cara el lugar donde se encuentra el maniquí que estará en el suelo en posición tendido prono. La persona aspirante cogerá el maniquí y lo elevará situando las costas del maniquí en la parte anterior de su torso, abrazando el tronco por debajo de las axilas, dejando los brazos libres. La persona aspirante transportará el maniquí desplazándose de espaldas hasta una marca ubicada la aproximadamente 10 metros para los hombres y la 7 metros para las mujeres. Una vez llegada la marca, la persona aspirante tendrá que traspasar esa marca de tal forma que pasen sus dos pes y los talones del maniquí, momento en el que girará para cambiar el sentido de la marcha y volverá hasta la posición inicial donde cogió el maniquí para colocarlo en la misma posición que lo encontró. El maniquí tendrá un peso aproximado de 50 Kg.
El tiempo máximo será de 1 minuto y 45 segundos para los hombres y de 1 minuto y 55 segundos para las mujeres.
Se otorgarán las siguientes puntuaciones de acuerdo con los tiempos expresados:
|
TIEMPO HOMBRES |
TIEMPO MUJERES |
PUNTUACIÓN |
|
1’46’’ o madres |
1’56’’ o madres |
No apto/a |
|
Entre 1’41’’ y 1’45’’ |
Entre 1’51’’ y 1’55’’ |
0 puntos |
|
Entre 1’36’’ y 1’40’’ |
Entre 1’46’’ y 1’50’’ |
1 punto |
|
Entre 1’31’’ y 1’35’’ |
Entre 1’41’’ y 1’45’’ |
2 puntos |
|
Entre 1’26’’ y 1’30’’ |
Entre 1’36’’ y 1’40’’ |
3 puntos |
|
Entre 1’21’’ y 1’25’’ |
Entre 1’31’’ y 1’35’’ |
4 puntos |
|
Menos de 1’ 21’’ |
Menos de 1’ 31’’ |
5 puntos |
9.9. Las personas aspirantes dispondrán de un intento para la realización de cada ejercicio y para superarlos se deberá alcanzar la marca mínima señalada para cada uno de ellos. Únicamente pasarán a realizar lo siguiente ejercicio las personas aspirantes que superen lo anterior, quedando las restantes eliminadas.
10. Prueba de conocimientos
10.1.Consistirá en la contestación por escrito de un cuestionario de 80 preguntas tipo test, con 4 respuestas alternativas cada una, que serán propuestas por el tribunal y deberán mostrar el dominio de los contenidos del temario que figura como anexo temario a estas bases.
10.2.Se tendrán en cuenta las normas de derecho positivo relacionadas con el contenido del temario que en el momento de publicación en el BOP de esta convocatoria cuenten con publicación oficial en el boletín o diario correspondiente, aunque su entrada en vigor esté diferida a un momento posterior, esta misma fecha se tendrá en cuenta, igualmente, para todos aquellos datos del temario que se puedan valorar.
10.3.as personas aspirantes dispondrán de un tiempo máximo de 90 minutos para su realización.
10.4.El tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que esta prueba sea corregida sin que se conozca la identidad de los/las aspirantes y que estos, siempre que sea posible técnicamente, puedan llevarse una copia con las respuestas efectuadas. El modelo de corrección con las respuestas correctas se publicará en la página web Portada » Temas » Recursos Humanos » Procesos selectivos del Ayuntamiento.
10.5.El tribunal excluirá aquellas personas aspirantes en cuyos ejercicios figuren marcas o signos que permitan conocer su identidad.
10.6.as decisiones y los acuerdos que afecten a la cualificación y la valoración de la prueba (determinación del número de preguntas correctas para alcanzar la puntuación mínima, fijación de criterios de valoración etc.) deberán adoptarse sin conocer la identidad de las personas aspirantes a las cuáles corresponden los resultados obtenidos.
10.7.La prueba será calificada por el tribunal de 0 la 40 puntos, y será preciso alcanzar 20 puntos, como mínimo, para superarla. Le corresponderá al tribunal determinar el nivel de conocimientos exigido para alcanzar esta puntuación mínima, para la cal se tendrá en cuenta que cada respuesta incorrecta descontará un tercio del valor de una pregunta correcta.
10.8.Para respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir en el acceso al empleo público, el tribunal establecerá e informará a las personas aspirantes, con anterioridad a la realización de la prueba, sobre los criterios de corrección, valoración y superación que no estén expresamente establecidos en estas bases.
11. Prueba práctica.
11.1.Consistirá en la realización de una prueba práctica sobre las funciones y trabajos a desarrollar en el puesto de trabajo, teniendo en cuenta el temario que figura en el anexo las presentes bases (primeros auxilios, excarcelación de vehículos, incendios, manejo vehículos, manejo embarcaciones, inundaciones, rescate en altura, etc.). La realización de estas pruebas no podrá ser observada por las restantes personas opositoras.
11.2.as personas aspirantes dispondrán de un intento para la realización de este ejercicio.
11.3.Se calificará de 0 la 15 puntos y para superarla será necesario obtener un mínimo de 7,5 puntos. Las cualificaciones se adoptarán sumando las puntuaciones otorgadas por cada uno de los miembros del tribunal y dividiendo el total por el número de asistentes a aquel, siendo el ratio resultante la cualificación definitiva.
12. Prueba de conocimiento de la lengua gallega.
12.1.Consistirá en la traducción de un texto del castellano para el gallego. Los textos serán elegidos por el tribunal inmediatamente antes de celebrarse la prueba.
12.2.El ejercicio tendrá una duración máxima de treinta (30) minutos.
12.3.El ejercicio se valorará como apto/la o no apto/la y para superarlo será necesario obtener el resultado de apto/a.
12.4.as personas aspirantes que estuvieran en posesión del Celga 3 o el equivalente debidamente homologado por el órgano competente en materia de política lingüística de la Xunta de Galicia de acuerdo con la disposición adicional segunda del Orden de 16 de julio de 2007, por la que se regulan los certificados oficiales acreditativos de los niveles de conocimiento de la lengua gallega (DOG núm. 146, de 30 de julio) estarán exentos de la realización de esta prueba.
13. Prueba final.
13.1.Esta prueba, en el eliminatoria, consistirá en realizar una entrevista profesional que versará sobre las tareas a desarrollar en el puesto de trabajo y su relación con la experiencia profesional para tal fin.
13.2.Se valorará de 0 la 5 puntos.
FASE DE CONCURSO. Puntuación máxima de 25 puntos:
14. Valoración de méritos.
14.1.No tendrá carácter eliminatorio y para la evaluación se juntará con la solicitud la relación circunstanciada de los méritos que se aleguen en la manera prevista en el punto 5.1 f) de estas bases.
14.2.La puntuación obtenida en esta fase se publicará en el tablero de anuncios de la sede electrónica y en la página web del Ayuntamiento Portada » Temas » Recursos Humanos » Procesos selectivos y, en ningún caso, se podrá aplicar con la finalidad de superar los ejercicios de la fase de oposición.
14.3.Se valorarán los siguientes méritos de las personas aspirantes que superaran la fase de la oposición:
la) La experiencia profesional. Puntuación máxima de 15 puntos.
– Por cada mes completo de servicios prestados en cualquier de las administraciones públicas o en empresas públicas en puestos de trabajo de la misma categoría que los convocados: 0,40 puntos
– No se computarán los servicios inferiores al año completo, entendiéndose estos de doce meses sin solución de continuidad. Se deducirán proporcionalmente aquellos servicios prestados a tiempo parcial.
b) La formación o la participación en cursos. Puntuación máxima de 5 puntos.
– Por cada curso realizado, siempre que se encuentren relacionados con las funciones propias la desarrollar y organizados o avalados por una Administración Pública, Universidad o entidad de interés público:
el De 10 la 20 horas de duración: 0,20 puntos.
el De 21 la 40 horas de duración: 0,30 puntos.
el De 41 la 100 horas de duración: 0,40 puntos.
el De 101 la 200 horas de duración: 1,00 puntos.
el De duración superior la 200 horas: 2,00 puntos.
– En el caso de estar en posesión de varios cursos o acciones formativas con materias o contenidos iguales o similares, se tomará en consideración a los efectos de valoración el de la fecha mas actual.
c) Otros méritos. Puntuación máxima de 5 puntos.
– Por el permiso de conducción de la clase D: 0,25 puntos.
– Por el permiso de conducción C+Y: 0,25 puntos.
– Estar en posesión de la titulación que habilite para lo manejo de embarcaciones y motos acuáticas (PER o superior): 0,50 puntos.
– Acreditar la titulación o la formación actualizada en lo manejo de desfibriladores mediante la correspondiente certificación individual reconocida por el Consejo Español de Resucitación Cardiopulmonar (CERCP) a través de la Fundación Pública Urgencias Sanitarias de Galicia (061) o de otra entidad equivalente en el caso de formarse en otra Comunidad Autónoma o Estado (según el Decreto 38/2017, de 23 de marzo, por el que se regula la instalación y el uso de desfibriladores externos había sido del ámbito sanitario, y se crea su registro: 0,30 puntos.
– Estar en posesión de la cualificación profesional de extinción de incendios y salvamento (SEA676_2 - Prevención, extinción de incendios y salvamento.), que se acreditará con la presentación del certificado de profesionalidad SEAD0111: 0,40 puntos.
– Estar en posesión de la cualificación profesional de operaciones de vigilancia y extinción de incendios forestales y apoyo a contingencias en medio natural y rural (SEA 595_2), que se acreditará con la presentación del certificado de profesionalidad SEAD0411: 0,30 puntos.
– Estar en posesión de la cualificación profesional (SEA536_3), gestión y coordinación de protección civil y emergencias, que se acreditará con la presentación del certificado de profesionalidad SEAD0311: 0,50 puntos.
– Estar en posesión de la cualificación profesional (SEA596_3), coordinación de operaciones en incendios forestales y apoyo a contingencias en medio natural y rural, que se acreditará con la presentación del certificado de profesionalidad (SEAD0511): 0,40 puntos.
– Estar en posesión del título de técnico en emergencias y protección civil: 0,60 puntos.
– Estar en posesión de lo titulo técnico superior de coordinación de emergencias y protección civil: 0,80 puntos .
– Estar inscrito en el Registro profesional del personal socorrista, información y primeros auxilios de Galicia (sección de socorristas en espacios acuáticos naturales): 0,70 puntos
15. Forma de acreditación de los méritos.
15.1.A través de la presentación –dentro del plazo de presentación de solicitudes- de los siguientes documentos que los acrediten:
la) Los servicios prestados en la Administración Pública, mediante una certificación expedida por la autoridad o funcionario competente, que refleje el grupo profesional de pertenencia las labores realizados.
b) Para la acreditación de los servicios prestados en el Ayuntamiento de Oleiros bastará con que la persona aspirante solicite que se tengan en cuenta en la evaluación de méritos de la fase de concurso los servicios prestados a través del modelo que figura en la página web municipal (Portada » Temas » Recursos Humanos » Procesos selectivos), incorporando la propia Administración el informe acreditativo al expediente de selección.
c) Los servicios prestados en empresas privadas, mediante la presentación del modelo oficial de certificado de empresa o del certificado de vida laboral a los que se deberán acompañar, inexcusablemente, cada contrato de trabajo y que se pretenda que se evalúe, y su registro en el servicio público correspondiente.
d) La formación y participación en cursos, a través de los correspondientes diplomas o documentos que acrediten su realización y expresen la duración en horas o jornadas completas y -con suficiente claridad- su contenido básico. Los cursos en los que no se exprese duración horaria no serán valorados.
y) Los méritos a los que se refiere el apartado de otros méritos, a través de los diplomas, títulos o certificaciones correspondientes.
RECURSOS
Contra la resolución que aprueba estas bases, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado del contencioso-administrativo de A Coruña en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria (artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa), o bien, previamente y con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano autor de la disposición impugnada, en el plazo de un mes (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, procedimiento administrativo común de las administraciones públicas), sin perjuicio de que las personas interesadas puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen procedente.
ANEXO TEMARIO
Tema 1.- La Constitución española de 1978: Estructura y contenido. Título preliminar. Derechos y deberes fundamentales. Organización territorial del Estado.
Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de Galicia: Estructura y contenido. El Parlamento. La Xunta y su Presidente. Las competencias de Galicia. La administración Pública Gallega.
Tema 3.- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local: El municipio. La provincia. Personal al servicio de las Entidades locales.
Tema 4.- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Actos administrativos. Requisitos. Eficacia. Nulidad y anulabilidad.
Tema 5.- Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración Local de Galicia. Disposiciones generales. Organización y competencias.
Tema 6.- Conocimiento del término municipal de Olleros: Situación de edificios singulares, históricos y oficiales; situación de calles, plazas, vías de comunicación y otros lugares de interés; recorridos (camino a seguir entre dos puntos) y población.
Tema 7.- Plan Territorial de Emergencias de Galicia (PLATERGA). Definición. Objetivos. Marco legal. Niveles de activación del Plan.
Tema 8.- Ley 5/2007, de 7 de mayo, de emergencias de Galicia. Disposiciones generales.
Tema 9.- Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil. Disposiciones generales. Planificación.
Tema 10.- Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Objeto. Ámbito de aplicación. Definiciones. Derechos y obligaciones. Servicios de prevención.
Tema 11.-.Teoría del fuego: Combustiones. Triángulo y tetraedro del fuego. Tipos de fuegos. Transmisión de los fuegos.
Tema 12.-Teoría del fuego. Técnicas: Mecanismos de extinción. Agentes extintores. Aplicaciones, usos, ventajas e inconvenientes de los agentes extintores.
Tema 13.- Hidráulica: Bombas centrífugas. Instalación hidráulica.
Tema 14.- Incendios de interior: Influencia del combustible. Influencia del recinto. Riesgos del trabajo en incendios de interior. Influencia de la aplicación de agua sobre incendios. Influencia de la ventilación.
Tema 15.- Incendios de interior. Técnicas de intervención: Aplicación de agua. Técnicas de control de la ventilación. Trabajos en espacios sin visibilidad.
Tema 16.- Incendios de vegetación: Transmisión de calor en los incendios forestales. Clasificación e identificación de alarma por el humo. Técnicas de intervención en incendios de interfaz urbana-forestal.
Tema 17.- Rescate en altura: Sistemas de anclaje de seguridad. Técnicas de intervención. Valoración.
Tema 18.- Rescate en accidentes de tráfico: Intervención en accidentes de tráfico. Técnicas de intervención.
Tema 19.- Técnicas de estabilización de sistemas constructivos y terrenos: Técnicas de estabilización.
Tema 20.- Equipos operativos y herramientas de intervención: Equipos de protección individual. Equipos y herramientas de extinción. Herramientas de extricaxe y excarcelación. Herramientas de arrastre y elevación.
Tema 21.¬- Rescate en ascensores: Tipos de ascensores. Partes comunes de los ascensores. Técnicas de intervención. Valoración y tácticas de intervención.
Tema 22.- Apeo y poda de arbolado: Técnicas de intervención. Herramientas. Fases y desarrollo de la intervención. Técnicas de apeo de arbolado.
Tema 23.- Riesgo eléctrico: Conceptos básicos sobre electricidad. Medidas de seguridad con riesgo eléctrico. Valoración e intervención en incidentes con riesgo eléctrico. Tácticas de intervención.
Tema 24.- NRBQ: Sustancias químicas, residuos tóxicos y mercancías peligrosas. Reconocimiento e identificación.
Tema 25.- Salvamento en medio acuático: Natación adaptada al salvamento acuático. Salvamento acuático.
Tema 26.- Intervenciones sanitarias en emergencias: Valoración primaria y secundaria. Soporte vital básico en adultos y niños. Atención inicial al paciente politraumatizado. Traumatismos. Movilización e inmobilización. Patología por calor y frío.
Tema 27.- Intervenciones sanitarias en emergencias: Protección y prevención de riesgos en la emergencia.
BIBLIOGRAFÍA
Área de documentación de él CEIS Guadalajara:
https://www.ceisguadalajara.es/category/documentacion/
Oleiros, 11 de septiembre de 2025
La segunda teniente de alcalde delegada de Personal
Margarita Figueroa Vázquez
2025/5947