Lunes, 7 de octubre de 2024 · Lunes, 7 de octubre de 2024 · Número 193
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2024_0000006874

Administración Local

Municipal

Sada

Secretaría

Convocatoria subvenciones dirigidas a las entidades deportivas. Ejercicio 2024

ANUNCIO

Bases reguladoras y convocatoria de la subvención para entidades deportivas del Ayuntamiento de Sada para el año 2024.

El Pleno municipal en su sesión ordinaria de 26 de septiembre acordó aprobar las bases reguladoras, los anexos de solicitud y la convocatoria de las subvenciones dirigidas a entidades deportivas para el año 2024, con el texto que sigue:

«BASES REGULADORAS DE SUBVENCIONES DIRIGIDAS A Las ENTIDADES DEPORTIVAS EJERCICIO 2024

Dentro de la labor del fomento y apoyo a las iniciativas de las entidades sin ánimo de lucro que ha atribuido el Ayuntamiento de Sada, se convocan las presentes ayudas en el área de Deporte, Educación y Juventud para el ejercicio 2024

1.- FINALIDAD Y OBJETO.

El Ayuntamiento de Sada quiere, por la presente convocatoria, dar apoyo a las entidades deportivas y contribuir para que alcancen los objetivos que les son propios, fomentar la participación de la ciudadanía en cada ámbito de actuación, contribuyendo, de este modo, la impulsar la igualdad y la democratización de la sociedad, estas subvenciones están recogidas dentro del Plan Estratégico de subvenciones 2024-26.

En cuanto a las subvenciones a las entidades deportivas, a presente convocatoria se marca objetivos de carácter general como la mejora de la gestión y organización de actividades deportivas mediante la concesión de subvenciones. Son prioritarias en esta convocatoria las acciones tendentes la impulsar el desarrollo de las citadas actividades federadas, fomento del deporte de base, fomento del deporte escolar, y deporte inclusivo

Las subvenciones a las entidades deportivas irán destinadas a gasto corriente en actividades deportivas.

Se destinarán 80000€ a las subvenciones para actividades deportivas con cargo a la aplicación presupuestaria 341.48000.

El período para realizar actividades subvencionables es de 1 de septiembre de 2023 a 1 de septiembre de 2024.

2.- RÉGIMEN JURÍDICO.

· Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local.

· Ley 5/1997, de 22 de julio de administración local de Galicia.

· Real D.L. 2/2004, de 5 de marzo, por lo que se aprueba el texto refundido de la ley reguladora de las haciendas locales.

· Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba su reglamento.

· Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia y el Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba su reglamento.

· Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvencions y la publicidad de las subvencions y demás ayudas públicas

· Bases de ejecución del presupuesto para el año 2024.

3.- SOLICITANTES.

Podrán optar a los programas contenidos en la presente convocatoria las entidades que cumplan los siguientes requisitos:

- Estar legalmente constituidas y cuela documentación actualizada.

- Estar inscritas en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Sada y con la documentación actualizada.

- Carecer de fines de lucro.

- Desarrollar sus actividades en el ámbito territorial del municipio de Sada o sobre temas de interés para el Ayuntamiento.

- No estar incursa en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de subvenciones ni de los supuestos de incapacidad o incompatibilidad para la percepción de ayudas o subvenciones públicas.

- Estar al día en sus obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento, y en sus obligaciones legales con el personal que preste servicios para las entidades solicitantes.

4.- CONDICIONES Y OBLIGACIONES.

- La concesión de las subvenciones se realizará en régimen de concurrencia competitiva.

- Las entidades beneficiarias de las subvenciones quedan obligadas a hacer constar la colaboración y patrocinio prestado por el Ayuntamiento de Sada.

Para eslabón, se deberá incluir el logotipo del ayuntamiento de Sada en cualquier comunicación o publicación de las acciones desarrolladas así como la información o material de promoción deportiva de la entidad (para el objeto subvencionado). Para su acreditación se aportará declaración responsable, así como incluir el logotipo del ayuntamiento de Sada en la página web, y/o redes sociales (en caso de que la entidad disponga de estos medios) mencionando /etiquetando en sus publicaciones en redes sociales al Ayuntamiento de Sada mencionando la cuantía concedida. Para su acreditación se aportará enlace.

- Con carácter general la subvención solicitada nunca superará el 100% de gastos presentados y justificados.

- Basados en la Ley 3/1983 de 15 de junio, de normalización lingüística de Galicia, la presentación de la documentación deberá realizarse en gallego.

- Esta subvención es compatible con otras aportaciones públicas o privadas y el importe a subvencionar no podrá superar el gasto justificado no cubierto por las mismas (art. 19 LXS).

5.- PLAZO Y PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. DOCUMENTACIÓN.

Las solicitudes, se formularán en el modelo que figura como anexo de esta convocatoria y se presentarán únicamente por medios electrónicos a través del formulario de solicitud normalizado de la sede electrónica municipal (sede.sada.gal), dentro de la familia de procedimientos de «Subvenciones, ayudas y premios».

Los anexos necesarios para completar la solicitud de esta ayuda estarán disponibles para descarga en la página web municipal (www.sada.gal), junto con el resto de información relacionada con la convocatoria.

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días naturales a partir de la publicación del extracto en el BOP .

Cuando el órgano instructor reciba alguna solicitud incompleta, requerirá las entidades solicitantes dando un plazo de 15 días naturales que contará desde el día siguiente al de la notificación del requerimiento (artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas). Si la entidad requerida no respondiera al requerimiento de enmienda, se entenderá que desiste de su solicitud.

Se aportará a la solicitud la siguiente documentación:

5.1.- Documentación general de la entidad.

- Fotocopia de la tarjeta del CIF de la entidad y del NIF del representante.

- Certificado expedido por el Secretario/a de la Asociación, acreditativo del acuerdo adoptado por el órgano de Gobierno, por el cual se decide solicitar la subvención.

- Declaración responsable del/la representante de la entidad de estar al corriente de sus obligaciones con la Administración del Estado, con la Comunidad Autónoma, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento, con el compromiso de presentar los correspondientes certificados en caso de ser beneficiaria de subvención y en sus obligaciones legales con el personal que preste servicios para las entidades solicitantes, la cal no tendrá ninguna clase de vínculo ni relación laboral con el Ayuntamiento de Sada

- Declaración responsable del representante de que la entidad no está incursa en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, ni de los supuestos de incompatibilidad o incapacidad para la percepción de ayudas o subvenciones públicas y de aceptación de las bases de la convocatoria.

- Certificado de estar al corriente en los pagos con la AEAT (Hacienda), con la Seguridad Social

- Certificado de cuenta bancaria

- Declaración de ayudas públicas y privadas solicitadas/concedidas para la misma finalidad.

5.2.- Documentación específica de la subvención en función de la tipología de la entidad.

la. Modelo de solicitud de la sede electrónica (sede.sada.gal).

b. Anexo I de memoria de actividades para las que se solicita la ayuda

c. Anexo II de declaraciones responsables (que incluye el certificado de acuerdo de la entidad para solicitar la ayuda y la designación de la persona representante).

d. Anexo III de memoria económica de los proyectos para los que se solicita la ayuda.

y. Certificación expedida por la Federación respectiva, en la que se especifique:

· Número de licencias en activo, por categorías, durante la temporada 2023-2

· Equipos en categorías inferiores.

f. Calendario de la competición de los equipos de la entidad durante la temporada 2023-24

5.3 .- Documentación justificativa de la subvención.

Deberá presentarse con la solicitud la documentación justificativa de las actuaciones solicitadas.

la. Relación clasificada de los gastos realizados, firmada por el/a secretario/a de la entidad, con el visto bueno de su/su presidente/la y con identificación de los/de las acreedores/las (nombre de la empresa y CIF o, de ser el caso, nombre, apellidos completos y NIF), de los conceptos de gasto (finalidad, nº de factura o documento equivalente, imponerte y data de emisión), y fecha de pago. Para cada gasto justificado deberá quedar claramente descrito en el campo de concepto la actividad específica para lo cual fue destinado.

IMPORTANTE: La relación clasificada de gastos debe coincidir con las facturas y justificantes de pago.

b. Facturas: se aportarán los originales o copias debidamente compulsadas de las facturas y demás justificantes de gasto. Las facturas deberán estar emitidas a nombre de la entidad beneficiaria de la ayuda. Las facturas deberán contener a ojos vistas y detallado los conceptos facturados.

c. Justificantes de pago: las facturas o documentos justificativos deben estar efectivamente pagados. La documentación que se requiere para acreditar el pago es la siguiente:

· Pago por transferencia: resguardo de la transferencia realizada, emitido por la entidad financiera. Los justificantes deben recoger el concepto, pagador y beneficiario.

· Pago por domiciliación bancaria: resguardo de la entidad financiera del débito en la cuenta de la entidad beneficiaria. Los justificantes deben recoger el concepto, pagador y beneficiario.

· En el caso de gastos de personal: Los documentos deben ser nóminas con justificante de pago, relación nominal de trabajadores con justificante de pago y justificante de ingreso de las cantidad retenidas a los trabajadores (incluyendo en su caso declaración responsable de que en el ingreso justificado están incluidas las retenciones de los trabajadores afectos la subvención)
Se deberá presentar la justificación del pago de las cotizaciones a la Seguridad Social, la justificación del pago de las retenciones por concepto de IRPF y la justificación del pago de la nómina, a través de cualesquier de las formas descritas en los apartados anteriores.

Los gastos justificados deberán ajustarse a los conceptos aprobados en el presupuesto inicial, y con carácter general no se admitirán como justificantes facturas de bebidas alcohólicas, tabaco o cualquier otro producto considerado lesivo para la salud.

6. GASTOS SUBVENCIONABLES

Se considerarán gastos subvencionables, aquellos que respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, no tengan carácter de inversiones y se realicen en la temporada deportiva actual.

Seguros de responsabilidad civil y accidentes, gastos federativos (inscripciones, licencias y mutualidad), con el correspondiente certificado federativo, arbitrajes en competiciones oficiales, con certificados o facturas de la federación, gastos de reconocimiento previo, atención médica y fisioterapia, avituallamiento, imprenta, serigrafía, trofeos, Gastos de mantenimiento (alquiler, luz, agua, teléfono, consumibles, oficina) transporte*, alojamiento*, combustible*

*Únicamente para desplazamientos vinculados directamente con la actividad: traslado a competiciones, por medio de facturas, acompañados del calendario oficial de competiciones. Factura correspondiente al medio empleado.

7.- COMISIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN

La concesión de las subvenciones se realizará, en régimen de concurrencia competitiva, por resolución de la Xunta de Gobierno Local.

La Comisión Evaluadora puntuará las solicitudes presentadas que serán recogidas en un acta, y llevará la propuesta obtenida al Alcalde para dictar resolución, que incluirá las puntuaciones otorgadas, las actividades subvencionadas y el importe económico de la subvención concedida a cada entidad.

La comisión evaluadora estará compuesta por los siguientes miembros:

· Presidente: alcalde o concejal/a en quien delegue.

· Vocales: una persona trabajadora del área de deporte y una persona trabajadora del área de intervención.

· En la comisión actuará como secretario/a, el secretario/a de la corporación o funcionario/a en quien delegue.

Esta comisión deberá ser nominada por decreto de alcaldía.

7.1- Valoración de las solicitudes. La selección de las peticiones y el importe de las subvenciones se determinará después de la consideración de las actividades e inversiones que se van a realizar, de acuerdo con los siguientes criterios y baremos, hasta un total máximo de 80 puntos:

1.- Número de licencias (Máximo de 30 puntos)*.

Hasta 40 licencias

4 puntos

De 41 la 70 licencias

10 puntos

De 71 la 100 licencias

15 puntos

De 101 la 150 licencias

20 puntos

De 151 la 200 licencias

25 puntos

Más de 201 licencias

30 puntos

* No se tendrán en cuenta las licencias de día ni de bautismos. Se incluirán en el cómputo las licencias de los técnicos deportivos y entrenadores.

Se acreditará mediante certificado de la federación correspondiente relativo a la temporada actual.

2. Fomento de deporte de base. Licencias de menores de 18 años (máximo 15 puntos)

Hasta 20 licencias

8 puntos

De 21 la 50 licencias

10 puntos

De 51 la 90 licencias

12 puntos

Más de 91 licencias

15 puntos

3.- Grado de implantación del Deporte Femenino en dicha entidad deportiva (Máximo 5 puntos).

Se otorgará hasta 4 puntos a las solicitudes que presenten mayor porcentaje de licencias femeninas sobre el total y en proporción al resto de solicitudes, excepto a partir del 80% de licencias femeninas, que se otorgarán 5 puntos.

Se acreditará mediante certificado de la federación correspondiente relativo a la temporada actual.

4.- Deporte Inclusivo: (Máximo 4 puntos).

- Entidad que cuente entre sus licencias federativas al menos, un 10% de personas con diversidad funcional: 2 puntos. Acreditado mediante certificado de la Federación.

- Becas o gratuidad a través de alguna entidad prestadora de servicios sociales: 2 puntos. Acreditado mediante certificado del secretario del club.

5.- Asentamiento en el Ayuntamiento de Sada (número de años con actividad fundamental desenvuelta en el término municipal. (Máximo 8 puntos)

Antigüedad del Club: Se comprobará por el Ayuntamiento en el registro de asociaciones y clubes municipales.

Hasta 5 años

2 puntos

De 6 la 10 años

4 puntos

De 11 la 15 años

6 puntos

Más de 16 años

8 puntos

6.- Participación de la entidad en competiciones o ligas (Máximo 18 puntos).

Deberá presentarse certificación de las federaciones competentes de la participación del club en las ligas y categorías para la temporada.

- Competiciones, campeonatos, copas o ligas provinciales: 2 puntos. Por cada equipo o deportista individual.

- Competiciones, campeonatos, copas interprovinciais o ligas autonómicas: 3 puntos. Por cada equipo o deportista individual.

- Competiciones, campeonatos, copas y ligas interautonómicas o nacionales: 5 puntos. Por cada equipo o deportista individual

- Competiciones, campeonatos, copas o ligas internacionales: 10 puntos. Por cada equipo o deportista individual.

(art. 18 de lana Ley del Deporte, que deberán ser: locales, provinciales, interprovinciais, autonómicas).

La puntuación será acumulativa, de tal forma que sí la actividad propuesta participa en todas las competiciones obtendrá la máxima puntuación (18 puntos).

8.- RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN

La resolución definitiva se notificará electrónicamente a las entidades beneficiarias y se abre un plazo de alegatos de 10 días hábiles a partir del día de la recepción.

El acto de resolución de la subvención agota la vía administrativa. De acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra dicha resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Xunta de Gobierno de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la recepción de la notificación, o bien directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado del Contencioso-Administrativo de A Coruña, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

9. PAGO

A la vista de la documentación justificativa presentada y después de los informes de la comisión de baremación , el órgano competente valorará el cumplimiento de las actividades subvencionadas y si la documentación es correcta, se procederá al pago de la subvención.

Para el cobro de la subvención las entidades deberán aportar acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Administración del Estado, con la Comunidad Autónoma y con la Seguridad Social, mediante certificado expedido por los órganos competentes de dichas administraciones.

El abono de la subvención se materializará mediante ingreso en la cuenta señalada por la entidad.

10 . PÉRDIDA DEL DERECHO Al COBRO DE La SUBVENCIÓN

El derecho al cobro de la subvención se perderá en caso de que no se justifique el cumplimiento del proyecto, de las condiciones impuestas en la resolución definitiva, de las obligaciones recogidas en estas bases reguladoras, de las obligaciones contenidas en el art. 33 de la Ley 9/2007, de subvenciones de Galicia, o en la normativa aplicable. Esta situación supondrá la obligación de devolver total o parcialmente el anticipo percibido, así como los intereses de demora correspondientes.

El derecho al cobro de la ayuda concedida se perderá, con la apertura de un expediente sancionador, en los siguientes casos:

- Obtener la subvención sin reunir las condiciones requeridas.

- No comunicar al Ayuntamiento de Sada la obtención de otras subvenciones o ayudas para los mismos conceptos subvencionados en esta convocatoria.

- No comunicar al Ayuntamiento de Sada la modificación de las circunstancias que fundamentaron la concesión de la subvención.

- No justificar el cumplimiento de los requisitos y de las condiciones de la subvención ni justificar la realización de la actividad y la finalidad subvencionadas.

- No permitir las actuaciones de comprobación que precise el Ayuntamiento de Sada, así como cualquier otra actuación de comprobación y control financiero que puedan realizar la Intervención Municipal, el Tribunal de Cuentas o el Consejo de Cuentas.

- No disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente comprobados, en los tener exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso.

- No acreditar estar al día en las obligaciones fiscales, con la Seguridad Social y con la Comunidad Autónoma.»

ANEXOS DE SOLICITUD:

Deporte Anexo I

MEMORIA DE ACTIVIDADES

Licencias y competiciones Temporada 22/23 ( acreditar mediante certificación expedida por la Federación :

Nº de licencias en activo

 

Nº de licencias menores de 18 años

 

Porcentaje de licencias femeninas

 

Porcentaje de licencias de personas con diversidad funcional

 

Nº de licencias becadas a través de entidad prestataria de servicios sociales

 

Antigüedad del club ( en años)

 

Masa social no deportista ( socios)

 

Nº de competición o ligas provinciales

 

Nº de competición/ligas interprovinciais/autonómicas

 

Nº de competiciones/ligas interautonómicas/nacionales

 

Nº de competiciones/ligas internacionales

 

Descripción de actividad para la que solicita la subvención - Cubrir una tabla por cada actividad

1. ACTIVIDAD:

 

 

 

2. DESCRIPCIÓN:

 

 

 

 

Descripción de actividad para la que solicita la subvención - Cubrir una tabla por cada actividad

1. ACTIVIDAD:

 

2. DESCRIPCIÓN:

 

 

1. ACTIVIDAD:

 

2. DESCRIPCIÓN:

 

 

 

ANEXO II

CERTIFICADO DEL ACUERDO DE SOLICITUD DE La AYUDA

DECLARACIONES RESPONSABLES

CERTIFICADO DE La SECRETARÍA DE La ENTIDAD DEL ACUERDO DE SOLICITUD DE La AYUDA

(Nombre Apellido Apellido), con NIF núm. (número del DNI), como secretaria/el de la entidad (nombre de la asociación),

 

 

CERTIFICO

Que en la reunión de la Xunta Directiva de esta entidad, que tuvo lugar en la fecha de lo ___/___/____________ se acordó, entre otros asuntos, lo siguiente:

- Solicitar al Ayuntamiento de Sada una subvención para la financiación de los proyectos y actividades deportivas que esta entidad realizó , adquiriendo el compromiso de cumplir las condiciones de la convocatoria.

- Designar la (Nombre Apellido Apellido), con DNI núm. (número de DNI), en calidad de ___________________________ ___________________________________________________ de la entidad, para gestionar y tramitar la solicitud telemática ante el Ayuntamiento de Sada y actuar como representante autorizada/el de la asociación en este procedimiento.

Del mismo modo, DECLARO BAJO Mi RESPONSABILIDAD que esta entidad:

No ha solicitado subvención a ninguna otra entidad pública para la misma finalidad o no le fue concedida ninguna otra subvención.

Solicitó ayuda para el mismo proyecto a las siguientes instituciones:

ENTIDAD A La QUE SE LE SOLICITÓ SUBVENCIÓN

IMPONERTE SOLICITADO

ESTADO DE La SOLICITUD

(Solicitada, concedida, denegada…).

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Sada, en la fecha de la firma digital

Presidenta/y o Secretaria/el de la entidad solicitante,

Nombre Apellido Apellido

 

Deporte ANEXO III

Relación clasificada de gastos-Memoria económica

DATOS DE La ENTIDAD SOLICITANTE

RAZÓN SOCIAL:

 

 

NIF:

 

 

PERSONA REPRESENTANTE

NOMBRE Y APELLIDOS:

 

 

DNI:

 

RELACIÓN DE FACTURAS:

Nº DE FACTURA

FECHA DE EMISIÓN

EMPRESA Y CIF

IMPORTE

FECHA DE PAGO

FORMA DE PAGO

 

 

 

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Sada, en la fecha de la firma digital

Presidenta/y de la entidad solicitante,

Nombre Apellido Apellido

Sada, 1 de octubre de 2024

El alcalde,

Oscar Benito Portela Fernández

2024/6874

 

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