Lunes, 9 de septiembre de 2024 · Lunes, 9 de septiembre de 2024 · Número 173
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2024_0000006255

Administración Local

Municipal

A Coruña

Personal

Bases específicas que regirán el proceso selectivo para cubrir, por el turno libre, 4 plazas de técnico/a superior de deportes (subgrupo A1) de la escala de administración especial, subescala técnica, clase técnicos/as superiores (CE 7/23)

ANUNCIO

El concejal delegado responsable de Economía y Planificación Estratégica, por delegación de A Xunta de Gobierno Local, de fecha 05 de septiembre del 2024, resolvió autorizar la convocatoria del proceso selectivo para la cobertura de 4 plazas de técnico/a superior de deportes (lic. educación física), (subgrupo A1) de la escala de Administración Especial, subescala Técnica, clase Técnicos/as Superiores, C.Y. 7/23, con la aprobación de las siguientes bases específicas:

BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN El PROCESO SELECTIVO PARA La COBERTURA, POR El TURNO LIBRE, DE 4 PLAZAS DE TÉCNICO/A SUPERIOR DE DEPORTES (LIC. EDUCACIÓN FÍSICA), (SUBGRUPO A1) DE La ESCALA DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL, SUBESCALA TÉCNICA, CLASE TÉCNICOS/AS SUPERIORES, (C.Y. 7/23)

1. OBJETO

El objeto de estas bases específicas es ordenar el proceso selectivo para la cobertura, por el turno libre, de 4 plazas de técnico/a superior de deportes (Lic. Educación Física), subgrupo A1, de la escala de Administración Especial, subescala Técnica, clase Técnicos/as Superiores, incluidas en las OEP de los años 2021, 2022 y 2023.

Estas bases son complementarias al procedimiento general de selección establecido en las bases generales para el acceso a plazas de personal funcionario del Ayuntamiento de A Coruña aprobadas por Resolución del Concejal delegado de Economía, Hacienda y Régimen Interior del 12/04/2023 (BOP núm. 73 del 18/04/2023).

2. SISTEMA DE SELECCIÓN

El sistema de selección será de oposición.

3. REQUISITOS

Para ser admitidas en la realización de las pruebas selectivas a las personas aspirantes deberán reunir, además de los exigidos en las bases generales, los siguientes requisitos:

1. Poseer o estar en condiciones de obtener la titulación universitaria de Grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte.

A efectos de esta convocatoria, el término equivalente se entenderá referido exclusivamente a las titulaciones que, a consecuencia de la implantación de nuevos estudios adaptados a las sucesivas reformas educativas, vinieron a sustituir a las titulaciones extinguidas.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente validación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que obtuvieran el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.

Las personas aspirantes deberán poseer todos los requisitos exigidos el día en que finalice el plazo para presentar las solicitudes y mantenerlos hasta la fecha de su nombramiento como personal funcionario.

4. SOLICITUDES

Las solicitudes se presentarán por vía electrónica a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de A Coruña (sede.coruna.gal) mediante el procedimiento específico “Participación en pruebas selectivas”, de conformidad con el previsto en la ordenanza reguladora de la administración digital del Ayuntamiento de A Coruña (BOP núm. 114 del 16/06/2023).

Para ser admitidas en las pruebas selectivas correspondientes las personas aspirantes deberán manifestar en sus solicitudes de participación que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la fecha en que finalice el plazo de presentación.

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio del extracto de la convocatoria en el BOE/BOE.

4.1 Modelo de solicitud

Las personas aspirantes deberán cubrir con exactitud el modelo específico de solicitud de admisión a pruebas selectivas disponible en lo siguiente enlace modelo 095, en la página web www.coruna.gal o en las oficinas de asistencia en materia de registro del Ayuntamiento de A Coruña.

En aplicación del artículo 28 de la LPAC los datos incluidos en las solicitudes serán consultados por el Ayuntamiento de A Coruña. Excepcionalmente, si alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos se les podrá requerir a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

En el caso de solicitar la exención de la realización de la prueba de conocimiento del idioma gallego las personas interesadas deberán aportar con la solicitud:

− Celga 4 o título equivalente debidamente homologado de acuerdo con la normativa de aplicación.

Las personas aspirantes deberán acompañar la solicitud con la documentación que acredite los méritos alegados, de acordó con la base 5.2.

De conformidad con el artículo 28 de la LPAC las personas aspirantes tienen derecho a no presentar la documentación que ya obre en poder del Ayuntamiento de A Coruña, este podrá consultar o recaudar dicha documentación salvo que las personas interesadas se opongan. La existencia de dicha documentación debe ser alegada en la solicitud de participación.

La falta de presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá a no admisión de la persona aspirante al proceso selectivo.

Las personas aspirantes deberán indicar en su solicitud, en el apartado de idioma del examen, sí el texto del ejercicio deberá entregarse en gallego o en castellano. Una vez realizada la opción y presentada la solicitud los y las personas aspirantes no podrán modificar su opción.

4.2 Pago de derechos de examen

Las personas aspirantes deberán abonar una tasa de 24,88 € de acuerdo con la Ordenanza fiscal núm. 1 reguladora de la tasa por tramitación o expedición de documentos administrativos.

El ingreso del importe de la tasa podrá se realizará mediante autoliquidación de la tasa en la Oficina Virtual del Contribuyente (OVC) y posterior pago de la autoliquidación en Autoliquidaciones (coruna.gal), en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria, así como en la oficina de recaudación municipal situada en A Rúa Franja, 20-22.

Estarán exentas del pago de esta tasa:

la) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.

b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante, por lo menos, 6 meses antes de la fecha de la publicación de la convocatoria de las pruebas selectivas en las que solicite la participación en el BOP.

En aplicación del artículo 28 de la LPAC los documentos que se relacionan de sucesivo, que justifican la exención en el pago de la tasa de derechos de examen, serán objeto de consulta en las bases de datos de este ayuntamiento y de otras administraciones públicas segundo proceda:

− Certificación expedida por el servicio público de empleo en el que conste que la persona aspirante figura inscrita como demandante de empleo por lo menos desde los 6 meses anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria de las pruebas selectivas en las que solicita la participación.

− Certificación de discapacidad de la persona solicitante.

En caso de que las personas interesadas se opongan a la dicha consulta en virtud de lo dispuesto en el artículo 28.2 de la LPAC, deberán indicarlo en la casilla correspondiente de la solicitud y aportar una copia de estos certificados.

El impago o insuficiencia de la tasa, cuando no quede acreditado que la persona aspirante cumpla con los requisitos para tener derecho a la exención en el pago, determinará su exclusión del proceso selectivo.

En ningún caso el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de causa de exención en el pago supondrá el relevo del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud específica de participación en el proceso selectivo.

5. PROCEDIMIENTO SELECTIVO

El proceso selectivo constará de una fase de oposición.

Cualquier referencia normativa del temario se entenderá referida a las disposiciones legales vigentes en la fecha de publicación en el Boletín oficial de la provincia del listado definitivo de personas aspirantes admitidas y excluidas.

Las normas de derecho positivo relacionadas en el temario de la convocatoria que fueran derogadas parcial o totalmente serán automáticamente sustituidas por aquellas que procedan a su derogación parcial o total, con fecha límite de la fecha de publicación en el Boletín oficial de la provincia del listado definitivo de personas aspirantes admitidas y excluidas.

Las personas aspirantes deberán acudir a todas las pruebas proveídos del DNI o documento equivalente que acredite su identidad.

Los aparatos electrónicos (teléfonos móviles, agendas, auriculares, etc) están prohibidos dentro de la sala donde tengan lugar las pruebas. Lo son de un aparato electrónico permitirá al tribunal solicitar el vaciamiento de bolsas, mochilas y piezas de ropa para su localización. La negativa a la petición del tribunal o a la localización del aparato provocarán la expulsión del/a opositor/la de la prueba y no se procederá a la corrección de su ejercicio.

5.1 FASE DE OPOSICIÓN

La fase de oposición constará de cuatro ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio.

Primero ejercicio: Consistirá en la resolución por escrito de un cuestionario tipo test, en un tiempo máximo de 100 minutos, de 100 preguntas, más 10 preguntas de reserva, con cuatro alternativas de respuesta, siendo solo una de ellas correcta, en relación al contenido total del temario anexo a esta convocatoria. Las preguntas adicionales de reserva serán valoradas solo en caso de que se anule alguna de las preguntas del ejercicio.

Este cuestionario será elaborado por el tribunal inmediatamente antes del comienzo de la prueba.

La fecha de realización de este ejercicio no tendrá lugar antes de los 4 meses posteriores a la fecha de publicación de esta convocatoria en el BOP.

La puntuación de cada pregunta será la siguiente:

la) Cada respuesta correcta puntuará un punto

b) Cada respuesta incorrecta descontará 0,25 puntos

c) Las preguntas dejadas en blanco no descontarán puntuación

El ejercicio será calificado con una nota final de 0 la 30 puntos, siendo necesario alcanzar una nota mínima de 15 puntos para superarlo. Las personas aspirantes que no alcancen esta nota mínima serán eliminadas. Le corresponderá al tribunal determinar la puntuación del cuestionario exigida para alcanzar esta nota mínima.

La nota final será calculada a partir de los puntos obtenidos en el cuestionario utilizando la siguiente fórmula:

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Siendo:

P = puntos obtenidos por la persona aspirante en el cuestionario

Pc = Puntos de corte, esto es, puntos que debe conseguir la persona aspirante para aprobar el ejercicio. Serán determinados por el tribunal durante la corrección de aquel.

N = nota final obtenida por la persona aspirante en el ejercicio (la cifra obtenida se le aplicará el redondeo estándar la dos decimales)

Al finalizar el ejercicio las personas aspirantes podrán llevar una copia de su hoja de respuestas.

En el plazo de 3 días hábiles desde la finalización de la prueba, el órgano de selección publicará en la página web y en el tablero de edictos y anuncios del Ayuntamiento de A Coruña la relación de respuestas correctas a las preguntas formuladas. Las personas interesadas podrán presentar las reclamaciones que consideren oportunas referidas a las preguntas, a su contenido y al cuadro de respuestas correctas en el plazo de 5 días hábiles contados desde el día siguiente su publicación.

Según ejercicio: Consistirá en resolver, en un tiempo máximo de 120 minutos, un supuesto práctico, la elegir entre dos propuestos por el tribunal, relativo a los contenidos de las materias comprendidas en la parte específica del temario anexo.

Lo enunciado de los supuestos será elaborado por el tribunal inmediatamente antes del comienzo del ejercicio.

En este ejercicio, se valorará la capacidad de análisis y la aplicación razonada de los conocimientos teóricos a la resolución de los problemas prácticos objeto del supuesto. Se estimará especialmente la sistemática en la propuesta realizada por los aspirantes, el planteamiento de conclusiones, conocimiento y adecuada aplicación de la normativa vigente y pragmatismo en la resolución de los supuestos. La ponderación de cada uno de estos criterios en cada uno de los supuestos será puesto en conocimiento de los aspirantes con carácter previo a la realización del ejercicio. Asimismo, en el caso de formularse varias preguntas en cada supuesto práctico, con distintas puntuaciones cada una de ellas, deberá indicarse en el ejercicio entregado la/el opositor/la, la puntuación de cada uno de ellos y el desarrollo de los criterios de cualificación generales determinados, de serlo caso.

El tribunal establecerá e informará a las personas aspirantes, con anterioridad a la realización de este ejercicio, de los criterios de corrección, valoración y superación que no estén expresamente establecidos en estas bases.

Este ejercicio será calificado con un máximo de 30 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 15 puntos. Las personas aspirantes que no alcancen esta puntuación mínima serán eliminados.

Las personas aspirantes podrán llevar una copia de su resolución del ejercicio.

Las personas interesadas podrán presentar alegatos a este ejercicio en el plazo de 3 días hábiles contados desde el día siguiente la publicación de su puntuación.

Tercero ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito, durante un tiempo máximo de 120 minutos, dos temas, la elegir entre cuatro, de la parte específica del temario anexo a esta convocatoria. Los cuatro temas serán obtenidos mediante sorteo público realizado por el Tribunal inmediatamente antes del comienzo del ejercicio.

El Tribunal valorará que las respuestas se ajusten a los contenidos de los epígrafe de los temas elegidos, la estructura de la exposición, la claridad y orden de las ideas, la precisión del lenguaje utilizado y la capacidad de síntesis.

Este ejercicio será calificado con un máximo de 20 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 10 puntos, siendo necesario alcanzar una puntuación mínima de 5 puntos en cada uno de ellos por separado. Las personas aspirantes que no alcancen esta puntuación mínima serán eliminados. El Tribunal determinará el nivel de conocimientos exigidos para alcanzar la dicha puntuación mínima de conformidad con los criterios ya señalados.

Al final del ejercicio las personas aspirantes podrán llevar una copia de su respuesta.

Las personas interesadas podrán presentar alegatos a este ejercicio en el plazo de 3 días hábiles contados desde el día siguiente la publicación de su puntuación.

Cuarto ejercicio prueba de conocimiento de la lengua gallega. Estarán exentas de realizar este ejercicio las personas aspirantes que acrediten dentro del plazo de presentación de solicitudes estar en posesión del Celga 4 o título equivalente debidamente homologado de acuerdo con la disposición adicional segunda del Orden de 16 de julio de 2007, por la que se regulan los certificados oficiales acreditativos de los niveles de conocimiento de la lengua gallega (DOG núm. 146, de 30 de julio), modificada por el Orden de 10 de febrero de 2014 (DOG núm. 34, de 19 de febrero).

El ejercicio consistirá en la traducción directa o inversa de un o varios textos, en castellano o gallego, en un tiempo máximo de 60 minutos. Los textos serán elegidos por el tribunal inmediatamente antes de la realización de la prueba. Este ejercicio será calificado como apto o no apto, le corresponde al tribunal la fijación del nivel de conocimiento exigido para superar esta prueba.

6. CUALIFICACIÓN FINAL

El orden de prelación de las personas aspirantes que superen el proceso selectivo se realizará de acuerdo con la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, no pudiendo superar el proceso selectivo un número superior de aspirantes al de plazas convocadas. Con todo, siempre que el órgano de selección había propuesto el nombramiento de igual número de aspirantes que de plazas convocadas, y con el fin de asegurar su cobertura, cuando se produzcan renuncias de las personas seleccionadas antes de su nombramiento, toma de posesión, no acrediten los requisitos establecidos en la convocatoria o no tomen posesión, el órgano convocante podrá requerir del órgano de selección una relación complementaria de aspirantes que superen las pruebas que sigan las y los propuestos, por orden de puntuación, para su posible nombramiento como personal funcionario de carrera.

A los efectos previstos en este punto tendrán la misma consideración que las renuncias los supuestos referidos a los/a las aspirantes que dentro del plazo fijado no presenten la documentación requerida o que de la consulta de los datos de sus solicitudes a las Administraciones Públicas o del examen de la documentación presentadas se deduzca que carecen de los requisitos indicados en la base 3 de esta convocatoria.

El tribunal podrá declarar desiertas aquellas plazas que no resulten cubiertas a la finalización del proceso selectivo por no ser superado por el número suficiente de personas aspirantes.

7. ACREDITACIÓN DE Los REQUISITOS

Finalizado el proceso selectivo, el órgano de selección hará pública la relación de aspirantes que lo superaran por el orden de puntuación alcanzada en la página web y en el tablero de edictos y anuncios del Ayuntamiento de A Coruña, junto con la propuesta de nombramiento, en la plaza objeto de esta convocatoria, de un número de personas igual al número de plazas convocadas.

En aplicación del artículo 28 de la LPAC los datos incluidos en las solicitudes por las personas aspirantes propuestas, serán consultados por el Ayuntamiento de A Coruña. Excepcionalmente, si alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos se les podrá requerir a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

En caso de que las personas interesadas se opongan a la dicha consulta en virtud de lo dispuesto en el artículo 28.2 de la LPAC, deberán indicarlo en la casilla correspondiente de la solicitud y aportar una copia de la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria en el plazo de 20 días hábiles, desde el día siguiente al de esta publicación de su propuesta de nombramiento como personal funcionario.

Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos señalados, las personas aspirantes podrán acreditar que reúnen las condiciones exigidas mediante cualquier otro medio de prueba admitido en derecho.

Esta documentación se presentarán por vía electrónica a través de registro electrónico dirigida al Servicio de Recursos Humanos del Ayuntamiento de A Coruña, de conformidad con el previsto en la ordenanza reguladora de la administración digital del Ayuntamiento de A Coruña (BOP núm. 114 del 16/06/2023).

Asimismo, las personas aspirantes deberán realizar un reconocimiento médico obligatorio que acredite que poseen las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas para el ejercicio de las funciones y tareas de las plazas convocadas.

No podrán ser nominadas funcionarias y quedarán sin efectos las actuaciones relativas a aquellas personas que no acrediten los requisitos exigidos en la convocatoria o que de la consulta de datos a las Administraciones Públicas se deduzca que carecen de los dichos requisitos.

Las personas que tuvieran la condición de personal funcionario de carrera estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación de la administración pública de la que dependieran para acreditar esta condición.

Concluido el proceso selectivo, las personas aspirantes que lo superaran y acrediten en plazo, salvo causa de fuerza mayor, el cumplimiento de los requisitos exigidos en la correspondiente convocatoria, o que de la consulta de los datos de sus solicitudes a las Administraciones Públicas resulte acreditado el cumplimiento de los dichos requisitos, serán nombradas personal funcionario de carrera por la autoridad competente.

La adjudicación de la plaza a la persona aspirante que supere el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación señalada en la base 6.

La adjudicación de puestos de trabajo se efectuará según las peticiones de las personas interesadas entre los puestos que se les oferten de acuerdo con la puntuación señalada en la base 6, siempre que reúnan los requisitos objetivos determinados para cada puesto en la relación de puestos de trabajo.

Una vez acreditada la posesión de los requisitos exigidos, la persona aspirante será nombrada personal funcionario de carrera en la plaza objeto de esta convocatoria mediante resolución de la autoridad competente.

La toma de posesión se efectuará dentro del plazo máximo de un mes a partir de la publicación de la resolución del nombramiento en el BOP; de no el hacer ni existir causa justificada, que deberá ser alegada y aceptada, las personas nominadas no podrán adquirir la condición de personal funcionario.

8. ELABORACIÓN DE LISTADOS DE PERSONAL FUNCIONARIO INTERINO

Se elaborará un listado de espera con las personas aspirantes que, superando alguno de los ejercicios de la fase de oposición, no obtuvieran plaza, para la cobertura temporal de plazas por personal funcionario interino en las circunstancias reguladas en el artículo 10.1 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por lo que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

El orden de prelación de estas personas en dicho listado se establecerá de acuerdo con el resultado de la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios superados de la fase de oposición.

TEMARIO

PARTE COMÚN

TEMA 1. La Constitución Española. Estructura. Los principios constitucionales: el estado social y democrático de Derecho. Los valores superiores en la Constitución española. Título preliminar. Los derechos y deberes fundamentales, sus garantías y suspensión. Las Cortes Generales. La reforma constitucional.

TEMA 2. El Gobierno: Composición y funciones. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. La organización territorial del Estado. Régimen de competencias: sistema de distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas: competencias exclusivas, compartidas, concurrentes, de desarrollo y de ejecución. El Estado de las Autonomías. Los Estatutos de Autonomía. Relación entre el Estado y las Comunidades Autónomas.

TEMA 3. El Estatuto de autonomía de Galicia. Título preliminar. El poder gallego: el Parlamento. La Xunta y su presidente. Las competencias de Galicia. El Valedor del pueblo. El Consejo de Cuentas de Galicia.

TEMA 4. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas. De los interesados en el procedimiento. De la actividad de las Administraciones Públicas. De los actos administrativos. La revisión de actos en vía administrativa: revisión de oficio. Recursos administrativos.

TEMA 5. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas. De las disposiciones sobre el procedimiento administrativo común: Garantías del procedimiento. Iniciación del procedimiento. Ordenación del procedimiento. Instrucción del procedimiento. Ejecución. Finalización del procedimiento. La tramitación simplificada del procedimiento administrativo común.

TEMA 6. Ley 40/2015, de 1 de octubre, del régimen jurídico del sector público. Disposiciones generales. De los órganos de las Administraciones Públicas: órganos administrativos. Competencia. Órganos colegiados. Abstención y recusación. De los convenios. Organización y funcionamiento del sector público institucional. Relaciones interadministrativas.

TEMA 7. El municipio: concepto y elementos. Territorio y población. El municipio: concepto y elementos. Territorio y población. Alteración de tener municipales en la legislación básica y autonómica.

TEMA 8. Las competencias municipales: sistema de determinación. Competencias propias, delegadas y competencias distintas de las propias. La sostenibilidade financiera de la hacienda local como presupuesto del ejercicio de las competencias. Los convenios sobre ejercicio de competencias y servicios municipales. Los servicios mínimos.

TEMA 9. La organización municipal. Régimen ordinario: Órganos necesarios: alcalde, tenientes de alcalde, pleno y junta de gobierno local. Órganos complementarios.

TEMA 10. Régimen de organización de los municipios de gran población. Ámbito de aplicación. Organización y funcionamiento de los órganos municipales necesarios. Gestión económico-financiera.

TEMA 11. El personal al servicio de las Administraciones Públicas. Clases de personal. Adquisición y pérdida de la relación de servicio. Situaciones administrativas. Derechos y deber de los empleados públicos: Código de conducta. Jornada de trabajo, permisos, licencias y vacaciones. Derechos económicos y protección social. Derechos de ejercicio colectivo.

TEMA 12. Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por lo que se aprueba el Texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas locales. Recursos de las haciendas locales: Enumeración. Imposición y ordenación de los tributos locales. Tasas. Precios Públicos. Contribuciones especiales. Impuestos locales: enumeración, naturaleza y hecho imponible. Los presupuestos: Contenido y aprobación.

TEMA 13. Contratos del sector público. Delimitación de los tipos contractuales. Plazo de duración del contrato y ejecución de la prestación. Contenido mínimo de los contratos. Acreditación de la aptitud para contratar.Objeto, presupuesto base de licitación, valor estimado, precio del contrato y su revisión. Garantías exigibles en la contratación del sector público.

TEMA 14. De la preparación de los contratos de las Administraciones públicas: expediente de contratación, pliego de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas. Elaboración y contenidos de los pliegos de prescripciones técnicas particulares. Competencias en materia de contratación y normas específicas de contratación pública en las entidades locales. Adjudicación de los contratos de las Administraciones públicas: normas generales y procedimientos de adjudicación.

TEMA 15.- Actividad subvencional de las entidades locales: normativa autonómica y estatal. Disposiciones comunes a las subvenciones. Concesiones, órganos competentes, beneficiarios y procedimientos de concesión.

TEMA 16.- Actividad subvencional de las entidades locales. Normativa autonómica y estatal: justificación y control financiero. Reintegro. Infracciones y sanciones.

TEMA 17. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y bueno gobierno. Transparencia de la actividad pública.

TEMA 18. Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales. Disposiciones generales. Principios de la protección de datos. Derechos de las personas. Responsable y encargado del tratamiento de datos. Régimen sancionador.

TEMA 19. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: Objeto y ámbito de la ley. El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación. Políticas públicas para la igualdad.

Ley 7/2023, de 30 de noviembre, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres de Galicia: Las condiciones de empleo en igualdad en la administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia y en el sector público autonómico.

PARTE ESPECÍFICA

TEMA 1. Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte. Principios generales de la ordenación deportiva.

TEMA 2. Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte. Organización administrativa del deporte.

TEMA 3. Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte. Las entidades deportivas.

TEMA 4. Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte. La actividad deportiva.

TEMA 5. Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte. Solución de conflictos en el deporte.

TEMA 6. Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte. Planificación de las instalaciones deportivas al servicio del deporte.

TEMA 7. Ley 3/2012, de 2 de abril, del deporte de Galicia. Disposiciones generales. Competencias de las administraciones públicas en materia de deporte. Actividad deportiva y actividad física.

TEMA 8. Ley 3/2012, de 2 de abril, del deporte de Galicia. Actividad deportiva y actividad física.

TEMA 9. Ley 3/2012, de 2 de abril, del deporte de Galicia. Agentes de la actividad física.

TEMA 10. Ley 3/2012, de 2 de abril, del deporte de Galicia. Investigación y formación del personal técnico-deportivo.

TEMA 11. Ley 3/2012, de 2 de abril, del deporte de Galicia. Instalaciones deportivas.

TEMA 12. Ley 3/2012, de 2 de abril, del deporte de Galicia. La jurisdicción deportiva: el Comité Gallego de Disciplina Deportiva.

TEMA 13. Ley 3/2012, de 2 de abril, del deporte de Galicia. La actuación autonómica en materia de prevención y lucha contra el dopaje en el deporte.

TEMA 14. Ley 3/2012, de 2 de abril, del deporte de Galicia. Actuación pública en la prevención y represión de la violencia y de las conductas contrarias so bueno orden deportivo.

TEMA 15. El municipio y el deporte. El deporte desde la perspectiva del servicio público municipal: Función y competencias del municipio en la actividad deportiva.

TEMA 16. La organización privada del deporte. Las federaciones deportivas. Los clubes deportivos, grupos de recreación, asociaciones de recreación. SAD

TEMA 17. Los deportes individuales. Características básicas. Necesidades para su gestión.

TEMA 18. Los deportes colectivos. Características básicas. Necesidades para su gestión.

TEMA 19. Los deportes adaptados. Características básicas. Necesidades para su gestión.

TEMA 20. La ciudadanía y el deporte. Los sujetos participantes en las diferentes manifestaciones deportivas (Los deportistas, técnicos, árbitros, gestores etc). Características. Situación dentro del sistema deportivo.

TEMA 21. El Consejo Municipal de Deportes de A Coruña.

TEMA 22. La planificación como sistema y como método organizacional. Enfoques de la planificación del deporte.

TEMA 23. La dirección estratégica en el marco de la gestión deportiva.

TEMA 24. Fase de diagnóstico como punto de partida en la planificación deportiva.

TEMA 25. Planificación deportiva. Fase de Planes deportivos. Procesos en la fase de planificación estratégica deportiva. Fase de programas deportivos. Fase de proyectos deportivos.

TEMA 26. La planificación en las diferentes vías del deporte. Características generales.

TEMA 27. El deporte como fenómeno social. Tendencias actuales de la práctica deportiva y su relación con la administración pública del deporte.

TEMA 28. Los eventos deportivos. Protocolo para la organización de un evento deportivo.

TEMA 29. Eventos deportivos municipales. Eventos periódicos existentes en A Coruña.

TEMA 30. Los servicios deportivos públicos. Definición y características.

TEMA 31. La figura de la dirección en la gestión de los proyectos deportivos.

TEMA 32. Las competiciones deportivas. Características, tipos y formas de organización.

TEMA 33. Gestión del Servicio Deportivo Municipal. Dirección y organización municipal. Modos de gestión.

TEMA 34. La organización y gestión del deporte de la ciudad de A Coruña.

TEMA 35. El deporte en edad escolar. Programas de deporte en edad escolar. Aspectos organizacionales.

TEMA 36. Las Escuelas Deportivas Municipales: definición, estructura y organización. Ejemplo de las Escuelas Deportivas municipales de A Coruña.

TEMA 37. La resolución de conflictos en la actividad física y el deporte. Transmisión de valores a través del deporte.

TEMA 38. Grupos específicos y práctica deportiva: gente mayor, gente nueva, personas con discapacidad.

TEMA 39. Comportamiento deportivo de la población. Situación actual y tendencias.

TEMA 40. La actividad física como adecuación permanente a la mejora de la calidad de vida.

TEMA 41. La gestión de los recursos humanos en el deporte y en el marco de la gestión deportiva.

TEMA 42. Las instalaciones deportivas en la ciudad. Cuestiones generales.

TEMA 43. Las instalación deportivas en la ciudad. Campos de fútbol.

TEMA 44. Las instalación deportivas en la ciudad. Pabellones polideportivos

TEMA 45. Las instalación deportivas en la ciudad. Espacios para actividad física libre o deponerte urbano.

TEMA 46. Las instalación deportivas en la ciudad. Pistas deportivas exteriores.

TEMA 47. Normativa de uso de las instalaciones deportivas, escuelas deportivas municipales y otras actividades en el Ayuntamiento de A Coruña.

TEMA 48. La gestión integral de las instalaciones deportivas. Planes, programas y proyectos de los servicios deportivos.

TEMA 49. Gestión específica de las piscinas. Personal, mantenimiento, suministros y cumplimiento de legislación sanitaria.

TEMA 50. Decreto 119/2019, de 19 de septiembre por el que se regulan los criterios higiénico-sanitarios de las piscinas de Galicia.

TEMA 51. Real Decreto 487/2022, de 21 de junio, por lo que se establecen los requisitos sanitarios para la prevención y el control de la lexionelose.

TEMA 52. El plan de mantenimiento en las instalaciones deportivas.

TEMA 53. La dirección de las instalaciones deportivas desde el punto de vista organizacional. Áreas de gestión.

TEMA 54. El Plan Director de instalaciones deportivas. Contenido y desarrollo.

TEMA 55. Las instalaciones deportivas en A Coruña. Tipologías, usos y modos de gestión.

TEMA 56. Dinamización de una instalación deportiva. El programa de actividades y diferentes servicios.

TEMA 58. Utilización del medio natural y de las infraestructuras como soporte de la actividad deportiva.

TEMA 59. Plan Económico Deportivo Municipal. La gestión económica de los servicios deportivos.

TEMA 60. La financiación del deporte. Fuentes de financiación.

TEMA 61. Planes complementarios en la gestión del deporte Municipal.

TEMA 62. El fenómeno de la violencia en el deporte. Incidencia en la sociedad actual. Herramientas para combatirlo. Legislación reguladora.

TEMA 63. Ordenanza fiscal nº15 reguladora de la tasa por la prestación de servicios en las instalación deportivas municipales.

TEMA 64. Convocatoria de asignación de usos de las instalación deportivas municipales para actividades deportivas de entrenamiento del Ayuntamiento de A Coruña anualidad 2024.

TEMA 65. Ayudas públicas y actividades deportivas. La actividad de fomento orientada al deporte. Legislación estatal y autonómica de subvenciones. La ordenanza municipal de bases reguladoras generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de A Coruña y sus organismos públicos (BOP núm. 157 de 16/08/2024) y las bases de ejecución del presupuesto. Los procedimientos de gestión de subvenciones con referencia especial o ámbito deportivo. Las bolsas para deportistas individuales.

TEMA 66. La justificación y comprobación de subvenciones públicas con especial referencia al ámbito deportivo local, el reintegro de subvención sin fracciones y subvención en materia de subvención.

TEMA 67. El patrocinio deportivo. Concepto. Marco legal. Tipología del patrocinio. El impacto económico y social del patrocinio deportivo. El contrato del patrocinio deportivo, con mención la equivalencia de prestaciones.

TEMA 68. Ciudades saludables y ciudades activas. Definición, objetivos y desarrollo.

TEMA 69. Estrategia Mundial de la Actividad Física y la Salud Pública.

TEMA 70. Estrategias de comunicación en las organizaciones deportivas.

TEMA 71. Normas NIDE 1: Normas de proyecto de campos pequeños

TEMA 72. Normas NIDE 2: Normas reglamentarias de campos grandes.

TEMA 73. Normas NIDE 3: Normas de proyecto de piscinas cubertasENDBODY_ANEXO.ENDBODY_ANEXO

A Coruña, 06 de agosto de 2024

La Xunta DE GOBIERNO LOCAL. P.D.

Concejal delegado responsable de Economía y Planificación Estratégica

José Manuel Lage Tuñas

2024/6255

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