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Bases XXXIV Concurso Internacional de Piano Ciudad de Ferrol
Edicto
La Xunta de gobierno Local de fecha 08 de julio de 2024 aprobó las bases que habían regido el XXXIV Concurso Internacional de Piano Ciudad de Ferrol-año 2024 siendo su tenor literal como sigue:
BASES DEL XXXIV CONCURSO INTERNACIONAL DE PIANO CIUDAD DE FERROL AÑO 2024
Primera.- Objeto y contenido
La concejalía de Cultura del Ayuntamiento de Ferrol organiza el XXXIV Concurso Internacional de Piano “Ciudad de Ferrol” entre los días 15 y 22 de noviembre de 2024.
El premio se desarrollará: el concierto inaugural en el Teatro Jofre, en las fases preliminares y final en el Auditorio de Ferrol, atendiendo a lo siguiente calendario:
· Período de inscripción: desde la fecha de publicación de la convocatoria hasta 31 de octubre del 2024
· 15 de noviembre: sorteo de participantes, ceremonia de inauguración y concierto de apertura del concurso
· 16 la 18 de noviembre: primera prueba eliminatoria
· 19 y 20 de noviembre: segunda prueba eliminatoria
· 21 de noviembre: ensayo de los tres finalistas con la Orquesta Sinfónica de Galicia
· 22 de noviembre: prueba final del concurso. Entrega de premios
Se grabarán y se retransmitirá en streaming todas las pruebas del Concurso, correspondiendo a este ayuntamiento los derechos de grabación, difusión, o emisión de las mismas, tanto en formato de audio como de vídeo.
Segunda.- Órgano competente para la ordenación e instrucción
El impulso, ordenación, instrucción y resolución de las cuestiones que deriven de las presentes bases, corresponderá al concejal delegado del área de Cultura. En todo caso se aplicará de manera supletoria lo establecido en la Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Ferrol.
Corresponderá a lo dicho órgano, previo los informes que considere necesarios, resolver o determinar todas aquellas situaciones no contempladas en estas bases. Del mismo modo, podrá adaptarlas a cualquier situación de fuerza mayor que había podido surgir.
Tercera.- Inscripción
Podrán participar en el concurso todas aquellas personas, cualquier que sea su nacionalidad, que tengan una edad comprendida entre los 16 y los 35 años.
La inscripción se realizará según modelo que se incorpora como anexo, y disponible en la página web del Concurso, a través del siguiente enlace: www. ferrol.gal/piano
La inscripción es gratuitamente.
No se aceptarán candidatos que obtuvieran el primero premio en ediciones anteriores.
El plazo de inscripción finaliza el día día 31 de octubre de 2024 a las 23.59 PM hora española. Si se considerara necesario ampliar este plazo, se procederá a notificarlo mediante las publicaciones preceptivas.
Con la inscripción, los interesados deberán aportar su currículo en cualquier de los siguientes idiomas: gallego, castellano o inglés (en formato PDF), su DNI o pasaporte y una fotografía el color.
Los concursantes menores de edad deberán enviar una autorización firmada y escaneada del padre, madre o tutor, asumiendo cualquier responsabilidad que se derivara de su participación en el mismo.
Una vez inscrito, el concursante recibirá un correo automático de confirmación.
La inscripción supone a total aceptación de las bases del Concurso.
Cuarta.- Prevalencia en la traducción de las bases
En caso de error de traducción en las bases, se tomará como oficial el reglamento escrito en lengua gallega.
Quinta.- Aulas de estudio
Se pondrán la disposición de los participantes varias aulas para el estudio desde lo la dice 15 de noviembre.
Sexta.- Programa
El programa estructurara en las siguientes fases y contenidos:
· Primera ronda: interpretación de un programa de libre elección de una duración máxima de 30 minutos.
· Segunda ronda: interpretación de un recital de libre elección, con una duración máxima de 50 minutos, en el cual deberá incluir una obra de un compositor español. No se admitirán obras interpretadas en la primera prueba.
· Final: (3 participantes) interpretación de un concierto para piano y orquesta de él repertorio universal, acompañados por la Orquesta Sinfónica de Galicia.
El jurado podrá dar por concluida la interpretación del aspirante si lo considera oportuno.
Para la fase final la organización aceptará cualquier concierto para piano y orquesta del repertorio universal.
Una vez enviado el programa, no se podrán hacer modificaciones del mismo, excepto se hubiera algún error. No estará permitida la interpretación de la misma obra durante las diferentes fases del concurso.
En todas las pruebas las obras se interpretarán de memoria.
Séptima.- Participantes seleccionados
Los concursantes deberán de estar presentes en el acto inaugural el día 15 de noviembre en el Teatro Jofre, llevando consigo su DNI o pasaporte.
Si por alguna causa algún participante no había podido estar presente en el sorteo, deberá justificarlo.
El orden resultante del sorteo no podrá ser modificada, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y previa apreciación de ella por parte del jurado, con excepción de la última prueba con orquesta, sobre a que el jurado sí se reserva el derecho a modificar el dicho orden.
Octava.- Jurado principal
El jurado tendrá la siguiente composición:
· Una presidencia técnica y cuatro vocales, todos ellos músicos de reconocido prestigio, con voz y voto.
· Una presidencia institucional con función representativa, que recaerá en el alcalde del Ayuntamiento de Ferrol o en el concejal delegado de Cultura.
· La Secretaría, que recaerá en un funcionario/la de lo negociado de Cultura o en quien se delegue, que actuará con voz y sin voto.
La composición del jurado se dará a conocer en la página web del concurso.
Novena.- Criterios de otorgamiento
Los jurados valorarán a los concursantes según criterios en cuanto a calidad artística, interpretativa, técnica y musical, entre otros aspectos.
Alguno de los premios podrá ser compartido. En todo caso el jurado no está obligado a conceder todos los premios, siendo sus decisiones inapelables.
Los premios estarán sujetos a las correspondientes retenciones de acuerdo con la ley española.
Décima.- Supuestos de abstención o recusación
Los miembros del jurado están sujetos a los supuestos generales de abstención y recusación recogidos en la legislación vigente (Ley 40/2015) respecto a los participantes en el concurso.
Ningún miembro del jurado principal podrá votar por sus propios alumnos, personas a las que estén unidos por vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable, parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo o amistad íntima o enemistad manifiesta. De idéntica manera los miembros del jurado tampoco podrá emitir voto por los participantes con los que mantengan una amistad íntima o enemistad manifiesta, ni en relación a los participantes que tengan la condición de hijos de sus amigos íntimos.
Durante el concurso estará totalmente prohibido que los concursante mantengan contacto o hablen con cualquier de los miembros del jurado, el que podría ser motivo de exclusión.
Décima primera.- Exclusión
Las faltas de respeto graves a cualquier miembro de la organización, así como incumplir alguna de las reglas de estas bases, serán motivo de exclusión.
Décima segunda.- Cancelación o modificación de las fechas del concurso
Si por causas ajenas a la voluntad del Ayuntamiento de Ferrol, el concurso había tenido que cancelarse o retrasarse, no se responderá de los gastos en los que cualquier concursante había incurrido previamente para su asistencia al concurso.
Décima tercera.- Premios y accesit.
En los tener de la base decimo primera el jurado podrá otorgar los siguientes premios:
Primero premio: 15.000 euros y diploma.
Según premio : 7.000 euros y diploma
Tercero premio: 4.000 euros y diploma
Premio al mejor intérprete de música española: 2.000 euros y diploma.
Premio, al mejor intérprete gallego 1.000 euros y diploma
Estas cantidades están sujetas a las retenciones legales que les sean aplicables.
El jurado podrá acordar la concesión de un premio ex aequo, y en lo dicho caso el importe del mismo se dividiría entre los participantes premiados. Si algún premio ex aequo había sido concedido entre los 3 finalistas, el importe del premio no concedido si distribuiría entre los premiados ex aequo, a partes iguales. El primero premio también podrá concederse ex aequo.
Décima cuarta.- Compatibilidad de los premios
Los presentes premios son compatibles con cualquier otro premio que habían podido recibir las personas premiadas en concursos distintos a este.
Décima quinta.- Obligaciones de los concursantes galardonados
Todos los galardonados tienen la obligación de recoger sus premios personalmente en la ceremonia de clausura y entrega de premios, y asimismo el ganador está obligado a actuar en dicha gala si la organización lo decide. También deben de permanecer para las fotos oficiales que la organización disponga, así como estar presentes en las entrevistas y fotos de la prensa, antes y después de la final. Si no fuera así, y salvo causa justificada, le será revocado lo dicho premio. Estas dos exigencias no se aplicarán a los semifinalistas ni menciones de honra.
Décima sexta.- Ceremonias de inauguración y entrega de premios.
La organización de las ceremonias de inauguración y entrega de premios de clausura será competencia de la Alcaldía o del concejal delegado de Cultura y serán supervisadas y dirigidas por el Departamento de Protocolo de Ayuntamiento de Ferrol.
Corresponderá al Gabinete de Comunicación la supervisión de los anuncios y notas que se publiquen en relación que el premio.
Décima séptima.- Protección de datos
Los datos de carácter personal (incluidas fotografías, documentos de identidad e imagen) que los concursantes envíen, quedarán incorporados a un fichero propiedad de la organización, siendo empleados únicamente con fines propios de la actividad de la misma. Conforme a la LOPD, se podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, a través del Registro General del Ayuntamiento de Ferrol.
Décima octava.- Régimen jurídico
Atendiendo a la suya naturaleza jurídica, en todo el no previsto en las presentes bases será de aplicación la normativa estatal y autonómica en materia de subvenciones, (Ley 38/2003 y RD 887/2006 y Ley 9/2007) así como la Ordenanza de subvenciones (BOP 21/10/2019).
Décima novena.- Publicaciones
Las presentes bases se publicarán en el Boletín oficial de la provincia de A Coruña.
El inicio del plazo de inscripción había visto determinado por la publicación del estrato del correspondiente decreto de convocatoria -con la certificación de la existencia de crédito- en lo dicho BOP, y previa su publicación integra en la Base Nacional de Subvenciones.
Los interpretes premiados se publicarán en la Base Nacional de Subvenciones”
Se comunica para su conocimiento y efectos, facéndo saber que el presente acuerdo pone fin a la vía administrativa y contra él poderáse interponer el recurso potestativo de reposición ante el órgano que la dictó dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente de esta publicación, de conformidad con el dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas. Todo esto, sin perjuicio de la posibilidad de interponer directamente el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado del Contencioso Administrativo, dentro del plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de esta publicación en la forma prevista en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (BOE/BOE 14.07.1998).
Poderáse utilizar cualquier otro recurso que se estime conveniente.
Ferrol, 18 de julio de 2024
El concejal delegado de Cultura,
José Antonio Puente Far
ANEXO
MODELO DE INSCRICION
De acuerdo con el reglamento (UE) 2016/679 sobre Protección de datos de carácter personal, informamos de que la información facilitada en el formulario será tratada con el fin de proporcionar la información solicitada o responder a las consultas formuladas, siendo la base de la legitimidad consentimiento dado. No se transferirán datos a terceros y serán borrados una vez encausados a los efectos adecuados. En caso de tener su consentimiento, para la remisión de comunicaciones comerciales, el consentimiento podrá ser revocado en cualquier momento. Pode acceder,rectificar y eliminar los datos, así como limitar su tratamiento de la forma prevista en la Política de privacidad.
En los tener del artículo 69.1 de la LEY 39/2015, declara, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente para la obtención de un premio en el Certamen Internacional de Piano de Ferrol, estando al corriente de sus obligaciones fiscales y legales. seguridad social autorizando al Ayuntamiento de Ferrol para que lo compruebe a través de su sede electrónica, comprometiéndose a mantener el cumplimiento de las anteriores obligaciones hasta el pago -en su caso- de un premio del Certamen de Piano de Ferrol.
Leí y acepto la política de privacidad.
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