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Carballo
Ayudas para el pago de suministros energéticos 2024
Bases reguladoras para la concesión de ayudas para el pago de suministros energéticos en el Ayuntamiento de Carballo 2024.
Primera.- Objeto y régimen de la subvención:
Esta convocatoria aprobada por Decreto de Alcadía de 3 de mayo del 2024, tiene por objeto, establecer las bases reguladoras para la concesión de ayudas de tipo social para las familias más vulnerables y/o en riesgo de exclusión social la hacer frente al pago de suministros energéticos ante la imparable subida del precio de la energía eléctrica y del gas.
Constituye el objeto de estas bases la regulación de las ayudas que el Ayuntamiento de Carballo le otorgará, mediante concurrencia no competitiva, por el procedimiento previsto en el artículo 19.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
Segunda.- Beneficiarios/las
Podrán ser beneficiarios/las de estas ayudas las personas que cumplan los siguientes requisitos generales: a- Personas mayores de 18 años o menores emancipados/las
b- Empadronadas en Carballo en los últimos 6 meses anteriores la convocatoria de la ayuda.
Además distos dos requisitos deben cumplir al menos uno de estos:
c- Ser beneficiarias del Bono Social de Electricidad de las diferentes comercializadoras de electricidad, como mínimo en los 3 últimos meses anteriores la convocatoria de la ayuda.
d- Recibir , al menos, 6 meses de oxigenoterapia domiciliaria anteriores la fecha de la publicación de la convocatoria de la ayuda.
Y-Recibir, la lo menos, 6 meses de diálisis peritoneal domiciliaria anteriores la fecha de la publicación de la convocatoria de la ayuda.
Tercera.- Disponibilidad presupuestaria
Para la financiación de las subvenciones objeto de esta convocatoria existe crédito adecuado y suficiente en la aplicación presupuestaria 2310.48901 “Ayudas a particulares”, hasta un máximo de 25.000,00 euros.
Cuarta.- Cuantía
La subvención a la que podrán acceder las personas solicitantes será de 200 euros, en un único pago.
Quinta.- Solicitudes, plazos, lugar de presentación y documentación.
1. El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia a través de la BDNS.
2. Las solicitudes podrán presentarse telematicamente, a través de la dirección https://sede.carballo.gal/opencms/es o presencialmente en cualquier de los Registros del Ayuntamiento de Carballo.
3. Para la presentación de la solicitud tendrá que utilizarse el formulario normalizado.
4. Junto con el formulario de solicitud, el/la interesado/la, en atención a lo previsto en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, deberán aportar:
la. Copia del DNI, o documento identificativo, solo en el caso de no autorizar la consulta.
b. Copia del certificado de empadronamiento del/la solicitante, solo en el caso de no autorizar la consulta.
c. Copia de las 3 últimas facturas del suministro eléctrico donde aparezca recogido ser beneficiario/la del Bono Social. Las 3 facturas serán las emitidas hasta el mes anterior a la convocatoria de la ayuda.
d. Copia de las 3 últimas facturas de suministro eléctrico para las personas que reciban oxigenoterapia o diálisis peritoneal.
y. Certificado de la cuenta bancaria donde la persona solicitante de la ayuda conste como titular
f.- Informe médico con la prescipción de Oxigenoterapia y/o diálisis peritoneal domiciliaria, en su caso.
En todo caso, si por razones técnicas y/o informáticas no pudiera ser posible la comprobación de alguno de los requisitos de la persona solicitante, el Ayuntamiento de Carballo podrá solicitarle que aporte la documentación probatoria, que será digitalizada para ser incorporada al expediente electrónico de la solicitud.
En caso contrario, tendrán que ser inscritas por la propia persona solicitante a través de los medios electrónicos válidamente reconocidos en el artículo 10 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de procedimiento administrativo común de las administración públicas.
5. En caso de duda, dificultades técnicas o necesidad de más información, las personas interesadas podrán dirigirse al área Servicios Sociales del Ayuntamiento de Carballo, con cita previa, en horario de 9 la 14 horas, de lunes a viernes. Esta posibilidad estará disponible hasta las 14:00 horas del último día hábil del plazo de solicitud.
Sexta.-Procedimiento de concesión de ayudas y notificación.
La concesión de las subvenciones a las que se refiere esta convocatoria se realizará en un único acto, hasta agotar el presupuesto previsto, según el orden de recepción de las solicitudes y bajo los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación.
La instrucción del procedimiento corresponde a los servicios sociales municipales.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 19.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, se comenzará la instrucción de los expedientes siguiendo el orden de presentación de las solicitudes de acuerdo con el dispuesto en el artículo 71.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Las solicitudes de subvención se examinarán y serán otorgadas siempre que se cumplan los requisitos exigidos en esta convocatoria, que se indicará en el informe propuesta de servicios sociales, previo a la concesión.
El órgano instructor realizará de oficio cuántas actuaciones considere necesarias para la determinación, el conocimiento y la comprobación de los datos en virtud de los cuáles se debe formular la propuesta de resolución y le podrá requerir a la persona solicitante que aporte cuantos datos, documentos complementarios y aclaraciones resulten necesarios para tramitar y resolver el procedimiento.
En todo caso, no se admitirán a trámite, se dictará la resolución de inadmisión y se archivarán las solicitudes que se presenten fuera del plazo establecido en la convocatoria.
El acuerdo de concesión provisional notificaráse a los interesados mediante anuncio público en el Tablero de Anuncios de la Casa del Ayuntamiento de Carballo( Plaza del Ayuntamiento S/n) y en la página web del Ayuntamiento de Carballo en la fecha siguiente la de la aprobación por el órgano competente.
Concederáse un plazo de 15 días naturales para presentar alegatos.
Septima.- Justificación de la subvención y pago de subvenciones.
En atención a lo previsto en el artículo 28.9 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, toda vez que la concesión de la subvención está motivada por la concurrencia en la persona beneficiaria de la circunstancia acreditada de ser mayor de 18 años o empancipada empadronada en Carballo y ser beneficiaria del Bono Social de Electricidad, no se requerirá otra justificación que la comprobación ya realizada de la situación que motiva la concesión de la subvención, esto sin perjuicio de los controles que se establezcan para controlar la aplicación del gasto según el procedimiento descrito.
En los casos de oxigenoterapia y diálisis, será condición indispensable, que la persona que tenga prescritas las terapias esté empadronada en el mismo domicilio que la persona solicitante de la ayuda.
El Ayuntamiento de Carballo podrá exigir aquellos documentos o justificantes complementarios que, motivadamente, si consideren oportunos para una fidedigna acreditación de la realización del gasto.
El pago de las subvenciones concedidas se realizará mediante transferencia bancaria, al número de cuenta acreditado por la persona solicitante.
Octava.- Compatibilidad
La percepción de esta ayuda será compatible con cualquier otra ayuda concedida por el Estado, por la Comunidad Autónoma de Galicia o por cualquier otra administración.
Novena.- PROTECCIÓN DE DATOS
De conformidad con la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de datos de carácter personal (LOPD), se informa que los datos suministrados en los formularios que se presenten a esta convocatoria pueden pasar a formar parte de un fichero automatizado de titularidad del Ayuntamiento de Carballo, cuya finalidad es la gestión de la convocatoria para la que se presenta esta solicitud. Lo responsable de los datos recogidos será la Concejalía de Servicios Sociales, con dirección en Plaza del Ayuntamiento, s/n 15100 Carballo. El Ayuntamiento de Carballo y la Concejalía de Servicios Sociales se comprometen a adoptar las medidas de seguridad que correspondan en cumplimiento de lo establecido en la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal. La `persona interesada podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, entregando el formulario dispuesto para tal finalidad en el Registro de Entrada Municipal, en la dirección electrónica lopd@carballo.orgou llamando al tfno. 981 704 703
Décima. – Normativa Supletoria
En todo el no dispuesto en estas bases le será de aplicación a la convocatoria y a las subvenciones que se conceden a su amparo, lo dispuesto en la Ley 38/2003 general de subvenciones y la Ley 9/2007, de subvenciones de Galicia, sus reglamentos de desarrollo en el que sea de aplicación a la Administración local, así como la legislación aplicable en materia de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo.
Fomulario de solicitud según el modelo:
Ayudas para el pago de suministros energéticos en el Ayuntamiento de Carballo 2024.
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DATOS DE La PERSONA SOLICITANTE |
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NOMBRE |
PRIMERO APELLIDO |
SEGÚN APELLIDO |
NIF |
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TIPO |
NOMBRE DE La VÍA |
NÚM. |
BLOQ. |
PISO |
PUERTA |
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CÓDIGO POSTAL |
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TELÉFONO 1 |
TELÉFONO 2 |
CORREO ELECTRÓNICO |
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DATOS DEL SUMINISTRO |
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COMERCIALIZADORA DE ELECTRICIDAD/GAS |
NIF DE La PERSONA TITULAR (deberá coincidir con la persona solicitante) |
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REFERENCIA DEL SUMINISTRO |
CUPS (Código unificado de punto de suministro) |
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DECLARACIÓN JURADA |
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El/La solicitante declara bajo su responsabilidad que acepta las bases de la convocatoria, que cumple los requisitos exigidos por esta, que se encuentra al día de sus obligaciones con la Agencia Tributaria y con la Seguridad Social, que no tiene ninguna deuda con el Ayuntamiento de Carballo y que son ciertos los datos que constan en la solicitud. Asimismo declara que: |
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No ha solicitado ninguna otra ayuda para la misma finalidad |
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Ha solicitado otra ayuda para la misma finalidad, a los organismos que se indican: |
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AUTORIZACIÓN |
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Las personas firmantes autorizan al Ayuntamiento de Carballo a comprobar la veracidad de los datos declarados en la solicitud o hacer las consultas que procedan. Expresan igualmente su compromiso de informar al Ayuntamiento de Carballo sobre la concesión de cualquier otra ayuda pública o privada para la misma finalidad.
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SÍ autorizo al Ayuntamiento de Carballo a comprobar la veracidad de los datos |
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NO autorizo al Ayuntamiento de Carballo a comprobar la veracidad de los datos |
Fdo.
Carballo a de _________________de2024
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DOCUMENTACIÓN QUE SE APORTA |
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Copia del DNI, o documento identificativo(solo en el caso de no autorizar la consulta) |
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Copia del certificado de empadronamiento del/la solicitante(solo en el caso de no autorizar la consulta) |
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Copia de las 3 últimas facturas de suministro eléctrico donde aparezca recogido ser beneficiario/la del Bono Social |
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Informe médico con la prescipción de Oxigenoterapia y/o diálisis peritoneal domiciliaria |
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Certificado de la cuenta bancaria donde la persona solicitante de la ayuda conste como titular |
De conformidad con la normativa vigente en materia de protección de datos, que lo Responsable de Tratamiento de los datos personales es AYUNTAMIENTO DE CARBALLO, con dirección en PLAZA DEL AYUNTAMIENTO S/n, 15100 - ROBLE (A Coruña); lopd@carballo.gal:
1.- Dpo:El Delegado de Protección de Datos del AYUNTAMIENTO DE CARBALLOéServizos de Adaptación Continua en Protección de Datos RB, S.L. que el que podrá contactar en lopd@carballo.gal.
2.- Finalidad del tratamiento:Los datos serán utilizados para prestar servicio solicitado en la presente instancia, así como la gestión administrativa derivada del mismo..
Plazo de conservación: los datos facilitados se conservarán mientras se mantenga nuestra relación y mientras no se solicite la supresión de los mismos.
3.- Legitimación: Este tratamiento de datos personales está legitimado por el consentimiento que nos otorga con la firma de la presente circular.
4.-Destinatarios de cesiones: AYUNTAMIENTO DE CARBALLO podrá ceder los datos de carácter personal a los profesionales de otros organismos con los que se coordinan para la correcta resolución del expediente. En el caso de solicitud de subvenciones u otro tipo de ayudas económicas, los datos personales se facilitarán a todas las administraciones públicas con competencia en la materia, por ser gestoras de las mismas.
5.- Derechos:AYUNTAMIENTO DE CARBALLO dispone de formularios específicos para facilitarle el ejercicio de sus derechos. Pode presentar su propia solicitud o solicitar nuestros formularios, en nuestras instalaciones o por correo electrónico en lopd@carballo.gal, siempre acompañados de una copia de su DNI para acreditar su identidad
Fdo.
Carballo a de _________________de2024
Carballo 03-05-2024
El alcalde
D. Evencio Ferrero Rodriguez
2024/3013