Administración Local
Municipal
Boiro
Bases generales y específicas de la convocatoria para la estabilización de empleo temporal de la oferta de empleo publico extraordinaria 2022
ANUNCIO
Bases generales y específicas que regulan la convocatoria de los procesos selectivos de estabilización de personal laboral por el sistema excepcional de concurso y consurso-oposición, para la reducción de la temporalidad en el empleo público en el Ayuntamiento de Boiro.
La Xunta de Gobierno Local, en sesión común celebrada el 14 de diciembre de 2022 adoptó por delegación de la alcaldía aprobar las bases generales y específicas que regirán los procesos selectivos de estabilización por el sistema excepcional de concurso y consurso-oposición, en ejecución de la oferta de empleo público de estabilización 2022, para la reducción de la temporalidad en el empleo público en el Ayuntamiento de Boiro, así como las correspondientes convocatorias.
BASES GENERALES DE Los PROCESOS DE ESTABILIZACIÓN POR El SISTEMA EXCEPCIONAL DE CONCURSO Y PONERLO SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN, EN EJECUCIÓN DE La OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DEL AÑO 2022 DEL AYUNTAMIENTO DE BOIRO.
Primera.- Previsión legal expresa.
La Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público (BOE núm. 132, de 29 de diciembre de 2021), en vigor desde 30 de diciembre de 2021, aborda importantes reformas estructurales en el ámbito del empleo público con el objetivo de la reducción de la temporalidad. Así, se autoriza una tasa adicional para la estabilización de empleo temporal que incluirá las plazas de naturaleza estructural que, estén o no dentro de las relaciones de puestos de trabajo, plantel u otra forma de organización de recursos humanos que estén contempladas en las distintas Administraciones públicas, y estando dotadas orzamentariamente, estén ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente por lo menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020.
El sistema de selección previsto expresamente en este supuesto es el de concurso-oposición, con una valoración en la fase de concurso de un cuarenta por ciento de la puntuación total, en la que se tendrá en cuenta mayoritariamente la experiencia en el cuerpo, escala, categoría o equivalente de que se trate, pudiendo no ser eliminatorios los ejercicios de la fase de oposición, en el marco de la negociación colectiva establecida en el art. 37.1 c) del Texto refundido de la ley del estatuto básico del empleado público.
Asimismo, en su disposición adicional sexta prevé que las Administraciones públicas convoquen, con carácter excepcional por el sistema de concurso, conforme al dispuesto en el artículo 61, apartados 6 y 7, del Texto refundido del estatuto básico del empleado público, aquellas plazas que, reuniendo los requisitos establecidos en el artículo 2.1 de la ley, estuvieran ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016.
Estos procesos, que se realizarán por una sola vez, podrán ser objeto de negociación en cada un de los ámbitos territoriales de la Administración del Estado, Comunidades Autónomas y Entidades Locales. Con esta disposición adicional se da amparo normativo al concepto jurisprudencial de interinidad de larga duración superior a cinco años, que por su carácter de normativa básica resulta de aplicación al conjunto de las administraciones públicas y garantiza la igualdad en todo el territorio.
Conforme la disposición adicional octava, los procesos de estabilización contenidos en la disposición adicional sexta incluirán en sus convocatorias las plazas vacantes de naturaleza estructural ocupadas de forma temporal por personal con una relación de esta naturaleza, anterior a 1 de enero de 2016.
Los procesos de estabilización que se convoquen al amparo de la citada ley garantizarán el cumplimiento de los principios de libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad, pudiendo articularse medidas que posibiliten una coordinación entre las diferentes administraciones en su desarrollo.
Entre las condiciones que, de acuerdo con la jurisprudencia constitucional, han de darse para que no quepa apreciar infracción ninguna del principio de igualdad de acceso a cargos y empleos públicos del artículo 23.2 de la Constitución están, en primero lugar, que se trate de una situación excepcional; segunda, que solo se acuda a este tipo de procedimientos por una sola vez, pues de otro modo se perdería su condición de remedio excepcional y tercero, que la dicha posibilidad esté establecida en una norma con rango legal (STC 12/1999, de 11 de febrero de 1999). La Sentencia del Tribunal Supremo de 24 de junio de 2019 (rec. 1776/2016) de la validez en un plan de estabilización a una puntuación superior de los servicios prestados en la propia administración.
Según esta sentencia, no parece arbitrario puntuar de forma distinta la experiencia, según se adquirió en la misma administración a la que pertenece la plaza o en otro puesto, ya que aunque hay puntos en común, no se trata del mismo contexto organizacional ni funcional, y no coinciden las competencias y funciones ni la normativa que se ha aplicar, por tanto, mediando esas diferencias no es irrazoable que también difiera la puntuación.
Por otra parte, el Acuerdo sobre el desarrollo de los procesos de estabilización del Empleo Temporal entre a Administración General del Estado y las organizaciones sindicales, de 11 de diciembre de 2019, recoge que en la fase de concurso se establecerán criterios de valoración que tengan en cuenta, preferentemente, los servicios prestados en la Administración convocante, así como la realización de tareas en los ámbitos funcionales en los que se requiere una mayor especialización.
En julio de 2022 la FEGAMP y los sindicatos CC.OO, CIG y UGT consensuaron unos criterios comunes de actuación que podrán, con absoluto respecto al principio de Autonomía Local, servir de guía y orientación para la elaboración de las bases de las convocatorias a publicar en desarrollo de las ofertas publicadas al amparo de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público.
Segunda. Objeto.
Las presentes Bases Generales tienen por objeto regular los procesos selectivos extraordinarios de estabilización de empleo temporal de las plazas correspondientes al personal laboral fijo que se convoquen al amparo de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público. Las condiciones específicas de cada proceso selectivo se regularán en las bases de cada una de las correspondientes convocatorias, conforme a los criterios acordados mediante negociación colectiva y de los cuáles emanan las presentes bases generales.
Tercera. Plazas objeto de las convocatorias.
Las plazas vacantes que regirán estas bases generales son las previstas en la oferta de empleo público extraordinaria 2022 para la estabilización de empleo temporal de larga duración, aprobada por Junta de Gobierno Local en fecha de 04/05/2022.
El número de plazas a estabilizar, su denominación y características de acuerdo con el publicado en el BOP Nº 88 de la Provincia de A Coruña de fecha de 10/05/2022 son las que se relacionan a continuación:
3.1. ESTABILIZACIÓN EMPLEO TEMPORAL, artículo 2.1 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público
PERSONAL LABORAL |
||||||
Código del procedimiento |
Denominación |
Cupo general |
Reserva personal con discapacidad |
Total plazas |
Jornada |
Grupo/ subgrupo (1) |
1/2022 |
TRABAJADOR/A SOCIAL |
1 |
1 |
TC |
A2 |
|
2/2022 |
OFICIAL FONTANERÍA |
1 |
1 |
TC |
C2 |
|
TOTAL |
2 |
2 |
3.2. ESTABILIZACIÓN EXCEPCIONAL DE EMPLEO TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN, disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
PERSONAL LABORAL |
||||||
Código del procedimiento |
Denominación |
Cupo general |
Reserva personal con discapacidad |
Total plazas |
Jornada |
Grupo/ subgrupo |
3/2022 |
ADJUNTO La SECRETARÍA |
1 |
1 |
TC |
A1 |
|
4/2022 |
ARQUITECTO |
1 |
1 |
TP 69,30% |
A1 |
|
5/2022 |
TÉCNICO CULTURA |
6 |
6 |
TC |
A1 |
|
6/2022 |
TÉCNICO DEPORTES |
1 |
1 |
TC |
A1 |
|
7/2022 |
ANIMADOR DEPORTIVO |
1 |
1 |
TC |
A2 |
|
8/2022 |
INFORMÁTICO |
1 |
1 |
TC |
A2 |
|
9/2022 |
ORIENTADOR/A LABORAL |
1 |
1 |
TC |
A2 |
|
10/2022 |
TÉCNICO M. AMBIENTE |
1 |
1 |
TC |
A2 |
|
11/2022 |
TÉCNICO RRHH |
1 |
1 |
TC |
A2 |
|
12/2022 |
TRABAJADOR/A SOCIAL |
2 |
2 |
TC |
A2 |
|
13/2022 |
ADMINISTRATIVO |
1 |
1 |
TC |
C1 |
|
14/2022 |
ADMINISTRATIVO CATASTRO |
1 |
1 |
TC |
C1 |
|
15/2022 |
ADMINISTRATIVO FE PÚBLICA |
1 |
1 |
TC |
C1 |
|
16/2022 |
ADMINISTRATIVO INTERVENCIÓN |
1 |
1 |
TC |
C1 |
|
17/2022 |
ADMINISTRATIVO RECAUDACIÓN |
1 |
1 |
TC |
C1 |
|
18/2022 |
ADMINISTRATIVO RRHH |
1 |
1 |
TC |
C1 |
|
19/2022 |
ADMINISTRATIVO SERVICIOS SOCIALES |
1 |
1 |
TC |
C1 |
|
20/2022 |
ADMINISTRATIVO TURISMO |
1 |
1 |
TC |
C1 |
|
21/2022 |
ADMINISTRATIVO URBANISMO |
2 |
2 |
TC |
C1 |
|
22/2022 |
AGENTE TIC-INFORMÁTICO |
1 |
1 |
TC |
C1 |
|
23/2022 |
TÉCNICO ARQUEÓLOGO |
1 |
1 |
TC |
C1 |
|
24/2022 |
TÉCNICO CULTURA TP |
1 |
1 |
TP 50% |
C1 |
|
25/2022 |
TÉCNICO RECAUDACIÓN- INFORMÁTICA |
1 |
1 |
TC |
C1 |
|
26/2022 |
TÉCNICO JARDINES |
1 |
1 |
TC |
C1 |
|
27/2022 |
AUX. ADMTVO. SUBVENCIONES OMIC |
1 |
1 |
TC |
C2 |
|
28/2022 |
CONDUCTOR REC. BASURA |
1 |
1 |
TC |
C2 |
|
29/2022 |
CONSERJE |
4 |
2 (OD) |
6 |
TC |
C2 |
30/2022 |
COORDINADOR PROTECCIÓN CIVIL |
1 |
1 |
TC |
C2 |
|
31/2022 |
FERREIRO |
1 |
1 |
TC |
C2 |
|
32/2022 |
NOTIFICADOR |
1 |
1 |
TC |
C2 |
|
33/2022 |
OFICIAL ALBAÑIL |
2 |
2 |
TC |
C2 |
|
34/2022 |
OFICIAL CONDUCTOR MOTOBOMBA |
2 |
1 (OD) |
3 |
TC |
C2 |
35/2022 |
OFICIAL ELECTRICISTA |
2 |
2 |
TC |
C2 |
|
36/2022 |
OFICIAL FONTANERO |
1 |
1 |
TC |
C2 |
|
37/2022 |
OFICIAL SSVV |
2 |
2 |
TC |
C2 |
|
38/2022 |
PORTERO |
1 |
1 |
TC |
C2 |
|
39/2022 |
JEFE GRUPO PC Y EMERGENCIAS |
3 |
3 |
TC |
C2 |
|
40/2022 |
ASISTENTE DOMICILIO |
2 |
2 |
TC |
Y |
|
41/2022 |
ASISTENTE DOMICILIO |
3 |
3 |
TP 50% |
Y |
|
42/2022 |
AYUDANTE FONTANERO |
1 |
1 |
TC |
Y |
|
43/2022 |
LIMPIADOR/A |
8 |
1 (OD) |
9 |
TC |
Y |
44/2022 |
LIMPIADOR/A TP |
1 |
1 |
TP 26,67% |
Y |
|
45/2022 |
LIMPIADOR/A TP |
1 (OD) |
1 |
TP 80% |
Y |
|
46/2022 |
PAÑOLERO |
1 |
1 |
TC |
Y |
|
47/2022 |
PEÓN APARCAMIENTO |
1 |
1 |
TC |
Y |
|
48/2022 |
PEÓN APARCAMIENTO |
1 |
1 |
TP 60% |
Y |
|
49/2022 |
PEÓN ESP. PC Y EMERGENCIAS |
8 |
1 (OD) |
9 |
TC |
Y |
50/2022 |
PEÓN ESPECIALISTA |
3 |
3 |
TC |
Y |
|
51/2022 |
PEÓN ESPECIALISTA RECOGIDA DE BASURA |
5 |
5 |
TC |
Y |
|
52/2022 |
PEÓN RECOGIDA DE BASURA |
1 |
1 |
TC |
Y |
|
53/2022 |
PEÓN SSVV |
14 |
1 (DI) |
15 |
TC |
Y |
TOTAL |
102 |
7 |
109 |
TC |
(1) La referencia a grupo y subgrupo, en vez de a el grupo profesional o categoría ven así establecido en la RPT del Ayuntamiento de Boiro (BOP de A Coruña nº 50 del 14/03/2018) y en la Resolución de 12 de septiembre de 2005, de la Delegación Provincial de A Coruña, por la que se dispone el registro, el depósito y la publicación, en el Diario Oficial de Galicia, del convenio colectivo del Ayuntamiento de Boiro (DOGA nº 209 de 31 de octubre de 2005).
TC: Tiempo completo
TP: Tiempo parcial
DICE: Discapacidad intelectual
OD: Otros tipos de discapacidad
Cuarta. Sistemas selectivos.
4.1. Los procesos selectivos se realizarán mediante el sistema extraordinario de concurso o el sistema de concurso oposición, conforme establezcan las Bases específicas de cada convocatoria y en función de las características de las plazas objeto de convocatoria.
4.2. Los procesos selectivos tendrán carácter abierto y garantizarán a libre concurrencia. En cumplimiento del artículo 23 de la Constitución, en ningún caso se restringirá la participación al personal temporal (funcionario interino o personal laboral temporal o laboral indefinido no fijo por sentencia) que esté ocupando o había ocupado con carácter temporal las plazas objeto de la convocatoria específica ni se exigirá requisito ningún que suponga restricción a la libertad de acceso al empleo público.
4.3. Los órganos de selección velarán por el cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre sexos.
4.4. En el sistema extraordinario de concurso, la valoración de los méritos se realizará de la siguiente manera:
Méritos profesionales: 90 PUNTOS
· Servicios prestados en el cuerpo, escala, categoría o equivalente en el Ayuntamiento de Boiro en calidad de personal temporal: 0,94 puntos por mes completo.
· Servicios prestados en otros cuerpos, escalas, categorías o equivalentes en el Ayuntamiento de Boiro en calidad de personal temporal: 0,22 puntos por mes completo.
· Servicios prestados en cuerpos, escalas, categorías o equivalentes de otras Administraciones Públicas (distintas del Ayuntamiento de Boiro) en calidad de personal temporal: 0,30 puntos por mes completo.
· Servicios prestados en el resto del sector público en calidad de personal temporal: 0,06 puntos por mes completo.
Se computará la prestación de servicios en régimen de interino y en régimen de personal laboral temporal y del personal laboral indefinido no fijo.
Otros méritos: 10 PUNTOS
a) Formación y capacitaciones profesionales: Se valorarán la realización de cursos homologados por las diferentes Administraciones Públicas (en todo caso los impartidos por la FEMP, FEGAMP, EGAP, INAP, CEMIT y AGASP), sindicatos, u otras entidades del sector público, o los realizados en el ámbito de la formación para el empleo o los acuerdos de la formación continua cuyo contenido esté directamente relacionado con las funciones propias de la plaza objeto de la convocatoria, y los considerados transversales por su interés para todos los puestos como los de conocimiento de la lengua gallega, los relacionados con la prevención, con los derechos y deberes de los empleados públicos, con la igualdad, la protección de datos, la atención al ciudadano, la protección del medio ambiente desde el ámbito laboral y los de contenido ofimática, entre otros.
Por grupos y subgrupos de titulación, la tabla de horas requeridas para alcanzar la puntuación máxima será:
GRUPO A1: 100 horas (0,100 puntos hora)
GRUPO A2: 80 horas (0,125 puntos hora)
GRUPO B: 50 horas (0,200 puntos hora)
GRUPO C1: 30 horas (0,333 puntos hora)
GRUPO C2: 20 horas (0,500 puntos hora)
GRUPO AP: 10 horas (1,000 puntos hora)
b) Titulación Superior a la requerida para el acceso y relacionada con la plaza: 0,1 puntos
La solicitud irá acompañada del/s certificado/s de servicios prestados a respeto de la experiencia alegada en las diferentes administraciones públicas y de los títulos que acrediten la formación recibida o impartida, así como de las titulaciones académicas y capacitaciones profesionales. No se aceptará formación no acreditada dentro de los planes y acciones formativas aprobadas y gestionadas por las administraciones públicas.
4.5. Cuando el sistema selectivo sea el concurso-oposición, la fase de concurso representará, como máximo, el 40% de la puntuación total del proceso selectivo y consistirá tanto en la valoración de méritos profesionales, que supondrán el 90% de la puntuación de la fase de concurso, como en la valoración de méritos académicos, que supondrán el 10% de la puntuación de la fase de concurso.
Fase de oposición: La fase de oposición se valorará con el 60% de la puntuación total. Consistirá en una única prueba tipo test con cuatro respuestas siendo solo una válida. Las erróneas o en blanco no penalizan. En todo caso no tendrá carácter eliminatorio.
A los efectos de los procesos de estabilización de empleo temporal en el ámbito local, la fase de oposición del sistema de concurso-oposición se regirá por el dispuesto en el artículo 2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público. No será de aplicación, por tanto, a estos procesos el dispuesto en los artículos 8 y 9 del Real decreto 896/1991, de 7 de junio, por lo que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración local.
El número de temas será el siguiente, atendiendo al grupo o subgrupo a lo que correspondan las plazas que se convoquen: 45 temas, en subgrupo A1; 30 temas, en subgrupo A2; 25 temas, en grupo B; 20 temas, en subgrupo C1; 10 temas, en subgrupo C2 y 5 temas para agrupaciones profesionales (grupo Y).
Los programas que regirán las pruebas selectivas se detallarán en el anexo de las Bases específicas de cada convocatoria. Cualquier referencia normativa del programa se entenderá hecha a las disposiciones vigentes en la fecha de publicación en el BOP de las Bases específicas de la convocatoria correspondiente.
Se publicarán previamente baterías de preguntas de las que se extraerán las contenidas en la prueba tal y como se detallan en las bases específicas.
Fase de concurso: La fase de concurso tendrá una valoración de un 40% de la puntuación total, en la que se tendrá en cuenta mayoritariamente la experiencia en la categoría o equivalente de que se trate (90%).
Méritos profesionales: 36 puntos
· Servicios prestados en el cuerpo, escala, categoría o equivalente en el Ayuntamiento de Boiro en calidad de personal temporal: 0,43 puntos por mes completo.
· Servicios prestados en otros cuerpos, escalas, categorías o equivalentes en el Ayuntamiento de Boiro en calidad de personal temporal: 0,1 puntos por mes completo.
· Servicios prestados en cuerpos, escalas, categorías o equivalente de otras Administraciones Públicas (distintas de la entidad convocante) en calidad de personal temporal: 0,14 puntos por mes completo.
· Servicios prestados en el resto del sector público en calidad de personal temporal: 0,03 puntos por mes completo.
Se computará la prestación de servicios en régimen de interino y en régimen de personal laboral temporal y del personal laboral indefinido no fijo.
Otros méritos: 4 puntos.
a) Formación y capacitaciones profesionales: Se valorarán la realización de cursos homologados por las diferentes Administraciones Públicas, u otras entidades del sector público (en todo caso los impartidos por la FEMP, FEGAMP, EGAP, INAP, CEMIT y AGASP), sindicatos, o los realizados en el ámbito de la formación para el empleo o los acuerdos de la formación continua cuyo contenido esté directamente relacionado con las funciones propias de la plaza objeto de la convocatoria, y los considerados transversales por su interés para todos los puestos como los de conocimiento de la lengua gallega, los relacionados con la prevención, con los derechos y deberes de los empleados públicos, con la igualdad, la protección de datos, atención al ciudadano, la protección del medio ambiente desde el ámbito laboral y los de contenido ofimática, entre otros.
Por grupos y subgrupos de titulación, la tabla de horas requeridas para alcanzar la puntuación máxima será:
GRUPO A1: 100 horas (0,04 puntos hora)
GRUPO A2: 80 horas (0,05 puntos hora)
GRUPO B: 50 horas (0,08 puntos hora)
GRUPO C1: 30 horas (0,133 puntos hora)
GRUPO C2: 20 horas (0,20 puntos hora)
GRUPO AP: 10 horas (0,40 puntos hora)
b) Titulación superior a la requerida para el acceso y relacionada con la plaza: 0,1 puntos
Las solicitudes irán acompañadas del/s certificados/s de servicios prestados a respeto de la experiencia alegada en las diferentes administraciones públicas y de los títulos que acrediten la formación recibida o impartida, así como de las titulaciones académicas y capacitaciones profesionales. No se aceptará formación no acreditada dentro de los planes de acciones formativas y gestionadas por las administraciones públicas.
La cobertura de las plazas seguirá el orden de prelación resultante de la negociación colectiva que se desarrolle en cada administración convocante.
las personas aspirantes que queden sin plaza pasarán a formar parte de una lista de espera.
4.6.- Criterios de desempate.
Para ambos sistemas de estabilización (concurso y concurso-oposición):
1°. Estar ocupando una de las plazas objeto de la convocatoria en la fecha de fin de plazo de presentación de solicitudes.
2°. Estar ocupando una de las plazas de la misma categoría que a convocada en la administración convocante.
3°. Estar ocupando una plaza de distinta categoría que a convocada en la administración convocante.
4°. Antigüedad total acumulada en cualesquier de las Administraciones Públicas.
5°. A de mayor edad.
6°. Sorteo público.
Quinta. Requisitos de las personas aspirantes.
Las personas participantes en los procesos de estabilización de empleo temporal que se convoquen deberán reunir, en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión cómo personal funcionario de carrera los siguientes requisitos, sin perjuicio de los que señalen las correspondientes bases específicas:
a) Tener la nacionalidad española.
También podrán participar, en igualdad de condiciones que los españoles, con excepción de aquellos empleos públicos que directa o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en la salvaguarda de los intereses generales del Estado y de las Administraciones públicas:
- Los nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea.
- El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados Miembros de la Unión Europea, cualquier que sea su nacionalidad, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendentes menores de veintiún años o mayores de esta edad que sean dependientes.
- Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación a libre circulación de trabajadores.
Los extranjeros mencionados así como los extranjeros con residencia legal en España podrán acceder, cómo personal laboral, en igualdad de condiciones que los españoles.
b) Poseer la capacidad funcional: poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para lo desempeño de las correspondientes funciones o tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) Habilitación: no haber sido separada/el, ni despedida/el, mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni encontrarse en la situación de inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial, cuando se trate de acceder al cuerpo o escala de personal funcionario del cuál la persona fue separada o inhabilitada.
y) Titulación:
1. Poseer la titulación exigida en las bases específicas de cada convocatoria, o estar en condiciones de obtenerla antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes de participación en el proceso selectivo.
2. En el caso de titulaciones universitarias obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la correspondiente validación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.
f) Las personas aspirantes que se presenten por la cuota de reserva de discapacidad tendrán que tener reconocida la condición legal de persona con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, en la fecha de publicación de la convocatoria.
Quinta bis. Acreditación del conocimiento de la lengua gallega. Las personas aspirantes deberán acreditar estar en posesión del título acreditativo del nivel de conocimiento de la lengua gallega requerido para el acceso al correspondiente grupo/subgrupo, de conformidad con el Orden de 16 de julio de 2007 por la que se regulan los certificados oficiales acreditativos de los niveles de conocimiento de la lengua gallega, modificada por el Orden de 10 de febrero de 2014 (DOG núm. 146 de 30 de julio y DOG núm. 34 de 19 de febrero, respectivamente).
En caso de no acreditarlo, deberán superar una prueba oral de conocimiento de la lengua gallega que acredite la capacidad de comunicación en gallego con la ciudadanía, de carácter obligatorio y eliminatorio, siendo la cualificación de apto o no apto.
Las bases específicas de cada convocatoria indicarán el título requerido en cada caso.
Sexta. Acceso a profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores y ejercicio de estas.
De conformidad con el artículo 13.5 de la Ley orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor, será requisito para el acceso a las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores, y para el ejercicio de estas , no estar condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidade sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos. Para estos efectos, quien pretenda el acceso a tales profesiones, oficios o actividades deberá acreditar esta circunstancia mediante una certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales.
Séptima. Acceso de las personas con discapacidad. Adaptación de tiempo y/o medios en los procesos selectivos:
7.1. Cuota de reserva por discapacidad:
Las convocatorias de las pruebas selectivas incluirán, en su caso, una reserva de plaza/s para ser cubiertas entre personas con discapacidad considerando como tales las definidas en el apartado 2 del artículo 4 del texto refundido de la Ley general de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real decreto legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, siempre que superen los procesos selectivos y acrediten su discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas, de modo que progresivamente se consiga el dos por ciento de los efectivos totales.
La opción a las plazas reservadas habrá de formularse en la solicitud de participación en el proceso selectivo; de no indicarlo así expresamente, se entenderá que no se opta por esta reserva.
Formulada la dicha solicitud, únicamente se podrá presentar por este turno; la contravención de esta norma determinará la exclusión de la persona aspirante. Las plazas reservadas para personas con discapacidad que queden desiertas no se podrán acumular al turno común de acceso.
7.2. Adaptación de tiempo y/o medios en los procesos selectivos:
De conformidad con el Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen los criterios generales para la adaptación de los tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de las personas con discapacidad, las personas aspirantes que acrediten discapacidad podrán pedir en su solicitud las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempo y medios de las pruebas del proceso selectivo, con el fin de asegurar su participación en condiciones de igualdad.
En caso de solicitar la adaptación, deberán presentar el certificado del grado de discapacidad y el Dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de cualificación del grado de la discapacidad, para acreditar las deficiencias permanentes que dieron origen al grado de la discapacidad reconocida, a los efectos de que el órgano de selección pueda valorar el origen o no de la concesión de la adaptación solicitada.
Octava. Solicitudes.
8.1. Las personas que deseen tomar parte en esta selección deberán presentar sus instancias dirigidas al señor Alcalde-Presidente, en modelo que se añade cómo ANEXO I, en la sede electrónica del Ayuntamiento de Boiro https://boiro.sedelectronica.gal o en el Registro General del Ayuntamiento de Boiro en horario de atención al público (de lunes a viernes de 9:00 a 13:30) durante el plazo de VEINTE DÍAS HÁBILES a contar desde el día siguiente al de la publicación del anuncio de las convocatorias en el Boletín Oficial del Estado. En el caso de ser presentadas por correo o en otros registros, y a efectos de poder realizar el su seguimiento, las personas solicitantes deberán remitir una copia de la instancia ya registrada mediante correo electrónico dirigido a persoal@boiro.org .
Se conforme a ese precepto se presentan a través de las oficinas de correos, deberá aparecer el sello en la propia solicitud. De otro modo, la fecha de anotación en el Registro General será a que se tenga en cuenta a todos los efectos.
8.2. El órgano competente podrá acordar substitutoriamente que se cubra en papel cuando una incidencia técnica debidamente acreditada imposibilitara el funcionamiento común de los sistemas.
8.3. Los errores de hecho, materiales o aritméticos que se pudieran advertir en la solicitud se podrán emendar en cualquier momento, de oficio o a petición de la persona interesada.
8.4. Los textos de las pruebas selectivas se habían distribuido, por defecto, en gallego; las personas aspirantes que quieran disponer del texto de las pruebas en lengua castellana deberán indicarlo en su solicitud. Una vez publicada la resolución definitiva de personas admitidas y excluidas no podrán modificar el idioma de las pruebas.
8.5. En cumplimiento del dispuesto en la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personas y garantizaba de los derechos digitales, se informa a las personas interesadas en participar en los procesos selectivos que los datos de carácter personal por ellas facilitados serán incorporados a un fichero con la finalidad de la selección de personal, y se les reconoce la posibilidad de ejercitar gratuitamente los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, enviando comunicación escrita al Ayuntamiento de Boiro. Las personas interesadas autorizan al Ayuntamiento de Boiro a proceder al tratamiento de sus datos en los términos anteriormente descritos así como a la publicación de los mismos en el tablero de anuncios, en la página web del ayuntamiento de Boiro www.boiro.gal y en la sede electrónica del Ayuntamiento. La presentación de la documentación necesaria para participar en el proceso de selección presumirá el consentimiento para tratar la información en los términos indicados.
8.6. Con la solicitud de participación en el proceso selectivo se presentará la documentación requerida en las Bases específicas de la convocatoria.
Novena. Pago de la tasa por derechos de examen.
9.1. Según la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por derechos de examen (publicado en el BOP de A Coruña nº 166 de 01/09/2022), para participar en las correspondientes pruebas de acceso a los cuerpos o escalas de funcionarios o a las categorías de personal laboral convocadas por el ayuntamiento de Boiro, será obligatorio satisfacer los derechos de examen, en la cuantía que se indica:
GRUPO |
IMPONERTE TASA |
A1 |
28 |
A2 |
26 |
B |
24 |
C1 |
20 |
C2 |
17 |
OTROS SUPUESTOS / Y |
13 |
9.2. Tendrán una bonificación del 100% de la cuota aquellas personas que acrediten estar desempleadas (en situación legal de desempleo) por un período superior a 1 mes a contar desde el último día de presentación de instancias.
Tendrán una bonificación del 100% de la cuota tributaria los titulares de familias numerosas de carácter especial, y de un 50% del cuota los titulares de familia numerosa de categoría general. Para poder acreditar dicha circunstancia con la presentación de la instancia se debe acompañar copia del título de familia numerosa vigente.
La devindicación de la tasa se producirá en el momento de la presentación de la solicitud de inscripción en las pruebas selectivas.
Dicta solicitud de inscripción no será tramitada hasta que no haga efectivo el importe de la tasa.
La falta de pago de la Tasa en el plazo de admisión de las solicitudes, determinará la inadmisión del aspirante a las pruebas selectivas.
A La solicitud de inscripción habrá de acompañarse, en todo caso, justificante de haber ingresado el importe de la tasa por derecho de examen.
Cuando por causas no imputables al sujeto pasivo, la actividad técnica y/o administrativa que constituye el hecho imponible de la tasa no se realice, procederá la devolución del imponerte correspondiente. Por lo tanto, no procederá devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causas imputables al interesado.
El sistema será la AUTOLIQUIDACIÓN, que deberá presentarse junto con el justificante de ingreso, con la solicitud de participación en el proceso selectivo de que se trate.
La autoliquidación se realizará a través del PORTAL TRIBUTARIO del Ayuntamiento de Boiro, y será abonada en las oficinas de las entidades colaboradoras con la recaudación del ayuntamiento, en las oficinas del ayuntamiento mediante pago con tarjeta, o a través de la pasarela de pagos que se ponen a disposición en la página web del Ayuntamiento de Boiro.
En ningún caso la presentación y pago de la tasa por derecho de examen supondrá el relevo del trámite de presentación de la instancia.
Décima. Admisión de aspirantes.
10.1. Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, se dictará Resolución de la Alcaldía declarando aprobada la relación provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas, con indicación de la causa de exclusión provisional. En esta Resolución, que se publicará en el BOP, se indicará el medio para la consulta de la relación completa de las personas aspirantes admitidas, señalándose un plazo improrrogable de diez días hábiles para emendar, en su caso, los defectos que motivaran la exclusión u omisión de una persona aspirante. Quienes, dentro del plazo señalado, no emende la exclusión u omisión justificando su derecho a la admisión, será definitivamente excluido/a de el proceso selectivo.
10.2. Finalizado el plazo de enmienda, el órgano competente dictará Resolución aprobando la relación definitiva de personas admitidas y excluidas, con indicación de la causa de exclusión, en su caso; nombrando al Tribunal calificador del proceso selectivo y anunciando fecha, hora y lugar de celebración del primero ejercicio de la fase de oposición. La Resolución definitiva se publicará en la forma indicada para la Resolución provisional. Los restantes actos que se deriven de la ejecución de estos procesos selectivos se publicarán en la web del Ayuntamiento de Boiro www.boiro.gal.
10.3. No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por no emendar dentro del plazo concedido al efecto, ni en caso de inasistencia al ejercicio.
10.4. Sin perjuicio de que a la finalización del proceso selectivo se requiera las personas aspirantes que lo superen la acreditación documental del cumplimiento de los requisitos de participación, en cualquier momento del proceso selectivo se les podrá requerir que acrediten el cumplimiento de los requisitos exigidos y, de no acreditar estos, acordar su exclusión.
Décimo primera. Tribunal calificador.
11.1. Los miembros del Tribunal Calificador serán designados por el Alcalde según el dispuesto en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por lo que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y en atención al principio de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros.
Estará constituido por cinco personas titulares y cinco suplentes, presidente/a, tres vocales y secretario/a.
Los miembros del Tribunal Calificador deben pertenecer a un cuerpo, escala o categoría profesional para el ingreso en el cuál se requiera una titulación de nivel igual o superior al exigido para participar en el proceso selectivo.
Deberá tenderse en su composición, a la paridad entre hombre y mujer.
11.2. No podrán formar parte del Tribunal el personal de elección o de designación política, el personal interino o el personal laboral temporal y el personal eventual, ni tampoco las personas que en los cinco años anteriores a la publicación de las convocatorias realizaran tareas de preparación de personas aspirantes a pruebas selectivas o colaboraran durante ese período con centros de preparación de opositores.
La pertenencia al mismo será siempre a título individual, sin que se pueda desempeñar esta en representación o por cuenta de nadie.
11.3. El Tribunal de selección podrá disponer la incorporación de asesores especialistas, para todas o algunas de las pruebas, que colaborarán con el órgano de selección exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas sin que sean integrantes del tribunal, correspondiéndole el asesoramiento e ilustración del parecer de sus miembros.
Su composición se hará pública en la misma resolución de la Alcaldía por la que se aprueba la lista definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas.
Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante, cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.
Igualmente, las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurra alguna de las circunstancias a que se refiere el párrafo anterior.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros (sean titulares o suplentes indistintamente). En todo caso, será precisa la asistencia del Presidente y del Secretario.
Todos los miembros del Tribunal Calificador que se designen para juzgar las respectivas pruebas selectivas actuarán con voz y voto.
Las decisiones del Tribunal Calificador se adoptarán por mayoría de votos de los miembros presentes, resolviendo, en caso de empate, el voto de calidad de su Presidente.
El Tribunal Calificador queda autorizado para resolver las dudas que se presenten y para tomar los acuerdos necesarios para el bueno orden del proceso selectivo, en todo el no previsto en estas Bases.
11.4. A los efectos de percepción de dietas por asistencias por parte de los miembros concurrentes a las sesiones que celebre el Tribunal Calificador, se estará al dispuesto en los artículos 29 y siguientes del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
11.5. A los efectos de comunicaciones y demás incidencias relativas a los procesos selectivos, las personas aspirantes podrán presentar sus escritos a través de la sede electrónica del ayuntamiento de Boiro o en cualquier de las formas dispuestas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las Administraciones públicas.
Décimo segunda. Desarrollo del proceso selectivo.
12.1. A los efectos del orden de actuación de las personas aspirantes se tendrá en cuenta la letra “T”, resultante del último sorteo a lo que se refiere el Decreto 95/1991, de 20 de marzo, por lo que se aprueba el Reglamento de selección de personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, cuyo resultado se fijo público mediante Resolución de 28 de enero de 2022, publicada en el Diario Oficial de Galicia nº 24 del 4 febrero de 2022.
12.2. Las personas aspirantes serán convocadas para las pruebas de la fase de oposición en llamamiento único, salvo casos de fuerza mayor debidamente acreditados y apreciados discrecionalmente por el órgano de selección. Será excluido del proceso selectivo quien no comparezca, salvo casos de fuerza mayor alegados y justificados con anterioridad a la fecha y hora fijada para la celebración del ejercicio, que serán apreciados discrecionalmente por el órgano de selección. Deberán acudir proveídas del DNI o documento fidedigno en vigor que acredite su identidad.
12.3. Concluido el proceso selectivo, el órgano de selección hará pública, en la página web del Ayuntamiento de Boiro www.boiro.gal, la relación de las personas aspirantes que lo superaran, con indicación de la puntuación obtenida.
12.4. El Tribunal adoptará las medidas necesarias para garantizar el anonimato de los candidatos en la fase de oposición. El Tribunal podrá excluir a aquellos opositores en cuyas hojas de examen figuren nombres, trazos, marcas o signos que permitan conocer la identidad de los autores.
12.5. Los méritos se valorarán con referencia a la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes. Las bases específicas de cada convocatoria indicarán la documentación necesaria para la acreditación de los méritos baremables. La acreditación documental de los méritos alegados deberá realizarse dentro del plazo concedido para presentar las solicitudes de participación en el proceso selectivo.
12.6. Las personas interesadas podrán presentar reclamaciones a las puntuaciones provisionales de la fase de oposición y de la fase de concurso en el plazo de 3 días hábiles, contados desde el día siguiente a su publicación en la página web del ayuntamiento de Boiro www.boiro.gal. La presentación de las reclamaciones se realizará en la forma que se indique en la publicación de las puntuaciones provisionales. A la vista de las reclamaciones presentadas, el órgano de selección aprobará y publicará las puntuaciones definitivas en la página web del ayuntamiento de Boiro www.boiro.gal.
12.7. En los actas del Tribunal calificador deberá quedar constancia del desglose de las puntuaciones otorgadas.
12.8. En cualquier momento del proceso selectivo, el Tribunal podrá requerir las personas aspirantes que acrediten la veracidad de los documentos que presenten para su participación. Asimismo, en cualquier momento del procedimiento, se el Tribunal tuviera conocimiento de que alguna no cumple con los requisitos exigidos en la convocatoria, quedará facultado para determinar su exclusión del proceso selectivo.
Decimotercera. Embarazo de riesgo o parto.
Si por mor de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo o realizar algún ejercicio de este, su situación quedará condicionada a la finalización del proceso y a la superación de las fases que quedaran aplazadas, no pudiendo demorarse estas de manera que se menoscabe el derecho de las demás personas aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, el que deberá ser valorado por el tribunal, y en todo caso su realización tendrá lugar antes de la publicación de la relación de personas aspirantes que superaron el proceso selectivo.
Decimocuarta. Superación del proceso selectivo y nombramiento cómo personal laboral fijo.
14.1. Finalizado el proceso selectivo, el Tribunal hará pública en la página web del ayuntamiento de Boiro www.boiro.gal la relación de personas aspirantes que lo superaron, por orden de puntuación y con el desglose de las puntuaciones obtenidas, y proponiendo su nombramiento cómo personal laboral fijo.
14.2. Esta relación se elevará al órgano competente, que dictará resolución con la relación de aprobados. La resolución se publicará en el BOP y en la página web del ayuntamiento de Boiro www.boiro.gal.
14.3. Las personas aprobadas dispondrán de un plazo de 20 días naturales, contados desde el día siguiente a la publicación en el BOP de la relación de aprobados, para presentar en el departamento de recursos humanos del Ayuntamiento de Boiro los siguientes documentos originales:
a) Título (o testimonio notarial de este) exigido en las bases específicas de la convocatoria para tomar parte en el proceso selectivo.
b) Declaración jurada de no ser separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna administración pública, ni estar inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas.
c) Declaración jurada de no estar incurso/a en causa de incapacidad o incompatibilidad de conformidad con la legislación vigente y referida al punto de su toma de posesión.
d) Certificado médico/Informe de salud acreditativo de no padecer enfermedad ni defectos físicos y/o psíquicos que incapacite para el ejercicio de las funciones de la plaza aprobada, expedido por facultativo/a de el Servicio Gallego de Salud o similar que le corresponda.
y) Las personas aspirantes que hicieran valer su condición de persona con discapacidad en su solicitud de participación en el proceso selectivo, deberán presentar el certificado acreditativo del grado de la discapacidad y, asimismo, el certificado acreditativo de la compatibilidad con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes, expedido por el órgano competente de la administración sanitaria.
f) Para la fase de concurso, los documentos originales de los presentados para la valoración de los méritos puntuables en la fase de concurso.
g) La documentación original acreditativa de otros requisitos exigidos en las bases específicas de cada convocatoria.
h) De ser el caso, certificado negativo del Registro de delincuentes sexuales. Ante la imposibilidad debidamente justificada de presentar los documentos exigidos se podrá acreditar que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible en derecho.
14.4. Las personas aspirantes que acrediten el cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria serán nominadas personal laboral fijo, en función de la plaza objeto de convocatoria, mediante Resolución de la Alcaldía.
No podrán ser nominadas aquellas personas que no acrediten cumplir con los requisitos exigidos en la convocatoria, y quedarán sin efecto las actuaciones a las eres relativas.
14.5. Los órganos de selección no podrán proponer el acceso a la condición de personal laboral fijo de un número superior de aprobados al de las plazas convocadas. No obstante, siempre que el órgano de selección propusiera el nombramiento de igual número de aspirantes que de plazas convocadas, cuando se produzcan renuncias de las personas aspirantes seleccionados o cuando de la documentación aportada se desprenda que no cumplen con los requisitos exigidos en la convocatoria o por circunstancias sobrevenidas se deduzca la imposibilidad de incorporación de algún aspirante antes de su nombramiento, el órgano convocante podrá requerir del órgano de selección una relación complementaria de los que habían superado el proceso selectivo y sigan a los propuestos, por orden de puntuación, para su posible nombramiento cómo personal laboral fijo.
14.6. El órgano de selección podrá declarar desiertas aquellas plazas objeto de convocatoria que no resulten cubiertas por no superar el proceso selectivo el número suficiente de aspirantes.
14.7. El acto que ponga fin al procedimiento selectivo deberá ser motivado. La motivación de los actos del órgano de selección dictados en virtud de discrecionalidad técnica en el desarrollo de su labor de valoración estará referida al cumplimiento de las bases de la convocatoria y de las normas reglamentarias.
14.8. Con el fin de no causar perjuicios en el funcionamiento de la organización, concluidos los procesos selectivos, en la elección de las plazas convocadas tendrá preferencia la persona aprobada que ocupe la plaza objeto de estabilización.
La adjudicación de puestos de trabajo al personal de nuevo ingreso se efectuará de acuerdo con las peticiones de las personas interesadas entre los puestos ofertados a los mismos, según el orden obtenido en el proceso selectivo.
14.9. De la resolución de estos procesos selectivos no podrá derivarse en ningún caso incremento de gastos ni de efectivos.
14.10. Corresponderá una compensación económica, equivalente a veinte días de retribuciones fijas por año de servicio, rateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año, hasta un máximo de doce mensualidades, para la persona funcionaria interina o laboral temporal que, estando en activo como tal, vise finalizada su relación de servicios con el Ayuntamiento de Boiro por la no superación de los procesos de estabilización en los que participara. A no participación de la persona candidata en el proceso de estabilización no dará derecho la compensación económica en ningún caso.
14.11. Será de aplicación el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por lo que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores relativo al período de prueba.
Decimoquinta. Bolsas de personal laboral temporal.
De conformidad con lo establecido en la disposición adicional cuarta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, las personas aspirantes que obtengan una puntuación igual o superior al 25% de la puntuación máxima total de cada proceso selectivo serán incluidas en bolsas de personal laboral temporal específicas.
La bolsa de empleo resultante de estos procesos selectivos tendrán una vigencia mínima de un año y se extinguirán en todo caso cuando hayan transcurrido tres años desde su constitución (salvo prórroga expresa por un período de 1 año y causa justificada), pudendo no obstante extinguirse antes en el caso de celebrarse en ese período nuevo proceso selectivo para la misma categoría con formación de nueva bolsa de empleo en el caso de quedar vacía de participantes.
Los períodos de prueba serán acordes con la legislación vigente. Si una persona trabajadora no supera el período de prueba supondrá la exclusión definitiva de la bolsa de empleo.
Decimosexta. Recursos.
Contra estas Bases Generales se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación en el BOP, ante el juzgado del Contencioso- Administrativo de Santiago de Compostela, según el dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa o, con carácter previo y potestativo, recurso de reposición ante el Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Boiro en el plazo de un mes, de conformidad con el establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN La CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA La PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE TRABAJADOR/A SOCIAL, PERSONAL LABORAL FIJO, POR El SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN INCLUIDA EN La OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE BOIRO PARA La ESTABILIZACIÓN DEL EMPLEO (artículo 2.1 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público). Código del procedimiento 1/2022 .
Primera.-Características de la vacante convocada.
Denominación: Trabajador/a social
Clasificación: Personal laboral fijo. Subgrupo A2. Jornada completa.
Funciones:
Responsabilidades generales:
Realizará las funciones y actividades competencia de su titulación y especialidad profesional, o bien de su formación teórico-práctica y propias de su servicio, respetando el código deontológico, de ser el caso, tales cómo:
-Detección, conocimiento y valoración de las necesidades sociales y recursos existentes del municipio, a través de la observación, atención de la demanda y de la investigación.
-Evaluación de problemas y derivación para la atención de los mismos hacia los distintos servicios existentes cuando así el requiera el caso.
-Ayuda a la integración de individuos, familias y grupos que lo precisen, favoreciendo soluciones de reinserción social, evitando situaciones de marginación y/o exclusión social.
-Información, asesoramiento, orientación e intervención técnica para resolución de las situaciones de necesidad y conflicto a nivel individual y colectivo.
-Promoción del desarrollo local a través de información y orientación individual y colectiva, así como apoyo a los grupos portadores de iniciativas, negociación con empresarios, y todas las acciones que impliquen la incentivación socioeconómica del municipio.
-Promoción de la toma de conciencia por las comunidades e individuos de sus problemas, facilitándole la partición en las tareas comunitarias, impulsando el asociacionismo y fomentando actitudes y conciencia solidaria.
-Planificación y programación de los recursos y servicios necesarios para atender los problemas y necesidades detectados.
-Gestión y tramitación administrativa de recursos y prestaciones.
-Colaborar con sus superiores jerárquicos en la elaboración y desarrollo de programas de bienestar social.
-Mantener el reciclaje continuo en los conocimientos y procedimientos necesarios para realizar las funciones del puesto de manera eficiente, dentro de los medios que la Administración disponga.
-Utilización de las aplicaciones informáticas correspondientes su unidad.
-Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación con sus sistemas y procesos de trabajo.
-Calesquera otras funciones y tareas de análoga naturaleza que le sean encomendadas por su superior jerárquico dentro del ámbito de sus competencias.
Responsabilidades específicas:
- Informar, orientar y asesorar, así como valorar las demandas sociales, estableciendo áreas y objetivos de intervención individual o colectiva. Programas de familia y convivencia. Coordinar equipos de trabajo.
Segunda.–Requisitos específicos de las personas aspirantes.
Además de los establecidos en las bases generales, las personas aspirantes deberán acreditar que reúnen los siguientes requisitos específicos :
1.-Titulación: Estar en posesión del título de Grado de Trabajo Social o Diplomado/a en Trabajo Social, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.
2.- Carné de conducir: Dado que entre las tareas o funciones atribuidas a los Trabajadores/las sociales se incluye la realización de visitas domiciliarias y realizar seguimiento de casos, las personas aspirantes deberán estar en posesión de carné de conducir B1.
3.- Estar en posesión del nivel de CELGA 4, o equivalente.
Tercera.-Documentación y plazo de presentación de las solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del estrato del anuncio de la convocatoria específica en el Boletín Oficial del Estado.
La instancia solicitando participar en el proceso selectivo, según el modelo establecido en este anexo, vendrá acompañada de la siguiente documentación (original o o copia electrónica):
- DNI o documento identificativo.
-Titulación.
- Certificado de estudios de la lengua gallega (Celga 4 o equivalente).
- Certificado de discapacidad (en su caso).
- Relación numerada de los méritos de la fase de concurso en el orden que figura en las bases generales y documentación acreditativa de esos méritos ordenados según la relación.
- Justificante del pago de los derechos de examen.
Cuarta.- Fase de oposición (60 puntos)
Una única prueba, consistirá en la contestación, en un tiempo máximo de 2 horas, de un cuestionario tipo test de 100 preguntas, más otras 5 de reserva, con cuatro respuestas, de las que solo una será correcta sobre los temas incluidos en la base quinta. Cada respuesta correcta obtendrá una puntuación de 0,60. Las respuestas erróneas, las no contestadas o las nulas no penalizan. En todo caso no tendrá carácter eliminatorio. Estas preguntas serán extraídas de la batería de preguntas publicadas en el portal web corporativo www.boiro.gal
Se publicarán previamente una batería indeterminada de 500 preguntas de las que se extraerán las contenidas en la prueba y serán las que figuren en el portal web al día siguiente al de la publicación de la aprobación definitiva de los candidatos admitidos y excluidos de esta convocatoria en el BOP.
Quinta.- Temario.
PARTE GENERAL
TEMA 1.- La Constitución Española de 1978. Principios generales y estructura. Derechos fundamentales y libertades públicas.
TEMA 2.- El Estatuto de Autonomía de Galicia. Organización y competencias.
TEMA 3.- La organización territorial del Estado. Las comunidades Autónomas. Organización y competencias.
TEMA 4.- Ley 7/1985 de 2 de Abril reguladora de las bases de régimen local. Las administración locales. La organización municipal. Competencias.
TEMA 5.- Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas: objeto y ámbito de aplicación.
TEMA 6.- Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas: el concepto de interesado y la capacidad de obrar en el procedimiento administrativo común.
TEMA 7.- Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas: la notificación de los actos administrativos.
TEMA 8.- Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas: el acto administrativo. Motivación y forma. Los términos y plazos. Eficacia de los actos administrativos.
TEMA 9.- El municipio: concepto y elementos. El término municipal: La población municipal. El Territorio. El padrón de habitantes.
TEMA 10.- El personal al servicio de las Entidades Locales. Concepto y clases. Derechos y deberes. Incompatibilidades.
TEMA 11.- Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: Objeto y ámbito de la ley. El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación. Políticas públicas para la igualdad.
PARTE ESPECÍFICA
TEMA 12.- La Ley 13/2008, de 3 de diciembre, de Servicios Sociales de Galicia.
TEMA 13.- Organización y competencia de los servicios sociales en la Administración Central. Organización y competencia de los servicios sociales en la Administración autonómica. Los servicios sociales en la administración local: atribución de competencias. Convenio programa para el desarrollo de prestaciones básicas de servicios sociales en las corporaciones locales. Plan concertado.
TEMA 14.- Decreto 99/2012 de servicios sociales Comunitarios. Principios, objetivos, funciones y competencias. Programas básicos. Organización, equipamientos, prestaciones y equipo técnico de los servicios sociales comunitarios.
TEMA 15.- Orden de 22 de Enero de 2009 por la que se regula el servicio de ayuda en el hogar.
TEMA 16.- Ordenanza municipal del servicio de ayuda en el hogar en el Ayuntamiento de Boiro.
TEMA 17.- La Historia Social Única electrónica .El Decreto 89/2016, de 30 de junio, por lo que se regula la creación, el uso y el acceso a la Historia Social Única Electrónica
TEMA 18.- Los servicios sociales de atención especializada. Principios, objetivos y áreas de actuación.
TEMA 19.- El trabajador/ social como miembro de un equipo interdisciplinar: fundamento, funciones y principios básicos.
TEMA 20.- Niveles de intervención en el trabajo social.
TEMA 21.- A entrevista en el trabajo social.
TEMA 22.- El proceso metodológico en el trabajo social Plan, programa y proyecto. La planificación por objetivos. Técnicas e instrumentos empleados en el trabajo social.
TEMA 23.- La Ley 39/2006 de 14 de diciembre de autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia. El decreto 15/2010 de 4 de febrero por lo que se regula el procedimiento para el reconocimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y el derecho a las prestaciones del sistema para la autonomía y atención a la dependencia.
TEMA 24.- Intervención social en infancia y adolescencia. Medidas de protección de menores. Acogimiento familiar. Adopción. Los maltratos en la infancia: definición, tipología y factores de riesgo.
TEMA 25.- La Ley gallega de Medidas básicas para la inserción social.
TEMA 26.- La Ordenanza municipal de emergencia social del Ayuntamiento de Boiro.
TEMA 27.- Técnicas de trabajo social: concepto y clasificación. Las técnicas empleadas en el trabajo social.
TEMA 28.- Los Instrumentos de trabajo social.
TEMA 29.- El apoyo informático en los servicios sociales. El sistema de información a usuarios/las de servicios sociales (SIUSS) y manual de trabajo información y asesoramiento en servicios sociales (MATIASS).
TEMA 30.- A deontoloxía en el trabajo social. El código deontológico de la profesión de Trabajo Social. El secreto profesional.
BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN La CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA La PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE OFICIAL FONTANERÍA, PERSONAL LABORAL FIJO, INCLUIDA EN La OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE BOIRO PARA La ESTABILIZACIÓN DEL EMPLEO (artículo 2.1 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público). Código del procedimiento 2/2022.
Primera.-Características de la vacante convocada.
Denominación: Oficial fontanería
Clasificación: Personal laboral fijo. Subgrupo C2. Jornada completa.
Funciones:
Responsabilidades generales:
Poseyendo formación profesional teórico-práctica suficiente, desarrollará de manera profesional y con total dominio de su oficio, las tareas propias de su categoría en función de su especialidad, tales cómo:
-Cuidado y control del perfecto estado del material y herramientas que necesite para realizar las sus funciones.
-Desarrollar las tareas propias de su profesión con capacidad suficiente para realizar los trabajos propios del oficio.
-Dirigir las tareas del personal de inferior categoría.
-Ejecutar los órdenes de trabajo que se le asignen, de acuerdo que su especialidad.
-Cumprimentación de los partes de trabajo realizados.
-Manejar toda la maquinaria y equipo usados en su oficio o especialidad.
-Informar de los errores o daños de equipos o instalaciones de su arena de trabajo ante su superior.
-Realizar las tareas de mantenimiento y conservación, en su caso, en instalaciones y edificios municipales.
-Cumplimiento de la normativa en prevención de riesgos laborales.
-Mantener el reciclaje continuo en los conocimientos y procedimientos necesarios para realizar las funciones del puesto de manera eficiente, dentro de los medios que la Administración disponga.
-Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación con sus sistemas y procesos de trabajo.
-En general, cualquier otra función de análoga naturaleza que le sea encomendada por su superior jerárquico, en relación con el servicio y con su categoría.
Responsabilidades específicas:
Responsabilizarse de la reparación e instalaciones nuevas de fontanería en centros públicos, mantenimiento de fuentes en instalaciones de agua de las playas y suministro de agua potable al municipio y aguas residuales.
Segunda.–Requisitos específicos de las personas aspirantes.
Además de los establecidos en las bases generales, las personas aspirantes deberán acreditar que reúnen los siguientes requisitos específicos :
1.-Titulación: Poseer la titulación de, como mínimo, Graduado Escolar, Escalonado en Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional de Primero Grado o equivalente, o estar en condición de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberán poseer el documento que acredite fidedignamente su homologación.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.
2.- Estar en posesión del nivel de CELGA 3, o equivalente.
Tercera.-Documentación y plazo de presentación de las solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del estrato del anuncio de la convocatoria específica en el Boletín Oficial del Estado.
La instancia solicitando participar en el proceso selectivo, según el modelo establecido en este anexo, vendrá acompañada de la siguiente documentación (original o o copia electrónica):
- DNI o documento identificativo.
-Titulación.
- Certificado de estudios de la lengua gallega (Celga 3 o equivalente).
- Certificado de discapacidad (en su caso).
- Relación numerada de los méritos de la fase de concurso en el orden que figura en las bases generales y documentación acreditativa de esos méritos ordenados según la relación.
- Justificante del pago de los derechos de examen.
Cuarta.- Fase de oposición (60 puntos)
Una única prueba, consistirá en la contestación, en un tiempo máximo de 80 minutos, de un cuestionario tipo test de 60 preguntas, más otras 5 de reserva, con cuatro respuestas, de las que solo una será correcta, sobre los temas incluidos en la base quinta. Cada respuesta correcta obtendrá una puntuación de 1,00 punto. Las respuestas erróneas, las no contestadas o las nulas no penalizan. En todo caso no tendrá carácter eliminatorio. Estas preguntas serán extraídas de la batería de preguntas publicadas en el portal web corporativo www.boiro.gal
Se publicarán previamente una batería indeterminada de 300 preguntas de las que se extraerán las contenidas en la prueba y serán las que figuren en el portal web al día siguiente al de la publicación de la aprobación definitiva de los candidatos admitidos y excluidos de esta convocatoria en el BOP.
Quinta.- Temario.
Tema 1. La Constitución Española de 1978: Principios generales y estructura. Derechos fundamentales y libertades públicas.
Tema 2. El Estatuto de Autonomía de Galicia: Las instituciones de la Comunidad Autónoma. El Parlamento. El Consello da Xunta. El presidente.
Tema 3. El municipio. Elementos. Territorio y población. La organización municipal. Funcionamiento de los órganos colegiados locales. Competencias municipales.
Tema 4. Conceptos fundamentales en fontanería. Caudales y consumos, velocidad, desplazamiento del agua, relación entre caudal, velocidad y sección. Presión, relación presión-altura, pérdidas de carga, golpe de ariete.
Tema 5. Tratamientos del agua. Composición del agua de consumo, descalcificación, desmineralización, PH, generalidades sobre los equipos de tratamiento de agua.
Tema 6. Elementos de las instalaciones. Tubería y accesorios, válvulas y dispositivos de control, grifería sanitaria, contadores, aljibes. Mantenimiento de fontanería. Tipos de mantenimiento: correctivo, preventivo y predictivo. Planes de mantenimiento preventivo de equipos e instalaciones. Riesgos laborales específicos en las funciones de fontanero, medidas de protección individuales y colectivas.
Tema 7. Bombas y grupos de presión. Tipos y funcionamiento de las bombas, componentes de un grupo de presión. Instalaciones de fluxores. Dimensionado, características y funcionamiento.
Tema 8. Instalaciones de abastecimiento de agua potable a la población. Mantenimiento. Reparación de averías.
Tema 9. Sistemas contra incendios. Red de distribución. Grupo de presión. Bocas de incendios equipadas.
Tema 10. Conocimiento del entorno físico y geográfico del Ayuntamiento de Boiro.
BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN La CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA La PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE ADJUNTO La SECRETARÍA, PERSONAL LABORAL FIJO, INCLUIDA EN La OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE BOIRO PARA La ESTABILIZACIÓN EXCEPCIONAL DE EMPLEO TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN, (disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público). Código del procedimiento 3/2022.
Primera.-Características de la vacante convocada.
Denominación: Adjunto la secretaría
Clasificación: Personal laboral fijo. Subgrupo A1. Jornada completa.
Funciones:
Responsabilidades generales:
Realizará las funciones y actividades competencia de su titulación y especialidad profesional, o bien de su formación teórico-práctica y propias de su servicio, respetando el código deontológico, de ser el caso, tales cómo:
-Incoación, instrucción y propuesta de resolución de expedientes sancionadores de tráfico, urbanismo (reposición de la legalidad y/o sancionador), convivencia y medio ambiente urbano (limpieza y ornato de las vías, espacios públicos e inmuebles así como protección de las zonas verdes)
- Reclamación de daños contra el patrimonio municipal (compañías de seguros en el caso de los vehículos, comunidades de vecinos, empresas, particulares…).
-Colaboración y relevo por necesidades del servicio en tareas asignadas a otros puestos en el departamento.
-Cumplimiento de la normativa e instrucciones del superior en relación a la prevención de riesgos.
-Mantener el reciclaje continuo en los conocimientos y procedimientos necesarios para realizar las funciones del puesto de manera eficiente, dentro de los medios que la Administración disponga.
-Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación con sus sistemas y procesos de trabajo.
-En general, cualquier otra función de análoga naturaleza que le sea encomendada por su superior jerárquico, en relación con el servicio y con su categoría.
Responsabilidades específicas:
- Expedientes sancionadores de secretaría, urbanismo y tráfico
Segunda.–Requisitos específicos de las personas aspirantes.
Además de los establecidos en las bases generales, las personas aspirantes deberán acreditar que reúnen los siguientes requisitos específicos :
1.-Titulación: Estar en posesión del título de Grado o Licenciatura en Derecho, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.
2.- Estar en posesión del nivel de CELGA 4, o equivalente.
Tercera.-Documentación y plazo de presentación de las solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del estrato del anuncio de la convocatoria específica en el Boletín Oficial del Estado.
La instancia solicitando participar en el proceso selectivo, según el modelo establecido en este anexo, vendrá acompañada de la siguiente documentación (original o o copia electrónica):
- DNI o documento identificativo.
-Titulación.
- Certificado de estudios de la lengua gallega (Celga 4 o equivalente).
- Certificado de discapacidad (en su caso).
- Relación numerada de los méritos de la fase de concurso en el orden que figura en las bases generales y documentación acreditativa de esos méritos ordenados según la relación.
- Justificante del pago de los derechos de examen.
BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN La CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA La PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE ARQUITECTO (TIEMPO PARCIAL 69,30%), PERSONAL LABORAL FIJO, INCLUIDA EN La OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE BOIRO PARA La ESTABILIZACIÓN EXCEPCIONAL DE EMPLEO TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN, (disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público). Código del procedimiento 4/2022.
Primera.-Características de la vacante convocada.
Denominación: Arquitecto
Clasificación: Personal laboral fijo. Subgrupo A1. Tiempo parcial 69,30%
Funciones:
Responsabilidades generales:
Realizará las funciones y actividades competencia de su titulación y especialidad profesional, o bien de su formación teórico-práctica y propias de su servicio, respetando el código deontológico, de ser el caso, tales cómo:
-Elaboración de presupuestos técnicos y económicos de los proyectos municipales.
-Elaboración de informes técnicos sobre el estado de las obras municipales, de edificios, viviendas, etc.
-Elaboración de informes técnico-económicos en procedimientos indemnizadores y en general la tasación de inmuebles, solares, incrementos de valor o cuantía de arbitrios y otras misiones análogas que le sean encomendadas por la administración.
-Preparación de valoraciones, liquidaciones y certificaciones de obra y servicio.
-Colaboración con los técnicos superiores en la preparación técnica de los instrumentos de planeamento y gestión urbanística, así como su supervisión, control técnico e informes en los procedimientos que sirvan a su tramitación.
-Colaborar en la elaboración de ordenanzas y cuadros de precios en relación con su competencia que deban regir en la contratación de obras públicas municipales o sean reguladoras del uso del suelo, edificaciones, instalaciones, etc.
-Dirección, inspección y recepción de obras a recibir por la Administración municipal dentro del marco de su competencia técnica.
-Fiscalizar la edificación privada con arreglo a las Ordenanzas y a la legislación general, e informar a los expedientes de licencias para la construcción y reforma de edificios, ya sean de uso público o privado, con el fin de conseguir el más perfecto y armónico desarrollo urbano.
-Proyectar, dirigir y conservar, de acuerdo con su titulación, los instrumentos urbanísticos y las obras municipales, especialmente las que tiendan a dotar, ampliar y perfeccionar los servicios públicos
-Atención al público, informe de licencias de obras mayores, expedientes de gestión urbanística (reparcelación, plan parcial,), informes sobre plan urbanístico (interpretación), replanteo de obras, licencias de 1ª ocupación, valoración expedientes de infracción urbanística, realización de proyectos/memorias valoradas, dirección de obras, asesoramiento alcaldía.
-Mantener el reciclaje continuo en los conocimientos y procedimientos necesarios para realizar las funciones del puesto de manera eficiente, dentro de los medios que la Administración disponga.
-Atención e información pública en aquellas materias de su competencia.
-Utilización de las aplicaciones informáticas correspondientes su unidad.
-Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación con sus sistemas y procesos de trabajo.
-En general, cualquier otra función de análoga naturaleza que le sea encomendada por su superior jerárquico, en relación con el servicio y con su categoría.
Responsabilidades específicas:
- Dirigir y coordinar el personal y los trabajo a realizar en el dpto. de Urbanismo municipal. Controlar la tramitación de los expedientes del planeamento y gestión urbanística, asesorar jurídicamente en los mismos. Tramitación de licencias de obras y emitir informes de instrumentos de planeamento y gestión urbanística
Segunda.–Requisitos específicos de las personas aspirantes.
Además de los establecidos en las bases generales, las personas aspirantes deberán acreditar que reúnen los siguientes requisitos específicos :
1.-Titulación: Estar en posesión de la titulación habilitante para el desenrollo de la profesión de arquitecto/a. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación, expedida por el Organismo competente.
2.- Estar en posesión del nivel de CELGA 4, o equivalente.
Tercera.-Documentación y plazo de presentación de las solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del estrato del anuncio de la convocatoria específica en el Boletín Oficial del Estado.
La instancia solicitando participar en el proceso selectivo, según el modelo establecido en este anexo, vendrá acompañada de la siguiente documentación (original o o copia electrónica):
- DNI o documento identificativo.
-Titulación.
- Certificado de estudios de la lengua gallega (Celga 4 o equivalente).
- Certificado de discapacidad (en su caso).
- Relación numerada de los méritos de la fase de concurso en el orden que figura en las bases generales y documentación acreditativa de esos méritos ordenados según la relación.
- Justificante del pago de los derechos de examen.
BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN La CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA La PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE SEIS PLAZAS DE TÉCNICOS/AS DE CULTURA, PERSONAL LABORAL FIJO, INCLUIDA EN La OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE BOIRO PARA La ESTABILIZACIÓN EXCEPCIONAL DE EMPLEO TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN, (disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público). Código del procedimiento 5/2022.
Primera.-Características de las vacantes convocadas.
Denominación: Técnico/a de cultura
Clasificación: Personal laboral fijo. Subgrupo A1. Jornada completa
Funciones:
Responsabilidades generales:
Realizará las funciones y actividades competencia de su titulación y especialidad profesional, o bien de su formación teórico-práctica y propias de su servicio, respetando el código deontológico, de ser el caso, tales cómo:
-Elaborar propuestas sobre planificación y programación de las actuaciones propias del servicio y previsión de necesidades.
-Colaborar con sus superiores en la programación y consecución de los objetivos del servicio, elaborando las propuestas de mejora pertinentes.
-Tramitación de subvenciones.
-Dinamizar, coordinar y lo supervisas desarrollo de los programas por el servicio y su evaluación.
-Informar y colaborar en la gestión económica de los programas del servicio.
-Coordinar y supervisar las funciones del personal auxiliar de su servicio.
-Organización, coordinación, supervisión, programación de actividades culturales.
-Gestión administrativa, solicitud de subvenciones, elaboración de memorias.
-Atención al público: carné manipulador, información juvenil, biblioteca, exposiciones, solicitud de ayudas.
-Impartición de clases dentro de su competencia.
-Ejecutar los órdenes de trabajo que se le asignen, de acuerdo con su especialidad.
-Colaboración y relevo por necesidades del servicio en tareas asignadas a otros puestos en el departamento.
-Atender e informar al público en las materias de su competencia.
-Mantener el reciclaje continuo en los conocimientos y procedimientos
necesarios para realizar las funciones del puesto de manera eficiente, dentro de los medios que la Administración disponga.
-Utilización de las aplicaciones informáticas correspondientes su unidad.
-Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación con sus sistemas y procesos de trabajo.
-Calesquera otras funciones y tareas de análoga naturaleza que le sean encomendadas por su superior jerárquico, dentro del ámbito de sus competencias.
Responsabilidades específicas:
- Dirigir, controlar e impulsar las actividades culturales a realizar en el municipio
Segunda.–Requisitos específicos de las personas aspirantes.
Además de los establecidos en las bases generales, las personas aspirantes deberán acreditar que reúnen los siguientes requisitos específicos :
1.-Titulación: Estar en posesión de las titulaciones de licenciatura, ingeniería, arquitectura o equivalente.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación, expedida por el Organismo competente.
2.- Estar en posesión del nivel de CELGA 4, o equivalente.
Tercera.-Documentación y plazo de presentación de las solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del estrato del anuncio de la convocatoria específica en el Boletín Oficial del Estado.
La instancia solicitando participar en el proceso selectivo, según el modelo establecido en este anexo, vendrá acompañada de la siguiente documentación (original o o copia electrónica):
- DNI o documento identificativo.
-Titulación.
- Certificado de estudios de la lengua gallega (Celga 4 o equivalente).
- Certificado de discapacidad (en su caso).
- Relación numerada de los méritos de la fase de concurso en el orden que figura en las bases generales y documentación acreditativa de esos méritos ordenados según la relación.
- Justificante del pago de los derechos de examen.
BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN La CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA La PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE TÉCNICO/A DE DEPORTES, PERSONAL LABORAL FIJO, INCLUIDA EN La OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE BOIRO PARA La ESTABILIZACIÓN EXCEPCIONAL DE EMPLEO TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN, (disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público). Código del procedimiento 6/2022.
Primera.-Características de la vacante convocada.
Denominación: Técnico/a de deportes
Clasificación: Personal laboral fijo. Subgrupo A1. Jornada completa
Funciones:
Responsabilidades generales:
-Dirección del servicio municipal de deportes.
-Diseño de la programación anual.
-Gestión subvenciones en organismos públicos.
-Cooperación y realización de actividades realizadas por la Unidad.
-Llevar a cabo el programa de subvenciones a entidades deportivas locales.
-Asesoramiento a entidades deportivas.
-Colaboración con el asociacionismo deportivo.
-Gestión de instalaciones deportivas.
-Atención al público.
-Tareas de tipo administrativo.
-Fomento del asociacionismo.
-Mantener el reciclaje continuo en los conocimientos y procedimientos necesarios para realizar las funciones del puesto de manera eficiente, dentro de los medios que la Administración disponga.
-Utilización de las aplicaciones informáticas correspondientes su unidad.
-Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación con sus sistemas y procesos de trabajo.
-Calesquera otras funciones y tareas de análoga naturaleza que le sean encomendadas dentro del ámbito de sus competencias.
Responsabilidades específicas:
- Dirigir, controlar, dinamizar e impulsar las actividades deportivas a realizar en el municipio. Control de instalaciones e impartición de clases.
Segunda.–Requisitos específicos de las personas aspirantes.
Además de los establecidos en las bases generales, las personas aspirantes deberán acreditar que reúnen los siguientes requisitos específicos :
1.-Titulación: Estar en posesión de las titulaciones de licenciatura, ingeniería, arquitectura o equivalente.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación, expedida por el Organismo competente.
2.- Estar en posesión del nivel de CELGA 4, o equivalente.
Tercera.-Documentación y plazo de presentación de las solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del estrato del anuncio de la convocatoria específica en el Boletín Oficial del Estado.
La instancia solicitando participar en el proceso selectivo, según el modelo establecido en este anexo, vendrá acompañada de la siguiente documentación (original o o copia electrónica):
- DNI o documento identificativo.
-Titulación.
- Certificado de estudios de la lengua gallega (Celga 4 o equivalente).
- Certificado de discapacidad (en su caso).
- Relación numerada de los méritos de la fase de concurso en el orden que figura en las bases generales y documentación acreditativa de esos méritos ordenados según la relación.
- Justificante del pago de los derechos de examen.
BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN La CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA La PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE ANIMADOR DEPORTIVO, PERSONAL LABORAL FIJO, INCLUIDA EN La OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE BOIRO PARA La ESTABILIZACIÓN EXCEPCIONAL DE EMPLEO TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN, (disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público). Código del procedimiento 7/2022.
Primera.-Características de la vacante convocada.
Denominación: Animador deportivo
Clasificación: Personal laboral fijo. Subgrupo A2. Jornada completa
Funciones:
Responsabilidades generales:
Realizará las funciones y actividades competencia de su titulación y especialidad profesional, o bien de su formación teórico-práctica y propias de su servicio, respetando el código deontológico, de ser el caso, tales cómo:
-Cooperación y realización de actividades realizadas por la Unidad.
-Gestión del departamento de deportes junto con el coordinador.
-Planificación, organización y desarrollo de los programas deportivos del departamento de deportes: escuelas deportivas, veranos deportivos y Quencefrío.
-Organización de actividades puntuales.
-Atención al público.
-Monitor de diversas especialidades deportivas.
-Asesoramiento y colaboración con el asociacionismo deportivo local
-Colaboración con el coordinador en la gestión de instalaciones deportivas.
-Mantener el reciclaje continuo en los conocimientos y procedimientos necesarios para realizar las funciones del puesto de manera eficiente, dentro de los medios que la Administración disponga.
-Utilización de las aplicaciones informáticas correspondientes su unidad.
-Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación con sus sistemas y procesos de trabajo.
-Calesquera otras funciones y tareas de análoga naturaleza que le sean encomendadas dentro del ámbito de sus competencias.
Responsabilidades específicas:
- Impartición de clases, dinamización del deporte en el municipio y apoyo a los técnicos.
Segunda.–Requisitos específicos de las personas aspirantes.
Además de los establecidos en las bases generales, las personas aspirantes deberán acreditar que reúnen los siguientes requisitos específicos :
1.-Titulación: Estar en posesión de las titulaciones de ingeniería técnica, diplomatura universitaria, arquitectura técnica o equivalente. Al mismo tiempo se considera equivalente al título de diplomado universitario tener superados tres cursos completos de licenciatura.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación, expedida por el Organismo competente.
2.- Estar en posesión del nivel de CELGA 4, o equivalente.
Tercera.-Documentación y plazo de presentación de las solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del estrato del anuncio de la convocatoria específica en el Boletín Oficial del Estado.
La instancia solicitando participar en el proceso selectivo, según el modelo establecido en este anexo, vendrá acompañada de la siguiente documentación (original o o copia electrónica):
- DNI o documento identificativo.
-Titulación.
- Certificado de estudios de la lengua gallega (Celga 4 o equivalente).
- Certificado de discapacidad (en su caso).
- Relación numerada de los méritos de la fase de concurso en el orden que figura en las bases generales y documentación acreditativa de esos méritos ordenados según la relación.
- Justificante del pago de los derechos de examen.
BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN La CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA La PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE INFORMÁTICO, PERSONAL LABORAL FIJO, INCLUIDA EN La OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE BOIRO PARA La ESTABILIZACIÓN EXCEPCIONAL DE EMPLEO TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN, (disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público). Código del procedimiento 8/2022.
Primera.-Características de la vacante convocada.
Denominación: Informático
Clasificación: Personal laboral fijo. Subgrupo A2. Jornada completa
Funciones:
Responsabilidades generales:
Realizará las funciones y actividades competencia de su titulación y especialidad profesional, o bien de su formación teórico-práctica y propias de su servicio, respetando el código deontológico, de ser el caso, tales cómo:
-Crear, implantar y mantener programas de uso generalizado, que respondan a una necesidad real, para aumentar la seguridad del Centro de Explotación y simplificar el trabajo de los operadores, programadores y usuarios.
-Implantar y mantener los materiales informáticos y los sistemas operativos, programas de utilidad, de soporte y paquetes de software.
-Colaborar en la definición, implantación y mantenimiento de los medios informáticos (hardware y software) necesarios, para soportar los Sistemas Informáticos del Ayuntamiento en las mejores condiciones de cueste, fiabilidad y seguridad.
-Perseguir y resolver, a la mayor brevedad, los problemas de software de instalación, prestando apoyo y asesoramiento los grupos de Explotación y Estudios. Asimismo, perseguir la resolución de los problemas encontrados con los proveedores.
-Asistir, como técnico cualificado, a todas las áreas del servicio de Informática para la resolución de los problemas detectados.
-Estudiar alternativas para la configuración de nuevos equipos, tanto a nivel hardware como software, en función de los planes de desarrollo informático del Ayuntamiento, reflejados en el plan informático.
-Recomendar las soluciones técnicas más idóneas y preparar los datos necesarios para la toma de decisiones.
-Participar en la adquisición o desarrollo, así como implantar y mantener productos que permitan mejorar el control y gestión de las operaciones del Centro de Explotación.
-Definir las normas de utilización de los equipos informáticos, preparar la documentación general y formar a todas las áreas implicadas.
-Llevar a cabo las gestiones necesarias para resolver las cuestiones que se presenten o que se le encarguen en su ámbito competencial.
-Mantener actualizada la documentación técnica del servicio de Informática.
-Impartir cursos técnicos al personal de Informática, la petición del jefe de Informática o del Técnico de Sistemas.
-Estar perfectamente informado de las últimas tendencias del mercado, manteniendo los contactos oportunos y siguiendo las evoluciones tecnológicas, con el fin de recomendar soluciones técnicas apropiadas.
-Mantener una constante actualización en los avances relacionados con el ámbito informático y de las telecomunicaciones.
-Mantener el reciclaje continuo en los conocimientos y procedimientos necesarios para realizar las funciones del puesto de manera eficiente, dentro de los medios que la Administración disponga.
-Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación con sus sistemas y procesos de trabajo.
-Calesquera otras funciones y tareas de análoga naturaleza que le sean encomendadas por su superior jerárquico dentro del ámbito de sus competencias.
Responsabilidades específicas:
- Controlar el correcto funcionamiento de los sistemas informáticos, velando por su adecuada actualización.
Segunda.–Requisitos específicos de las personas aspirantes.
Además de los establecidos en las bases generales, las personas aspirantes deberán acreditar que reúnen los siguientes requisitos específicos :
1.-Titulación: Estar en posesión de las titulaciones de ingeniería técnica, diplomatura universitaria, arquitectura técnica o equivalente. Al mismo tiempo se considera equivalente al título de diplomado universitario tener superados tres cursos completos de licenciatura.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación, expedida por el Organismo competente.
2.- Estar en posesión del nivel de CELGA 4, o equivalente.
Tercera.-Documentación y plazo de presentación de las solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del estrato del anuncio de la convocatoria específica en el Boletín Oficial del Estado.
La instancia solicitando participar en el proceso selectivo, según el modelo establecido en este anexo, vendrá acompañada de la siguiente documentación (original o o copia electrónica):
- DNI o documento identificativo.
-Titulación.
- Certificado de estudios de la lengua gallega (Celga 4 o equivalente).
- Certificado de discapacidad (en su caso).
- Relación numerada de los méritos de la fase de concurso en el orden que figura en las bases generales y documentación acreditativa de esos méritos ordenados según la relación.
- Justificante del pago de los derechos de examen.
BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN La CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA La PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE ORIENTADOR/A LABORAL, PERSONAL LABORAL FIJO, INCLUIDA EN La OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE BOIRO PARA La ESTABILIZACIÓN EXCEPCIONAL DE EMPLEO TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN, (disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público). Código del procedimiento 9/2022.
Primera.-Características de la vacante convocada.
Denominación: Orientador/a laboral
Clasificación: Personal laboral fijo. Subgrupo A2. Jornada completa
Funciones:
Responsabilidades generales:
Realizará las funciones y actividades competencia de su titulación y especialidad profesional, o bien de su formación teórico-práctica y propias de su servicio, respetando el código deontológico, de ser el caso, tales cómo:
-Cumplimiento de la normativa e instrucciones del superior en relación a la prevención de riesgos.
-Orientar e informar a demandantes de empleo sobre su perfil profesional.
-Actualizar el currículo vitae de cada demandante.
-Impulsar la oferta formativa existente, asesorando sobre los cursos de Formación Ocupacional.
-Realización de un itinerario de inserción laboral: analizando sus capacidades y creando su itinerario profesional.
-Compatibilizar la demanda de cada persona con la oferta existente.
-Ofrecer información que permita conocer al demandante su nivel de cualificación y empleabilidad en función del mercado laboral.
-Planificación de la busca activa de empleo.
-Mantener el reciclaje continuo en los conocimientos y procedimientos necesarios para realizar las funciones del puesto de manera eficiente, dentro de los medios que la Administración disponga.
-Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación con sus sistemas y procesos de trabajo.
-En general, cualquier otra función de análoga naturaleza que le sea encomendada por su superior jerárquico, en relación con el servicio y con su categoría.
Responsabilidades específicas:
- Prestar orientación profesional a todos los demandantes que lo soliciten el fin de establecer en cada caso su proyecto personal y profesional y poner a su disposición todos los recursos necesarios para su consecución.
Segunda.–Requisitos específicos de las personas aspirantes.
Además de los establecidos en las bases generales, las personas aspirantes deberán acreditar que reúnen los siguientes requisitos específicos :
1.-Titulación: Estar en posesión de las titulaciones de ingeniería técnica, diplomatura universitaria, arquitectura técnica o equivalente. Al mismo tiempo se considera equivalente al título de diplomado universitario tener superados tres cursos completos de licenciatura.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación, expedida por el Organismo competente.
2.- Estar en posesión del nivel de CELGA 4, o equivalente.
Tercera.-Documentación y plazo de presentación de las solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del estrato del anuncio de la convocatoria específica en el Boletín Oficial del Estado.
La instancia solicitando participar en el proceso selectivo, según el modelo establecido en este anexo, vendrá acompañada de la siguiente documentación (original o o copia electrónica):
- DNI o documento identificativo.
-Titulación.
- Certificado de estudios de la lengua gallega (Celga 4 o equivalente).
- Certificado de discapacidad (en su caso).
- Relación numerada de los méritos de la fase de concurso en el orden que figura en las bases generales y documentación acreditativa de esos méritos ordenados según la relación.
- Justificante del pago de los derechos de examen.
BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN La CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA La PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE TÉCNICO/A MEDIO AMBIENTE, PERSONAL LABORAL FIJO, INCLUIDA EN La OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE BOIRO PARA La ESTABILIZACIÓN EXCEPCIONAL DE EMPLEO TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN, (disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público). Código del procedimiento 10/2022.
Primera.-Características de la vacante convocada.
Denominación: Técnico/a medio ambiente
Clasificación: Personal laboral fijo. Subgrupo A2. Jornada completa
Funciones:
Responsabilidades generales:
Realizará las funciones y actividades competencia de su titulación y especialidad profesional, o bien de su formación teórico-práctica y propias de su servicio, respetando el código deontológico, de ser el caso, tales cómo:
-Colaboración en el proceso de implantación del programa de Agenda 21 local (elaboración de auditorías medioambientales, diseño de planes de acción y coordinación y dinamización de foros de participación ciudadana)
-Diseño de programas de sensibilización y participación ciudadana en materia de medio ambiente.
-Asesoramiento en la elaboración de planes de gestión integral de residuos y de aguas residuales.
-Coordinación de las actuaciones ambientales municipales con otros organismos y entidades.
-Establecimiento de criterios para la planificación de zonas verdes.
-Tramitación y solicitud de subvenciones destinadas a financiar actuaciones medioambientales en el municipio.
-Diseño de campañas de educación ambiental.
-Diseño de planes y programas de prevención de la contaminación agraria e industrial.
-Elaboración de informes para la prevención de la contaminación de la contaminación atmosférica y acústica.
-Contribución a la catalogación y protección del patrimonio y espacios naturales.
-Elaboración de ordenanzas municipales en materia medioambiental.
-Implantación de sistemas de gestión medioambiental en actividades competencia del ayuntamiento (gestión de residuos, gestión de aguas residuales, alumbrado público, concesión de licencias de actividad, ...)
-Ejecutar los órdenes de trabajo que se le asignen, de acuerdo con su especialidad.
-Colaboración y relevo por necesidades del servicio en tareas asignadas a otros puestos en el departamento.
-Atender e informar al público en las materias de su competencia.
-Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación con sus sistemas y puestos de trabajo.
-Mantener el reciclaje continuo en los conocimientos y procedimientos necesarios para realizar las funciones del puesto de manera eficiente, dentro de los medios que la Administración disponga.
-Utilización de las aplicaciones informáticas correspondientes su unidad.
-Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación con sus sistemas y procesos de trabajo.
-Calesquera otras funciones y tareas de análoga naturaleza que le sean encomendadas por su superior jerárquico, dentro del ámbito de sus competencias.
Responsabilidades específicas:
- Dirigir, controlar e impulsar las actividades medioambientales del ayuntamiento. Visitas e informes sobre verquidos, residuos, ruidos y emisiones.
Segunda.–Requisitos específicos de las personas aspirantes.
Además de los establecidos en las bases generales, las personas aspirantes deberán acreditar que reúnen los siguientes requisitos específicos :
1.-Titulación: Estar en posesión de las titulaciones de ingeniería técnica, diplomatura universitaria, arquitectura técnica o equivalente. Al mismo tiempo se considera equivalente al título de diplomado universitario tener superados tres cursos completos de licenciatura.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación, expedida por el Organismo competente.
2.- Estar en posesión del nivel de CELGA 4, o equivalente.
Tercera.-Documentación y plazo de presentación de las solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del estrato del anuncio de la convocatoria específica en el Boletín Oficial del Estado.
La instancia solicitando participar en el proceso selectivo, según el modelo establecido en este anexo, vendrá acompañada de la siguiente documentación (original o o copia electrónica):
- DNI o documento identificativo.
-Titulación.
- Certificado de estudios de la lengua gallega (Celga 4 o equivalente).
- Certificado de discapacidad (en su caso).
- Relación numerada de los méritos de la fase de concurso en el orden que figura en las bases generales y documentación acreditativa de esos méritos ordenados según la relación.
- Justificante del pago de los derechos de examen.
BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN La CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA La PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE TÉCNICO/A RECURSOS HUMANOS, PERSONAL LABORAL FIJO, INCLUIDA EN La OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE BOIRO PARA La ESTABILIZACIÓN EXCEPCIONAL DE EMPLEO TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN, (disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público). Código del procedimiento 11/2022.
Primera.-Características de la vacante convocada.
Denominación: Técnico/a recursos humanos
Clasificación: Personal laboral fijo. Subgrupo A2. Jornada completa
Funciones:
Responsabilidades generales:
Realizará las funciones y actividades competencia de su titulación y especialidad profesional, o bien de su formación teórico-práctica y propias de su servicio, respetando el código deontológico, de ser el caso, tales cómo:
-Coordinar y ejecutar, bajo la supervisión de la jefatura de los planes y programas de evaluación del desempeño y promoción del personal.
-Realizar estudios y análisis para la planificación de los recursos humanos necesarios en las distintas unidades.
-Definir y desarrollar los programas de gestión de personal (absentismo, permisos, licencias, control de presencia, etc.), así como en lo referente a incidencias con repercusión retributiva.
-Participar en los pláns de convocatorias, bajo las directrices de la jefatura, para los procesos de selección y provisión de los puestos de trabajo (publicación, recepción y evaluación de solicitudes, etc.).
-Realizar la actualización del catálogo de puestos de trabajo y su evaluación.
-Diseñar, desarrollar, ejecutar y evaluar los programas de formación del personal.
-Realizar funciones de asesoramiento en las comisiones establecidas en el Acuerdo regulador, en materia de personal.
-Participar en la elaboración del anteproyecto del presupuesto en lo referente a las partidas que afecten a los planes y programas de recursos humanos.
-Realizar informes, estudios, estadísticas, etc., relativos a su servicio.
-Mantener el reciclaje continuo en los conocimientos y procedimientos necesarios para realizar las funciones del puesto de manera eficiente, dentro de los medios que la Administración disponga.
-Utilización de las aplicaciones informáticas correspondientes a su unidad.
-Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación con sus sistemas y procesos de trabajo.
-En general, cualquier otra función de análoga naturaleza que le sea encomendada por su superior jerárquico, en relación con el servicio y con su categoría.
Responsabilidades específicas:
- Asesoramiento jurídico a la corporación en los trámites de gestión y selección de personal. Elaboración de propuestas de resolución en las materias propias del área. Gestión de nóminas, seguridad social y contratación de personal. Prevención de riesgos.
Segunda.–Requisitos específicos de las personas aspirantes.
Además de los establecidos en las bases generales, las personas aspirantes deberán acreditar que reúnen los siguientes requisitos específicos :
1.-Titulación: Estar en posesión de las titulaciones de ingeniería técnica, diplomatura universitaria, arquitectura técnica o equivalente. Al mismo tiempo se considera equivalente al título de diplomado universitario tener superados tres cursos completos de licenciatura.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación, expedida por el Organismo competente.
2.- Estar en posesión del nivel de CELGA 4, o equivalente.
Tercera.-Documentación y plazo de presentación de las solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del estrato del anuncio de la convocatoria específica en el Boletín Oficial del Estado.
La instancia solicitando participar en el proceso selectivo, según el modelo establecido en este anexo, vendrá acompañada de la siguiente documentación (original o o copia electrónica):
- DNI o documento identificativo.
-Titulación.
- Certificado de estudios de la lengua gallega (Celga 4 o equivalente).
- Certificado de discapacidad (en su caso).
- Relación numerada de los méritos de la fase de concurso en el orden que figura en las bases generales y documentación acreditativa de esos méritos ordenados según la relación.
- Justificante del pago de los derechos de examen.
BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN La CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA La PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE DOS PLAZAS DE TRABAJADOR/A SOCIAL, PERSONAL LABORAL FIJO, INCLUIDA EN La OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE BOIRO PARA La ESTABILIZACIÓN EXCEPCIONAL DE EMPLEO TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN, (disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público). Código del procedimiento 12/2022.
Primera.-Características de las vacantes convocadas.
Denominación: Trabajador/a social
Clasificación: Personal laboral fijo. Subgrupo A2. Jornada completa
Funciones:
Responsabilidades generales:
Realizará las funciones y actividades competencia de su titulación y especialidad profesional, o bien de su formación teórico-práctica y propias de su servicio, respetando el código deontológico, de ser el caso, tales cómo:
-Detección, conocimiento y valoración de las necesidades sociales y recursos existentes del municipio, a través de la observación, atención de la demanda y de la investigación.
-Evaluación de problemas y derivación para la atención de los mismos hacia los distintos servicios existentes cuando así el requiera el caso.
-Ayuda a la integración de individuos, familias y grupos que lo precisen, favoreciendo soluciones de reinserción social, evitando situaciones de marginación y/o exclusión social.
-Información, asesoramiento, orientación e intervención técnica para resolución de las situaciones de necesidad y conflicto a nivel individual y colectivo.
-Promoción del desarrollo local a través de información y orientación individual y colectiva, así como apoyo a los grupos portadores de iniciativas, negociación con empresarios, y todas las acciones que conlleven la incentivación socioeconómica del municipio.
-Promoción de la toma de conciencia por las comunidades e individuos de sus problemas, facilitándole la partición en las tareas comunitarias, impulsando el asociacionismo y fomentando actitudes y conciencia solidaria.
-Planificación y programación de los recursos y servicios necesarios para atender los problemas y necesidades detectados.
-Gestión y tramitación administrativa de recursos y prestaciones.
-Colaborar con sus superiores jerárquicos en la elaboración y desarrollo de programas de bienestar social.
-Mantener el reciclaje continuo en los conocimientos y procedimientos necesarios para realizar las funciones del puesto de manera eficiente, dentro de los medios que la Administración disponga.
-Utilización de las aplicaciones informáticas correspondientes su unidad.
-Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación con sus sistemas y procesos de trabajo.
-Calesquera otras funciones y tareas de análoga naturaleza que le sean encomendadas por su superior jerárquico dentro del ámbito de sus competencias.
Responsabilidades específicas:
- Informar, orientar y asesorar, así como valorar las demandas sociales, estableciendo áreas y objetivos de intervención individual o colectiva. Programas de familia y convivencia. Coordinar equipos de trabajo.
Segunda.–Requisitos específicos de las personas aspirantes.
Además de los establecidos en las bases generales, las personas aspirantes deberán acreditar que reúnen los siguientes requisitos específicos :
1.-Titulación: Estar en posesión del título de Grado de Trabajo Social o Diplomado/a en Trabajo Social, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.
2.- Carné de conducir: Dado que entre las tareas o funciones atribuidas a los Trabajadores/las sociales se incluye la realización de visitas domiciliarias y realizar seguimiento de casos, las personas aspirantes deberán estar en posesión de carné de conducir B1.
3.- Estar en posesión del nivel de CELGA 4, o equivalente.
Tercera.-Documentación y plazo de presentación de las solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del estrato del anuncio de la convocatoria específica en el Boletín Oficial del Estado.
La instancia solicitando participar en el proceso selectivo, según el modelo establecido en este anexo, vendrá acompañada de la siguiente documentación (original o o copia electrónica):
- DNI o documento identificativo.
-Titulación.
- Certificado de estudios de la lengua gallega (Celga 4 o equivalente).
- Certificado de discapacidad (en su caso).
- Relación numerada de los méritos de la fase de concurso en el orden que figura en las bases generales y documentación acreditativa de esos méritos ordenados según la relación.
- Justificante del pago de los derechos de examen.
BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN La CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA La PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE ADMINISTRATIVO/A, PERSONAL LABORAL FIJO, INCLUIDA EN La OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE BOIRO PARA La ESTABILIZACIÓN EXCEPCIONAL DE EMPLEO TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN, (disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público). Código del procedimiento 13/2022.
Primera.-Características de la vacante convocada.
Denominación: Administrativo/a
Clasificación: Personal laboral fijo. Subgrupo C1. Jornada completa
Funciones:
Realizará las funciones y actividades competencia de su titulación y especialidad profesional, o bien de su formación teórico-práctica y propias de su servicio, respetando el código deontológico, de ser el caso, tales cómo:
-Tramitación de expedientes y procesos administrativos, planteamiento de diligencias, actas, providencias, comparecencias y oficios de mero trámite, planteamiento de requerimientos, citaciones, notificaciones y comunicaciones; extracto, cotejo y compulsa de documentos y extensión de las oportunas diligencias y actos administrativos de análoga naturaleza.
-Gestión de los procesos de trabajo de carácter administrativo, económico y contable, bajo la dirección de los respectivos superiores o en base las directrices señaladas por los mismos con carácter general.
-Confección y manejo de ficheros, comprobación de direcciones, etc.
-Manejo de máquinas de registrar, copiar, reproducir, microfilmar, clasificar, encuadernar, cortar, destruir, sellar, ensobrar, expedir, etc.
-Informe de expedientes administrativos cuándo por su naturaleza no estén atribuidos a un jefe de negociado o a un técnico.
-Efectuar las gestiones necesarias para resolver las cuestiones que se presenten o encarguen en su ámbito competencial utilizando el medio procedente en cada caso (documental, telefónico, electrónico, personal).
-Cooperar con su jefatura inmediata en la supervisión y coordinación de trabajos desenvueltos por el personal subordinado.
-Operaciones, en su caso, de caja y manejo de fondos.
-Control de expedientes y procesos.
-Redacción y transcripción de informes y propuestas, actas, oficios, etc.
-Recoger, registrar y distribuir la correspondencia y documentación de entrada en el servicio, así como a de salida.
-Colaboración en la racionalización de estructuras y sistemas de trabajo en la formalización y simplificación de expedientes, procesos e impresos.
-Mantener el reciclaje continuo en los conocimientos y procedimientos necesarios para realizar las funciones del puesto de manera eficiente, dentro de los medios que la Administración disponga.
-Información, atención y despacho con el público en relación con las materias competencia del órgano de adscripción.
-Utilización de la aplicación informática correspondiente a cada unidad, y más especialmente los paquetes ofimáticos estándar (tratamiento de textos, hoja de cálculo, base de datos, etc).
-Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación con los sistemas y procesos de trabajo.
-En general, cualquier otra función de análoga naturaleza que le sea encomendada por su superior jerárquico, en relación con el servicio y con su categoría.
Responsabilidades específicas:
- Atención a la biblioteca. Colaboración en la impartición de clases para la formación de adultos. Colaboración en las actividades de animación sociocultural. Atención al público y mantenimiento básico de la página WEB
Segunda.–Requisitos específicos de las personas aspirantes.
Además de los establecidos en las bases generales, las personas aspirantes deberán acreditar que reúnen los siguientes requisitos específicos :
1.-Titulación: estar en posesión o en condiciones de obtener el título de bachiller o técnico. Asimismo, se observará el establecido en el Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de graduado en educación secundaria obligatoria y de bachillerato regulados en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada mediante el Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.
A los efectos de esta convocatoria, el término de equivalente se entenderá referido exclusivamente a las titulaciones que, a consecuencia de la implantación de nuevos estudios adaptados a las sucesivas reformas educativas, vinieron a sustituir las titulaciones extinguidas.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente validación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación del título. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que obtuvieran el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
2.- Estar en posesión del nivel de CELGA 4, o equivalente.
Tercera.-Documentación y plazo de presentación de las solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del estrato del anuncio de la convocatoria específica en el Boletín Oficial del Estado.
La instancia solicitando participar en el proceso selectivo, según el modelo establecido en este anexo, vendrá acompañada de la siguiente documentación (original o o copia electrónica):
- DNI o documento identificativo.
-Titulación.
- Certificado de estudios de la lengua gallega (Celga 4 o equivalente).
- Certificado de discapacidad (en su caso).
- Relación numerada de los méritos de la fase de concurso en el orden que figura en las bases generales y documentación acreditativa de esos méritos ordenados según la relación.
- Justificante del pago de los derechos de examen.
BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN La CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA La PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE ADMINISTRATIVO/A CATASTRO, PERSONAL LABORAL FIJO, INCLUIDA EN La OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE BOIRO PARA La ESTABILIZACIÓN EXCEPCIONAL DE EMPLEO TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN, (disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público). Código del procedimiento 14/2022.
Primera.-Características de la vacante convocada.
Denominación: Administrativo/a catastro
Clasificación: Personal laboral fijo. Subgrupo C1. Jornada completa
Funciones:
Realizará las funciones y actividades competencia de su titulación y especialidad profesional, o bien de su formación teórico-práctica y propias de su servicio, respetando el código deontológico, de ser el caso, tales cómo:
-Tramitación de expedientes y procesos administrativos, planteamiento de diligencias, actas, providencias, comparecencias y oficios de mero trámite, planteamiento de requerimientos, citaciones, notificaciones y comunicaciones; extracto, cotejo y compulsa de documentos y extensión de las oportunas diligencias y actos administrativos de análoga naturaleza.
-Gestión de los procesos de trabajo de carácter administrativo, económico y contable, bajo la dirección de los respectivos superiores o en base las directrices señaladas por los mismos con carácter general.
-Confección y manejo de ficheros, comprobación de direcciones, etc.
-Manejo de máquinas de registrar, copiar, reproducir, microfilmar, clasificar, encuadernar, cortar, destruir, sellar, ensobrar, expedir, etc.
-Informe de expedientes administrativos cuándo por su naturaleza no estén atribuidos a un jefe de negociado o a un técnico.
-Efectuar las gestiones necesarias para resolver las cuestiones que se presenten o encarguen en su ámbito competencial utilizando el medio procedente en cada caso (documental, telefónico, electrónico, personal).
-Cooperar con su jefatura inmediata en la supervisión y coordinación de trabajos desenvueltos por el personal subordinado.
-Operaciones, en su caso, de caja y manejo de fondos.
-Control de expedientes y procesos.
-Redacción y transcripción de informes y propuestas, actas, oficios, etc.
-Recoger, registrar y distribuir la correspondencia y documentación de entrada en el servicio, así como a de salida.
-Colaboración en la racionalización de estructuras y sistemas de trabajo en la formalización y simplificación de expedientes, procesos e impresos.
-Mantener el reciclaje continuo en los conocimientos y procedimientos necesarios para realizar las funciones del puesto de manera eficiente, dentro de los medios que la Administración disponga.
-Información, atención y despacho con el público en relación con las materias competencia del órgano de adscripción.
-Utilización de la aplicación informática correspondiente a cada unidad, y más especialmente los paquetes ofimáticos estándar (tratamiento de textos, hoja de cálculo, base de datos, etc).
-Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación con los sistemas y procesos de trabajo.
-En general, cualquier otra función de análoga naturaleza que le sea encomendada por su superior jerárquico, en relación con el servicio y con su categoría.
Responsabilidades específicas:
- Atención al público y elaborar y controlar los expedientes de catastro y plusvalía. Tramitación expedientes de recaudación voluntaria y ejecutiva.
Segunda.–Requisitos específicos de las personas aspirantes.
Además de los establecidos en las bases generales, las personas aspirantes deberán acreditar que reúnen los siguientes requisitos específicos :
1.-Titulación: estar en posesión o en condiciones de obtener el título de bachiller o técnico. Asimismo, se observará el establecido en el Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de graduado en educación secundaria obligatoria y de bachillerato regulados en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada mediante el Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.
A los efectos de esta convocatoria, el término de equivalente se entenderá referido exclusivamente a las titulaciones que, a consecuencia de la implantación de nuevos estudios adaptados a las sucesivas reformas educativas, vinieron a sustituir las titulaciones extinguidas.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente validación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación del título. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que obtuvieran el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
2.- Estar en posesión del nivel de CELGA 4, o equivalente.
Tercera.-Documentación y plazo de presentación de las solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del estrato del anuncio de la convocatoria específica en el Boletín Oficial del Estado.
La instancia solicitando participar en el proceso selectivo, según el modelo establecido en este anexo, vendrá acompañada de la siguiente documentación (original o o copia electrónica):
- DNI o documento identificativo.
-Titulación.
- Certificado de estudios de la lengua gallega (Celga 4 o equivalente).
- Certificado de discapacidad (en su caso).
- Relación numerada de los méritos de la fase de concurso en el orden que figura en las bases generales y documentación acreditativa de esos méritos ordenados según la relación.
- Justificante del pago de los derechos de examen.
BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN La CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA La PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE ADMINISTRATIVO/La FE PÚBLICA, PERSONAL LABORAL FIJO, INCLUIDA EN La OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE BOIRO PARA La ESTABILIZACIÓN EXCEPCIONAL DE EMPLEO TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN, (disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público). Código del procedimiento 15/2022.
Primera.-Características de la vacante convocada.
Denominación: Administrativo/la fe pública
Clasificación: Personal laboral fijo. Subgrupo C1. Jornada completa
Funciones:
Responsabilidades generales:
Realizará las funciones y actividades competencia de su titulación y especialidad profesional, o bien de su formación teórico-práctica y propias de su servicio, respetando el código deontológico, de ser el caso, tales cómo:
-Tramitación de expedientes y procesos administrativos, planteamiento de diligencias, actas, providencias, comparecencias y oficios de mero trámite, planteamiento de requerimientos, citaciones, notificaciones y comunicaciones; extracto, cotejo y compulsa de documentos y extensión de las oportunas diligencias y actos administrativos de análoga naturaleza.
-Gestión de los procesos de trabajo de carácter administrativo, económico y contable, bajo la dirección de los respectivos superiores o en base las directrices señaladas por los mismos con carácter general.
-Confección y manejo de ficheros, comprobación de direcciones, etc.
-Manejo de máquinas de registrar, copiar, reproducir, microfilmar, clasificar, encuadernar, cortar, destruir, sellar, ensobrar, expedir, etc.
-Informe de expedientes administrativos cuándo por su naturaleza no estén atribuidos a un jefe de negociado o a un técnico.
-Efectuar las gestiones necesarias para resolver las cuestiones que se presenten o encarguen en su ámbito competencial utilizando el medio procedente en cada caso (documental, telefónico, electrónico, personal).
-Cooperar con su jefatura inmediata en la supervisión y coordinación de trabajos desenvueltos por el personal subordinado.
-Operaciones, en su caso, de caja y manejo de fondos.
-Control de expedientes y procesos.
-Redacción y transcripción de informes y propuestas, actas, oficios, etc.
-Recoger, registrar y distribuir la correspondencia y documentación de entrada en el servicio, así como a de salida.
-Colaboración en la racionalización de estructuras y sistemas de trabajo en la formalización y simplificación de expedientes, procesos e impresos.
-Mantener el reciclaje continuo en los conocimientos y procedimientos necesarios para realizar las funciones del puesto de manera eficiente, dentro de los medios que la Administración disponga.
-Información, atención y despacho con el público en relación con las materias competencia del órgano de adscripción.
-Utilización de la aplicación informática correspondiente a cada unidad, y más especialmente los paquetes ofimáticos estándar (tratamiento de textos, hoja de cálculo, base de datos, etc).
-Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación con los sistemas y procesos de trabajo.
-En general, cualquier otra función de análoga naturaleza que le sea encomendada por su superior jerárquico, en relación con el servicio y con su categoría.
Responsabilidades específicas:
- Transcripciones Pleno. Notificaciones de los acuerdos de los órganos de gobierno. Certificados de padrones municipales y de edictos. Seguimiento y tramitación de subvenciones.
Segunda.–Requisitos específicos de las personas aspirantes.
Además de los establecidos en las bases generales, las personas aspirantes deberán acreditar que reúnen los siguientes requisitos específicos :
1.-Titulación: estar en posesión o en condiciones de obtener el título de bachiller o técnico. Asimismo, se observará el establecido en el Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de graduado en educación secundaria obligatoria y de bachillerato regulados en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada mediante el Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.
A los efectos de esta convocatoria, el término de equivalente se entenderá referido exclusivamente a las titulaciones que, a consecuencia de la implantación de nuevos estudios adaptados a las sucesivas reformas educativas, vinieron a sustituir las titulaciones extinguidas.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente validación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación del título. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que obtuvieran el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
2.- Estar en posesión del nivel de CELGA 4, o equivalente.
Tercera.-Documentación y plazo de presentación de las solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del estrato del anuncio de la convocatoria específica en el Boletín Oficial del Estado.
La instancia solicitando participar en el proceso selectivo, según el modelo establecido en este anexo, vendrá acompañada de la siguiente documentación (original o o copia electrónica):
- DNI o documento identificativo.
-Titulación.
- Certificado de estudios de la lengua gallega (Celga 4 o equivalente).
- Certificado de discapacidad (en su caso).
- Relación numerada de los méritos de la fase de concurso en el orden que figura en las bases generales y documentación acreditativa de esos méritos ordenados según la relación.
- Justificante del pago de los derechos de examen.
BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN La CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA La PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE ADMINISTRATIVO/La INTERVENCIÓN, PERSONAL LABORAL FIJO, INCLUIDA EN La OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE BOIRO PARA La ESTABILIZACIÓN EXCEPCIONAL DE EMPLEO TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN, (disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público). Código del procedimiento 16/2022.
Primera.-Características de la vacante convocada.
Denominación: Administrativo/la intervención.
Clasificación: Personal laboral fijo. Subgrupo C1. Jornada completa
Funciones:
Responsabilidades generales:
Realizará las funciones y actividades competencia de su titulación y especialidad profesional, o bien de su formación teórico-práctica y propias de su servicio, respetando el código deontológico, de ser el caso, tales cómo:
-Tramitación de expedientes y procesos administrativos, planteamiento de diligencias, actas, providencias, comparecencias y oficios de mero trámite, planteamiento de requerimientos, citaciones, notificaciones y comunicaciones; extracto, cotejo y compulsa de documentos y extensión de las oportunas diligencias y actos administrativos de análoga naturaleza.
-Gestión de los procesos de trabajo de carácter administrativo, económico y contable, bajo la dirección de los respectivos superiores o en base las directrices señaladas por los mismos con carácter general.
-Confección y manejo de ficheros, comprobación de direcciones, etc.
-Manejo de máquinas de registrar, copiar, reproducir, microfilmar, clasificar, encuadernar, cortar, destruir, sellar, ensobrar, expedir, etc.
-Informe de expedientes administrativos cuándo por su naturaleza no estén atribuidos a un jefe de negociado o a un técnico.
-Efectuar las gestiones necesarias para resolver las cuestiones que se presenten o encarguen en su ámbito competencial utilizando el medio procedente en cada caso (documental, telefónico, electrónico, personal).
-Cooperar con su jefatura inmediata en la supervisión y coordinación de trabajos desenvueltos por el personal subordinado.
-Operaciones, en su caso, de caja y manejo de fondos.
-Control de expedientes y procesos.
-Redacción y transcripción de informes y propuestas, actas, oficios, etc.
-Recoger, registrar y distribuir la correspondencia y documentación de entrada en el servicio, así como a de salida.
-Colaboración en la racionalización de estructuras y sistemas de trabajo en la formalización y simplificación de expedientes, procesos e impresos.
-Mantener el reciclaje continuo en los conocimientos y procedimientos necesarios para realizar las funciones del puesto de manera eficiente, dentro de los medios que la Administración disponga.
-Información, atención y despacho con el público en relación con las materias competencia del órgano de adscripción.
-Utilización de la aplicación informática correspondiente a cada unidad, y más especialmente los paquetes ofimáticos estándar (tratamiento de textos, hoja de cálculo, base de datos, etc).
-Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación con los sistemas y procesos de trabajo.
-En general, cualquier otra función de análoga naturaleza que le sea encomendada por su superior jerárquico, en relación con el servicio y con su categoría.
Responsabilidades específicas:
- Realizar labores de registro, tramitación y contabilidad de facturas. Atención al público.
Segunda.–Requisitos específicos de las personas aspirantes.
Además de los establecidos en las bases generales, las personas aspirantes deberán acreditar que reúnen los siguientes requisitos específicos :
1.-Titulación: estar en posesión o en condiciones de obtener el título de bachiller o técnico. Asimismo, se observará el establecido en el Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de graduado en educación secundaria obligatoria y de bachillerato regulados en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada mediante el Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.
A los efectos de esta convocatoria, el término de equivalente se entenderá referido exclusivamente a las titulaciones que, a consecuencia de la implantación de nuevos estudios adaptados a las sucesivas reformas educativas, vinieron a sustituir las titulaciones extinguidas.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente validación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación del título. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que obtuvieran el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
2.- Estar en posesión del nivel de CELGA 4, o equivalente.
Tercera.-Documentación y plazo de presentación de las solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del estrato del anuncio de la convocatoria específica en el Boletín Oficial del Estado.
La instancia solicitando participar en el proceso selectivo, según el modelo establecido en este anexo, vendrá acompañada de la siguiente documentación (original o o copia electrónica):
- DNI o documento identificativo.
-Titulación.
- Certificado de estudios de la lengua gallega (Celga 4 o equivalente).
- Certificado de discapacidad (en su caso).
- Relación numerada de los méritos de la fase de concurso en el orden que figura en las bases generales y documentación acreditativa de esos méritos ordenados según la relación.
- Justificante del pago de los derechos de examen.
BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN La CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA La PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE ADMINISTRATIVO/La RECAUDACIÓN, PERSONAL LABORAL FIJO, INCLUIDA EN La OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE BOIRO PARA La ESTABILIZACIÓN EXCEPCIONAL DE EMPLEO TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN, (disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público). Código del procedimiento 17/2022.
Primera.-Características de la vacante convocada.
Denominación: Administrativo/la recaudación.
Clasificación: Personal laboral fijo. Subgrupo C1. Jornada completa
Funciones:
Responsabilidades generales:
Realizará las funciones y actividades competencia de su titulación y especialidad profesional, o bien de su formación teórico-práctica y propias de su servicio, respetando el código deontológico, de ser el caso, tales cómo:
-Tramitación de expedientes y procesos administrativos, planteamiento de diligencias, actas, providencias, comparecencias y oficios de mero trámite, planteamiento de requerimientos, citaciones, notificaciones y comunicaciones; extracto, cotejo y compulsa de documentos y extensión de las oportunas diligencias y actos administrativos de análoga naturaleza.
-Gestión de los procesos de trabajo de carácter administrativo, económico y contable, bajo la dirección de los respectivos superiores o en base las directrices señaladas por los mismos con carácter general.
-Confección y manejo de ficheros, comprobación de direcciones, etc.
-Manejo de máquinas de registrar, copiar, reproducir, microfilmar, clasificar, encuadernar, cortar, destruir, sellar, ensobrar, expedir, etc.
-Informe de expedientes administrativos cuándo por su naturaleza no estén atribuidos a un jefe de negociado o a un técnico.
-Efectuar las gestiones necesarias para resolver las cuestiones que se presenten o encarguen en su ámbito competencial utilizando el medio procedente en cada caso (documental, telefónico, electrónico, personal).
-Cooperar con su jefatura inmediata en la supervisión y coordinación de trabajos desenvueltos por el personal subordinado.
-Operaciones, en su caso, de caja y manejo de fondos.
-Control de expedientes y procesos.
-Redacción y transcripción de informes y propuestas, actas, oficios, etc.
-Recoger, registrar y distribuir la correspondencia y documentación de entrada en el servicio, así como a de salida.
-Colaboración en la racionalización de estructuras y sistemas de trabajo en la formalización y simplificación de expedientes, procesos e impresos.
-Mantener el reciclaje continuo en los conocimientos y procedimientos necesarios para realizar las funciones del puesto de manera eficiente, dentro de los medios que la Administración disponga.
-Información, atención y despacho con el público en relación con las materias competencia del órgano de adscripción.
-Utilización de la aplicación informática correspondiente a cada unidad, y más especialmente los paquetes ofimáticos estándar (tratamiento de textos, hoja de cálculo, base de datos, etc).
-Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación con los sistemas y procesos de trabajo.
-En general, cualquier otra función de análoga naturaleza que le sea encomendada por su superior jerárquico, en relación con el servicio y con su categoría.
Responsabilidades específicas:
- Atención al público y elaborar y controlar los expedientes de recaudación voluntaria y ejecutiva.
Segunda.–Requisitos específicos de las personas aspirantes.
Además de los establecidos en las bases generales, las personas aspirantes deberán acreditar que reúnen los siguientes requisitos específicos :
1.-Titulación: estar en posesión o en condiciones de obtener el título de bachiller o técnico. Asimismo, se observará el establecido en el Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de graduado en educación secundaria obligatoria y de bachillerato regulados en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada mediante el Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.
A los efectos de esta convocatoria, el término de equivalente se entenderá referido exclusivamente a las titulaciones que, a consecuencia de la implantación de nuevos estudios adaptados a las sucesivas reformas educativas, vinieron a sustituir las titulaciones extinguidas.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente validación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación del título. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que obtuvieran el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
2.- Estar en posesión del nivel de CELGA 4, o equivalente.
Tercera.-Documentación y plazo de presentación de las solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del estrato del anuncio de la convocatoria específica en el Boletín Oficial del Estado.
La instancia solicitando participar en el proceso selectivo, según el modelo establecido en este anexo, vendrá acompañada de la siguiente documentación (original o o copia electrónica):
- DNI o documento identificativo.
-Titulación.
- Certificado de estudios de la lengua gallega (Celga 4 o equivalente).
- Certificado de discapacidad (en su caso).
- Relación numerada de los méritos de la fase de concurso en el orden que figura en las bases generales y documentación acreditativa de esos méritos ordenados según la relación.
- Justificante del pago de los derechos de examen.
BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN La CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA La PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE ADMINISTRATIVO/A RRHH, PERSONAL LABORAL FIJO, INCLUIDA EN La OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE BOIRO PARA La ESTABILIZACIÓN EXCEPCIONAL DE EMPLEO TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN, (disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público). Código del procedimiento 18/2022.
Primera.-Características de la vacante convocada.
Denominación: Administrativo/a RRHH.
Clasificación: Personal laboral fijo. Subgrupo C1. Jornada completa
Funciones:
Responsabilidades generales:
Realizará las funciones y actividades competencia de su titulación y especialidad profesional, o bien de su formación teórico-práctica y propias de su servicio, respetando el código deontológico, de ser el caso, tales cómo:
-Tramitación de expedientes y procesos administrativos, planteamiento de diligencias, actas, providencias, comparecencias y oficios de mero trámite, planteamiento de requerimientos, citaciones, notificaciones y comunicaciones; extracto, cotejo y compulsa de documentos y extensión de las oportunas diligencias y actos administrativos de análoga naturaleza.
-Gestión de los procesos de trabajo de carácter administrativo, económico y contable, bajo la dirección de los respectivos superiores o en base las directrices señaladas por los mismos con carácter general.
-Confección y manejo de ficheros, comprobación de direcciones, etc.
-Manejo de máquinas de registrar, copiar, reproducir, microfilmar, clasificar, encuadernar, cortar, destruir, sellar, ensobrar, expedir, etc.
-Informe de expedientes administrativos cuándo por su naturaleza no estén atribuidos a un jefe de negociado o a un técnico.
-Efectuar las gestiones necesarias para resolver las cuestiones que se presenten o encarguen en su ámbito competencial utilizando el medio procedente en cada caso (documental, telefónico, electrónico, personal).
-Cooperar con su jefatura inmediata en la supervisión y coordinación de trabajos desenvueltos por el personal subordinado.
-Operaciones, en su caso, de caja y manejo de fondos.
-Control de expedientes y procesos.
-Redacción y transcripción de informes y propuestas, actas, oficios, etc.
-Recoger, registrar y distribuir la correspondencia y documentación de entrada en el servicio, así como a de salida.
-Colaboración en la racionalización de estructuras y sistemas de trabajo en la formalización y simplificación de expedientes, procesos e impresos.
-Mantener el reciclaje continuo en los conocimientos y procedimientos necesarios para realizar las funciones del puesto de manera eficiente, dentro de los medios que la Administración disponga.
-Información, atención y despacho con el público en relación con las materias competencia del órgano de adscripción.
-Utilización de la aplicación informática correspondiente a cada unidad, y más especialmente los paquetes ofimáticos estándar (tratamiento de textos, hoja de cálculo, base de datos, etc).
-Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación con los sistemas y procesos de trabajo.
-En general, cualquier otra función de análoga naturaleza que le sea encomendada por su superior jerárquico, en relación con el servicio y con su categoría.
Responsabilidades específicas:
- Gestionar el programa informático de control de asistencia del personal municipal. Tareas administrativas del dpto. de personal
Segunda.–Requisitos específicos de las personas aspirantes.
Además de los establecidos en las bases generales, las personas aspirantes deberán acreditar que reúnen los siguientes requisitos específicos :
1.-Titulación: estar en posesión o en condiciones de obtener el título de bachiller o técnico. Asimismo, se observará el establecido en el Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de graduado en educación secundaria obligatoria y de bachillerato regulados en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada mediante el Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.
A los efectos de esta convocatoria, el término de equivalente se entenderá referido exclusivamente a las titulaciones que, a consecuencia de la implantación de nuevos estudios adaptados a las sucesivas reformas educativas, vinieron a sustituir las titulaciones extinguidas.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente validación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación del título. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que obtuvieran el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
2.- Estar en posesión del nivel de CELGA 4, o equivalente.
Tercera.-Documentación y plazo de presentación de las solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del estrato del anuncio de la convocatoria específica en el Boletín Oficial del Estado.
La instancia solicitando participar en el proceso selectivo, según el modelo establecido en este anexo, vendrá acompañada de la siguiente documentación (original o o copia electrónica):
- DNI o documento identificativo.
-Titulación.
- Certificado de estudios de la lengua gallega (Celga 4 o equivalente).
- Certificado de discapacidad (en su caso).
- Relación numerada de los méritos de la fase de concurso en el orden que figura en las bases generales y documentación acreditativa de esos méritos ordenados según la relación.
- Justificante del pago de los derechos de examen.
BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN La CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA La PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE ADMINISTRATIVO/A SERVICIOS SOCIALES, PERSONAL LABORAL FIJO, INCLUIDA EN La OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE BOIRO PARA La ESTABILIZACIÓN EXCEPCIONAL DE EMPLEO TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN, (disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público). Código del procedimiento 19/2022.
Primera.-Características de la vacante convocada.
Denominación: Administrativo/a servicios sociales.
Clasificación: Personal laboral fijo. Subgrupo C1. Jornada completa
Funciones:
Responsabilidades generales:
Realizará las funciones y actividades competencia de su titulación y especialidad profesional, o bien de su formación teórico-práctica y propias de su servicio, respetando el código deontológico, de ser el caso, tales cómo:
-Tramitación de expedientes y procesos administrativos, planteamiento de diligencias, actas, providencias, comparecencias y oficios de mero trámite, planteamiento de requerimientos, citaciones, notificaciones y comunicaciones; extracto, cotejo y compulsa de documentos y extensión de las oportunas diligencias y actos administrativos de análoga naturaleza.
-Gestión de los procesos de trabajo de carácter administrativo, económico y contable, bajo la dirección de los respectivos superiores o en base las directrices señaladas por los mismos con carácter general.
-Confección y manejo de ficheros, comprobación de direcciones, etc.
-Manejo de máquinas de registrar, copiar, reproducir, microfilmar, clasificar, encuadernar, cortar, destruir, sellar, ensobrar, expedir, etc.
-Informe de expedientes administrativos cuándo por su naturaleza no estén atribuidos a un jefe de negociado o a un técnico.
-Efectuar las gestiones necesarias para resolver las cuestiones que se presenten o encarguen en su ámbito competencial utilizando el medio procedente en cada caso (documental, telefónico, electrónico, personal).
-Cooperar con su jefatura inmediata en la supervisión y coordinación de trabajos desenvueltos por el personal subordinado.
-Operaciones, en su caso, de caja y manejo de fondos.
-Control de expedientes y procesos.
-Redacción y transcripción de informes y propuestas, actas, oficios, etc.
-Recoger, registrar y distribuir la correspondencia y documentación de entrada en el servicio, así como a de salida.
-Colaboración en la racionalización de estructuras y sistemas de trabajo en la formalización y simplificación de expedientes, procesos e impresos.
-Mantener el reciclaje continuo en los conocimientos y procedimientos necesarios para realizar las funciones del puesto de manera eficiente, dentro de los medios que la Administración disponga.
-Información, atención y despacho con el público en relación con las materias competencia del órgano de adscripción.
-Utilización de la aplicación informática correspondiente a cada unidad, y más especialmente los paquetes ofimáticos estándar (tratamiento de textos, hoja de cálculo, base de datos, etc).
-Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación con los sistemas y procesos de trabajo.
-En general, cualquier otra función de análoga naturaleza que le sea encomendada por su superior jerárquico, en relación con el servicio y con su categoría.
Responsabilidades específicas:
- Prestar apoyo administrativo para el correcto funcionamiento del área de servicios sociales.
Segunda.–Requisitos específicos de las personas aspirantes.
Además de los establecidos en las bases generales, las personas aspirantes deberán acreditar que reúnen los siguientes requisitos específicos :
1.-Titulación: estar en posesión o en condiciones de obtener el título de bachiller o técnico. Asimismo, se observará el establecido en el Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de graduado en educación secundaria obligatoria y de bachillerato regulados en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada mediante el Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.
A los efectos de esta convocatoria, el término de equivalente se entenderá referido exclusivamente a las titulaciones que, a consecuencia de la implantación de nuevos estudios adaptados a las sucesivas reformas educativas, vinieron a sustituir las titulaciones extinguidas.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente validación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación del título. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que obtuvieran el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
2.- Estar en posesión del nivel de CELGA 4, o equivalente.
Tercera.-Documentación y plazo de presentación de las solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del estrato del anuncio de la convocatoria específica en el Boletín Oficial del Estado.
La instancia solicitando participar en el proceso selectivo, según el modelo establecido en este anexo, vendrá acompañada de la siguiente documentación (original o o copia electrónica):
- DNI o documento identificativo.
-Titulación.
- Certificado de estudios de la lengua gallega (Celga 4 o equivalente).
- Certificado de discapacidad (en su caso).
- Relación numerada de los méritos de la fase de concurso en el orden que figura en las bases generales y documentación acreditativa de esos méritos ordenados según la relación.
- Justificante del pago de los derechos de examen.
BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN La CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA La PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE ADMINISTRATIVO/A TURISMO, PERSONAL LABORAL FIJO, INCLUIDA EN La OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE BOIRO PARA La ESTABILIZACIÓN EXCEPCIONAL DE EMPLEO TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN, (disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público). Código del procedimiento 20/2022.
Primera.-Características de la vacante convocada.
Denominación: Administrativo/a turismo.
Clasificación: Personal laboral fijo. Subgrupo C1. Jornada completa
Funciones:
Responsabilidades generales:
Realizará las funciones y actividades competencia de su titulación y especialidad profesional, o bien de su formación teórico-práctica y propias de su servicio, respetando el código deontológico, de ser el caso, tales cómo:
-Tramitación de expedientes y procesos administrativos, planteamiento de diligencias, actas, providencias, comparecencias y oficios de mero trámite, planteamiento de requerimientos, citaciones, notificaciones y comunicaciones; extracto, cotejo y compulsa de documentos y extensión de las oportunas diligencias y actos administrativos de análoga naturaleza.
-Gestión de los procesos de trabajo de carácter administrativo, económico y contable, bajo la dirección de los respectivos superiores o en base las directrices señaladas por los mismos con carácter general.
-Confección y manejo de ficheros, comprobación de direcciones, etc.
-Manejo de máquinas de registrar, copiar, reproducir, microfilmar, clasificar, encuadernar, cortar, destruir, sellar, ensobrar, expedir, etc.
-Informe de expedientes administrativos cuándo por su naturaleza no estén atribuidos a un jefe de negociado o a un técnico.
-Efectuar las gestiones necesarias para resolver las cuestiones que se presenten o encarguen en su ámbito competencial utilizando el medio procedente en cada caso (documental, telefónico, electrónico, personal).
-Cooperar con su jefatura inmediata en la supervisión y coordinación de trabajos desenvueltos por el personal subordinado.
-Operaciones, en su caso, de caja y manejo de fondos.
-Control de expedientes y procesos.
-Redacción y transcripción de informes y propuestas, actas, oficios, etc.
-Recoger, registrar y distribuir la correspondencia y documentación de entrada en el servicio, así como a de salida.
-Colaboración en la racionalización de estructuras y sistemas de trabajo en la formalización y simplificación de expedientes, procesos e impresos.
-Mantener el reciclaje continuo en los conocimientos y procedimientos necesarios para realizar las funciones del puesto de manera eficiente, dentro de los medios que la Administración disponga.
-Información, atención y despacho con el público en relación con las materias competencia del órgano de adscripción.
-Utilización de la aplicación informática correspondiente a cada unidad, y más especialmente los paquetes ofimáticos estándar (tratamiento de textos, hoja de cálculo, base de datos, etc).
-Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación con los sistemas y procesos de trabajo.
-En general, cualquier otra función de análoga naturaleza que le sea encomendada por su superior jerárquico, en relación con el servicio y con su categoría.
Responsabilidades específicas:
- Atención al público en las consultas sobre turismo y apoyo administrativo al departamento de turismo.
Segunda.–Requisitos específicos de las personas aspirantes.
Además de los establecidos en las bases generales, las personas aspirantes deberán acreditar que reúnen los siguientes requisitos específicos :
1.-Titulación: estar en posesión o en condiciones de obtener el título de bachiller o técnico. Asimismo, se observará el establecido en el Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de graduado en educación secundaria obligatoria y de bachillerato regulados en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada mediante el Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.
A los efectos de esta convocatoria, el término de equivalente se entenderá referido exclusivamente a las titulaciones que, a consecuencia de la implantación de nuevos estudios adaptados a las sucesivas reformas educativas, vinieron a sustituir las titulaciones extinguidas.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente validación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación del título. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que obtuvieran el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
2.- Estar en posesión del nivel de CELGA 4, o equivalente.
Tercera.-Documentación y plazo de presentación de las solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del estrato del anuncio de la convocatoria específica en el Boletín Oficial del Estado.
La instancia solicitando participar en el proceso selectivo, según el modelo establecido en este anexo, vendrá acompañada de la siguiente documentación (original o o copia electrónica):
- DNI o documento identificativo.
-Titulación.
- Certificado de estudios de la lengua gallega (Celga 4 o equivalente).
- Certificado de discapacidad (en su caso).
- Relación numerada de los méritos de la fase de concurso en el orden que figura en las bases generales y documentación acreditativa de esos méritos ordenados según la relación.
- Justificante del pago de los derechos de examen.
BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN La CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA La PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE DOS PLAZAS DE ADMINISTRATIVO/A URBANISMO, PERSONAL LABORAL FIJO, INCLUIDA EN La OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE BOIRO PARA La ESTABILIZACIÓN EXCEPCIONAL DE EMPLEO TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN, (disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público). Código del procedimiento 21/2022.
Primera.-Características de las vacantes convocadas.
Denominación: Administrativo/a urbanismo.
Clasificación: Personal laboral fijo. Subgrupo C1. Jornada completa
Funciones:
Responsabilidades generales:
Realizará las funciones y actividades competencia de su titulación y especialidad profesional, o bien de su formación teórico-práctica y propias de su servicio, respetando el código deontológico, de ser el caso, tales cómo:
-Tramitación de expedientes y procesos administrativos, planteamiento de diligencias, actas, providencias, comparecencias y oficios de mero trámite, planteamiento de requerimientos, citaciones, notificaciones y comunicaciones; extracto, cotejo y compulsa de documentos y extensión de las oportunas diligencias y actos administrativos de análoga naturaleza.
-Gestión de los procesos de trabajo de carácter administrativo, económico y contable, bajo la dirección de los respectivos superiores o en base las directrices señaladas por los mismos con carácter general.
-Confección y manejo de ficheros, comprobación de direcciones, etc.
-Manejo de máquinas de registrar, copiar, reproducir, microfilmar, clasificar, encuadernar, cortar, destruir, sellar, ensobrar, expedir, etc.
-Informe de expedientes administrativos cuándo por su naturaleza no estén atribuidos a un jefe de negociado o a un técnico.
-Efectuar las gestiones necesarias para resolver las cuestiones que se presenten o encarguen en su ámbito competencial utilizando el medio procedente en cada caso (documental, telefónico, electrónico, personal).
-Cooperar con su jefatura inmediata en la supervisión y coordinación de trabajos desenvueltos por el personal subordinado.
-Operaciones, en su caso, de caja y manejo de fondos.
-Control de expedientes y procesos.
-Redacción y transcripción de informes y propuestas, actas, oficios, etc.
-Recoger, registrar y distribuir la correspondencia y documentación de entrada en el servicio, así como a de salida.
-Colaboración en la racionalización de estructuras y sistemas de trabajo en la formalización y simplificación de expedientes, procesos e impresos.
-Mantener el reciclaje continuo en los conocimientos y procedimientos necesarios para realizar las funciones del puesto de manera eficiente, dentro de los medios que la Administración disponga.
-Información, atención y despacho con el público en relación con las materias competencia del órgano de adscripción.
-Utilización de la aplicación informática correspondiente a cada unidad, y más especialmente los paquetes ofimáticos estándar (tratamiento de textos, hoja de cálculo, base de datos, etc).
-Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación con los sistemas y procesos de trabajo.
-En general, cualquier otra función de análoga naturaleza que le sea encomendada por su superior jerárquico, en relación con el servicio y con su categoría.
Responsabilidades específicas:
- Responsabilizarse de la tramitación administrativa completa de expedientes de urbanismo complejos. Atención al público.
Segunda.–Requisitos específicos de las personas aspirantes.
Además de los establecidos en las bases generales, las personas aspirantes deberán acreditar que reúnen los siguientes requisitos específicos :
1.-Titulación: estar en posesión o en condiciones de obtener el título de bachiller o técnico. Asimismo, se observará el establecido en el Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de graduado en educación secundaria obligatoria y de bachillerato regulados en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada mediante el Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.
A los efectos de esta convocatoria, el término de equivalente se entenderá referido exclusivamente a las titulaciones que, a consecuencia de la implantación de nuevos estudios adaptados a las sucesivas reformas educativas, vinieron a sustituir las titulaciones extinguidas.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente validación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación del título. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que obtuvieran el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
2.- Estar en posesión del nivel de CELGA 4, o equivalente.
Tercera.-Documentación y plazo de presentación de las solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del estrato del anuncio de la convocatoria específica en el Boletín Oficial del Estado.
La instancia solicitando participar en el proceso selectivo, según el modelo establecido en este anexo, vendrá acompañada de la siguiente documentación (original o o copia electrónica):
- DNI o documento identificativo.
-Titulación.
- Certificado de estudios de la lengua gallega (Celga 4 o equivalente).
- Certificado de discapacidad (en su caso).
- Relación numerada de los méritos de la fase de concurso en el orden que figura en las bases generales y documentación acreditativa de esos méritos ordenados según la relación.
- Justificante del pago de los derechos de examen.
BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN La CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA La PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE AGENTE TIC-INFORMÁTICO/A, PERSONAL LABORAL FIJO, INCLUIDA EN La OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE BOIRO PARA La ESTABILIZACIÓN EXCEPCIONAL DE EMPLEO TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN, (disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público). Código del procedimiento 22/2022.
Primera.-Características de la vacante convocada.
Denominación: Agente TIC-Informático/a.
Clasificación: Personal laboral fijo. Subgrupo C1. Jornada completa
Funciones:
Responsabilidades generales:
Realizará las funciones y actividades competencia de su titulación y especialidad profesional, o bien de su formación teórico-práctica y propias de su servicio, respetando el código deontológico, de ser el caso, tales cómo:
- La realización de tareas de alfabetización y capacitación digital de la sociedad desarrollando actividades orientadas a dotar a la población de los conocimientos y las capacidades digitales básicas para alcanzar la integración social y ofrecerles una mejor calidad de vida.
- Propuesta de iniciativas relacionadas con el desarrollo de la actividad económica, empresarial y de implantación de los servicios de la administración electrónica en las PYMES y entre los colectivos con mayores dificultades de acceso a las nuevas tecnologías de la información, proporcionándoles los medios y herramientas necesarios para que puedan formar parte activa de la Sociedad de la Información.
- Tareas de impulso de la participación, realizando actuaciones que permitan fomentar la participación y colaboración de ONG´s, asociaciones empresariales, voluntarios, etc. en el desarrollo de actividades de inclusión digital
- Gestión del aula CeMIT y programar e impartir las actividades de formación recogidas en el Plan de Formación de la Red CeMIT, concretamente los cursos de alfabetización digital.
- Apoyo al departamento de informática municipal.
-Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación con los sistemas y procesos de trabajo.
-En general, cualquier otra función de análoga naturaleza que le sea encomendada por su superior jerárquico, en relación con el servicio y con su categoría.
Segunda.–Requisitos específicos de las personas aspirantes.
Además de los establecidos en las bases generales, las personas aspirantes deberán acreditar que reúnen los siguientes requisitos específicos :
1.-Titulación: estar en posesión o en condiciones de obtener el título de técnico superior de formación profesional o FPII en la rama de informática.
A los efectos de esta convocatoria, el término de equivalente se entenderá referido exclusivamente a las titulaciones que, a consecuencia de la implantación de nuevos estudios adaptados a las sucesivas reformas educativas, vinieron a sustituir las titulaciones extinguidas.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente validación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación del título. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que obtuvieran el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
2.- Estar en posesión del nivel de CELGA 4, o equivalente.
Tercera.-Documentación y plazo de presentación de las solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del estrato del anuncio de la convocatoria específica en el Boletín Oficial del Estado.
La instancia solicitando participar en el proceso selectivo, según el modelo establecido en este anexo, vendrá acompañada de la siguiente documentación (original o o copia electrónica):
- DNI o documento identificativo.
-Titulación.
- Certificado de estudios de la lengua gallega (Celga 4 o equivalente).
- Certificado de discapacidad (en su caso).
- Relación numerada de los méritos de la fase de concurso en el orden que figura en las bases generales y documentación acreditativa de esos méritos ordenados según la relación.
- Justificante del pago de los derechos de examen.
BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN La CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA La PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE TÉCNICO/A ARQUEÓLOGO/A, PERSONAL LABORAL FIJO, INCLUIDA EN La OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE BOIRO PARA La ESTABILIZACIÓN EXCEPCIONAL DE EMPLEO TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN, (disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público). Código del procedimiento 23/2022.
Primera.-Características de la vacante convocada.
Denominación: Técnico/a arqueólogo/a.
Clasificación: Personal laboral fijo. Subgrupo C1. Jornada completa
Funciones:
Responsabilidades generales:
Realizará las funciones y actividades competencia de su titulación y especialidad profesional, o bien de su formación teórico-práctica y propias de su servicio, respetando el código deontológico, de ser el caso, tales cómo:
-Redacción de proyectos, estudios, dictámenes y trabajos técnicos propios de su especialidad.
-Comisionado de exposiciones temporales.
-Redacción de proyectos de intervención patrimonial sobre bienes arqueológicos, ejecución de los mismos, así como elaboración de resultados.
-Prestar asesoramiento sobre el patrimonio cultural municipal.
-Elaborar propuestas sobre planificación y desarrollo de actividades del servicio y previsión de necesidades.
-Diseño e impulso de programas u otras actuaciones dinamizadoras y su difusión.
-Elaboración de informes específicos, estadísticas, etc., relacionados con su servicio.
-Gestión administrativa, tramitación de subvenciones, elaboración de memorias.
-Colaborar con los superiores, coordinar los distintos cometidos del centro, atender sus necesidades, proponer mejoras e innovaciones, informar de las deficiencias en su conservación y mantenimiento, y analizar las demandas de asistencia de otros servicios municipales.
-Atender e informar al público en las materias de su competencia.
-Utilización de las aplicaciones informáticas correspondientes a su unidad.
-Realizar actividades formativas acreditadas, priorizando aquellas homologadas por entidades supramunicipales.
-Cooperar con otros organismos e instituciones de carácter museístico.
-Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación con sus sistemas y puestos de trabajo.
-Mantener el reciclaje continuo en los conocimientos y procedimientos necesarios para realizar las funciones del puesto de manera eficiente, dentro de los medios que la Administración disponga.
-Atender e informar al público en las materias de su competencia.
-Utilización de las aplicaciones informáticas correspondientes su unidad.
-Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación con sus sistemas y procesos de trabajo.
-Calesquera otras funciones y tareas de análoga naturaleza que le sean encomendadas por su superior jerárquico, dentro del ámbito de sus competencias.
Responsabilidades específicas:
- Controlar e impulsar las actividades relativas al Centro de Interpretación Arqueológica de los Castros de Neixón.
Segunda.–Requisitos específicos de las personas aspirantes.
Además de los establecidos en las bases generales, las personas aspirantes deberán acreditar que reúnen los siguientes requisitos específicos :
1.-Titulación: estar en posesión o en condiciones de obtener el título de bachiller o técnico. Asimismo, se observará el establecido en el Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de graduado en educación secundaria obligatoria y de bachillerato regulados en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada mediante el Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.
A los efectos de esta convocatoria, el término de equivalente se entenderá referido exclusivamente a las titulaciones que, a consecuencia de la implantación de nuevos estudios adaptados a las sucesivas reformas educativas, vinieron a sustituir las titulaciones extinguidas.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente validación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación del título. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que obtuvieran el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
2.- Estar en posesión del nivel de CELGA 4, o equivalente.
Tercera.-Documentación y plazo de presentación de las solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del estrato del anuncio de la convocatoria específica en el Boletín Oficial del Estado.
La instancia solicitando participar en el proceso selectivo, según el modelo establecido en este anexo, vendrá acompañada de la siguiente documentación (original o o copia electrónica):
- DNI o documento identificativo.
-Titulación.
- Certificado de estudios de la lengua gallega (Celga 4 o equivalente).
- Certificado de discapacidad (en su caso).
- Relación numerada de los méritos de la fase de concurso en el orden que figura en las bases generales y documentación acreditativa de esos méritos ordenados según la relación.
- Justificante del pago de los derechos de examen.
BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN La CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA La PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE TÉCNICO/A CULTURA (TIEMPO PARCIAL 50%), PERSONAL LABORAL FIJO, INCLUIDA EN La OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE BOIRO PARA La ESTABILIZACIÓN EXCEPCIONAL DE EMPLEO TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN, (disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público). Código de procedimiento 24/2022.
Primera.-Características de la vacante convocada.
Denominación: Técnico/a cultura.
Clasificación: Personal laboral fijo. Subgrupo C1. Tiempo parcial (50%)
Funciones:
Responsabilidades generales:
Realizará las funciones y actividades competencia de su titulación y especialidad profesional, o bien de su formación teórico-práctica y propias de su servicio, respetando el código deontológico, de ser el caso, tales cómo:
-Gestión de los procesos de trabajo de carácter administrativo, económico y contable, bajo la dirección de los respectivos superiores o en base las directrices señaladas por los mismos con carácter general.
-Confección y manejo de ficheros, comprobación de direcciones, etc.
-Manejo de máquinas de registrar, copiar, reproducir, microfilmar, clasificar, encuadernar, cortar, destruir, sellar, ensobrar, expedir, etc.
-Informe de expedientes administrativos cuándo por su naturaleza no estén atribuidos a un jefe de negociado o a un técnico.
-Efectuar las gestiones necesarias para resolver las cuestiones que se presenten o encarguen en su ámbito competencial utilizando el medio procedente en cada caso (documental, telefónico, electrónico, personal).
-Cooperar con su jefatura inmediata en la supervisión y coordinación de trabajos desenvueltos por el personal subordinado.
-Operaciones, en su caso, de caja y manejo de fondos.
-Control de expedientes y procesos.
-Recoger, registrar y distribuir la correspondencia y documentación de entrada en el servicio, así como a de salida.
-Realización de operaciones estandarizadas relativas al departamento de cultura.
-Atención de la biblioteca.
-Realización de informes, estadísticas, etc., encargados relativos a su departamento.
-Mantener el reciclaje continuo en los conocimientos y procedimientos necesarios para realizar las funciones del puesto de manera eficiente, dentro de los medios que la Administración disponga.
-Información y atención al público en relación con las materias de su Unidad.
-Utilización de las aplicaciones informáticas correspondientes a cada Unidad, y más especialmente los paquetes ofimáticos estándar (tratamiento de textos, hoja de calculo, base de datos, etc).
-Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación a sus sistemas y procesos de trabajo.
-En general calesquera otras funciones y tareas de análoga naturaleza que le sean encomendadas por su superior jerárquico, en relación con el servicio y con su categoría.
Responsabilidades específicas:
- Atención a la biblioteca. Colaboración en la impartición de clases para la formación de adultos. Colaboración en las actividades de animación sociocultural. Atención al público y mantenimiento básico de la página WEB.
Segunda.–Requisitos específicos de las personas aspirantes.
Además de los establecidos en las bases generales, las personas aspirantes deberán acreditar que reúnen los siguientes requisitos específicos :
1.-Titulación: estar en posesión o en condiciones de obtener el título de bachiller o técnico. Asimismo, se observará el establecido en el Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de graduado en educación secundaria obligatoria y de bachillerato regulados en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada mediante el Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.
A los efectos de esta convocatoria, el término de equivalente se entenderá referido exclusivamente a las titulaciones que, a consecuencia de la implantación de nuevos estudios adaptados a las sucesivas reformas educativas, vinieron a sustituir las titulaciones extinguidas.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente validación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación del título. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que obtuvieran el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
2.- Estar en posesión del nivel de CELGA 4, o equivalente.
Tercera.-Documentación y plazo de presentación de las solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del estrato del anuncio de la convocatoria específica en el Boletín Oficial del Estado.
La instancia solicitando participar en el proceso selectivo, según el modelo establecido en este anexo, vendrá acompañada de la siguiente documentación (original o o copia electrónica):
- DNI o documento identificativo.
-Titulación.
- Certificado de estudios de la lengua gallega (Celga 4 o equivalente).
- Certificado de discapacidad (en su caso).
- Relación numerada de los méritos de la fase de concurso en el orden que figura en las bases generales y documentación acreditativa de esos méritos ordenados según la relación.
- Justificante del pago de los derechos de examen.
BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN La CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA La PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE TÉCNICO/A RECAUDACIÓN-INFORMÁTICA, PERSONAL LABORAL FIJO, INCLUIDA EN La OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE BOIRO PARA La ESTABILIZACIÓN EXCEPCIONAL DE EMPLEO TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN, (disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público). Código del procedimiento 25/2022.
Primera.-Características de la vacante convocada.
Denominación: Técnico/a recaudación-informática
Clasificación: Personal laboral fijo. Subgrupo C1. Jornada completa
Funciones:
Responsabilidades generales:
Realizará las funciones y actividades competencia de su titulación y especialidad profesional, o bien de su formación teórico-práctica y propias de su servicio, respetando el código deontológico, de ser el caso, tales cómo:
-Realizar, total o parcialmente, el análisis detallado de los programas, codificarlos, probarlos y verificar que cumplan con las especificaciones básicas establecidas.
-Defini-Ia arquitectura, realizar la codificación del programa en el lenguaje establecido cómo estándar, respetando las normas de presentación, y codificación, utilizando toda-lanas herramientas que mejoren la programación.
-Compilar, probar y analizar la ejecución de sus programas sobre datos tipo.
-Modificar programas existentes, procurando que una vez modificados conserven su estructura lógica.
-Cuando se trate de un proyecto importante o complejo, participar en el Análisis Orgánico del mismo.
-Llevar a cabo las gestiones necesarias para resolver las cuestiones que se presenten o que se le encarguen en su ámbito competencial.
-Participar, la iniciativa del Analista-Programador o del Técnico de Sistemas que corresponda, en el Análisis Orgánico de conjunto de un Sistema Informático nuevo.
-Preparar los elementos de documentación definidos para los cuadernos de cargas y los programas para el mantenimiento de los Sistemas Informáticos existentes, y de manera habitual, siguiendo las instrucciones del Analista- Programador o del Técnico de Sistemas.
-Utilizar, cuando sea rentable, programas de utilidad o paquetes, en particular para la confección de informes, que acorten los tiempos de programación.
-Probar cuidadosamente las modificaciones realizadas, trabajando siempre sobre copias de programas y en Bibliotecas de pruebas, no sustituyendo el programa antiguo por el modificado hasta que tenga seguridad total de que funciona correctamente.
-Documentar las modificaciones realizadas, de acuerdo con las normas establecidas.
-Colaborar con los Analistas-Programadores en el asesoramiento y dirección de los programadores en formación.
-Mantener una constante actualización en los avances relacionados con el ámbito informático y de las telecomunicaciones.
-Mantener el reciclaje continuo en los conocimientos, procedimientos necesarios para realizar las funciones del puesto de manera eficiente, dentro de los medios que la Administración disponga.
-Atender los usuarios en materias de su competencia.
-Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación con sus sistemas y procesos de trabajo.
-Calesquera otras funciones y tareas de análoga naturaleza que le sean encomendadas por su superior jerárquico dentro del ámbito de sus competencias.
Responsabilidades específicas:
- Elaboración de padrones fiscales y procesos informáticos relativos a la unidad de recaudación. Atención al público. Tramitación y control de los expedientes de recaudación voluntaria y ejecutiva.
Segunda.–Requisitos específicos de las personas aspirantes.
Además de los establecidos en las bases generales, las personas aspirantes deberán acreditar que reúnen los siguientes requisitos específicos :
1.-Titulación: estar en posesión o en condiciones de obtener el título de técnico superior de formación profesional o FPII en la rama de informática.
A los efectos de esta convocatoria, el término de equivalente se entenderá referido exclusivamente a las titulaciones que, a consecuencia de la implantación de nuevos estudios adaptados a las sucesivas reformas educativas, vinieron a sustituir las titulaciones extinguidas.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente validación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación del título. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que obtuvieran el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
2.- Estar en posesión del nivel de CELGA 4, o equivalente.
Tercera.-Documentación y plazo de presentación de las solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del estrato del anuncio de la convocatoria específica en el Boletín Oficial del Estado.
La instancia solicitando participar en el proceso selectivo, según el modelo establecido en este anexo, vendrá acompañada de la siguiente documentación (original o o copia electrónica):
- DNI o documento identificativo.
-Titulación.
- Certificado de estudios de la lengua gallega (Celga 4 o equivalente).
- Certificado de discapacidad (en su caso).
- Relación numerada de los méritos de la fase de concurso en el orden que figura en las bases generales y documentación acreditativa de esos méritos ordenados según la relación.
- Justificante del pago de los derechos de examen.
BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN La CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA La PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE TÉCNICO/A JARDINES, PERSONAL LABORAL FIJO, INCLUIDA EN La OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE BOIRO PARA La ESTABILIZACIÓN EXCEPCIONAL DE EMPLEO TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN, (disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público). Código del procedimiento 26/2022.
Primera.-Características de la vacante convocada.
Denominación: Técnico/a jardines
Clasificación: Personal laboral fijo. Subgrupo C1. Jornada completa
Funciones:
Responsabilidades generales:
Realizará las funciones y actividades competencia de su titulación y especialidad profesional, o bien de su formación teórico-práctica y propias de su servicio, respetando el código deontológico, de ser el caso, tales cómo:
-Diseño de los jardines municipales y zonas verdes.
-Selección y compra de plantas.
-Distribución del trabajo entre el personal de su unidad, así como de los instrumentos, maquinaria y materiales necesarios para su ejecución.
-Programación, coordinación, supervisión y control del personal a su cargo y de los trabajos a realizar de acuerdo con los órdenes e instrucciones recibidos de sus superiores jerárquicos.
-Control y responsabilidad de la cantidad y calidad del trabajo realizado, así como de la utilización de los instrumentos, maquinaria y materiales empleados.
-Control y responsabilidad en el cumplimiento de la normativa e instrucciones del superior en relación a la prevención de riesgos laborales.
-Supervisar e instruir si fase preciso al personal a su cargo en los trabajos propios de su especialidad.
-Informar su superior sobre la ejecución de los trabajos realizados por el personal a su cargo, o sobre cualquier anomalía presentada durante los procesos de trabajo.
-Realizar las actividades que impliquen la responsabilidad de un turno o de una unidad de trabajo que podan ser realizadas por un o varios trabajadores de su grupo o grupos inferiores.
-Realizar tareas consistentes en el ejercicio de mando directo al frente de un conjunto de operarios y oficiales de jardinería
-Mantener el reciclaje continuo en los conocimientos y procedimientos necesarios para realizar las funciones del puesto de manera eficiente dentro de los medios que la Administración disponga.
-Utilización de las aplicaciones informáticas correspondientes su unidad.
-Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación con sus sistemas y procesos de trabajo.
-En general, cualquier otra función de análoga naturaleza que le sea encomendada por su superior jerárquico, en relación con el servicio y con su categoría.
Responsabilidades específicas:
- Coordinar, dirigir, ordenar y supervisar todas las tareas y las labouras del personal adscrito la jardinería.
Segunda.–Requisitos específicos de las personas aspirantes.
Además de los establecidos en las bases generales, las personas aspirantes deberán acreditar que reúnen los siguientes requisitos específicos :
1.-Titulación: estar en posesión o en condiciones de obtener el título de bachiller o técnico. Asimismo, se observará el establecido en el Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de graduado en educación secundaria obligatoria y de bachillerato regulados en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada mediante el Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.
A los efectos de esta convocatoria, el término de equivalente se entenderá referido exclusivamente a las titulaciones que, a consecuencia de la implantación de nuevos estudios adaptados a las sucesivas reformas educativas, vinieron a sustituir las titulaciones extinguidas.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente validación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación del título. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que obtuvieran el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
2.- Estar en posesión del nivel de CELGA 4, o equivalente.
Tercera.-Documentación y plazo de presentación de las solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del estrato del anuncio de la convocatoria específica en el Boletín Oficial del Estado.
La instancia solicitando participar en el proceso selectivo, según el modelo establecido en este anexo, vendrá acompañada de la siguiente documentación (original o o copia electrónica):
- DNI o documento identificativo.
-Titulación.
- Certificado de estudios de la lengua gallega (Celga 4 o equivalente).
- Certificado de discapacidad (en su caso).
- Relación numerada de los méritos de la fase de concurso en el orden que figura en las bases generales y documentación acreditativa de esos méritos ordenados según la relación.
- Justificante del pago de los derechos de examen.
BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN La CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA La PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO SUBVENCIONES – OMIC, PERSONAL LABORAL FIJO, INCLUIDA EN La OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE BOIRO PARA La ESTABILIZACIÓN EXCEPCIONAL DE EMPLEO TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN, (disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público). Código del procedimiento 27/2022.
Primera.-Características de la vacante convocada.
Denominación: Auxiliar administrativo/a subvenciones - OMIC
Clasificación: Personal laboral fijo. Subgrupo C2. Jornada completa
Funciones:
Responsabilidades generales:
Realizará las funciones y actividades competencia de su titulación y especialidad profesional, o bien de su formación teórico-práctica y propias de su servicio, respetando el código deontológico, de ser el caso, tales cómo:
-Tratamiento de la información en general: ordenador, mecanografía, realizando las correcciones ortográficas necesarias.
-Busca, registro, clasificación, copia y archivo de documentos, libros, etc.
-Ordenación, numeración y encuadernación de expedientes y atados, planteamiento de índices, control y distribución de material, dentro de su servicio.
-Confección y manejo de ficheros, comprobación de direcciones, etc.
-Manejo de máquinas de registrar, copiar, reproducir, microfilmar, clasificar, encuadernar, cortar, destruir, sellar, ensobrar, expedir, etc.
-Funciones propias de apoyo a puestos superiores (agenda, atención a visitas, etc.).
-Cooperación en los trabajos administrativos de la Unidad y, en particular, colaborar en los trabajos de trámite de expedientes y control de los mismos.
-Llevar a cabo las gestiones necesarias para resolver las cuestiones que se presenten o que se le encarguen en su ámbito competencial.
-Realización de operaciones estandarizadas de redacción de escritos, contabilidad, cobros y pagos, ordenación y archivo de expedientes, confección de documentos, etc.
-Realización de informes, estadísticas, etc., encargados relativos a su departamento.
-Mantener el reciclaje continuo en los conocimientos y procedimientos necesarios para realizar las funciones del puesto de manera eficiente, dentro de los medios que la Administración disponga.
-Información y atención al público en relación con las materias de su Unidad.
-Utilización de las aplicaciones informáticas correspondientes a cada Unidad, y más especialmente los paquetes ofimáticos estándar (tratamiento de textos, hoja de calculo, base de datos, etc).
-Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación a sus sistemas y procesos de trabajo.
-En general calesquera otras funciones y tareas de análoga naturaleza que le sean encomendadas por su superior jerárquico, en relación con el servicio y con su categoría.
Responsabilidades específicas:
- Auxiliar en la tramitación de solicitudes de subvenciones y atención de la OMIC.
Segunda.–Requisitos específicos de las personas aspirantes.
Además de los establecidos en las bases generales, las personas aspirantes deberán acreditar que reúnen los siguientes requisitos específicos :
1.-Titulación: estar en posesión o en condición de obtener el título de graduado en educación secundaria obligatoria. Asimismo, se observará el establecido en el Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de graduado en educación secundaria obligatoria y de bachillerato regulados en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada mediante el Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.
A los efectos de esta convocatoria, el término equivalente se entenderá referido exclusivamente a las titulaciones que, a consecuencia de la implantación de nuevos estudios adaptados a las sucesivas reformas educativas, sustituyan a las titulaciones extinguidas.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente validación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación del título. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que obtuvieran el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
2.- Estar en posesión del nivel de CELGA 3, o equivalente.
Tercera.-Documentación y plazo de presentación de las solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del estrato del anuncio de la convocatoria específica en el Boletín Oficial del Estado.
La instancia solicitando participar en el proceso selectivo, según el modelo establecido en este anexo, vendrá acompañada de la siguiente documentación (original o o copia electrónica):
- DNI o documento identificativo.
-Titulación.
- Certificado de estudios de la lengua gallega (Celga 3 o equivalente).
- Certificado de discapacidad (en su caso).
- Relación numerada de los méritos de la fase de concurso en el orden que figura en las bases generales y documentación acreditativa de esos méritos ordenados según la relación.
- Justificante del pago de los derechos de examen.
BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN La CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA La PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE CONDUCTOR/La RECOGIDA DE BASURA, PERSONAL LABORAL FIJO, INCLUIDA EN La OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE BOIRO PARA La ESTABILIZACIÓN EXCEPCIONAL DE EMPLEO TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN, (disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público). Código del procedimiento 28/2022.
Primera.-Características de la vacante convocada.
Denominación: Conductor/la recogida de basura
Clasificación: Personal laboral fijo. Subgrupo C2. Jornada completa
Funciones:
Responsabilidades generales:
Realizará las funciones y actividades competencia de su titulación y especialidad profesional, o bien de su formación teórico-práctica y propias de su servicio, respetando el código deontológico, de ser el caso, tales cómo:
-Conducción del vehículo y maquinaria, que se les asigne para el traslado de materiales o personas, de acuerdo con las instrucciones recibidas del superior.
-Mantenimiento y conservación básica del vehículo o máquinas a su cargo (comprobación de niveles, pilotos, filtros, cambio de piezas sencillas, etc.), así como el traslado del vehículo al taller para reparaciones cuando sea necesario, y colaboración en las reparaciones a realizar, bajo la dirección del profesional especialista.
-Cumplimiento de los partes diarios de trabajos realizados.
-Cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales.
-Manejar toda la maquinaria y equipos usuales en su oficio o especialidad.
-Informar de los errores o daños del equipo o materiales de trabajo ante su superior.
-Ejecutar los órdenes de trabajo que se le asignen, de acuerdo con su especialidad.
-Cuidado y control del perfecto estado del material y herramientas que precisa para realizar el su cometido.
-Realizar las tareas de ayuda y colaboración que no impliquen especialización, y que redunden en una mayor eficacia y productividad del personal de la Unidad en la que preste servicios.
-Mantener el reciclaje continuo en los conocimientos y procedimientos necesarios para realizar las funciones del puesto de manera eficiente, dentro de los medios que la Administración disponga.
-Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación con sus sistemas y procesos de trabajo.
-En general, cualquier otra función de análoga naturaleza que le sea encomendada por su superior jerárquico, en relación con el servicio y con su categoría.
En el caso de conducción de máquinas especiales tendrá también las siguientes funciones:
-Utilización y manejo de maquinaria tal como: palas cargadoras, retroescavadoras, motoniveladoras, grúas o tractores dotados de desbrozadora, limpapraias u otros apeos.
Responsabilidades específicas:
- Encargarse del manejo y mantenimiento del camión de recogida de basura municipal, y trasladar al peones para esa recogida de basura.
Segunda.–Requisitos específicos de las personas aspirantes.
Además de los establecidos en las bases generales, las personas aspirantes deberán acreditar que reúnen los siguientes requisitos específicos :
1.-Titulación: estar en posesión o en condición de obtener el título de graduado en educación secundaria obligatoria. Asimismo, se observará el establecido en el Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de graduado en educación secundaria obligatoria y de bachillerato regulados en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada mediante el Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.
A los efectos de esta convocatoria, el término equivalente se entenderá referido exclusivamente a las titulaciones que, a consecuencia de la implantación de nuevos estudios adaptados a las sucesivas reformas educativas, sustituyan a las titulaciones extinguidas.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente validación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación del título. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que obtuvieran el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
2.- Estar en posesión del nivel de CELGA 3, o equivalente.
Tercera.-Documentación y plazo de presentación de las solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del estrato del anuncio de la convocatoria específica en el Boletín Oficial del Estado.
La instancia solicitando participar en el proceso selectivo, según el modelo establecido en este anexo, vendrá acompañada de la siguiente documentación (original o o copia electrónica):
- DNI o documento identificativo.
-Titulación.
- Certificado de estudios de la lengua gallega (Celga 3 o equivalente).
- Certificado de discapacidad (en su caso).
- Relación numerada de los méritos de la fase de concurso en el orden que figura en las bases generales y documentación acreditativa de esos méritos ordenados según la relación.
- Justificante del pago de los derechos de examen.
BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN La CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA La PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE SEIS PLAZAS DE CONSERJE, PERSONAL LABORAL FIJO, INCLUIDA EN La OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE BOIRO PARA La ESTABILIZACIÓN EXCEPCIONAL DE EMPLEO TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN, (disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público). Código del procedimiento 29/2022.
Primera.-Características de las vacantes convocadas.
Denominación: Conserje
Clasificación: Personal laboral fijo. Subgrupo C2. Jornada completa
Nº plazas cupo general: 4
Nº plazas reservadas a personas con otros tipos de discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33% : 2
Si alguna persona aspirante con discapacidad que se presenta por la cuota de reserva de personas con discapacidad, pero no obtiene plaza, y su puntuación es superior a la obtenida por otras personas aspirantes del sistema de acceso general, será incluida por su orden de puntuación en este sistema.
De conformidad con lo dispuesto en el Real decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por lo que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, durante los procesos selectivos se dará un tratamiento diferenciado a las personas aspirantes por la cuota de discapacidad, en lo que se refiere a las relaciones de personas admitidas y excluidas, a los llamamientos a los ejercicios y a la relación de personas aprobadas. No obstante, al finalizar cada ejercicio y el proceso se elaborará una relación única en que se incluirán todas las personas aspirantes que lo superaran, ordenadas por la puntuación total obtenida, con independencia del tipo de plaza por la que participaran.
Las personas que, cumpliendo los requisitos establecidos en estas bases, opten a las plazas reservadas para personas con discapacidad deberán indicarlo expresamente en la solicitud. De no indicarlo, se entenderá que no optan por esta reserva.
Las personas aspirantes solo podrán participar en una de los turnos citados.
Funciones:
Responsabilidades generales:
Realizará las funciones y actividades competencia de su titulación y especialidad profesional, o bien de su formación teórico-práctica y propias de su servicio, respetando el código deontológico, de ser el caso, tales cómo:
-Custodia del mobiliario, máquinas, instalaciones y locales.
-Vigilar el personal de la limpieza.
-Controlar la entrada de personas ajenas al Centro, recibir sus peticiones e indicarles la unidad u oficina a la que deben dirigirse.
-Custodia y manejo de las llaves de los despachos oficinas y demás dependencias del Centro.
-Franqueo, ensobrado, clasificación, entrega, recogida, transporte y distribución de correspondencia, documentos y paquetería que le sean encomendados.
-Manejo de fotocopiadoras, fax, encuadernadoras y otras análogas.
-Realizar dentro de las dependencias los traslados de material, mobiliario y aparatos que fueren precisos.
-Atención telefónica se fuera necesario.
-Atención y cuidado del alumbrado y calefacción del Centro.
-Apertura, cierre y vigilancia del Centro y recinto.
-Mantenimiento de las zonas ajardinadas, pistas polideportivas y locales de recreo.
-Realización de tareas de reposición de cristales, reparación de alumbrado, calefacción, etc.
-Recibir, conservar y distribuir los documentos, objetos y correspondencia que le sean encomendados.
-Llevar a cabo las gestiones necesarias para resolver las cuestiones que se presenten o que se le encarguen en su ámbito competencial.
-Cuida del perfecto estado del material y herramientas que necesite para realizar las sus funciones.
-Cumplimiento de la normativa e instrucciones del superior en relación a la prevención de riesgos.
-Mantener el reciclaje continuo en los conocimientos y procedimientos necesarios para realizar las funciones del puesto de manera eficiente, dentro de los medios que la Administración disponga.
-Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación con sus sistemas y procesos de trabajo.
-En general, cualquier otra función de análoga naturaleza que le sea encomendada por su superior jerárquico, en relación con el servicio y con su categoría.
Responsabilidades específicas:
- Encargarse de la apertura y cierre y del adecuado mantenimiento de las instalaciones asignadas (en el caso de los colegios se incluyen los jardines).
Segunda.–Requisitos específicos de las personas aspirantes.
Además de los establecidos en las bases generales, las personas aspirantes deberán acreditar que reúnen los siguientes requisitos específicos :
1.-Titulación: estar en posesión o en condición de obtener el título de graduado en educación secundaria obligatoria. Asimismo, se observará el establecido en el Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de graduado en educación secundaria obligatoria y de bachillerato regulados en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada mediante el Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.
A los efectos de esta convocatoria, el término equivalente se entenderá referido exclusivamente a las titulaciones que, a consecuencia de la implantación de nuevos estudios adaptados a las sucesivas reformas educativas, sustituyan a las titulaciones extinguidas.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente validación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación del título. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que obtuvieran el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
2.- Estar en posesión del nivel de CELGA 3, o equivalente.
Tercera.-Documentación y plazo de presentación de las solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del estrato del anuncio de la convocatoria específica en el Boletín Oficial del Estado.
La instancia solicitando participar en el proceso selectivo, según el modelo establecido en este anexo, vendrá acompañada de la siguiente documentación (original o o copia electrónica):
- DNI o documento identificativo.
-Titulación.
- Carné de conducir.
- Certificado de estudios de la lengua gallega (Celga 3 o equivalente).
- Certificado de discapacidad (en su caso).
- Relación numerada de los méritos de la fase de concurso en el orden que figura en las bases generales y documentación acreditativa de esos méritos ordenados según la relación.
- Justificante del pago de los derechos de examen.
BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN La CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA La PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE COORDINADOR/La PROTECCIÓN CIVIL, PERSONAL LABORAL FIJO, INCLUIDA EN La OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE BOIRO PARA La ESTABILIZACIÓN EXCEPCIONAL DE EMPLEO TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN, (disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público). Código del procedimiento 30/2022.
Primera.-Características de la vacante convocada.
Denominación: Coordinador/la protección civil
Clasificación: Personal laboral fijo. Subgrupo C2. Jornada completa
Funciones:
Responsabilidades generales:
Realizará las funciones y actividades competencia de su titulación y especialidad profesional, o bien de su formación teórico-práctica y propias de su servicio, respetando el código deontológico, de ser el caso, y bajo las directrices y supervisión de su jefatura, tales cómo:
-Colaborar con la Jefatura en la planificación, organización y funcionamiento del servicio, efectuando a tal fin propuestas y sugerencias.
-Colaboración en la elaboración de los planes territoriales y especiales que se indican en la norma básica de protección civil, en su ámbito competencial.
-La coordinación de los planes de protección civil del Ayuntamiento a nivel preventivo y operativo, de todos los medios y recursos que posee el servicio para estos fines
-Colaboración en la realización y fomento de actividades formativas y divulgativas que contribuían al perfeccionamiento técnico ea eficacia operativa en materia de protección civil, así como al objetivo de la mentalización de la población en general en el campo de la autoprotección y de la protección civil.
-Coordinación de protección y asistencia a la ciudadanía en materia de seguridad pública, de acuerdo con el que dispongan las leyes que afecten a los servicios de protección civil, y la jefatura.
-Colaboración con otras administraciones públicas en el ámbito de la protección civil
-Colaboración en el estudio de riesgos del ayuntamiento y en la elaboración y mantenimiento del plan de emergencia municipal.
-Coordinación de la agrupación de voluntarios de protección civil del Ayuntamiento, bajo la supervisión de sus superiores jerárquicos.
-Velar por la conservación, mantenimiento y limpieza del material e instalaciones y proponer la adquisición de los medios necesarios para el correcto funcionamiento del servicio
-Estudiar con los responsables de los operativos la intervención en los servicios normales y de alto riesgo.
-Elaboración de informes y partes de actuaciones realizados por el servicio.
-Deberá permanecer localizable, al fin de que en los casos de emergencia imprevisible se pueda incorporar al servicio con la máxima urgencia.
-Mantener el reciclaje continuo en los conocimientos y procedimientos necesarios para realizar las funciones del puesto de manera eficiente, dentro de los medios que la Administración disponga.
-Utilización de las aplicaciones informáticas correspondientes su unidad.
-Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación con sus sistemas y procesos de trabajo.
-En general, cualquier otra función de análoga naturaleza que le sea encomendada por su superior jerárquico, en relación con el servicio y con su categoría.
Responsabilidades específicas:
- Supervisar y ordenar las tareas del personal de la Unidad de Protección Civil y del GRUMIR. Responsabilizarse de arbitrar las soluciones y medios para alcanzar los objetivos de gestión municipal en materia de Seguridad y Protección Ciudadana.
Segunda.–Requisitos específicos de las personas aspirantes.
Además de los establecidos en las bases generales, las personas aspirantes deberán acreditar que reúnen los siguientes requisitos específicos :
1.-Titulación: estar en posesión o en condición de obtener el título de graduado en educación secundaria obligatoria. Asimismo, se observará el establecido en el Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de graduado en educación secundaria obligatoria y de bachillerato regulados en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada mediante el Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.
A los efectos de esta convocatoria, el término equivalente se entenderá referido exclusivamente a las titulaciones que, a consecuencia de la implantación de nuevos estudios adaptados a las sucesivas reformas educativas, sustituyan a las titulaciones extinguidas.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente validación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación del título. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que obtuvieran el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
2.- Estar en posesión del nivel de CELGA 3, o equivalente.
Tercera.-Documentación y plazo de presentación de las solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del estrato del anuncio de la convocatoria específica en el Boletín Oficial del Estado.
La instancia solicitando participar en el proceso selectivo, según el modelo establecido en este anexo, vendrá acompañada de la siguiente documentación (original o o copia electrónica):
- DNI o documento identificativo.
-Titulación.
- Certificado de estudios de la lengua gallega (Celga 3 o equivalente).
- Certificado de discapacidad (en su caso).
- Relación numerada de los méritos de la fase de concurso en el orden que figura en las bases generales y documentación acreditativa de esos méritos ordenados según la relación.
- Justificante del pago de los derechos de examen.
BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN La CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA La PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE HERRERO/A, PERSONAL LABORAL FIJO, INCLUIDA EN La OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE BOIRO PARA La ESTABILIZACIÓN EXCEPCIONAL DE EMPLEO TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN, (disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público). Código del procedimiento 31/2022.
Primera.-Características de la vacante convocada.
Denominación: Herrero/a
Clasificación: Personal laboral fijo. Subgrupo C2. Jornada completa
Funciones:
Responsabilidades generales:
Poseyendo formación profesional teórico-práctica suficiente, desarrollará de manera profesional y con total dominio de su oficio, las tareas propias de su categoría en función de su especialidad, tales cómo:
-Cuidado y control del perfecto estado del material y herramientas que necesite para realizar las sus funciones.
-Desarrollar las tareas propias de su profesión con capacidad suficiente para realizar los trabajos propios del oficio.
-Dirigir las tareas del personal de inferior categoría.
-Ejecutar los órdenes de trabajo que se le asignen, de acuerdo que su especialidad.
-Cumplimentación de los partes de trabajo realizados.
-Manejar toda la maquinaria y equipo usados en su oficio o especialidad.
-Informar de los errores o daños de equipos o instalaciones de su arena de trabajo ante su superior.
-Realizar las tareas de mantenimiento y conservación, en su caso, en instalaciones y edificios municipales.
-Cumplimiento de la normativa en prevención de riesgos laborales.
-Mantener el reciclaje continuo en los conocimientos y procedimientos necesarios para realizar las funciones del puesto de manera eficiente, dentro de los medios que la Administración disponga.
-Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación con sus sistemas y procesos de trabajo.
-En general, cualquier otra función de análoga naturaleza que le sea encomendada por su superior jerárquico, en relación con el servicio y con su categoría.
Responsabilidades específicas:
- Encargarse de las reparaciones y realización de nuevas piezas de soldadura
Segunda.–Requisitos específicos de las personas aspirantes.
Además de los establecidos en las bases generales, las personas aspirantes deberán acreditar que reúnen los siguientes requisitos específicos :
1.-Titulación: estar en posesión o en condición de obtener el título de graduado en educación secundaria obligatoria. Asimismo, se observará el establecido en el Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de graduado en educación secundaria obligatoria y de bachillerato regulados en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada mediante el Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.
A los efectos de esta convocatoria, el término equivalente se entenderá referido exclusivamente a las titulaciones que, a consecuencia de la implantación de nuevos estudios adaptados a las sucesivas reformas educativas, sustituyan a las titulaciones extinguidas.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente validación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación del título. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que obtuvieran el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
2.- Estar en posesión del nivel de CELGA 3, o equivalente.
Tercera.-Documentación y plazo de presentación de las solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del estrato del anuncio de la convocatoria específica en el Boletín Oficial del Estado.
La instancia solicitando participar en el proceso selectivo, según el modelo establecido en este anexo, vendrá acompañada de la siguiente documentación (original o o copia electrónica):
- DNI o documento identificativo.
-Titulación.
- Certificado de estudios de la lengua gallega (Celga 3 o equivalente).
- Certificado de discapacidad (en su caso).
- Relación numerada de los méritos de la fase de concurso en el orden que figura en las bases generales y documentación acreditativa de esos méritos ordenados según la relación.
- Justificante del pago de los derechos de examen.
BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN La CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA La PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE NOTIFICADOR/A, PERSONAL LABORAL FIJO, INCLUIDA EN La OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE BOIRO PARA La ESTABILIZACIÓN EXCEPCIONAL DE EMPLEO TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN, (disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público). Código del procedimiento 32/2022.
Primera.-Características de la vacante convocada.
Denominación: Notificador/a
Clasificación: Personal laboral fijo. Subgrupo C2. Jornada completa
Funciones:
Responsabilidades generales:
Realizará las funciones y actividades competencia de su titulación y especialidad profesional, o bien de su formación teórico-práctica y propias de su servicio, respetando el código deontológico, de ser el caso, tales cómo:
-Entrega, recogida, clasificación, transporte y distribución de correspondencia y paquetería, tanto de carácter externo cómo interno.
-Recogida, transporte, reparto y colocación y retirada de documentos en tableros de anuncios o similares.
-Efectuar gestiones en organismos o instituciones públicas o privadas.
-Realización de notificaciones tanto de carácter interno cómo externo.
-Cubrir los partes, documentos o registros propios del servicio.
-Ejecutar los órdenes que se le asignen de acuerdo con su especialidad.
-Mantener el reciclaje continuo en los conocimientos y procedimientos necesarios para realizar las funciones del puesto de manera eficiente, dentro de los medios que la Administración disponga.
-Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación con sus sistemas y procesos de trabajo.
-En general, cualquier otra función de análoga naturaleza que le sea encomendada por su superior jerárquico, en relación con el servicio y con su categoría.
Responsabilidades específicas:
- Responsabilizarse de la correcta notificación de los documentos municipales que proceda
Segunda.–Requisitos específicos de las personas aspirantes.
Además de los establecidos en las bases generales, las personas aspirantes deberán acreditar que reúnen los siguientes requisitos específicos :
1.-Titulación: estar en posesión o en condición de obtener el título de graduado en educación secundaria obligatoria. Asimismo, se observará el establecido en el Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de graduado en educación secundaria obligatoria y de bachillerato regulados en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada mediante el Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.
A los efectos de esta convocatoria, el término equivalente se entenderá referido exclusivamente a las titulaciones que, a consecuencia de la implantación de nuevos estudios adaptados a las sucesivas reformas educativas, sustituyan a las titulaciones extinguidas.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente validación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación del título. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que obtuvieran el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
2.- Estar en posesión del nivel de CELGA 3, o equivalente.
3.- Carné de conducir clase B.
Tercera.-Documentación y plazo de presentación de las solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del estrato del anuncio de la convocatoria específica en el Boletín Oficial del Estado.
La instancia solicitando participar en el proceso selectivo, según el modelo establecido en este anexo, vendrá acompañada de la siguiente documentación (original o o copia electrónica):
- DNI o documento identificativo.
-Titulación.
- Carné de conducir.
- Certificado de estudios de la lengua gallega (Celga 3 o equivalente).
- Certificado de discapacidad (en su caso).
- Relación numerada de los méritos de la fase de concurso en el orden que figura en las bases generales y documentación acreditativa de esos méritos ordenados según la relación.
- Justificante del pago de los derechos de examen.
BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN La CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA La PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE DOS PLAZAS DE OFICIAL ALBAÑIL, PERSONAL LABORAL FIJO, INCLUIDA EN La OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE BOIRO PARA La ESTABILIZACIÓN EXCEPCIONAL DE EMPLEO TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN, (disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público). Código del procedimiento 33/2022.
Primera.-Características de las vacantes convocadas.
Denominación: Oficial albañil
Clasificación: Personal laboral fijo. Subgrupo C2. Jornada completa
Funciones:
Responsabilidades generales:
Poseyendo formación profesional teórico-práctica suficiente, desarrollará de manera profesional y con total dominio de su oficio, las tareas propias de su categoría en función de su especialidad, tales cómo:
-Cuidado y control del perfecto estado del material y herramientas que necesite para realizar las sus funciones.
-Desarrollar las tareas propias de su profesión con capacidad suficiente para realizar los trabajos propios del oficio.
-Dirigir las tareas del personal de inferior categoría.
-Ejecutar los órdenes de trabajo que se le asignen, de acuerdo que su especialidad.
-Cumplimentación de los partes de trabajo realizados.
-Manejar toda la maquinaria y equipo usados en su oficio o especialidad.
-Informar de los errores o daños de equipos o instalaciones de su arena de trabajo ante su superior.
-Realizar las tareas de mantenimiento y conservación, en su caso, en instalaciones y edificios municipales.
-Cumplimiento de la normativa en prevención de riesgos laborales.
-Mantener el reciclaje continuo en los conocimientos y procedimientos necesarios para realizar las funciones del puesto de manera eficiente, dentro de los medios que la Administración disponga.
-Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación con sus sistemas y procesos de trabajo.
-En general, cualquier otra función de análoga naturaleza que le sea encomendada por su superior jerárquico, en relación con el servicio y con su categoría.
Responsabilidades específicas:
- Responsabilizarse del mantenimiento de los trabajos de albañilería de los centros, instalaciones y viales municipales encomendados a su grupo de trabajo.
Segunda.–Requisitos específicos de las personas aspirantes.
Además de los establecidos en las bases generales, las personas aspirantes deberán acreditar que reúnen los siguientes requisitos específicos :
1.-Titulación: estar en posesión o en condición de obtener el título de graduado en educación secundaria obligatoria. Asimismo, se observará el establecido en el Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de graduado en educación secundaria obligatoria y de bachillerato regulados en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada mediante el Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.
A los efectos de esta convocatoria, el término equivalente se entenderá referido exclusivamente a las titulaciones que, a consecuencia de la implantación de nuevos estudios adaptados a las sucesivas reformas educativas, sustituyan a las titulaciones extinguidas.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente validación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación del título. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que obtuvieran el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
2.- Estar en posesión del nivel de CELGA 3, o equivalente.
Tercera.-Documentación y plazo de presentación de las solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del estrato del anuncio de la convocatoria específica en el Boletín Oficial del Estado.
La instancia solicitando participar en el proceso selectivo, según el modelo establecido en este anexo, vendrá acompañada de la siguiente documentación (original o o copia electrónica):
- DNI o documento identificativo.
-Titulación.
- Certificado de estudios de la lengua gallega (Celga 3 o equivalente).
- Certificado de discapacidad (en su caso).
- Relación numerada de los méritos de la fase de concurso en el orden que figura en las bases generales y documentación acreditativa de esos méritos ordenados según la relación.
- Justificante del pago de los derechos de examen.
BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN La CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA La PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE TRES PLAZAS DE OFICIAL CONDUCTOR MOTOBOMBA, PERSONAL LABORAL FIJO, INCLUIDA EN La OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE BOIRO PARA La ESTABILIZACIÓN EXCEPCIONAL DE EMPLEO TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN, (disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público). Código del procedimiento 34/2022.
Primera.-Características de las vacantes convocadas.
Denominación: Oficial conductor motobomba
Clasificación: Personal laboral fijo. Subgrupo C2. Jornada completa
Nº plazas cupo general: 2
Nº plazas reservadas a personas con otros tipos de discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33% : 1
Si alguna persona aspirante con discapacidad que se presenta por la cuota de reserva de personas con discapacidad, pero no obtiene plaza, y su puntuación es superior a la obtenida por otras personas aspirantes del sistema de acceso general, será incluida por su orden de puntuación en este sistema.
De conformidad con lo dispuesto en el Real decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por lo que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, durante los procesos selectivos se dará un tratamiento diferenciado a las personas aspirantes por la cuota de discapacidad, en lo que se refiere a las relaciones de personas admitidas y excluidas, a los llamamientos a los ejercicios y a la relación de personas aprobadas. No obstante, al finalizar cada ejercicio y el proceso se elaborará una relación única en que se incluirán todas las personas aspirantes que lo superaran, ordenadas por la puntuación total obtenida, con independencia del tipo de plaza por la que participaran.
Las personas que, cumpliendo los requisitos establecidos en estas bases, opten a las plazas reservadas para personas con discapacidad deberán indicarlo expresamente en la solicitud. De no indicarlo, se entenderá que no optan por esta reserva.
Las personas aspirantes solo podrán participar en una de los turnos citados.
Funciones:
Responsabilidades generales:
Realizará las funciones y actividades competencia de su titulación y especialidad profesional, o bien de su formación teórico-práctica y propias de su servicio, respetando el código deontológico, de ser el caso, tales cómo:
-Conducción del vehículo y maquinaria, que se les asigne para el traslado de materiales o personas, de acuerdo con las instrucciones recibidas del superior.
-Mantenimiento y conservación básica del vehículo o máquinas a su cargo (comprobación de niveles, pilotos, filtros, cambio de piezas sencillas, etc.), así como el traslado del vehículo al taller para reparaciones cuando sea necesario, y colaboración en las reparaciones a realizar, bajo la dirección del profesional especialista.
-Cumplimiento de los partes diarios de trabajos realizados.
-Cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales.
-Manejar toda la maquinaria y equipos usuales en su oficio o especialidad.
-Informar de los errores o daños del equipo o materiales de trabajo ante su superior.
-Cuidado y control del perfecto estado del material y herramientas que precisa para realizar el su cometido.
-Realizar las tareas de ayuda y colaboración que no impliquen especialización, y que redunden en una mayor eficacia y productividad del personal de la Unidad en la que preste servicio (accidentes de tráfico, inundaciones, primeros auxilios, asistencias domiciliarias, apoyo en materia de seguridad vial, actividades medioambientales, ...)
-Cooperación en ayudas humanitarias
-Protección y asistencia la ciudadanía en materia de seguridad pública, de acuerdo con el que dispongan las leyes que afecten a los servicios de protección civil.
- Desarrollo de las políticas y servicios encaminados a la protección del medio ambiente.
- Prevención y extinción de incendios forestales y urbanos.
- Limpieza de carreteras por restos de accidentes, combustibles, aceites, etc.
- Busca de personas desaparecidas, recogida de animales, apertura de viviendas, vehículos....etc.
- Asistencia y ayuda en inundaciones y retirada de árboles debido a los temporales.
- Colaboración en actos diversos.
- Tareas de prevención de posibles accidentes (limpieza maleza en hincas etc.)
- Traslado de ambulancias en operativos.
- servicio de periféricos.
- Limpieza de arquetas para prevención de inundaciones así como de ríos y playas.
-Mante-Io reciclaje continuo en los conocimientos y procedimientos necesarios para realizar las funciones del puesto de manera eficiente, dentro de los medios que la Administración disponga.
-Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación con sus sistemas y procesos de trabajo.
-En general, cualquier otra función de análoga naturaleza que le sea encomendada por su superior jerárquico, en relación con el servicio y con su categoría.
En el caso de conducción de máquinas especiales tendrá también las siguientes funciones:
-Utilización y manejo de maquinaria tal como: palas cargadoras, retroescavadoras, motoniveladoras, grúas o tractores dotados de desbrozadora, limpapraias u otros apeos.
Segunda.–Requisitos específicos de las personas aspirantes.
Además de los establecidos en las bases generales, las personas aspirantes deberán acreditar que reúnen los siguientes requisitos específicos :
1.-Titulación: estar en posesión o en condición de obtener el título de graduado en educación secundaria obligatoria. Asimismo, se observará el establecido en el Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de graduado en educación secundaria obligatoria y de bachillerato regulados en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada mediante el Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.
A los efectos de esta convocatoria, el término equivalente se entenderá referido exclusivamente a las titulaciones que, a consecuencia de la implantación de nuevos estudios adaptados a las sucesivas reformas educativas, sustituyan a las titulaciones extinguidas.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente validación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación del título. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que obtuvieran el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
2.- Estar en posesión del nivel de CELGA 3, o equivalente.
3.- Carné de conducir clase C.
Tercera.-Documentación y plazo de presentación de las solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del estrato del anuncio de la convocatoria específica en el Boletín Oficial del Estado.
La instancia solicitando participar en el proceso selectivo, según el modelo establecido en este anexo, vendrá acompañada de la siguiente documentación (original o o copia electrónica):
- DNI o documento identificativo.
-Titulación.
- Carné de conducir.
- Certificado de estudios de la lengua gallega (Celga 3 o equivalente).
- Certificado de discapacidad (en su caso).
- Relación numerada de los méritos de la fase de concurso en el orden que figura en las bases generales y documentación acreditativa de esos méritos ordenados según la relación.
- Justificante del pago de los derechos de examen.
BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN La CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA La PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE DOS PLAZAS DE OFICIAL ELECTRICISTA, PERSONAL LABORAL FIJO, INCLUIDA EN La OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE BOIRO PARA La ESTABILIZACIÓN EXCEPCIONAL DE EMPLEO TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN, (disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público). Código del procedimiento 35/2022.
Primera.-Características de las vacantes convocadas.
Denominación: Oficial electricista
Clasificación: Personal laboral fijo. Subgrupo C2. Jornada completa
Funciones:
Responsabilidades generales:
Poseyendo formación profesional teórico-práctica suficiente, desarrollará de manera profesional y con total dominio de su oficio, las tareas propias de su categoría en función de su especialidad, tales cómo:
-Cuidado y control del perfecto estado del material y herramientas que necesite para realizar las sus funciones.
-Desarrollar las tareas propias de su profesión con capacidad suficiente para realizar los trabajos propios del oficio.
-Dirigir las tareas del personal de inferior categoría.
-Ejecutar los órdenes de trabajo que se le asignen, de acuerdo que su especialidad.
-Cumplimentación de los partes de trabajo realizados.
-Manejar toda la maquinaria y equipo usados en su oficio o especialidad.
-Informar de los errores o daños de equipos o instalaciones de su arena de trabajo ante su superior.
-Realizar las tareas de mantenimiento y conservación, en su caso, en instalaciones y edificios municipales.
-Cumplimiento de la normativa en prevención de riesgos laborales.
-Mantener el reciclaje continuo en los conocimientos y procedimientos necesarios para realizar las funciones del puesto de manera eficiente, dentro de los medios que la Administración disponga.
-Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación con sus sistemas y procesos de trabajo.
-En general, cualquier otra función de análoga naturaleza que le sea encomendada por su superior jerárquico, en relación con el servicio y con su categoría.
Responsabilidades específicas:
- Controlar y gestionar el alumbrado público, instalaciones eléctricas, depuradoras y bombeos y supervisar y distribuir las tareas de los trabajadores a su cargo
Segunda.–Requisitos específicos de las personas aspirantes.
Además de los establecidos en las bases generales, las personas aspirantes deberán acreditar que reúnen los siguientes requisitos específicos :
1.-Titulación: estar en posesión o en condición de obtener el título de graduado en educación secundaria obligatoria. Asimismo, se observará el establecido en el Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de graduado en educación secundaria obligatoria y de bachillerato regulados en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada mediante el Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.
A los efectos de esta convocatoria, el término equivalente se entenderá referido exclusivamente a las titulaciones que, a consecuencia de la implantación de nuevos estudios adaptados a las sucesivas reformas educativas, sustituyan a las titulaciones extinguidas.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente validación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación del título. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que obtuvieran el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
2.- Estar en posesión del nivel de CELGA 3, o equivalente.
Tercera.-Documentación y plazo de presentación de las solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del estrato del anuncio de la convocatoria específica en el Boletín Oficial del Estado.
La instancia solicitando participar en el proceso selectivo, según el modelo establecido en este anexo, vendrá acompañada de la siguiente documentación (original o o copia electrónica):
- DNI o documento identificativo.
-Titulación.
- Certificado de estudios de la lengua gallega (Celga 3 o equivalente).
- Certificado de discapacidad (en su caso).
- Relación numerada de los méritos de la fase de concurso en el orden que figura en las bases generales y documentación acreditativa de esos méritos ordenados según la relación.
- Justificante del pago de los derechos de examen.
BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN La CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO DEL PROCESO SELECTIVO PARA La PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE OFICIAL FONTANERO, PERSONAL LABORAL FIJO, INCLUIDA EN La OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE BOIRO PARA La ESTABILIZACIÓN EXCEPCIONAL DE EMPLEO TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN, (disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público). Código del procedimiento 36/2022.
Primera.-Características de la vacante convocada.
Denominación: Oficial fontanero
Clasificación: Personal laboral fijo. Subgrupo C2. Jornada completa
Funciones:
Responsabilidades generales:
Poseyendo formación profesional teórico-práctica suficiente, desarrollará de manera profesional y con total dominio de su oficio, las tareas propias de su categoría en función de su especialidad, tales cómo:
-Cuidado y control del perfecto estado del material y herramientas que necesite para realizar las sus funciones.
-Desarrollar las tareas propias de su profesión con capacidad suficiente para realizar los trabajos propios del oficio.
-Dirigir las tareas del personal de inferior categoría.
-Ejecutar los órdenes de trabajo que se le asignen, de acuerdo que su especialidad.
-Cumplimentación de los partes de trabajo realizados.
-Manejar toda la maquinaria y equipo usados en su oficio o especialidad.
-Informar de los errores o daños de equipos o instalaciones de su arena de trabajo ante su superior.
-Realizar las tareas de mantenimiento y conservación, en su caso, en instalaciones y edificios municipales.
-Cumplimiento de la normativa en prevención de riesgos laborales.
-Mantener el reciclaje continuo en los conocimientos y procedimientos necesarios para realizar las funciones del puesto de manera eficiente, dentro de los medios que la Administración disponga.
-Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación con sus sistemas y procesos de trabajo.
-En general, cualquier otra función de análoga naturaleza que le sea encomendada por su superior jerárquico, en relación con el servicio y con su categoría.
Responsabilidades específicas:
- Responsabilizarse de la reparación e instalaciones nuevas de fontanería en centros públicos, mantenimiento de fuentes en instalaciones de agua de las playas y suministro de agua potable al municipio y aguas residuales.
Segunda.–Requisitos específicos de las personas aspirantes.
Además de los establecidos en las bases generales, las personas aspirantes deberán acreditar que reúnen los siguientes requisitos específicos :
1.-Titulación: estar en posesión o en condición de obtener el título de graduado en educación secundaria obligatoria. Asimismo, se observará el establecido en el Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de graduado en educación secundaria obligatoria y de bachillerato regulados en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada mediante el Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.
A los efectos de esta convocatoria, el término equivalente se entenderá referido exclusivamente a las titulaciones que, a consecuencia de la implantación de nuevos estudios adaptados a las sucesivas reformas educativas, sustituyan a las titulaciones extinguidas.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente validación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación del título. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que obtuvieran el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
2.- Estar en posesión del nivel de CELGA 3, o equivalente.
Tercera.-Documentación y plazo de presentación de las solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del estrato del anuncio de la convocatoria específica en el Boletín Oficial del Estado.
La instancia solicitando participar en el proceso selectivo, según el modelo establecido en este anexo, vendrá acompañada de la siguiente documentación (original o o copia electrónica):
- DNI o documento identificativo.
-Titulación.
- Certificado de estudios de la lengua gallega (Celga 3 o equivalente).
- Certificado de discapacidad (en su caso).
- Relación numerada de los méritos de la fase de concurso en el orden que figura en las bases generales y documentación acreditativa de esos méritos ordenados según la relación.
- Justificante del pago de los derechos de examen.
BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN La CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA La PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE DOS PLAZAS DE OFICIAL SERVICIOS VARIOS, PERSONAL LABORAL FIJO, INCLUIDA EN La OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE BOIRO PARA La ESTABILIZACIÓN EXCEPCIONAL DE EMPLEO TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN, (disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público). Código del procedimiento 37/2022.
Primera.-Características de las vacantes convocadas.
Denominación: Oficial servicios varios
Clasificación: Personal laboral fijo. Subgrupo C2. Jornada completa
Funciones:
Responsabilidades generales:
Poseyendo formación profesional teórico-práctica suficiente, desarrollará de manera profesional y con total dominio de su oficio, las tareas propias de su categoría en función de su especialidad, tales cómo:
-Cuidado y control del perfecto estado del material y herramientas que necesite para realizar las sus funciones.
-Desarrollar las tareas propias de su profesión con capacidad suficiente para realizar los trabajos propios del oficio.
-Dirigir las tareas del personal de inferior categoría.
-Ejecutar los órdenes de trabajo que se le asignen, de acuerdo que su especialidad.
-Cumplimentación de los partes de trabajo realizados.
-Manejar toda la maquinaria y equipo usados en su oficio o especialidad.
-Informar de los errores o daños de equipos o instalaciones de su arena de trabajo ante su superior.
-Realizar las tareas de mantenimiento y conservación, en su caso, en instalaciones y edificios municipales.
-Cumplimiento de la normativa en prevención de riesgos laborales.
-Mantener el reciclaje continuo en los conocimientos y procedimientos necesarios para realizar las funciones del puesto de manera eficiente, dentro de los medios que la Administración disponga.
-Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación con sus sistemas y procesos de trabajo.
-En general, cualquier otra función de análoga naturaleza que le sea encomendada por su superior jerárquico, en relación con el servicio y con su categoría.
Segunda.–Requisitos específicos de las personas aspirantes.
Además de los establecidos en las bases generales, las personas aspirantes deberán acreditar que reúnen los siguientes requisitos específicos :
1.-Titulación: estar en posesión o en condición de obtener el título de graduado en educación secundaria obligatoria. Asimismo, se observará el establecido en el Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de graduado en educación secundaria obligatoria y de bachillerato regulados en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada mediante el Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.
A los efectos de esta convocatoria, el término equivalente se entenderá referido exclusivamente a las titulaciones que, a consecuencia de la implantación de nuevos estudios adaptados a las sucesivas reformas educativas, sustituyan a las titulaciones extinguidas.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente validación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación del título. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que obtuvieran el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
2.- Estar en posesión del nivel de CELGA 3, o equivalente.
Tercera.-Documentación y plazo de presentación de las solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del estrato del anuncio de la convocatoria específica en el Boletín Oficial del Estado.
La instancia solicitando participar en el proceso selectivo, según el modelo establecido en este anexo, vendrá acompañada de la siguiente documentación (original o o copia electrónica):
- DNI o documento identificativo.
-Titulación.
- Certificado de estudios de la lengua gallega (Celga 3 o equivalente).
- Certificado de discapacidad (en su caso).
- Relación numerada de los méritos de la fase de concurso en el orden que figura en las bases generales y documentación acreditativa de esos méritos ordenados según la relación.
- Justificante del pago de los derechos de examen.
BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN La CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA La PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE PORTERO/A SERVICIOS VARIOS, PERSONAL LABORAL FIJO, INCLUIDA EN La OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE BOIRO PARA La ESTABILIZACIÓN EXCEPCIONAL DE EMPLEO TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN, (disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público). Código del procedimiento 38/2022.
Primera.-Características de las vacantes convocadas.
Denominación: Portero/a
Clasificación: Personal laboral fijo. Subgrupo C2. Jornada completa
Funciones:
Responsabilidades xeráis:
Realizará las funciones y actividades competencia de su titulación y especialidad profesional, o bien de su formación teórico-práctica y propias de su servicio, respetando el código deontológico, de ser el caso, tales cómo:
-Atención de la centralita telefónica.
-Vigilancia y control de accesos a instalaciones municipales, atendiendo a visitantes y ciudadanos en general sobre temas relacionados con las dependencias, indicándoles la unidad u oficina a la que deben dirigirse.
-Control y aprovisionamiento de material de oficina.
-Franqueo, ensobrado, entrega, recogida, transporte y distribución de correspondencia y paquetería.
-Recogida, transporte y reparto de documentos, expedientes, aparatos, etc.; colocación y retirada de documentos en tableros de anuncios o similares.
-Custodia y manejo de las llaves de las distintas dependencias; apertura y cierre de puertas, ventanas, luces, calefacción y otros fluidos, así como preparación de aulas o salas.
-Efectuar gestiones sencillas en organismos o instituciones públicas o privadas.
-Ejecutar los órdenes que se le asignen de acuerdo con su especialidad.
-Mantener el reciclaje continuo en los conocimientos y procedimientos necesarios para realizar las funciones del puesto de manera eficiente, dentro de los medios que la Administración disponga.
-Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación con sus sistemas y procesos de trabajo.
-En general, cualquier otra función de análoga naturaleza que le sea encomendada por su superior jerárquico, en relación con el servicio y con su categoría.
Responsabilidades específicas:
Encargarse de la apertura y cierre de las instalación y atención al público. Recepción de llamadas.
Segunda.–Requisitos específicos de las personas aspirantes.
Además de los establecidos en las bases generales, las personas aspirantes deberán acreditar que reúnen los siguientes requisitos específicos :
1.-Titulación: estar en posesión o en condición de obtener el título de graduado en educación secundaria obligatoria. Asimismo, se observará el establecido en el Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de graduado en educación secundaria obligatoria y de bachillerato regulados en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada mediante el Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.
A los efectos de esta convocatoria, el término equivalente se entenderá referido exclusivamente a las titulaciones que, a consecuencia de la implantación de nuevos estudios adaptados a las sucesivas reformas educativas, sustituyan a las titulaciones extinguidas.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente validación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación del título. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que obtuvieran el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
2.- Estar en posesión del nivel de CELGA 3, o equivalente.
Tercera.-Documentación y plazo de presentación de las solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del estrato del anuncio de la convocatoria específica en el Boletín Oficial del Estado.
La instancia solicitando participar en el proceso selectivo, según el modelo establecido en este anexo, vendrá acompañada de la siguiente documentación (original o o copia electrónica):
- DNI o documento identificativo.
-Titulación.
- Certificado de estudios de la lengua gallega (Celga 3 o equivalente).
- Certificado de discapacidad (en su caso).
- Relación numerada de los méritos de la fase de concurso en el orden que figura en las bases generales y documentación acreditativa de esos méritos ordenados según la relación.
- Justificante del pago de los derechos de examen.
BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN La CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA La PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE TRES PLAZAS DE JEFE GRUPO PROTECCIÓN CIVIL Y EMERGENCIAS, PERSONAL LABORAL FIJO, INCLUIDA EN La OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE BOIRO PARA La ESTABILIZACIÓN EXCEPCIONAL DE EMPLEO TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN, (disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público). Código del procedimiento 39/2022.
Primera.-Características de las vacantes convocadas.
Denominación: Jefe de grupo de protección civil y emergencias
Clasificación: Personal laboral fijo. Subgrupo C2. Jornada completa
Funciones:
Realizará las funciones y actividades competencia de su titulación y especialidad profesional, o bien de su formación teórico-práctica y propias de su servicio, respetando el código deontológico, de ser el caso, tales cómo:
-Conducción del vehículo y maquinaria, que se les asigne para el traslado de materiales o personas, de acuerdo con las instrucciones recibidas del superior.
-Mantenimiento y conservación básica del vehículo o máquinas a su cargo (comprobación de niveles, pilotos, filtros, cambio de piezas sencillas, etc.), así como el traslado del vehículo al taller para reparaciones cuando sea necesario, y colaboración en las reparaciones a realizar, bajo la dirección del profesional especialista.
-Cumplimiento de los partes diarios de trabajos realizados.
-Cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales.
-Manejar toda la maquinaria y equipos usuales en su oficio o especialidad.
-Informar de los errores o daños del equipo o materiales de trabajo ante su superior.
-Cuidado y control del perfecto estado del material y herramientas que precisa para realizar el su cometido.
-Realizar las tareas de ayuda y colaboración que no impliquen especialización, y que redunden en una mayor eficacia y productividad del personal de la Unidad en la que preste servicio (accidentes de tráfico, inundaciones, primeros auxilios, asistencias domiciliarias, apoyo en materia de seguridad vial, actividades medioambientales, ...)
-Cooperación en ayudas humanitarias
-Protección y asistencia la ciudadanía en materia de seguridad pública, de acuerdo con el que dispongan las leyes que afecten a los servicios de protección civil.
- Desarrollo de las políticas y servicios encaminados a la protección del medio ambiente.
- Prevención y extinción de incendios forestales y urbanos.
- Limpieza de carreteras por restos de accidentes, combustibles, aceites, etc.
- Busca de personas desaparecidas, recogida de animales, apertura de viviendas, vehículos....etc.
- Asistencia y ayuda en inundaciones y retirada de árboles debido a los temporales.
- Colaboración en actos diversos.
- Tareas de prevención de posibles accidentes (limpieza maleza en hincas etc.)
- Traslado de ambulancias en operativos.
- servicio de periféricos.
- Limpieza de arquetas para prevención de inundaciones así como de ríos y playas.
-Mante-Io reciclaje continuo en los conocimientos y procedimientos necesarios para realizar las funciones del puesto de manera eficiente, dentro de los medios que la Administración disponga.
-Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación con sus sistemas y procesos de trabajo.
-En general, cualquier otra función de análoga naturaleza que le sea encomendada por su superior jerárquico, en relación con el servicio y con su categoría.
En el caso de conducción de máquinas especiales tendrá también las siguientes funciones:
-Utilización y manejo de maquinaria tal como: palas cargadoras, retroescavadoras, motoniveladoras, grúas o tractores dotados de desbrozadora, limpiapraias u otros apeos.
Segunda.–Requisitos específicos de las personas aspirantes.
Además de los establecidos en las bases generales, las personas aspirantes deberán acreditar que reúnen los siguientes requisitos específicos :
1.-Titulación: estar en posesión o en condición de obtener el título de graduado en educación secundaria obligatoria. Asimismo, se observará el establecido en el Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de graduado en educación secundaria obligatoria y de bachillerato regulados en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada mediante el Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.
A los efectos de esta convocatoria, el término equivalente se entenderá referido exclusivamente a las titulaciones que, a consecuencia de la implantación de nuevos estudios adaptados a las sucesivas reformas educativas, sustituyan a las titulaciones extinguidas.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente validación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación del título. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que obtuvieran el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
2.- Estar en posesión del nivel de CELGA 3, o equivalente.
Tercera.-Documentación y plazo de presentación de las solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del estrato del anuncio de la convocatoria específica en el Boletín Oficial del Estado.
La instancia solicitando participar en el proceso selectivo, según el modelo establecido en este anexo, vendrá acompañada de la siguiente documentación (original o o copia electrónica):
- DNI o documento identificativo.
-Titulación.
- Certificado de estudios de la lengua gallega (Celga 3 o equivalente).
- Certificado de discapacidad (en su caso).
- Relación numerada de los méritos de la fase de concurso en el orden que figura en las bases generales y documentación acreditativa de esos méritos ordenados según la relación.
- Justificante del pago de los derechos de examen.
BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN La CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA La PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE DOS PLAZAS DE ASISTENTE A DOMICILIO, PERSONAL LABORAL FIJO, INCLUIDA EN La OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE BOIRO PARA La ESTABILIZACIÓN EXCEPCIONAL DE EMPLEO TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN, (disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público). Código del procedimiento 40/2022.
Primera.-Características de las vacantes convocadas.
Denominación: Asistente a domicilio
Clasificación: Personal laboral fijo. Grupo Y. Jornada completa
Funciones:
Realizará las funciones y actividades competencia de su titulación y especialidad profesional, o bien de su formación teórico-práctica y propias de su servicio, respetando el código deontológico, de ser el caso, tales cómo:
-Cumplimiento de la normativa e instrucciones del superior en relación a la prevención de riesgos.
-Limpieza doméstica.
-Aseo beneficiarios del servicio de asistencia a domicilio.
-Mantener el reciclaje continuo en los conocimientos y procedimientos necesarios para realizar las funciones del puesto de manera eficiente, dentro de los medios que la Administración disponga.
-Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación con sus sistemas y procesos de trabajo.
-En general, cualquier otra función de análoga naturaleza que le sea encomendada por su superior jerárquico, en relación con el servicio y con su categoría.
Segunda.–Requisitos específicos de las personas aspirantes.
Además de los establecidos en las bases generales, las personas aspirantes deberán acreditar que reúnen los siguientes requisitos específicos :
1.-Titulación: Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos o equivalentes:
- Técnico/a en cuidados auxiliares de enfermería, equivalente o superior.
- Técnico/a en atención a personas en situación de dependencia.
- Técnico/a de atención sociosanitaria.
- Técnico Superior en Integración Social.
- Certificado de profesionalidad de atención sociosanitaria a personas en el domicilio.
-Certificado de profesionalidad de atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales o equivalente (BOE nº 274 de 16/11/2015).
-Haber solicitado algún de los dos anteriores certificados de profesionalidad y cumplir los requisitos para obtenerlo.
- Cualquier otra habilitación prevista en el acuerdo de 19 de octubre de 2017, por lo que se modifica parcialmente el Acuerdo del Consejo territorial del Sistema para la Autonomía y Atención la Dependencia de 27 de noviembre de 2008, sobre criterios comunes de acreditación para garantizar la calidad de los centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención la Dependencia, modificado por el Acuerdo de 7 de octubre de 2015. (Resolución de 2 de diciembre de 2008, de la Secretaría de Estado de Política Social, Familias y Atención la Dependencia y la Discapacidad y Resolución de 3 de noviembre de 2015, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad)
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente validación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación del título. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que obtuvieran el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
2.- Estar en posesión del nivel de CELGA 2, o equivalente.
3.- Estar en posesión del/s permiso/s/licencias de conducción que posibiliten los desplazamientos para la realización de las funciones de auxiliar de ayuda en el hogar.
4.- Disponer de medio de transporte para poder realizar los desplazamientos necesarios en el ejercicio de su función de auxiliar de ayuda en el hogar. Se acreditará mediante declaración responsable de la disponibilidad de vehículo y la posesión del permiso necesario.
Tercera.-Documentación y plazo de presentación de las solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del estrato del anuncio de la convocatoria específica en el Boletín Oficial del Estado.
La instancia solicitando participar en el proceso selectivo, según el modelo establecido en este anexo, vendrá acompañada de la siguiente documentación (original o o copia electrónica):
- DNI o documento identificativo.
-Titulación.
- Permiso/s/licencias de conducción
- Declaración responsable de disponibilidad de vehículo.
- Certificado de estudios de la lengua gallega (Celga 2 o equivalente).
- Certificado de discapacidad (en su caso).
- Relación numerada de los méritos de la fase de concurso en el orden que figura en las bases generales y documentación acreditativa de esos méritos ordenados según la relación.
- Justificante del pago de los derechos de examen.
BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN La CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA La PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE TRES PLAZAS DE ASISTENTE A DOMICILIO (TIEMPO PARCIAL 50%), PERSONAL LABORAL FIJO, INCLUIDA EN La OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE BOIRO PARA La ESTABILIZACIÓN EXCEPCIONAL DE EMPLEO TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN, (disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público). Código del procedimiento 41/2022.
Primera.-Características de las vacantes convocadas.
Denominación: Asistente a domicilio
Clasificación: Personal laboral fijo. Grupo Y. Tiempo parcial (50%)
Funciones:
Realizará las funciones y actividades competencia de su titulación y especialidad profesional, o bien de su formación teórico-práctica y propias de su servicio, respetando el código deontológico, de ser el caso, tales cómo:
-Cumplimiento de la normativa e instrucciones del superior en relación a la prevención de riesgos.
-Limpieza doméstica.
-Aseo beneficiarios del servicio de asistencia a domicilio.
-Mantener el reciclaje continuo en los conocimientos y procedimientos necesarios para realizar las funciones del puesto de manera eficiente, dentro de los medios que la Administración disponga.
-Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación con sus sistemas y procesos de trabajo.
-En general, cualquier otra función de análoga naturaleza que le sea encomendada por su superior jerárquico, en relación con el servicio y con su categoría.
Segunda.–Requisitos específicos de las personas aspirantes.
Además de los establecidos en las bases generales, las personas aspirantes deberán acreditar que reúnen los siguientes requisitos específicos :
1.-Titulación: Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos o equivalentes:
- Técnico/a en cuidados auxiliares de enfermería, equivalente o superior.
- Técnico/a en atención a personas en situación de dependencia.
- Técnico/a de atención sociosanitaria.
- Técnico Superior en Integración Social.
- Certificado de profesionalidad de atención sociosanitaria a personas en el domicilio.
-Certificado de profesionalidad de atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales o equivalente (BOE nº 274 de 16/11/2015).
-Haber solicitado algún de los dos anteriores certificados de profesionalidad y cumplir los requisitos para obtenerlo.
- Cualquier otra habilitación prevista en el acuerdo de 19 de octubre de 2017, por lo que se modifica parcialmente el Acuerdo del Consejo territorial del Sistema para la Autonomía y Atención la Dependencia de 27 de noviembre de 2008, sobre criterios comunes de acreditación para garantizar la calidad de los centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención la Dependencia, modificado por el Acuerdo de 7 de octubre de 2015. (Resolución de 2 de diciembre de 2008, de la Secretaría de Estado de Política Social, Familias y Atención la Dependencia y la Discapacidad y Resolución de 3 de noviembre de 2015, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad)
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente validación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación del título. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que obtuvieran el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
2.- Estar en posesión del nivel de CELGA 2, o equivalente.
3.- Estar en posesión del/s permiso/s/licencias de conducción que posibiliten los desplazamientos para la realización de las funciones de auxiliar de ayuda en el hogar.
4.- Disponer de medio de transporte para poder realizar los desplazamientos necesarios en el ejercicio de su función de auxiliar de ayuda en el hogar. Se acreditará mediante declaración responsable de la disponibilidad de vehículo y la posesión del permiso necesario.
Tercera.-Documentación y plazo de presentación de las solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del estrato del anuncio de la convocatoria específica en el Boletín Oficial del Estado.
La instancia solicitando participar en el proceso selectivo, según el modelo establecido en este anexo, vendrá acompañada de la siguiente documentación (original o o copia electrónica):
- DNI o documento identificativo.
-Titulación.
- Permiso/s/licencias de conducción
- Declaración responsable de disponibilidad de vehículo.
- Certificado de estudios de la lengua gallega (Celga 2 o equivalente).
- Certificado de discapacidad (en su caso).
- Relación numerada de los méritos de la fase de concurso en el orden que figura en las bases generales y documentación acreditativa de esos méritos ordenados según la relación.
- Justificante del pago de los derechos de examen.
BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN La CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA La PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE AYUDANTE FONTANERO, PERSONAL LABORAL FIJO, INCLUIDA EN La OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE BOIRO PARA La ESTABILIZACIÓN EXCEPCIONAL DE EMPLEO TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN, (disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público). Código del procedimiento 42/2022.
Primera.-Características de la vacante convocada.
Denominación: Ayudante fontanero.
Clasificación: Personal laboral fijo. Grupo Y. Jornada completa
Funciones:
Responsabilidades generales:
Realizará las funciones y actividades competencia de su titulación y especialidad profesional, o bien de su formación teórico-práctica y propias de su servicio, respetando el código deontológico, de ser el caso, tales cómo:
-Realizar tareas normalmente de carácter repetitivo y de apoyo, con aplicación de normas estandarizadas y que precisen esfuerzo físico.
-Cuidado del perfecto estado del material y herramientas que precise para realizar el su cometido.
-Realizar labores elementales con máquinas sencillas, entendiendo por tales aquellas que no requieren entrenamiento ni conocimiento específico.
-Colaborar en las operaciones de carga y descarga manual o con ayuda de elementos mecánicos simples.
-Cumplimiento de la normativa e instrucciones del superior en relación a la prevención de riesgos.
-Mantener el reciclaje continuo en los conocimientos y procedimientos necesarios para realizar las funciones del puesto de manera eficiente, dentro de los medios que la Administración disponga.
-Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación con sus sistemas y procesos de trabajo.
-En general, cualquier otra función de análoga naturaleza que le sea encomendada por su superior jerárquico, en relación con el servicio y con su categoría.
Responsabilidades específicas:
Realizar las labores sin especialidad que le sean encomendadas por su superior jerárquico.
Segunda.–Requisitos específicos de las personas aspirantes.
Además de los establecidos en las bases generales, las personas aspirantes deberán acreditar que reúnen los siguientes requisitos específicos :
- Estar en posesión del nivel de CELGA 2, o equivalente.
Tercera.-Documentación y plazo de presentación de las solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del estrato del anuncio de la convocatoria específica en el Boletín Oficial del Estado.
La instancia solicitando participar en el proceso selectivo, según el modelo establecido en este anexo, vendrá acompañada de la siguiente documentación (original o o copia electrónica):
- DNI o documento identificativo.
- Certificado de estudios de la lengua gallega (Celga 2 o equivalente).
- Certificado de discapacidad (en su caso).
- Relación numerada de los méritos de la fase de concurso en el orden que figura en las bases generales y documentación acreditativa de esos méritos ordenados según la relación.
- Justificante del pago de los derechos de examen.
BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN La CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA La PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE NUEVE PLAZAS DE LIMPIADOR/A, PERSONAL LABORAL FIJO, INCLUIDA EN La OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE BOIRO PARA La ESTABILIZACIÓN EXCEPCIONAL DE EMPLEO TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN, (disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público). Código del procedimiento 43/2022.
Primera.-Características de las vacantes convocadas.
Denominación: Limpiador/a.
Clasificación: Personal laboral fijo. Grupo Y. Jornada completa
Nº plazas cupo general: 8
Nº plazas reservadas a personas con otros tipos de discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33% : 1
Si alguna persona aspirante con discapacidad que se presenta por la cuota de reserva de personas con discapacidad, pero no obtiene plaza, y su puntuación es superior a la obtenida por otras personas aspirantes del sistema de acceso general, será incluida por su orden de puntuación en este sistema.
De conformidad con lo dispuesto en el Real decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por lo que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, durante los procesos selectivos se dará un tratamiento diferenciado a las personas aspirantes por la cuota de discapacidad, en lo que se refiere a las relaciones de personas admitidas y excluidas, a los llamamientos a los ejercicios y a la relación de personas aprobadas. No obstante, al finalizar cada ejercicio y el proceso se elaborará una relación única en que se incluirán todas las personas aspirantes que lo superaran, ordenadas por la puntuación total obtenida, con independencia del tipo de plaza por la que participaran.
Las personas que, cumpliendo los requisitos establecidos en estas bases, opten a las plazas reservadas para personas con discapacidad deberán indicarlo expresamente en la solicitud. De no indicarlo, se entenderá que no optan por esta reserva.
Las personas aspirantes solo podrán participar en una de los turnos citados.
Funciones:
Responsabilidades generales:
Realizará las funciones y actividades competencia de su titulación y especialidad profesional, o bien de su formación teórico-práctica y propias de su servicio, respetando el código deontológico, de ser el caso, tales cómo:
-Cumplimiento de la normativa e instrucciones del superior en relación a la prevención de riesgos.
-Barrer y fregar aulas, despachos y demás dependencias, corredores, esqueiras y limpiar el polvo del mobiliario.
-Barrer y fregar aseos (desinfección con lejía).
-Limpieza de la vajilla y de las ventanas que se puedan limpiar por dentro y las que abran para dentro.
-En calqueira momento que se produzca, sacar con agua y jabón la suciedad imprevista.
-Recoger los residuos en recipientes, y depositarlo en el lugar adjudicado para su retirada por el servicio municipal de recogida de basura.
-Mantener el reciclaje continuo en los conocimientos y procedimientos necesarios para realizar las funciones del puesto de manera eficiente, dentro de los medios que la Administración disponga.
-Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación con sus sistemas y procesos de trabajo.
-En general, cualquier otra función de análoga naturaleza que le sea encomendada por su superior jerárquico, en relación con el servicio y con su categoría.
Responsabilidades específicas:
Encargarse de la limpieza de centros públicos con los utensilios y productos adecuados.
Segunda.–Requisitos específicos de las personas aspirantes.
Además de los establecidos en las bases generales, las personas aspirantes deberán acreditar que reúnen los siguientes requisitos específicos :
- Estar en posesión del nivel de CELGA 2, o equivalente.
Tercera.-Documentación y plazo de presentación de las solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del estrato del anuncio de la convocatoria específica en el Boletín Oficial del Estado.
La instancia solicitando participar en el proceso selectivo, según el modelo establecido en este anexo, vendrá acompañada de la siguiente documentación (original o o copia electrónica):
- DNI o documento identificativo.
- Certificado de estudios de la lengua gallega (Celga 2 o equivalente).
- Certificado de discapacidad (en su caso).
- Relación numerada de los méritos de la fase de concurso en el orden que figura en las bases generales y documentación acreditativa de esos méritos ordenados según la relación.
- Justificante del pago de los derechos de examen.
BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN La CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA La PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE LIMPIADOR/A (TIEMPO PARCIAL 26,67%), PERSONAL LABORAL FIJO, INCLUIDA EN La OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE BOIRO PARA La ESTABILIZACIÓN EXCEPCIONAL DE EMPLEO TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN, (disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público). Código del procedimiento 44/2022.
Primera.-Características de la vacante convocada.
Denominación: Limpiador/a.
Clasificación: Personal laboral fijo. Grupo Y. Tiempo parcial (26,67%)
Funciones:
Responsabilidades generales:
Realizará las funciones y actividades competencia de su titulación y especialidad profesional, o bien de su formación teórico-práctica y propias de su servicio, respetando el código deontológico, de ser el caso, tales cómo:
-Cumplimiento de la normativa e instrucciones del superior en relación a la prevención de riesgos.
-Barrer aulas, despachos y demás dependencias, corredores, esqueiras y limpiar el polvo del mobiliario.
-Barrer y fregar los retretes y urinarios.
-En calqueira momento que se produzca, sacar con agua y jabón la suciedad imprevista.
-El viernes o el sábado de cada semana se realiza una limpieza más a fondo, fregando todas las dependencias y corredores.
-Durante los períodos vacacionales (Navidad, Semana Santa y Verano ) se limpia a fondo todo el Centro, en el que se incluye, barrer, fregar los suelos, limpieza de cristales, persianas, paredes, azulejos, etc.
-Recoger los residuos en recipientes, y depositarlo en el lugar adjudicado para su retirada por el servicio municipal de recogida de basura.
-Mantener el reciclaje continuo en los conocimientos y procedimientos necesarios para realizar las funciones del puesto de manera eficiente, dentro de los medios que la Administración disponga.
-Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación con sus sistemas y procesos de trabajo.
-En general, cualquier otra función de análoga naturaleza que le sea encomendada por su superior jerárquico, en relación con el servicio y con su categoría.
Responsabilidades específicas:
Encargarse de la limpieza de centros públicos con los utensilios y productos adecuados.
Segunda.–Requisitos específicos de las personas aspirantes.
Además de los establecidos en las bases generales, las personas aspirantes deberán acreditar que reúnen los siguientes requisitos específicos :
- Estar en posesión del nivel de CELGA 2, o equivalente.
Tercera.-Documentación y plazo de presentación de las solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del estrato del anuncio de la convocatoria específica en el Boletín Oficial del Estado.
La instancia solicitando participar en el proceso selectivo, según el modelo establecido en este anexo, vendrá acompañada de la siguiente documentación (original o o copia electrónica):
- DNI o documento identificativo.
- Certificado de estudios de la lengua gallega (Celga 2 o equivalente).
- Certificado de discapacidad (en su caso).
- Relación numerada de los méritos de la fase de concurso en el orden que figura en las bases generales y documentación acreditativa de esos méritos ordenados según la relación.
- Justificante del pago de los derechos de examen.
BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN La CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA La PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE LIMPIADOR/A (TIEMPO PARCIAL 80%), PERSONAL LABORAL FIJO, INCLUIDA EN La OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE BOIRO PARA La ESTABILIZACIÓN EXCEPCIONAL DE EMPLEO TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN, (disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público). Código del procedimiento 45/2022.
Primera.-Características de la vacante convocada.
Denominación: Limpiador/a.
Clasificación: Personal laboral fijo. Grupo Y. Tiempo parcial (80%)
Plaza reservada a personas con discapacidad general (otras discapacidades) con un grado de minusvalía igual o superior al 33% .
Si alguna persona aspirante con discapacidad que se presenta por la cuota de reserva de personas con discapacidad, pero no obtiene plaza, y su puntuación es superior a la obtenida por otras personas aspirantes del sistema de acceso general, será incluida por su orden de puntuación en este sistema.
De conformidad con lo dispuesto en el Real decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por lo que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, durante los procesos selectivos se dará un tratamiento diferenciado a las personas aspirantes por la cuota de discapacidad, en lo que se refiere a las relaciones de personas admitidas y excluidas, a los llamamientos a los ejercicios y a la relación de personas aprobadas. No obstante, al finalizar cada ejercicio y el proceso se elaborará una relación única en que se incluirán todas las personas aspirantes que lo superaran, ordenadas por la puntuación total obtenida, con independencia del tipo de plaza por la que participaran.
Funciones:
Responsabilidades generales:
Realizará las funciones y actividades competencia de su titulación y especialidad profesional, o bien de su formación teórico-práctica y propias de su servicio, respetando el código deontológico, de ser el caso, tales cómo:
-Cumplimiento de la normativa e instrucciones del superior en relación a la prevención de riesgos.
-Barrer y fregar aulas, despachos y demás dependencias, corredores, esqueiras y limpiar el polvo del mobiliario.
-Barrer y fregar aseos (desinfección con lejía).
-Limpieza de la vajilla y de las ventanas que se puedan limpiar por dentro y las que abran para dentro.
-En calqueira momento que se produzca, sacar con agua y jabón la suciedad imprevista.
-Recoger los residuos en recipientes, y depositarlo en el lugar adjudicado para su retirada por el servicio municipal de recogida de basura.
-Mantener el reciclaje continuo en los conocimientos y procedimientos necesarios para realizar las funciones del puesto de manera eficiente, dentro de los medios que la Administración disponga.
-Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación con sus sistemas y procesos de trabajo.
-En general, cualquier otra función de análoga naturaleza que le sea encomendada por su superior jerárquico, en relación con el servicio y con su categoría.
Responsabilidades específicas:
Encargarse de la limpieza de centros públicos con los utensilios y productos adecuados.
Segunda.–Requisitos específicos de las personas aspirantes.
Además de los establecidos en las bases generales, las personas aspirantes deberán acreditar que reúnen los siguientes requisitos específicos :
- Estar en posesión del nivel de CELGA 2, o equivalente.
Tercera.-Documentación y plazo de presentación de las solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del estrato del anuncio de la convocatoria específica en el Boletín Oficial del Estado.
La instancia solicitando participar en el proceso selectivo, según el modelo establecido en este anexo, vendrá acompañada de la siguiente documentación (original o o copia electrónica):
- DNI o documento identificativo.
- Certificado de estudios de la lengua gallega (Celga 2 o equivalente).
- Certificado de discapacidad (en su caso).
- Relación numerada de los méritos de la fase de concurso en el orden que figura en las bases generales y documentación acreditativa de esos méritos ordenados según la relación.
- Justificante del pago de los derechos de examen.
BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN La CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA La PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE PAÑOLERO/A, PERSONAL LABORAL FIJO, INCLUIDA EN La OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE BOIRO PARA La ESTABILIZACIÓN EXCEPCIONAL DE EMPLEO TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN, (disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público). Código del procedimiento 46/2022.
Primera.-Características de la vacante convocada.
Denominación: Pañolero/a.
Clasificación: Personal laboral fijo. Grupo Y. Jornada completa
Funciones:
Responsabilidades generales:
Realizará las funciones y actividades competencia de su titulación y especialidad profesional, o bien de su formación teórico-práctica y propias de su servicio, respetando el código deontológico, de ser el caso, tales cómo:
-Realizar tareas de apoyo, con aplicación de normas estandarizadas y que precisen esfuerzo físico.
-Ejecutar los órdenes de trabajo que se le asignen, de acuerdo que su especialidad.
-Cuidado del perfecto estado del material y herramientas que precise para realizar el su cometido.
-Realizar labores elementales con máquinas sencillas, entendiendo por tales aquellas que no requieren entrenamiento ni conocimiento específico.
-Colaborar en las operaciones de carga y descarga manual o con ayuda de elementos mecánicos simples.
-Cumplimiento de la normativa e instrucciones del superior en relación a la prevención de riesgos.
-Mantener el reciclaje continuo en los conocimientos y procedimientos necesarios para realizar las funciones del puesto de manera eficiente, dentro de los medios que la Administración disponga.
-Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación con sus sistemas y procesos de trabajo.
-En general, cualquier otra función de análoga naturaleza que le sea encomendada por su superior jerárquico, en relación con el servicio y con su categoría.
Responsabilidades específicas:
Responsabilizarse del control y correcta gestión del almacén municipal, y atender al usuarios. Control de entrega de EPIS a los trabajadores
Segunda.–Requisitos específicos de las personas aspirantes.
Además de los establecidos en las bases generales, las personas aspirantes deberán acreditar que reúnen los siguientes requisitos específicos :
- Estar en posesión del nivel de CELGA 2, o equivalente.
Tercera.-Documentación y plazo de presentación de las solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del estrato del anuncio de la convocatoria específica en el Boletín Oficial del Estado.
La instancia solicitando participar en el proceso selectivo, según el modelo establecido en este anexo, vendrá acompañada de la siguiente documentación (original o o copia electrónica):
- DNI o documento identificativo.
- Certificado de estudios de la lengua gallega (Celga 2 o equivalente).
- Certificado de discapacidad (en su caso).
- Relación numerada de los méritos de la fase de concurso en el orden que figura en las bases generales y documentación acreditativa de esos méritos ordenados según la relación.
- Justificante del pago de los derechos de examen.
BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN La CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA La PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE PEÓN DE APARCAMIENTO, PERSONAL LABORAL FIJO, INCLUIDA EN La OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE BOIRO PARA La ESTABILIZACIÓN EXCEPCIONAL DE EMPLEO TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN, (disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público). Código del procedimiento 47/2022.
Primera.-Características de la vacante convocada.
Denominación: Peón de aparcamiento.
Clasificación: Personal laboral fijo. Grupo Y. Jornada completa
Funciones:
Responsabilidades generales:
Realizará las funciones y actividades competencia de su titulación y especialidad profesional, o bien de su formación teórico-práctica y propias de su servicio, respetando el código deontológico, de ser el caso, tales cómo:
-Custodia y vigilancia del mobiliario, máquinas, instalaciones del aparcamiento y entrada de personas; apertura y cierre.
-Cobro y control de máquinas.
-Realizar dentro de las dependencias los traslados de material, mobiliario y aparatos que fueren precisos.
-Atención al público.
-Limpieza de los equipos e instalaciones adscritos al servicio.
-Cuidado y conservación de los materiales y elementos de trabajo que haya asignado.
-Dar cuenta al coordinador de servicios de las anomalías que observe en el lugar de trabajo.
-Seguir el plan de trabajo que haya establecido.
-Informar de los errores o daños de equipos o instalaciones de su arena de trabajo ante su superior.
-Recibir, conservar y distribuir los documentos, objetos y correspondencia que le sean encomendados.
-Llevar a cabo las gestiones necesarias para resolver las cuestiones que se presenten o que se le encarguen en su ámbito competencial.
-Ejecutar los órdenes que se le asignen de acuerdo con su especialidad.
-Mantener el reciclaje continuo en los conocimientos y procedimientos necesarios para realizar las funciones del puesto de manera eficiente, dentro de los medios que la Administración disponga.
-Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación con sus sistemas y procesos de trabajo.
-En general, cualquier otra función de análoga naturaleza que le sea encomendada por su superior jerárquico, en relación con el servicio y con su categoría.
Responsabilidades específicas:
- Vigilancia, mantenimiento y atención al público en el aparcamiento municipal
Segunda.–Requisitos específicos de las personas aspirantes.
Además de los establecidos en las bases generales, las personas aspirantes deberán acreditar que reúnen los siguientes requisitos específicos :
- Estar en posesión del nivel de CELGA 2, o equivalente.
Tercera.-Documentación y plazo de presentación de las solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del estrato del anuncio de la convocatoria específica en el Boletín Oficial del Estado.
La instancia solicitando participar en el proceso selectivo, según el modelo establecido en este anexo, vendrá acompañada de la siguiente documentación (original o o copia electrónica):
- DNI o documento identificativo.
- Certificado de estudios de la lengua gallega (Celga 2 o equivalente).
- Certificado de discapacidad (en su caso).
- Relación numerada de los méritos de la fase de concurso en el orden que figura en las bases generales y documentación acreditativa de esos méritos ordenados según la relación.
- Justificante del pago de los derechos de examen.
BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN La CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA La PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE PEÓN DE APARCAMIENTO (TIEMPO PARCIAL 60%), PERSONAL LABORAL FIJO, INCLUIDA EN La OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE BOIRO PARA La ESTABILIZACIÓN EXCEPCIONAL DE EMPLEO TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN, (disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público). Código del procedimiento 48/2022.
Primera.-Características de la vacante convocada.
Denominación: Peón de aparcamiento.
Clasificación: Personal laboral fijo. Grupo Y. Tiempo parcial (60%)
Funciones:
Responsabilidades generales:
Realizará las funciones y actividades competencia de su titulación y especialidad profesional, o bien de su formación teórico-práctica y propias de su servicio, respetando el código deontológico, de ser el caso, tales cómo:
-Custodia y vigilancia del mobiliario, máquinas, instalaciones del aparcamiento y entrada de personas; apertura y cierre.
-Cobro y control de máquinas.
-Realizar dentro de las dependencias los traslados de material, mobiliario y aparatos que fueren precisos.
-Atención al público.
-Limpieza de los equipos e instalaciones adscritos al servicio.
-Cuidado y conservación de los materiales y elementos de trabajo que haya asignado.
-Dar cuenta al coordinador de servicios de las anomalías que observe en el lugar de trabajo.
-Seguir el plan de trabajo que haya establecido.
-Informar de los errores o daños de equipos o instalaciones de su arena de trabajo ante su superior.
-Recibir, conservar y distribuir los documentos, objetos y correspondencia que le sean encomendados.
-Llevar a cabo las gestiones necesarias para resolver las cuestiones que se presenten o que se le encarguen en su ámbito competencial.
-Ejecutar los órdenes que se le asignen de acuerdo con su especialidad.
-Mantener el reciclaje continuo en los conocimientos y procedimientos necesarios para realizar las funciones del puesto de manera eficiente, dentro de los medios que la Administración disponga.
-Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación con sus sistemas y procesos de trabajo.
-En general, cualquier otra función de análoga naturaleza que le sea encomendada por su superior jerárquico, en relación con el servicio y con su categoría.
Responsabilidades específicas:
- Vigilancia, mantenimiento y atención al público en el aparcamiento municipal
Segunda.–Requisitos específicos de las personas aspirantes.
Además de los establecidos en las bases generales, las personas aspirantes deberán acreditar que reúnen los siguientes requisitos específicos :
- Estar en posesión del nivel de CELGA 2, o equivalente.
Tercera.-Documentación y plazo de presentación de las solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del estrato del anuncio de la convocatoria específica en el Boletín Oficial del Estado.
La instancia solicitando participar en el proceso selectivo, según el modelo establecido en este anexo, vendrá acompañada de la siguiente documentación (original o o copia electrónica):
- DNI o documento identificativo.
- Certificado de estudios de la lengua gallega (Celga 2 o equivalente).
- Certificado de discapacidad (en su caso).
- Relación numerada de los méritos de la fase de concurso en el orden que figura en las bases generales y documentación acreditativa de esos méritos ordenados según la relación.
- Justificante del pago de los derechos de examen.
BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN La CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA La PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE NUEVE PLAZAS DE PEÓN ESPECIALISTA PROTECCIÓN CIVIL Y EMERGENCIAS, PERSONAL LABORAL FIJO, INCLUIDA EN La OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE BOIRO PARA La ESTABILIZACIÓN EXCEPCIONAL DE EMPLEO TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN, (disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público). Código del procedimiento 49/2022.
Primera.-Características de las vacantes convocadas.
Denominación: Peón especialista protección civil y emergencias.
Clasificación: Personal laboral fijo. Grupo Y. Jornada completa
Nº plazas cupo general: 8
Nº plazas reservadas a personas con otros tipos de discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33% : 1
Si alguna persona aspirante con discapacidad que se presenta por la cuota de reserva de personas con discapacidad, pero no obtiene plaza, y su puntuación es superior a la obtenida por otras personas aspirantes del sistema de acceso general, será incluida por su orden de puntuación en este sistema.
De conformidad con lo dispuesto en el Real decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por lo que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, durante los procesos selectivos se dará un tratamiento diferenciado a las personas aspirantes por la cuota de discapacidad, en lo que se refiere a las relaciones de personas admitidas y excluidas, a los llamamientos a los ejercicios y a la relación de personas aprobadas. No obstante, al finalizar cada ejercicio y el proceso se elaborará una relación única en que se incluirán todas las personas aspirantes que lo superaran, ordenadas por la puntuación total obtenida, con independencia del tipo de plaza por la que participaran.
Las personas que, cumpliendo los requisitos establecidos en estas bases, opten a las plazas reservadas para personas con discapacidad deberán indicarlo expresamente en la solicitud. De no indicarlo, se entenderá que no optan por esta reserva.
Las personas aspirantes solo podrán participar en una de los turnos citados.
Funciones:
Realizará las funciones y actividades competencia de su titulación y especialidad profesional, o bien de su formación teórico-práctica y propias de su servicio, respetando el código deontológico, de ser el caso, tales cómo:
-Cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales.
-Ejecutar los órdenes de trabajo que se le asignen, de acuerdo con su especialidad.
-Realizar las tareas de ayuda y colaboración que no impliquen especialización, y que redunden en una mayor eficacia y productividad del personal de la Unidad en la que preste servicios (accidentes de tráfico, inundaciones, primeros auxilios, asistencias domiciliarias, apoyo en materia de seguridad vial, actividades medioambientales, ...)
-Cooperación en ayudas humanitarias
-Protección y asistencia a la ciudadanía en materia de seguridad pública, de acuerdo con el que dispongan las leyes que afecten a los servicios de protección civil.
- Desarrollo de las políticas y servicios encaminados a la protección del medio ambiente.
- Prevención y extinción de incendios forestales y urbanos.
- Limpieza de carreteras por restos de accidentes, combustibles, aceites, etc.
- Busca de personas desaparecidas.
- Colaboración en actos diversos.
- Recogida de animales.
- Apertura de viviendas, vehículos....etc.
- Asistencia y ayuda en inundaciones.
- Tareas de prevención de posibles accidentes (limpieza maleza en hincas etc.)
- Retirada de árboles debido a los temporales.
- Traslado de ambulancias en operativos.
- servicio de periféricos.
- Limpieza de arquetas para prevención de inundaciones.
- Limpieza de ríos y playas.
-Mantener el reciclaje continuo en los conocimientos y procedimientos necesarios para realizar las funciones del puesto de manera eficiente, dentro de los medios que la Administración disponga.
-Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación con sus sistemas y procesos de trabajo.
-En general, cualquier otra función de análoga naturaleza que le sea encomendada por su superior jerárquico, en relación con el servicio y con su categoría.
Segunda.–Requisitos específicos de las personas aspirantes.
Además de los establecidos en las bases generales, las personas aspirantes deberán acreditar que reúnen los siguientes requisitos específicos :
- Estar en posesión del nivel de CELGA 2, o equivalente.
Tercera.-Documentación y plazo de presentación de las solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del estrato del anuncio de la convocatoria específica en el Boletín Oficial del Estado.
La instancia solicitando participar en el proceso selectivo, según el modelo establecido en este anexo, vendrá acompañada de la siguiente documentación (original o o copia electrónica):
- DNI o documento identificativo.
- Certificado de estudios de la lengua gallega (Celga 2 o equivalente).
- Certificado de discapacidad (en su caso).
- Relación numerada de los méritos de la fase de concurso en el orden que figura en las bases generales y documentación acreditativa de esos méritos ordenados según la relación.
- Justificante del pago de los derechos de examen.
BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN La CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA La PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE TRES PLAZAS DE PEÓN ESPECIALISTA, PERSONAL LABORAL FIJO, INCLUIDA EN La OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE BOIRO PARA La ESTABILIZACIÓN EXCEPCIONAL DE EMPLEO TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN, (disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público). Código del procedimiento 50/2022.
Primera.-Características de las vacantes convocadas.
Denominación: Peón especialista
Clasificación: Personal laboral fijo. Grupo Y. Jornada completa
Funciones:
Realizará las funciones y actividades competencia de su titulación y especialidad profesional, o bien de su formación teórico-práctica y propias de su servicio, respetando el código deontológico, de ser el caso, tales cómo:
-Realizar tareas de apoyo, con aplicación de normas estandarizadas y que precisen esfuerzo físico.
-Ejecutar los órdenes de trabajo que se le asignen, de acuerdo que su especialidad.
-Cuidado del perfecto estado del material y herramientas que precise para realizar el su cometido.
-Realizar labores elementales con máquinas sencillas, entendiendo por tales aquellas que no requieren entrenamiento ni conocimiento específico.
-Colaborar en las operaciones de carga y descarga manual o con ayuda de elementos mecánicos simples.
-Cumplimiento de la normativa e instrucciones del superior en relación a la prevención de riesgos.
-Mantener el reciclaje continuo en los conocimientos y procedimientos necesarios para realizar las funciones del puesto de manera eficiente, dentro de los medios que la Administración disponga.
-Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación con sus sistemas y procesos de trabajo.
-En general, cualquier otra función de análoga naturaleza que le sea encomendada por su superior jerárquico, en relación con el servicio y con su categoría.
Segunda.–Requisitos específicos de las personas aspirantes.
Además de los establecidos en las bases generales, las personas aspirantes deberán acreditar que reúnen los siguientes requisitos específicos :
- Estar en posesión del nivel de CELGA 2, o equivalente.
Tercera.-Documentación y plazo de presentación de las solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del estrato del anuncio de la convocatoria específica en el Boletín Oficial del Estado.
La instancia solicitando participar en el proceso selectivo, según el modelo establecido en este anexo, vendrá acompañada de la siguiente documentación (original o o copia electrónica):
- DNI o documento identificativo.
-Titulación.
- Certificado de estudios de la lengua gallega (Celga 2 o equivalente).
- Certificado de discapacidad (en su caso).
- Relación numerada de los méritos de la fase de concurso en el orden que figura en las bases generales y documentación acreditativa de esos méritos ordenados según la relación.
- Justificante del pago de los derechos de examen.
BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN La CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA La PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE CINCO PLAZAS DE PEÓN ESPECIALISTA RECOGIDA DE BASURA, PERSONAL LABORAL FIJO, INCLUIDA EN La OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE BOIRO PARA La ESTABILIZACIÓN EXCEPCIONAL DE EMPLEO TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN, (disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público). Código del procedimiento 51/2022.
Primera.-Características de las vacantes convocadas.
Denominación: Peón especialista recogida de basura.
Clasificación: Personal laboral fijo. Grupo Y. Jornada completa
Funciones:
Realizará las funciones y actividades competencia de su titulación y especialidad profesional, o bien de su formación teórico-práctica y propias de su servicio, respetando el código deontológico, de ser el caso, tales cómo:
-Realizar tareas de apoyo, con aplicación de normas estandarizadas y que precisen esfuerzo físico.
-Ejecutar los órdenes de trabajo que se le asignen, de acuerdo que su especialidad.
-Cuidado del perfecto estado del material y herramientas que precise para realizar el su cometido.
-Realizar labores elementales con máquinas sencillas, entendiendo por tales aquellas que no requieren entrenamiento ni conocimiento específico.
-Colaborar en las operaciones de carga y descarga manual o con ayuda de elementos mecánicos simples.
-Cumplimiento de la normativa e instrucciones del superior en relación a la prevención de riesgos.
-Mantener el reciclaje continuo en los conocimientos y procedimientos necesarios para realizar las funciones del puesto de manera eficiente, dentro de los medios que la Administración disponga.
-Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación con sus sistemas y procesos de trabajo.
-En general, cualquier otra función de análoga naturaleza que le sea encomendada por su superior jerárquico, en relación con el servicio y con su categoría.
Segunda.–Requisitos específicos de las personas aspirantes.
Además de los establecidos en las bases generales, las personas aspirantes deberán acreditar que reúnen los siguientes requisitos específicos :
- Estar en posesión del nivel de CELGA 2, o equivalente.
Tercera.-Documentación y plazo de presentación de las solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del estrato del anuncio de la convocatoria específica en el Boletín Oficial del Estado.
La instancia solicitando participar en el proceso selectivo, según el modelo establecido en este anexo, vendrá acompañada de la siguiente documentación (original o o copia electrónica):
- DNI o documento identificativo.
-Titulación.
- Certificado de estudios de la lengua gallega (Celga 2 o equivalente).
- Certificado de discapacidad (en su caso).
- Relación numerada de los méritos de la fase de concurso en el orden que figura en las bases generales y documentación acreditativa de esos méritos ordenados según la relación.
- Justificante del pago de los derechos de examen.
BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN La CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA La PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE PEÓN RECOGIDA DE BASURA, PERSONAL LABORAL FIJO, INCLUIDA EN La OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE BOIRO PARA La ESTABILIZACIÓN EXCEPCIONAL DE EMPLEO TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN, (disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público). Código del procedimiento 52/2022.
Primera.-Características de las vacantes convocadas.
Denominación: Peón recogida de basura
Clasificación: Personal laboral fijo. Grupo Y. Jornada completa
Funciones:
Responsabilidades generales:
Realizará las funciones y actividades competencia de su titulación y especialidad profesional, o bien de su formación teórico-práctica y propias de su servicio, respetando el código deontológico, de ser el caso, tales cómo:
-Custodia y vigilancia del mobiliario, máquinas, instalaciones del aparcamiento y entrada de personas; apertura y cierre.
-Cobro y control de máquinas.
-Realizar dentro de las dependencias los traslados de material, mobiliario y aparatos que fueren precisos.
-Atención al público.
-Limpieza de los equipos e instalaciones adscritos al servicio.
-Cuidado y conservación de los materiales y elementos de trabajo que haya asignado.
-Dar cuenta al coordinador de servicios de las anomalías que observe en el lugar de trabajo.
-Seguir el plan de trabajo que haya establecido.
-Informar de los errores o daños de equipos o instalaciones de su arena de trabajo ante su superior.
-Recibir, conservar y distribuir los documentos, objetos y correspondencia que le sean encomendados.
-Llevar a cabo las gestiones necesarias para resolver las cuestiones que se presenten o que se le encarguen en su ámbito competencial.
-Ejecutar los órdenes que se le asignen de acuerdo con su especialidad.
-Mantener el reciclaje continuo en los conocimientos y procedimientos necesarios para realizar las funciones del puesto de manera eficiente, dentro de los medios que la Administración disponga.
-Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación con sus sistemas y procesos de trabajo.
-En general, cualquier otra función de análoga naturaleza que le sea encomendada por su superior jerárquico, en relación con el servicio y con su categoría.
Responsabilidades específicas:
- Recogida de basura en el término municipal.
Segunda.–Requisitos específicos de las personas aspirantes.
Además de los establecidos en las bases generales, las personas aspirantes deberán acreditar que reúnen los siguientes requisitos específicos :
- Estar en posesión del nivel de CELGA 2, o equivalente.
Tercera.-Documentación y plazo de presentación de las solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del estrato del anuncio de la convocatoria específica en el Boletín Oficial del Estado.
La instancia solicitando participar en el proceso selectivo, según el modelo establecido en este anexo, vendrá acompañada de la siguiente documentación (original o o copia electrónica):
- DNI o documento identificativo.
-Titulación.
- Certificado de estudios de la lengua gallega (Celga 2 o equivalente).
- Certificado de discapacidad (en su caso).
- Relación numerada de los méritos de la fase de concurso en el orden que figura en las bases generales y documentación acreditativa de esos méritos ordenados según la relación.
- Justificante del pago de los derechos de examen.
BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN La CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA La PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE QUINCE PLAZAS DE PEÓN DE SERVICIOS VARIOS, PERSONAL LABORAL FIJO, INCLUIDA EN La OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE BOIRO PARA La ESTABILIZACIÓN EXCEPCIONAL DE EMPLEO TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN, (disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público). Código del procedimiento 53/2022.
Primera.-Características de las vacantes convocadas.
Denominación: Limpiador/a.
Clasificación: Personal laboral fijo. Grupo Y. Jornada completa
Nº plazas cupo general: 14
Nº plazas reservadas a personas con discapacidad intelectual con un grado de minusvalía igual o superior al 33% : 1
Si alguna persona aspirante con discapacidad que se presenta por la cuota de reserva de personas con discapacidad, pero no obtiene plaza, y su puntuación es superior a la obtenida por otras personas aspirantes del sistema de acceso general, será incluida por su orden de puntuación en este sistema.
De conformidad con lo dispuesto en el Real decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por lo que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, durante los procesos selectivos se dará un tratamiento diferenciado a las personas aspirantes por la cuota de discapacidad, en lo que se refiere a las relaciones de personas admitidas y excluidas, a los llamamientos a los ejercicios y a la relación de personas aprobadas. No obstante, al finalizar cada ejercicio y el proceso se elaborará una relación única en que se incluirán todas las personas aspirantes que lo superaran, ordenadas por la puntuación total obtenida, con independencia del tipo de plaza por la que participaran.
Las personas que, cumpliendo los requisitos establecidos en estas bases, opten a las plazas reservadas para personas con discapacidad deberán indicarlo expresamente en la solicitud. De no indicarlo, se entenderá que no optan por esta reserva.
Las personas aspirantes solo podrán participar en una de los turnos citados.
Funciones:
Responsabilidades generales:
Realizará las funciones y actividades competencia de su titulación y especialidad profesional, o bien de su formación teórico-práctica y propias de su servicio, respetando el código deontológico, de ser el caso, tales cómo:
-Realizar tareas normalmente de carácter repetitivo y de apoyo, con aplicación de normas estandarizadas y que precisen esfuerzo físico.
-Cuidado del perfecto estado del material y herramientas que precise para realizar el su cometido.
-Realizar labores elementales con máquinas sencillas, entendiendo por tales aquellas que no requieren entrenamiento ni conocimiento específico.
-Colaborar en las operaciones de carga y descarga manual o con ayuda de elementos mecánicos simples.
-Cumplimiento de la normativa e instrucciones del superior en relación a la prevención de riesgos.
-Mantener el reciclaje continuo en los conocimientos y procedimientos necesarios para realizar las funciones del puesto de manera eficiente, dentro de los medios que la Administración disponga.
-Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación con sus sistemas y procesos de trabajo.
-En general, cualquier otra función de análoga naturaleza que le sea encomendada por su superior jerárquico, en relación con el servicio y con su categoría.
Responsabilidades específicas:
Realizar las labores sin especialidad que le sean encomendadas por su superior jerárquico.
Segunda.–Requisitos específicos de las personas aspirantes.
Además de los establecidos en las bases generales, las personas aspirantes deberán acreditar que reúnen los siguientes requisitos específicos :
- Estar en posesión del nivel de CELGA 2, o equivalente.
Tercera.-Documentación y plazo de presentación de las solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del estrato del anuncio de la convocatoria específica en el Boletín Oficial del Estado.
La instancia solicitando participar en el proceso selectivo, según el modelo establecido en este anexo, vendrá acompañada de la siguiente documentación (original o o copia electrónica):
- DNI o documento identificativo.
- Certificado de estudios de la lengua gallega (Celga 2 o equivalente).
- Certificado de discapacidad (en su caso).
- Relación numerada de los méritos de la fase de concurso en el orden que figura en las bases generales y documentación acreditativa de esos méritos ordenados según la relación.
- Justificante del pago de los derechos de examen.
En Boiro a 14 de diciembre de 2022.
El Alcalde.
José Ramón Romero García.
2022/7923