Miércoles, 21 de septiembre de 2022 · Miércoles, 21 de septiembre de 2022 · Número 180
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Gallego - Castellano
2022_0000005795

Administración Local

Municipal

Moeche

Bases de la convocatoria de ayudas a las comisiones organizadoras de fiestas patronales y populares para la contratación de orquestas a través del programa PIEL-Ayuntamientos. Ayudas al sector de las orquestas y verbenas de la línea 1.3 del plan de empleo local

A presente convocatoria formulara el amparo de lo dispuesto en la resolución de la presidencia de la Diputación provincial de A Coruña nº 2022 /25825 de 30 de mayo de 2022 (BOP nº 102 de 31 de mayo de 2022) por la que se aprueban las bases reguladoras del Programa PEL-AYUNTAMIENTOS_ Ayudas al sector de las orquestas y verbenas y tienen como objetivo la reactivación de sectores afectados directamente por las medidas solidas para el control de la pandemia como es el sector de las orquestas y, en concreto, la ejecución de verbenas, fiestas populares o eventos con actuaciones de orquestas en la provincia de A Coruña, y contribuir al mantenimiento del empleo y la generación de recursos en el sector.

Primera.- Objeto y finalidad

El objeto del programa es contribuir a la reactivación económica, a la generación de recursos económicos y a la promoción y mantenimiento del empleo, en el sector empresarial del mundo del espectáculo y movimiento cultural, y en concreto, del sector de las orquestas y verbenas.

La finalidad de las presentes bases es definir las condiciones y el procedimiento que se ha seguir para la concesión de subvenciones a favor das comisiones organizadoras de fiestas patronales y populares que por tradición se vienen celebrando en emplazamientos al aire libre del término municipal de Moeche, para contratar orquestas para dichas fiestas patronales y populares.

Estas comisiones deberán disponer de capacidad jurídica y fiscal de conformidad con lo dispuesto en la base 4.2 de las específicas de esta convocatoria.

Las actividades subvencionadas deberán desarrollarse en el término municipal de Moeche y con el gallego como lengua vehicular

Segunda.-Financiación Los costes derivados del presente programa se financiarán con cargo la subvención firmada a este ayuntamiento por la Diputación Provincial de A Coruña al amparo de la convocatoria del Programa PEL-ayuntamientos- Ayudas al sector de las orquestas y verbenas de la líña 1.3 del Plan de Empleo Local, por el importe de 3.000,00 €. Aplicación presupuestaria 2022.334.480.00 proyecto 2022.3.2246.1.

Esta contia no podrá ser objeto de ampliaicón.

Tercero.-Destinatarios/las requisitos

3.1. Destinatarios Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las entidades legalmente constituidas como asociaciones, o comisiones de fiestas que reúnan los siguientes requisitos:

la) Disponer de personalidad jurídica y capacidad de obrar acreditada mediante la asignación por la Agencia Estatal de Administración Tributaria del Estado del correspondiente número de identificación fiscal (CIF/NIF)

b) Carecer de fines de lucro.

c) Desarrollar sus actividades en el ayuntamiento de Moeche

d) No tener pendiente de justificar ninguna subvención o ayuda ante el ayuntamiento en el que desarrolla su actividad para el mismo objeto para lo cual solicita la ayuda.

y) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias, estatales, autonómicas, con el ayuntamiento y con la seguridad social.

f) No estar incursos en ninguno de los supuestos de incapacidad o incompatibilidad para percibir ayudas o subvenciones públicas.

3.2. Requisitos de las orquestas que se van a contratar

Las empresas titulares de orquestas que se van a contratar deberán cumplir con los requisitos siguientes:

la) Tener su domicilio fiscal y social en Galicia.

b) Tener una antigüedad mínima de 2 años de ejercicio continuado en la actividad, la considerar desde la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, según la información recogida en el certificado de situación censual de la entidad.

c) Declarar responsablemente que tiene una composición mínima de 6 miembros, de los cuáles al menos 4, deberán en su actuación tocar un instrumento musical.

d) Declarar responsablemente que el 80 por ciento de su actividad se centra en la organización de espectáculos y actuaciones musicales en vivo.

Cuarta- Exclusiones

No se subvencionarán solicitudes que excluyan la lengua gallega. Los proyectos subvencionados deberá tener como lengua vehicular de desarrollo la lengua gallega, así como también lo será de los soportes divulgativos de las actividades (web, redes sociales, cartelería, folletos y equivalentes) y de cualquier otro aspecto vinculado, sin que eso excluya la posibilidad de utilizar también otras lenguas.

Quinta.- Compatibilidad/incompatibilidad

La ayuda municipal concedida en la presente convocatoria es compatible con la percepción de otras ayudas públicas procedentes de cualquier otra entidad pública o privada, siempre que la suma de las mismas no seña superior los gastos acreditados

Sexta.- Gastos subvencionables

El importe de la aportación se destinará a subvencionar los gastos realizados por las comisiones organizadoras de fiestas patronales y populares que por tradición se vienen celebrando en emplazamientos al aire libre en el término municipal, para contratar orquestas para dichas fiestas patronales y populares.

Estas comisiones deberán disponer de capacidad jurídica y fiscal de conformidad con lo dispuesto en la base 4.2 de las específicas de esta convocatoria.

• El importe del IVA no se considerará gasto subvencionable cuando sea susceptible de recuperación o compensación por la entidad.

• La empresa que facture los bienes o servicios debe estar dada de alta en la actividad económica correspondiente a los bienes o servicios que provee, y recogida en el Certificado de situación censual de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, con anterioridad a la fecha de emisión de la factura

• El importe del gasto subvencionable no podrá superar el valor razonable, según las normas contables ni el precio de mercado.

• No se podrán utilizar intermediarios que se limiten a gestionar la compra o el servicio, aumentando así el precio final facturado.

Septima - Período subvencionable

Las actividades objeto de este programa deben realizarse en el período comprendido entre 1 de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2022, por lo que las contrataciones de las orquestas podrán realizarse dentro de este período y, en consecuencia, no podrán imputarse al programa gastos realizados con posterioridad.

Octava: Solicitud y Documentación

Las asociación o comisión de fiestas interesadas en participar en esta convocatoria tendrán que presentar solicitud en el modelo que se adjunta como anexo I , en el Registro General del ayuntamiento, a través de la sede electrónica o de forma presencial el en algún lugar de los previstos en el artículo 16.4 de la ley 39/2015 de procedimiento administrativo común de las Administraciones públicas.

Junto con la solicitud deberá aportar la siguiente documentación:

· Original del CIF o NIF

· Documento que justifique que la comisión carece de ánimo de lucro

· Justificante de tener su domicilio en Moeche

· Declaración de no tener pendiente de justificar ninguna ayuda ante el ayuntamiento de Moeche

· Declaración de estar al corriente con sus obligaciones tributarias, estatales, autonómicas, con el ayuntamiento y con la Seguridad Social

· Declaración de no estar incursos en ninguno de los supuestos de incapacidad o incompatibiliade para recibir ayudas o subvención públicas.

· Memoria descriptiva de la fiesta para la que solicita la ayuda para la contratación objeto de este programa, firmada por el representante de la comisión, que incluya la denominación de la orquesta a la que se pretende contratar el que ya fue contratada, en el caso de tque en la fecha de la solicitud ya hubiera sido celebrada la verbena popular y presupuesto desglosado de gastos

· Aquellos documentos que justifiquen que la orquesta que se prentende contratar reúne los requisitos recogidos en estas bases (base tercera).

· Toda aquella documentación que indique que se cumplen con los compromisos y obligaciones del beneficiario recogidas en la base décimo primera.

Novena: Plazo de presentación de solicitudes.

Las asociación y comisión de fiestas podrán presentar las solicitudes desde el día siguiente a la publicación de estas bases en el boletín Oficial de la provincia y hasta del día 15 de octubre de 2022, , no pudiendo desarrollarse ninguna actividad para la que solicita la subvención con fecha posterior a 31 de diciembre de 2022.

Décima: Compromisos y obligaciones

10.1.- Los/las beneficiarios/las de la presente convocatoria deberán cumplir, los siguientes compromisos y obligaciones:

· Cumplir con todos los requisitos indicados en estas bases.

· Dar su consentimiento al tratamiento de datos de carácter personal y su publicación, de acuerdo con la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal.

· .Utilizar, con carácter general, un lenguaje no sexista e inclusiva, elaborar materiales que fomenten la igualdad, tratar las imágenes con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, pluralidad de roles e identidades de género.

· Emplear la subvención otorgada para el mismo fin para lo cual es concedida, ajustándose las bases de la convocatoria.

· .En caso de que alguna de las actividades que ejecute la entidad solicitante implique el contacto habitual con menores, deberá comprobar que el personal a su cargo no fue condenado por sentencia firme por ningún delito contra la libertad y ndemnidade sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos. (De acuerdo con la Ley orgánica 1/1996, de protección jurídica del menor, de modificación del Código civil y de la Ley de enjuiciamiento civil) .

· Hacer constar la colaboración de la Diputación de A Coruña en toda la información (impresa, informática o audiovisual) que hicieren de las actividades o inversiones subvencionados, así como en su página web.

· .Declarar la obtención de otras ayudas para la misma finalidad .

· .Atender y proporcionar, en su caso, cuanta información le pueda solicitar el servicio de control interno municipal del ayuntamiento.

· .Cumplir con la obligación de dar publicidad de la aportación de la Diputación provincial y del ayuntamiento de Moeche .Esta obligación se entenderá como mínimo desde la fecha de concesión y hasta el pago de la subvención.

· .Justificar el cumplimiento de los objetivos, requisitos, condiciones y de la finalidad sujeta a la subvención, sometiéndose a las actuaciones de comprobación y control, que podrá efectuar el Ayuntamiento de Moeche,

· Asimismo, las comisiones beneficiarias de las subvenciones tienen la obligación de conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos durante un mínimo de cuatro años, que se han contar desde la fecha de la percepción o cobramiento de la subvención, en tanto que podrán ser objeto de las correspondientes actividades de control.

10.2.No se subvencionarán solicitudes que excluyan la lengua gallega. Los proyectos subvencionados deberán tener como lengua vehicular de desarrollo la lengua gallega, así como también lo será de los soportes divulgativos de las actividades (web, edes sociales, cartelería, folletos y equivalentes) y de cualquier otro aspecto vinculado, sin que eso excluya la posibilidad de utilizar también otras lenguas.

Decimo primera. Tramitación

Examinadas las solicitudes presentadas y comprobado el cumplimiento de los requisitos para ser beneficiaros, la unidad gestora comprabará que la documentación es correcta. En el caso de ser necesario requerirase a las entidades para que subsanen la solicitud en el plazo de 10 días hábiles desde la notificación del requerimiento y podrá requerir que aporten cuanta documentación e información complementaria estime oportuna para fundamentar la solicitud.

Décimo segunda: Resolución

Examinadas las solicitudes presentadas, y constatado el cumplimiento de los requisitos establecidos en las presentes bases, por la la Xunta de Gobierno se dictará resolución de concesión de ayudas que se notificará a los interesados/las , segundo lo establecido en el artículo 40 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del procedimiento administrativo común y publicaráse en la página web del ayuntamiento y en el tablón de edictos de la sede electrónica de Moeche.

La cantidad prevista para a concesiones de las ayudas (3.000 €) se repartirá de forma equitativa entre todas las asociación o comisiones de fiestas que cumplan los requisitos recogidos en las presentes bases

El acuerdo de concesión o denegación de la subvención pone fin la vía administrativa, siendo aplicable el régimen de recursos previsto en la ley 39/2015 de procedimiento administrativo común.

Decimotercera: Justificación

Antes de las 14 horas del día 28 de febrero de 2023, las asociaciones o comisiones de fiestas beneficiarias deberán aportar la siguiente documentación justificativa de la realización de la actividad para la que se concedió la subvención:

· -Memoria, según modelo que se aporta, de la actividad realizada para la que se solicitaba ayuda para la contratación, firmada por el representante de la comisión de fiestas que incluya una justificación gráfica de la actividad realizada en la que conste la aportación de la subvención por parte de la Diputación de A Coruña.

· -Facturas del gasto realizado para la contratación en la que se expecifiquen los pagos realizados.

Si no se aporta la justificación dentro de plazo, se requerirá el beneficiario para su presentación en el plazo improrrogable de 15 días.

La falta de justificación en este plazo excepcional llevará aparejada la pérdida de la aportación municipal.

En el caso de concurrencia de otras ayudas, subvenciones o ingresos para el mismo objeto, el importe que se ha justificar será la suma de todos los ingresos obtenidos.

La presentación de la justificación fuera de plazo, o en el plazo excepcional, no eximirá la entidad beneficiaria de las sanciones que correspondan con la graduación indicada en la base 8 de las bases generales de este programa.

Decimocuarta: Pago

El abono de la subvención se hará efectivo en un único pago después de comprobar que la comisión presentó la documentación justificativa y se entiende que cumpleu con el objeto de la ayuda.

Decimoquinta: Revocación y reintegro

La constatación del incumplimiento de los requisitos necesarios o de las obligaciones asumidas a consecuencia de la concesión de la subvención, así como la falsedad documental, podrá dar lugar a la extinción del derecho a su disfrute o a la modificación de la resolución de concesión, al reintegro de las cantidades percibidas y, en su caso, a la incoación del correspondiente expediente sancionador conforme a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones así como cuantas responsabilidades de todo orden puedan derivarse.

Décimo siesta. Datos de carácter personal

Los datos personales obtenidos en este procedimiento serán tratados por el ayuntamiento con la finalidad de llevar a cabo la tramitación administrativa que derive de la gestión de este procedimiento. El tratamiento de los datos se basa en el cumplimiento dunna misión de interés público.

Los datos serán comunicados a las administración públicas en el ejercicio de sus competencias, cuando sea necesario para la tramitación y resolución de sus procedimientos o por obligación legal.

Las personas interesadas podrán ejercer el derecho de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación al tratamiento y portabilidade de los datos a través de la sede electrónica del ayuntamiento o presencialmente en los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Décimo septima - Rexime xuridico

Para todo el no dispuesto en estas bases será de aplicación la normativa siguiente:

· .Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

· .Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

· .Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por lo que se aprueba el reglamento de la Ley 38/2003,

· de 17 de noviembre, general de subvenciones.

· .Ordenanza general de subvenciones y transferencias de la Diputación provincial de A Coruña.

· Ordenanza general de subvenciones de este Ayuntamiento de Moeche

· .Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

· .Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

· .Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local.

· .Ley 5/1997, de 22 de julio, de administración local de Galicia.

· .Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por lo que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales.

· .Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de derechos digitales.

· Resolución de Presidencia nº 2022/25825 de 30 de mayo de 2022, por la que se aprueban

· las bases reguladoras del Programa PEL-AYUNTAMIENTOS_Ayudas al sector de las orquestas

· y verbenas.

 

ANEXO I. SOLICITUD DE AYUDA

DATOS DEL SOLICITANTE

ASOCIACIÓN/COMISIÓN DE FIESTAS

 

CIF

 

DIRECCIÓN

 

LOCALIDAD

 

C.P.

 

TELÉFONO

 

CORREO ELECTRÓNICO A EFECTO DE NOTIFICACIONS

 

DATOS DEL REPRESENTANTE

APELLIDOS Y NOMBRE

 

DNI/ NIE

 

DIRECCIÓN

 

LOCALIDAD

 

C.P.

 

TELÉFONO

 

CORREO ELECTRÓNICO A EFECTO DE NOTIFICACIONS

 

 

 

EN CALIDAD DE

 

SOLICITA

Que le sea concedida una subvención al amparo de la convocatoria de las ayudas del ayuntamiento de Moeche , a las comisiones organizadoras de fiestas patronales y populares para la contracción de orquestas a través del programa piel-ayuntamientos _ayudas al sector de las orquestas y verbenas de la línea 1.3 del plan de empleo local.

DECLARO RESPONSABLEMENTE :

· Que reúne los requisitos para ser beneficiario de las ayudas convocadas por el ayuntamiento de Moeche a las comisiones organizadoras de fiestas patronales y populares para la contracción de orquestas a través del programa piel-ayuntamientos _ayudas al sector de las orquestas y verbenas de la línea 1.3 del plan de empleo local.

· Que la orquesta que se contrata reúne todos y cada ún de los requisitos señalados en la base tercera de la convocatoria.

· Que carece de fin de lucro.

· Que tiene su domicilio en Moeche.

· Que no tener pendiente de justificar ninguna ayuda ante el ayuntamiento de Moeche

· Que está al corriente con sus obligaciones tributarias, estatales, autonómicas, con el ayuntamiento y con la Seguridad Social

· Que no está estar incursos en ninguno de los supuestos de incapacidad o incompatibiliade para recibir ayudas o subvención públicas.

· Que se compromete a cumplir con las obligaciones de lo/las beneficiarios de las ayudas relacionadas en la base décima.

· Que la presente declaración se hace una vez leído el significado legal de “declaración responsable” conforme a lo dispuesto en el artículo 69.1 de la ley 39/2015 del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas:

“A los efectos de esta ley, entenderáse por declaración responsable el documento subscrito por persona interesada en la que se manifiesta, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente para obtener el reconocimiento de un derecho o facultad o para su ejercicio, que dispone de la documentación que así lo acredita, que la pondrá la disposición de la administración cuando se le requiera, y que se compromete a mantener el cumpirmento de las anteriores obligaciones durante el período de tiempo inherente a este reconocimiento o ejercicio”.

 

MEMORIA DESCRIPTIVA DE Las ACTIVIDADES QUE SE VAN A REALIZAR

DENOMINACIÓN DE La COMISIÓN DE FIESTAS

 

DENOMINACIÓN DE La FIESTA O VERBENA

 

FECHAS

 

LUGAR

 

Breve descripción de las actvidades que se han desarrollar en relación con las contrataciones realizadas

 

 

Moeche,____ de_________________ de 2022.

Fdo.”

Sra./Sra. Alcaldesa Presidenta del ayuntamiento de Moeche (A Coruña)

ANEXO II. JUSTIFICACIÓN

D./D.ª______________________________________________________________, en su calidad de _________________de la entidad _____________________,

CERTIFICO:

· Que fueron efectuadas las actividades financiadas por el ayuntamiento de Moeche para las comisiones organizadoras de fiestas patronales y populares que por tradición se vienen celebrando en emplazamientos al aire libre en el térmo municipal de Moeche para contratar orquestas para dichas fiestas, resultando cumplida la finalidad de la subvención.

· Que la actividad desarrollada tuvo lugar el/s día/s _________________________________ en la fiesta patronal o popular denominada _________________________________________________ celebrada en ______________________________.

· Que la actividad desarrollada en relación con la contratación de la orquesta fue :__________________________________________________________________________________________________________________________________________

· Que la relación de gastos en que tiene incurrido la asociación/Comisión de fiestas, es la siguiente:

CONCEPTO

 

ACREEDOR

 

Nº FACTURA

 

FECHA DE EMISIÓN DE La FACTURA

 

IMPORTE

 

FECHA DE PAGO

 

· Que las subvención que se obtuvieron de esta o de otras Administraciones u Organismos públicos o privados, para la misma finalidad son:

ENTIDAD

IMPORTE

 

 

 

 

 

 

 

 

TOTAL OTRAS SUBVENCIONS

 

· Que la suma del importe de las mismas no excede del importe total del gasto realizado.

· Que se aportan justificantes del cumplimiento de los requisitos exigidos la orquesta contratada, establecidos en la base tercera de la convocatoria:

1. Certificado censual de la orquesta en el que conste domicilio social y fiscal en Galicia y antiguedade mínima de dos años.

2. Declaración responsable de la orquesta de que tiene una composición mínima de 6 miembros de los cuáles al menos 4 en su actuación tocan instrumento musical.

3. Declaración responsable de la orquesta de que el 80% de su actividad se centra en la organización de espectáculos y actuaciones musicales en vivo.

· Que se juntan facturas originales de los gastos realizados así como el justificante de la publicidad de la cofinanciación por el Ayuntamiento y la memoria explicativa de la actuación.

 

Moeche, __de________________ de 202

Fdo.”

Sra./Sra. Alcaldesa del Ayuntamiento de Moeche

Moeche, 16 de septiembre de 2022

El Alcalde en funciones.- Miguel A. Cantera Rodriguez

2022/5795

 

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