Martes, 15 de marzo de 2022 · Martes, 15 de marzo de 2022 · Número 50
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2022_0000001332

Administración Local

Provincial

Diputación provincial de A Coruña

Servicio de Desarrollo Territorial y Medio Ambiente

Bases reguladoras Programa MA100 de subvenciones para limpieza de playas destinado a ayuntamientos de la provincia de A Coruña - 2022

ANUNCIO

Mediante Resolución de Presidencia n.º 2022/12573, de 10 de marzo, se aprobaron las bases reguladoras del Programa MA100 de subvenciones para limpieza de playas destinado a ayuntamientos de la provincia de A Coruña - 2022, cuyo texto se transcribe en gallego y en castellano:

GALLEGO

 

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE A CORUÑA

 

BASES REGULADORAS DEL PROGRAMA DE SUBVENCIONES PARA LIMPIEZA DE PLAYAS DESTINADO A AYUNTAMIENTOS DE La PROVINCIA DE A CORUÑA - AÑO 2022

UNIDAD GESTORA

Servicio de Desarrollo Territorial y Transición Ecológica

SECCIÓN

Sección de Desarrollo Territorial, Coop. y Medio Ambiente

ANUALIDAD

2022

PROGRAMA

MA100/2022

OBJETO

Apoyo a los ayuntamientos de la provincia en el sostenimiento de los gastos de contratación dirigidos a la limpieza de sus playas marítimas durante la temporada de verano

BENEFICIARIOS

Ayuntamiento de la provincia de A Coruña con playas marítimas

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA

0520/17222/46201

IMPONERTE DE La CONVOCATORIA

900.000,00 €

IMPONERTE DE La SUBVENCIÓN A CONCEDER

Mínimo 6.768,00 €

Máximo 33.840,00 €

IMPORTE MÁXIMO A SOLICITAR

33.840,00 €

COEFICIENTE DE FINANCIACIÓN

 

1

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE A CORUÑA

 

1.–BASES GENERALES DIRIGIDAS A AYUNTAMIENTOS Y OTRAS ENTIDADES LOCALES DE La PROVINCIA

 

Base 1.–Régimen jurídico general.

Para todo el no previsto en estas bases será de aplicación la normativa siguiente:

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por lo que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

Ordenanza general de subvenciones y transferencias de la Diputación provincial de A Coruña.

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones públicas.

Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del Sector público.

Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local.

Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración local de Galicia.

Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por lo que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.

Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de derechos digitales.

Ley 3/1983, de 15 de junio, de normalización lingüística (LNLGa)

Ordenanza general de administración electrónica de la Diputación de A Coruña de 6 de noviembre del 2015.

Ordenanza de uso de la lengua gallega en la Diputación de A Coruña de 15 de septiembre de 2017.

Bases de ejecución del presupuesto de la Diputación de A Coruña, vigentes en el momento de la concesión.

Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa.

Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobada por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.

Base 2.–Tramitación telemática y firma de documentación.

2.1. Tramitación telemática.

Por lo que se refiere al tipo de tramitación, esta se realizará de manera telemática (a través de la plataforma Subtel).

La tramitación telemática se aplicará a todas las fases del procedimiento: solicitud, concesión, justificación, desistimiento y renuncia, incluyendo en cada una de ellas las notificaciones y las comunicaciones, los requerimientos de información y enmienda de deficiencias, así como los envíos de documentación que sean necesarios para tramitar los expedientes.

La entidad local deberá disponer de una única dirección de correo electrónico de contacto durante toda la tramitación del expediente, a lo que se dirigirán las comunicaciones. Excepcionalmente, y de manera justificada, podrá modificar esta dirección oficial, siempre y cuando le notifique la circunstancia pertinente a la Diputación.

Serán rechazadas automáticamente las solicitudes que contengan documentos electrónicos que incorporen código malicioso o dispositivo susceptible de afectar a la integridad o seguridad del sistema, omitan documentos exigidos, no cubran en los cuestionarios telemáticos los campos requeridos cómo obligatorios o cuando contengan incongruencias u omisiones que impidan su tratamiento.

2.2. Firma de documentación.

La documentación deberá venir firmada cómo se indica:

En el caso de las certificaciones, por la secretaría con el visto bueno de la alcaldía/presidencia o concejal/a en la que delegue.

En el caso de las declaraciones, compromisos y otra documentación, por la alcaldía/presidencia o persona en quen delegue.

En el caso de las certificaciones de gastos e ingresos, expedida por el órgano responsable de la contabilidad y la persona que ejerza la representación legal de la entidad.

A estos efectos, deberán disponer de certificado digital:

Quen ocupe la presidencia, la alcaldía o concejal/a en la que delegue.

Quen ocupe la secretaría de la entidad local.

Quen ejerza las funciones financieras o de tesorería.

Base 3.–Objeto, forma, plazo y documentación de la solicitud.

3.1. Objeto de la solicitud.

En la solicitud deberá indicarse el objeto de la actividad/inversión/proyecto para la que se solicita subvención, de forma clara, concreta y precisa, con una denominación diferenciada del título de la convocatoria, que permita conocer las actuaciones que se van a desarrollar, salvo las excepciones previstas en las bases específicas.

3.2. Forma.

Las entidades locales interesadas en participar en cada convocatoria deberán presentar una solicitud a través del apartado correspondiente a la convocatoria de la plataforma telemática Subtel (en la página web https://sede.dacoruna.gal/subtel/) cubriendo los campos de la solicitud y presentando toda la información que se solicita, teniéndose por no presentadas las inscritas fuera de la plataforma Subtel.

En caso de que la documentación fuera incorrecta o insuficiente, se dará un plazo de 10 días para su enmienda. Pasado el dicho plazo sin que la entidad local interesada atienda el requerimiento, se entenderá que desiste de su demanda.

No se admitirá más de una solicitud por entidad local en cada convocatoria, salvo las excepciones previstas en las bases específicas. En el caso de presentación de varias solicitudes en una misma convocatoria, solo se tendrá en cuenta la última presentada, que dejará sin efecto y anulará todas las anteriores.

No ajustarse a los términos de esta convocatoria, así como la ocultación de datos, su alteración o cualquier otra manipulación de la información será causa de desestimación de la solicitud, sin perjuicio del dispuesto en los artículos 54 a 56 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

3.3. Plazo de presentación.

El plazo de presentación de solicitudes se determinará en el anuncio del extracto de cada convocatoria que se publicará en el BOP, por conducto de la Base de datos Nacional de Subvenciones.

3.4. Documentación a presentar.

Las entidades locales deberán acreditar el cumplimiento de los requisitos indicados en las presentes bases referidos a la fecha anterior a la publicación de la convocatoria y acercar la documentación correspondiente a cada convocatoria, que se recoge en el punto 3.–Anexo Documentación.

 

Base 4.–Compromisos y deberes.

Los/las beneficiarios/las de la presente convocatoria deberán cumplir, los siguientes compromisos y deberes:

Cumplir con todos los requisitos indicados en estas bases.

Declarar en el momento de presentación de la solicitud que no presenta más de una solicitud por entidad en la misma convocatoria, salvo excepción prevista en las bases específicas.

Encontrarse al corriente en sus deberes con la Hacienda Pública, Seguridad Social y Diputación de A Coruña y autorizar a la Diputación para obtener las certificaciones acreditativas de que se encuentra al corriente.

Tener aprobada la última cuenta general que legalmente sea exigible y presentada ante los órganos de control externo.

Declarar la obtención de subvenciones o ayudas procedentes de otras administraciones y entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales.

Comunicar de inmediato a través de la Plataforma de tramitación telemática Subtel cualquier modificación que pudiera afectar a algún de los datos recogidos en la solicitud inicial realizada, para la valoración del caso por parte de la Unidad Gestora de la ayuda.

Emplear la subvención otorgada para el mismo fin para la cal fue concedida, ajustándose a los términos de las bases generales y específicas de cada convocatoria y de conformidad con la legislación vigente.

Solicitaren, por lo menos, tres ofertas de distintas empresas proveedoras en caso de que el gasto sea superior a 15.000 € (IVA excluido), en los términos del artículo 31.3. de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, conforme con el dispuesto en la Ley gallega 12/2011, de 26 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas.

Dar su consentimiento al tratamiento de datos de carácter personal y su publicación de acuerdo con la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal.

Utilizaren, con carácter general, un lenguaje no sexista e inclusiva, elaborar materiales que fomenten la igualdad, tratar las imágenes con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, pluralidad de roles e identidades de género.

En caso de que alguna de las actividades que ejecute la entidad solicitante implique el contacto habitual con menores, deberá comprobar que el personal a su cargo no fue condenado por sentencia firme por ningún delito contra la libertad e indemnidade sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos. (De acuerdo con la Ley orgánica 1/1996, de protección jurídica del menor, de modificación del Código civil y de la Ley de enjuiciamiento civil)

Hacer constar la colaboración de la Diputación de A Coruña en toda la información (impresa, informática o audiovisual) que hicieren de las actividades o inversiones subvencionados, así como en su página web.

En la parte específica del programa se concretarán los medios para el cumplimiento del deber de dar publicidad a la aportación provincial.

Este deber se entenderá como mínimo desde la fecha de concesión y hasta el pago de la subvención.

No se subvencionarán solicitudes que excluyan la lengua gallega. Los proyectos subvencionados deberán tener cómo lengua vehicular de desarrollo la lengua gallega, así como también el será de los soportes divulgativos de las actividades (web, redes sociales, cartelería, folletos y equivalentes) y de cualquier otro aspecto vinculado, sin que eso excluya la posibilidad de utilizaren también otras lenguas.

Justificar el cumplimiento de los objetivos, requisitos, condiciones y de la finalidad sujeta a la subvención, sometiéndose a las actuaciones de comprobación y control, que podrá efectuar a Diputación de A Coruña, así como otras comprobaciones y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, internos o externos, acercando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores. Cómo resultado de los dichos procedimientos se les podrá exigir responsabilidad administrativa, conforme con el dispuesto en la Ley 38/2003, general de subvenciones, y, en su caso, responsabilidad penitenciaria, de conformidad con el Código penal.

Asimismo, los ayuntamientos o entidades locales beneficiarias de las subvenciones tienen el deber de conservaren los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos durante un mínimo de cuatro años, que se han contar desde la fecha de la percepción o cobramiento de la subvención, en tanto que podrán ser objeto de las correspondientes actividades de control.

La constatación del incumplimiento de los requisitos necesarios o de los deberes asumidos a consecuencia de la concesión de la subvención, así como la falsedad documental, podrá dar lugar a la extinción del derecho a su disfrute o a la modificación de la resolución de concesión, al reintegro de las cantidades percibidas y, en su caso, a la incoación del correspondiente expediente sancionador conforme al previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones así como cuantas responsabilidades de todo orden puedan derivarse.

Base 5.–Procedimiento de concesión y aprobación.

El procedimiento de concesión de la subvención recogida en esta base se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con el previsto en el artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

A los efectos de esta ley, tendrá la consideración de concurrencia competitiva el procedimiento mediante la cal la concesión de las subvenciones se realiza mediante la comparación de las solicitudes presentadas, el fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con los criterios de valoración fijados en estas bases reguladoras y en su posterior convocatoria, y adjudicar, con el límite fijado en la convocatoria dentro del crédito disponible, aquellas que obtengan mayor valoración en aplicación de los citados criterios.

Luego de que el servicio correspondiente, con el carácter de órgano instructor del procedimiento de concesión, haya determinado las solicitudes recibidas y, en su caso emendadas, que reúnen todos los requisitos regulados en estas bases, las someterá a un comité técnico de valoración, en el caso de estar previsto en la parte específica de la convocatoria, designado por el órgano competente y compuesto por un mínimo de tres personas expertas o de reconocido prestigio profesional sobre la materia, que deberá hacer una valoración y asignación de puntos a cada solicitud, aplicando los criterios establecidos en cada convocatoria específica según el previsto en el apartado anterior. Las funciones de secretaría de los comités técnicos serán realizadas por personal funcionario del servicio correspondiente, con voz, pero sin voto.

En función de los puntos asignados, y dentro del límite máximo del crédito disponible, la jefatura del servicio instructor realizará propuesta motivada, en la que expresará la relación de solicitantes para los que se propone la concesión de subvención y su cuantía, así como las solicitudes desestimadas, las desistidas y las no admitidas a trámite.

En el caso de producirse empate en la puntuación mínima para obtener la subvención, se atenderá a la fecha y hora de presentación de las solicitudes empatadas, primando aquellas que se presentaran con anterioridad y atendiendo al crédito disponible.

Se exceptúa el deber de hacer la valoración y asignación de puntos de cada solicitud cuando el crédito consignado sea suficiente para atender a todas las solicitudes que reúnan los requisitos por el imponerte solicitado.

La concesión se realizará según el regulado en la parte específica de la convocatoria, que podrá optar por una de las siguientes opciones en cuanto al procedimiento a seguir:

Concesión provisional/definitiva

Luego de la preceptiva fiscalización del órgano interventor, sobre a propuesta realizada por el servicio instructor, la Presidencia dictará resolución de concesión provisional, que deberá notificárseles a las entidades locales interesadas concediéndoles un plazo de diez días hábiles para presentaren, en su caso, el desistimiento de la solicitud, reformulación, cambio de objeto, o los alegatos que estimen oportunas. En el caso de no formular desistimiento expresa, la subvención se entenderá aceptada tácitamente.

Los alegatos que, de ser el caso, presenten las entidades locales interesadas, deberán ser estudiadas por el órgano instructor y, una vez emitido el correspondiente informe-propuesta, se remitirán al órgano interventor para su fiscalización. Con base en ese informe-propuesta, la Presidencia dictará la resolución definitiva de concesión. En caso de que no se habían presentado alegatos en el plazo establecido al efecto, la resolución hasta entonces provisional tendrá el carácter de definitiva.

Concesión definitiva

En caso de que la Unidad Gestora, detecte cualquier deficiencia referida a la solicitud o documentación aportada, realizará requerimiento a la entidad local solicitante, para que la emende a través de la plataforma Subtel, disponiendo de un plazo de 10 días naturales para aceptar la notificación y 10 días hábiles desde a esta aceptación para la corrección de las deficiencias requeridas. En caso de que la entidad local solicitante no emende en este plazo, se le tendrá por desistido de su solicitud.

La Presidencia de la Diputación dictará resolución de concesión definitiva, que deberá ser notificada a las entidades locales interesadas mediante la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Las resoluciones de concesión deberán contener la relación de las entidades locales solicitantes a las que se les concede la subvención y la desestimación expresa de las restantes solicitudes.

Base 6.–Plazo de resolución y notificación.

El plazo máximo para resolver será de 9 meses a contar desde el día de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, de acuerdo con el artículo 23.4 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

La resolución contendrá la relación de solicitudes a las que se les concede la subvención y la desestimación expresa de las restantes solicitudes. Se le notificará a los interesados según el previsto en el artículo 40 de la Ley 39/2015 y se publicará en el BOP según el regulado en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015 por ser un acto integrante de un procedimiento de concurrencia competitiva. Además se publicará en la página web de la Diputación de A Coruña (https://www.dacoruna.gal/portada/).

Base 7.–Desistimiento de la solicitud o renuncia a la subvención.

7.1. Antes de la concesión - desistimiento de la solicitud.

Una vez presentada la solicitud y antes de la concesión, las entidades locales solicitantes, podrán desistir de su petición. El desistimiento se realizará por escrito mediante la presentación del modelo correspondiente que estará disponible en la plataforma Subtel.

7.2. Después de la concesión - renuncia a la subvención.

Una vez publicada la resolución definitiva de concesión de la subvención por el órgano competente, las entidades locales beneficiarias podrán renunciar a la subvención por circunstancias excepcionales debidamente justificadas ajustándose al modelo que estará disponible en la plataforma Subtel.

Base 8.–Publicidad de las subvenciones concedidas.

A Diputación provincial de A Coruña publicará las subvenciones concedidas en la Base de datos Nacional de Subvenciones.

La Diputación entenderá cumplida el deber de disponer de un Registro Público de Ayudas, Subvenciones y Convenios, a lo que se refiere la disposición adicional sexta de la Ley de subvenciones de Galicia, mediante la publicación en la Base de datos nacional de subvenciones de la información prevista en el artículo 20 de la Ley 38/2003.

Base 9.–Justificación y pago.

9.1. Plazo de justificación.

Según lo indicado en las bases específicas.

9.2. Documentación.

A indicada en el punto 3.–Anexo Documentación en la parte correspondiente a la justificación de la subvención.

9.3. Tramitación de la justificación.

Una vez recibida la documentación, la unidad gestora comprobará la correcta justificación de esta.

En el caso de ser correcta, será emitido un informe-propuesta de aprobación de la justificación presentada.

En caso de que la documentación fuera incorrecta o insuficiente, se dará un plazo de 10 días para su enmienda. Pasado el dicho plazo sin que la entidad local interesada atienda el requerimiento, se entenderá que desiste de su demanda, dictándose la resolución de pérdida del derecho al cobro, que será notificada a la entidad local beneficiaria.

A Diputación de A Coruña podrá requerirle a la entidad local beneficiaria la documentación que estime pertinente a los efectos de comprobar el cumplimiento de la finalidad de la subvención.

En este proceso de control, la Diputación podrá efectuar comprobaciones materiales encaminadas a la verificación de la realización efectiva de las actividades o inversiones subvencionados, mediante la visita a las entidades por parte de funcionarios provinciales, de acuerdo con el dispuesto en los artículos 32 y 33 de la Ley 38/2003 general de subvenciones.

Completada la documentación y emitido el informe-propuesta favorable al pago, el expediente será remitido al órgano interventor, al efecto de que se emita el preceptivo informe de fiscalización previo a la aprobación de la justificación y pago.

Se producirá el reintegro o la pérdida del derecho al cobro total o parcial de la subvención en el supuesto de:

Falta de justificación o justificación insuficiente.

Falta de aportación de la documentación requerida.

Demás causas previstas en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

9.4. Consideraciones generales.

Las subvenciones se abonarán después de la justificación de los gastos, que deberán ajustarse a los conceptos aprobados en la concesión definitiva y que figurarán en cada expediente de solicitud.

El coeficiente de financiación se define cómo el ratio entre el importe de la subvención solicitada y el importe del presupuesto de gastos presentado.

El presupuesto subvencionado para justificar será el resultado de dividir el importe de la subvención concedida por el coeficiente de financiación.

En todo caso el importe de la subvención a abonar no puede ser de tal cuantía que, en concurrencia con otras subvenciones o ayudas de administraciones públicas o de entidades privadas más los ingresos derivados de la actividad o inversión superen el coste de la dicha actividad o inversión.

Para la valoración del cumplimiento de la finalidad básica de la subvención, se tendrá en cuenta el siguiente:

En caso de que se justifique gasto por un importe igual o superior al presupuesto subvencionado para justificar, se abonará la totalidad de la subvención.

En caso de que se justifique gasto inferior al 100% e igual o superior al 50% del presupuesto subvencionado para justificar, se abonará la parte proporcional de la subvención.

En caso de que se justifique gasto inferior al 50% del presupuesto subvencionado para justificar, no se considerará cumplida la finalidad básica de la subvención, por lo que no se abonará cantidad ninguna.

La entidad local beneficiaria deberá pagar a los proveedores de bienes y servicios así como las personas trabajadoras, mediante transferencia bancaria, cheque nominativo, cargo, ingreso en cuenta o cualquier otra modalidad de pago bancario, siempre que en todo caso quede identificada la entidad ordenante (perceptora de la subvención), la persona/entidad beneficiaria (proveedora del bien, servicio o personas trabajadoras), el concepto, el importe y la fecha de pago.

No obstante, para los gastos que no excedan de 150 € se admitirán los pagos en metálico.

Gastos subvencionables

Solo se considerarán gastos subvencionables los que resulten imputables contablemente a algún de los conceptos fijados en el presupuesto que se tomó en consideración en el acto de concesión de la subvención siempre que habían resultado estrictamente necesarios para ejecutar el proyecto o actividad subvencionada y se hayan devengado en el plazo previsto en la convocatoria.

Las bases específicas de esta convocatoria detallan las cuentas y la descripción de los gastos que se consideran subvencionables en la misma.

El importe de IVA no se considerará gasto subvencionable cuando sea susceptible de recuperación o compensación por la entidad.

La empresa que facture los bienes o servicios debe estar dada de alta en la actividad económica correspondiente a los bienes o servicios que provee, y recogida en el Certificado de situación censual de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria con anterioridad a la fecha de emisión de la factura.

El importe del gasto subvencionable no podrá superar el valor razonable según las normas contables ni el precio de mercado.

No se podrán utilizar intermediarios que se limiten a gestionar la compra o el servicio aumentando así el precio final facturado.

9.5. Pago.

El pago se hará efectivo una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos indicados en las bases reguladoras y se realizará, con carácter general, en un pago único, salvo las excepciones que puedan regular las bases específicas.

Luego del preceptivo informe de fiscalización del órgano interventor, se dictará la resolución de aprobación de la cuenta justificativa o, en su caso, de anulación y pérdida del derecho al cobro.

Emitida resolución de pago, la tesorería preparará el orden de transferencia correspondiente a favor de la cuenta bancaria designada por la entidad local beneficiaria en el modelo establecido con carácter general para todos los pagos por la Diputación.

En el caso de no encontrarse al corriente en sus deberes con la Hacienda Pública, Seguridad Social y Diputación de A Coruña, y de que haya justificado el cumplimiento de las condiciones de la subvención, se advertirá a la entidad beneficiaria de que no se procederá al pago y se le concederá un plazo de un mes para justifica que tiene regularizada su situación; De no acercar justificación en el indicado plazo se declarará la pérdida del derecho a la subvención otorgada.

Base 10.–Incumplimientos y sanciones.

El incumplimiento de los plazos en la presentación de las solicitudes de ayuda o de la enmienda de la documentación correspondiente se procediera, supondrá la exclusión del proceso de valoración para el otorgamiento de la subvención.

Si una vez transcurrido el plazo de justificación señalado en la parte específica de estas bases sin que la entidad presentara la documentación justificativa, la unidad gestora requerirá para que a presente en el plazo improrrogable de 15 días desde la notificación, advirtiéndole que, en otro caso, perderá el derecho al cobro, sin perjuicio de las responsabilidades previstas en la Ley general de subvenciones.

La presentación de la documentación en este plazo excepcional no eximirá a la entidad beneficiaria de la sanción que le corresponda según la graduación de las sanciones pecuniarias por la comisión de infracciones leves recogidas en la Ordenanza general de subvenciones y transferencias de la Diputación de A Coruña vigente.

En el caso de imposición de sanciones y aceptada esta por la beneficiaria, se aplicará la compensación del imponerte de la sanción mediante descuento en el mandamiento de pago.

El procedimiento sancionador está regulado en el Capítulo VI/VI de la Ordenanza general de subvenciones y transferencias de la Diputación de A Coruña.

Base 11.–Protección de datos personales.

Los datos personales obtenidos en este procedimiento serán tratados, en su condición de responsable, por la Diputación de A Coruña con la finalidad de llevar a cabo la tramitación administrativa que derive de la gestión de este procedimiento. El tratamiento de los datos se basa en el cumplimiento de una misión de interés público. Con todo, determinados tratamientos podrán fundamentarse en el consentimiento de las personas interesadas.

Los datos serán comunicados a las administraciones públicas en el ejercicio de sus competencias, cuando sea necesario para la tramitación y resolución de sus procedimientos o por deber legal.

Las personas interesadas podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación al tratamiento y portabilidad de los datos a través de la sede electrónica de la Diputación de A Coruña o presencialmente en los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común. Para facilitar el ejercicio de los derechos, la Diputación ponen a su disponer un modelo de solicitud (https://www.dacoruna.gal/documentacion/impresos-oficiais).

Base 12.–Otras disposiciones.

En ningún caso a presente convocatoria generará derecho a favor de las entidades solicitantes mientras no se den las condiciones presupuestarias, procedimentais y jurídicas de aplicación.

La participación en la convocatoria supone la aceptación de estas bases reguladoras.

 

2.–BASES ESPECÍFICAS

MA100 – Subvenciones para limpieza de playas destinada a los ayuntamientos de la provincia con playas marítimas

 

Base 1.–Líneas generales y régimen jurídico específico.

1.1. Líneas generales.

La asistencia y cooperación con los ayuntamientos constituye un eje estratégico de la actuación de la Diputación. Desde el Servicio de Desarrollo Territorial y Transición Ecológica, el organismo provincial trabaja para impulsar medidas de gestión que favorezcan a los municipios, especialmente en el caso de aquellos con más dificultades para prestar los servicios que demanda la ciudadanía.

La Diputación asume, como finalidad institucional básica, ser el soporte de la asistencia y cooperación con los ayuntamientos de cara a garantizar la prestación integral de los servicios públicos de proximidad que tan decisivamente determinan la calidad de vida de los ciudadanos.

En la Constitución Española, en su artículo 45, hace referencia a la protección del medio ambiente y encargo a los poderes públicos velar por la utilización racional de todos los recursos naturales con el fin de proteger y mejorar la calidad de vida y defender y restaurar el medio ambiente, apoyándose en la indispensable solidaridade colectiva.

Las playas forman parte del patrimonio natural y son un de los mayores atractivos turísticos sobre todo en los meses estivales. Son un valioso recurso de importancia ambiental y también desde el punto de vista económico y social.

La calidad ambiental de las mismas depende, entre otros factores, de la calidad de la arena y de las aguas, así como del buen estado de conservación de su biodiversidad.

Las labores de limpieza y mantenimiento por las entidades locales son medidas esenciales para ofrecer unos espacios en buenas condiciones higiénico-sanitarias para las personas usuarias y para el mantenimiento y conservación de los recursos naturales, biodiversidad y valores paisajísticos.

Por eslabón, a Diputación de A Coruña, en el desarrollo de sus competencias en materia ambiental y ante el actual contexto de emergencia climática, da continuidad a esta línea de ayudas de apoyo a los ayuntamientos de la provincia de A Coruña en el sostenimiento de los gastos de contratación dirigidos a la limpieza de sus playas marítimas, con el objetivo de contribuir a la conservación y mantenimiento del patrimonio natural y medio ambiente de la provincia así como mejorar la calidad de vida de sus habitantes bajo criterios de equilibrio territorial y de desarrollo sostenible.

1.2. Régimen jurídico específico.

Ley 22/1988, de 28 de julio de espaldas.

Base 2.–Financiación.

Estas ayudas se financian con cargo al Presupuesto general de la Diputación para el ejercicio 2022 en la aplicación presupuestaria 0520/17222/46201 por un importe de 900.000,00 €. Se podrá ampliar la cuantía máxima de los créditos disponibles para esta convocatoria en el caso de existir crédito adecuado y suficiente.

Base 3.–Objeto.

El objeto de este programa es apoyar a los ayuntamientos de la provincia de A Coruña en el sostenimiento de los gastos de contratación dirigidos a la limpieza de sus playas marítimas durante la temporada de verano que se lleven a cabo dentro del período comprendido entre 1 de abril y el 31 de octubre de 2022.

Base 4.–Destinatarios/las y requisitos.

Estas ayudas vano dirigidas a los ayuntamientos de la provincia de A Coruña que posean playas marítimas.

Base 5.–Exclusiones.

No serán objeto de subvención en este programa las siguientes actividades:

Las actividades ya subvencionadas por la Diputación de A Coruña en el mismo ejercicio. No se podrá financiar el mismo objeto con una subvención de concurrencia y otra nominativa, por ser incompatibles; en este caso la entidad beneficiaria tendría necesariamente que renunciar a un de ellas.

Los gastos que no se correspondan con la contratación del personal, así como de la adquisición de material fungible necesario para su dedicación a la limpieza de playas marítimas (vestuario, productos de limpieza, combustible, etc.), alquileres y cánones, pequeñas reparaciones y conservación, o, se había sido el caso, los de la externalización de la prestación del servicio.

Base 6.–Gastos subvencionables.

Tendrán la consideración de gastos subvencionables dentro de esta línea, aquellos gastos que resulten estrictamente necesarios para el desarrollo de la actividad subvencionada y que se encuentren dentro de los siguientes códigos de concepto de gasto:

CUENTA

DESCRIPCIÓN DE La CUENTA, SEGÚN El PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD (*)

600

Compras de bienes destinados a la actividad (material fungible: vestuario, productos de limpieza, combustible, etc.)

607

Trabajos realizados por otras empresas

621

Alquileres y cánones

622

Reparaciones y conservación

640

Sueldos y salarios

642

Seguridad Social

(*) Orden HAP/1782/2013, de 20 de septiembre, por la que se aprueba la Instrucción del modelo simplificado de contabilidad local y se modifica la Instrucción del modelo básico de contabilidad local, aprobada por Orden EHA/ 4040/2004, de 23 de noviembre, y Orden HAP/1781/2013, de 20 de septiembre, por la que se aprueba la Instrucción del modelo normal de contabilidad local

Base 7.–Período subvencionable.

Las actividades objeto de este programa deben realizarse en el período comprendido entre 1 de abril de 2022 y el 31 de octubre de 2022, por lo que no podrán imputarse al programa gastos realizados con posterioridad.

Base 8.–Compatibilidad/incompatibilidad.

Las subvenciones de estos programas son compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier otra administración o ente público o privado, nacional, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

Base 9.–Concesión.

El procedimiento de concesión de estas ayudas será el de concesión provisional/definitiva, según el regulado en las bases generales de estas ayudas.

9.1. Reformulación de las solicitudes.

Cuando el importe de la subvención concedida sea inferior al imponerte solicitado, se entenderá automáticamente replanteada la solicitud de subvención.

9.2. Cambio de objeto.

En este programa de subvenciones no se admitirán cambios de objeto.

Base 10.–Criterios de valoración.

Los criterios de baremación consisten en la valoración de la superficie total de las playas existentes en el término municipal, según los datos facilitados por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (https://www.miteco.gob.es/es/costas/servicios/guia-playas/frameplayas.aspx), y la población oficial del ayuntamiento, según los datos del Instituto Nacional de Estadística (www.ine.es), de acuerdo con la siguiente tabla:

SUPERFICIE (hasta 70 puntos)

POBLACIÓN (hasta 30 puntos)

Desde

Hasta

Puntos

Desde

Hasta

Puntos

0

5.000

30

0

3.000

23

5.001

10.000

35

3.001

5.000

24

10.001

25.000

40

5.001

10.000

25

25.001

50.000

45

10.001

15.000

26

50.001

100.000

50

15.001

20.000

27

100.001

200.000

55

20.001

25.000

28

200.001

300.000

60

25.001

30.000

29

300.001

400.000

65

Más de 30.000

30

 

Más de 400.000

70

 

Los puntos obtenidos por los potenciales beneficiarios se corresponderán con un porcentaje sobre la aportación solicitada, en una escala que va desde una puntuación mínima de 53 puntos, a la que le correspondería un 53%, incrementando un punto porcentual por cada nuevo punto alcanzado, hasta llegar a la puntuación máxima de 100 puntos, a la que se le asignaría un 100%.

Los posibles remanentes o excesos de financiación sobre la consignación prevista para este programa se corregirán aumentando o disminuyendo proporcionalmente los importes inicialmente asignados

Base 11.–Plazo de justificación.

La justificación podrá presentarse a partir del día siguiente a la publicación de la resolución de concesión definitiva en el BOP. El plazo para la justificación de la ayuda finalizará 28 de abril de 2023 a las 14:horas.

Base 12.–Pago.

Las subvenciones se abonarán después de la justificación de los gastos, que deberán ajustarse a los conceptos aprobados en la concesión definitiva y que figurarán en cada expediente de solicitud.

Las subvenciones de importe superior a 15.000 € serán prepagables y se abonarán de la manera siguiente:

– Se abonará el 50% del imponerte de la subvención, luego de la notificación de la concesión;

– El 50% restante, o la cantidad que proceda, se abonará luego de la justificación de la subvención, de acuerdo con el establecido en esta convocatoria.

– El abono de la subvención se materializará mediante el ingreso en la cuenta señalada por la entidad local.

Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención, y en todo caso la obtención concurrente de subvenciones de otras administraciones públicas o entidades privadas, podrá dar lugar a la modificación de la resolución de la concesión.

Base 13.–Publicidad.

El ayuntamiento se compromete a publicitar la aportación provincial y a hacer constar la financiación de la Diputación provincial de A Coruña en todas las comunicaciones por las que se de a conocer la realización de las actividades, bien sea por medios escritos, radiofónicos, audiovisuales o internet. El logotipo de la Diputación está disponible en la web: https://www.dacoruna.gal/documentacion/logos/logotipos

Con la cuenta justificativa el ayuntamiento presentará declaración sobre el cumplimiento de este deber.

3.–ANEXO DOCUMENTACIÓN

SOLICITUD

DECLARACIONES Y COMPROMISOS

(disponibles en Subtel y que requieren aceptación expresa de la entidad solicitante)

Declaración de que la entidad está al corriente de sus deberes con la hacienda pública, con la Diputación de A Coruña y con la Tesorería de la Seguridad Social.

Declaración de que la entidad no presenta más de una solicitud en esta convocatoria.

Autorización a la Diputación para obtener las certificaciones de las administraciones tributarias correspondientes y de la Tesorería de la Seguridad Social en las que se acredite que la entidad está al corriente en sus deberes tributarios y con la Seguridad Social en el momento de reconocer los deberes y ordear los pagos de las subvenciones.

Declararación de conocer a siguiente información en materia de protección de datos: Los datos facilitados serán tratados por la Diputación con la finalidad de tramitar el procedimiento de subvención. El responsable del tratamiento de los datos es a Diputación provincial de A Coruña. La legitimación para el tratamiento de los datos personales contenidos en esta solicitud es el cumplimiento de una misión de interés público. Los datos serán comunicados a las administraciones públicas en el ejercicio de sus competencias, cuando sea necesario para la tramitación y resolución de sus procedimientos o por deber legal. La Diputación conservará estos datos durante el tiempo que sea necesario para cumplir con la finalidad para la que se solicitaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de la dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación al tratamiento y portabilidad de los datos a través de la sede electrónica de la Diputación de A Coruña o presencialmente en los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común. Para cualquier otra duda podrá dirigirse al Delegado de Protección de datos de la Diputación a través del siguiente correo electrónico: delegadodeprotecciondedatos@dacoruna.

Autorización a la Diputación a que aplique la compensación para el cobramiento de sanciones salvo que se formule oposición las mismas por parte de la entidad sancionada hasta que se resuelva el recurso.

Compromiso de utilizar la lengua gallega en la realizacíón de los proyectos y actividades.

Declaración de cumplir todos los requisitos exigidos a las entidades solicitantes en la Ordenanza General de subvenciones y transferencias de la Diputación provincial de A Coruña y en las Bases reguladoras de la presente convocatoria y, en el caso de resultar beneficiaria de la subvención, me comprometo a cumplir fielmente todos los deberes y compromisos recogidos en las mismas y a acreditar de forma fehacente su cumplimiento en el caso de ser requerido por la Diputación.

SOLICITUD

DOCUMENTACIÓN DE La SOLICITUD

Certificación acreditativa del acuerdo de solicitud (para confeccionar este documento dispone de un documento obligatorio en la plataforma Subtel)

Memoria explicativa de la actividad que se va a realizar. Contendrá todos los aspectos que se valorarán por la Comisión técnica según el indicado en la base 10 específica: breve descripción del servicio a prestar, forma de prestación (medios propios y/o externalización de la prestación servicio), período de prestación (entre 1 de abril y el 31 de octubre de 2022) y playas en las que se va a llevar a cabo.(Para confeccionar este documento dispone de un documento obligatorio en la plataforma Subtel)

Delegación de la Alcaldía y alcance de esta, en caso de que proceda (presentación telemática de la solicitud de subvención, firma electrónica de todos los documentos necesarios para su tramitación, incluyendo las certificaciones)

Acreditación de la presentación de cuentas. Deberá acercar una certificación o acreditación de la presentación de la última Cuenta General que legalmente sea exigible ante los órganos de control externo).

Desistimiento de la solicitud o renuncia a la subvención (de acuerdo con lo dispuesto en la Base general 7 para el desistimiento de la solicitud o su renuncia dispone de un documento en la plataforma Subtel).

CONCEPTOS DE DESGLOSE DEL PRESUPUESTO DE La SOLICITUD*

Concepto

Gasto directo: Compras de bienes destinados a la actividad (material fungible: vestuario, productos de limpieza, combustible, etc.)

Gasto directo: Trabajos realizados por otras empresas

Gastos directo: Alquileres y cánones

Gasto directo: Reparaciones y conservación

Gasto directo: Sueldos y salarios

Gasto directo: Seguridad Social

(*) En cada concepto deberán explicarse las actividades a realizar.

OTROS DATOS DE La SOLICITUD (a cumplimentar en la plataforma SUBTEL/SUBTEL)

Respuesta

Actividad a realizar por medios propios

Sí / No

Actividad a realizar externalizando el servicio

Sí / No

N.º de Personas Trabajadoras / Meses a trabajar en la actividad subvencionada

Número

JUSTIFICACIÓN

DECLARACIONES Y COMPROMISOS

(disponibles en Subtel y que requieren aceptación expresa de la entidad solicitante)

Declaración de que la entidad fijo constar la colaboración de la Diputación de la coruña en toda la información (impresa, informática, audiovisual) de las actividades subvencionadas.

Declaración de que la entidad no tiene pendiente de justificación ninguna cantidad anticipada por la Diputación en la que ya había finalizado el plazo para la presentación de justificante.

Declaración de que la entidad RENUNCIA aparte de la aportación provincial no justificada (solo en el caso en que los justificantes no alcalcen el importe mínimo a justificar o en el caso en que la aportación concedida, junto con los otros ingresos percibidos para el mismo objeto, supere a los pagos ejecutados) y que, en su caso, ACEPTA el reintegro de la cantidad anticipada al no alcanzar la cantidad mímima requerida para la justificación.

Declaración de que los gastos presentados en este expediente como justificación de la subvención concedida fueron debidamente reflejados, en la forma preceptiva, en el libro de contabilidad de la entidad, según el dispuesto en el art. 14.1 de la LXS.

Declaración de que el solicitante presenta la justificación fuera del plazo establecido y ACEPTA la sanción que corresponde según la Ordenanza general de subvenciones y transferencias de la Diputación de A Coruña, así como la compensación del imponerte de la sanción en el pago de la subvención y declaro que no presentaremos alegatos ni recurso alguno al respeto, por estar conforme con la propuesta de sanción. (solo nos caso en que se presente la justificación fuera de plazo). (Esta declaración supondrá una reducción del 90 por ciento del imponerte de la sanción).

Declaración de que la entidad tiene aprobada la última Cuenta General legalmente exigible y que la tiene presentada ante los órganos de control externo.

JUSTIFICACIÓN

DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA

Memoria de las actividades (Para confeccionar este documento dispone de un documento obligatorio en la plataforma Subtel)

Certificación de gastos realizados (Impreso descargable en Subtel y que se genera automáticamente una vez cumplimentada la relación clasificada de los gastos realizados)

Certificación de ingresos (Para confeccionar este documento dispone de un documento obligatorio en la plataforma Subtel)

Certificación de la disposición de las autorizaciones de cesión de datos personais (OBLIGATORIA cuando se justifiquen gastos de personal) (Para confeccionar este documento dispone de un documento en la plataforma Subtel)

Certificación de los medios por los que se le dio publicidad a la subvención concedida, acercando una prueba documental al respeto (Para confeccionar este documento dispone de un documento obligatorio en la plataforma Subtel)

OTROS DATOS DE La JUSTIFICACIÓN (a cumplimentar en la plataforma SUBTEL/SUBTEL)

Respuesta

Actividad realilzada por medios propios

Sí / No

Actividad realizada externalizando el servicio

Sí / No

N.º de Personas Trabajadoras / Meses trabajados en la actividad subvencionada

Número

------------------------------

CASTELLANO

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE A Coruña

 

BASES REGULADORAS DE ÉL PROGRAMA DE SUBVENCIONES PARA LIMPIEZA DE PLAYAS DESTINADO A AYUNTAMIENTOS DE LANA PROVINCIA DE A Coruña - CORDERO 2022

UNIDAD GESTORA

Servicio de Desarrollo Territorial y Transición Ecológica

SECCIÓN

Sección de Desarrollo Territorial, Coop. y Medio Ambiente

ANUALIDAD

2022

PROGRAMA

ME La 100/2022

OBJETO

Apoyo a los ayuntamientos de lana provincia en él sostenimiento de los gastos de contratación dirigidos la lana limpieza de sus playas marítimas durante lana temporada de lo verán

BENEFICIARIOS

Ayuntamiento de lana provincia de A Coruña con playas marítimas

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA

0520/17222/46201

IMPONERTE DE LANA CONVOCATORIA

900.000,00 €

IMPONERTE DE LANA SUBVENCIÓN A CONCEDER

Mínimo 6.768,00 €

Máximo 33.840,00 €

IMPORTE MÁXIMO A SOLICITAR

33.840,00 €

COEFICIENTE DE FINANCIACIÓN

1

 

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE A Coruña

1.–BASES GENERALES DIRIGIDAS A AYUNTAMIENTOS Y OTRAS ENTIDADES LOCALES DE LANA PROVINCIA

 

Base 1.–Régimen jurídico general.

Para todo lo en lo previsto en estas bases será de aplicación la normativa siguiente:

Ley 38/2003, de él 17 de noviembre, general de subvenciones.

Ley 9/2007, de él 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Real Decreto 887/2006, de él 21 de julio, por él que se aprueba él Reglamento de lana Ley 38/2003, de él 17 de noviembre, general de subvenciones.

Ordenanza general de subvenciones y transferencias de lana Diputación provincial de A Coruña.

Ley 39/2015, de él 1 de octubre, de él procedimiento administrativo común de lanas Administraciones públicas.

Ley 40/2015, de él 1 de octubre, de régimen jurídico de él Sector público.

Ley 7/1985, de él 2 de abril, reguladora de lanas bases de él régimen local.

Ley 5/1997, de él 22 de julio, de Administración local de Galicia.

Real Decreto Legislativo 2/2004, de él 5 de marzo, por él que se aprueba él texto refundido de lana Ley reguladora de lanas Haciendas Locales.

Ley orgánica 3/2018, de él 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantizaba de derechos digitales.

Ley 3/1983, de él 15 de junio, de normalización lingüística (LNLGa)

Ordenanza general de administración electrónica de lana Diputación de A Coruña de él 6 de noviembre de él 2015.

Ordenanza de uso de lana lengua gallega en lana Diputación de A Coruña de él 15 de septiembre de 2017.

Bases de ejecución de él presupuesto de lana Diputación de A Coruña, vigentes en él momento de lana concesión.

Ley 29/1998, de él 13 de julio, reguladora de lana jurisdicción contencioso administrativa.

Ley orgánica 3/2007, de él 22 de marzo, para lana igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Ley de él Estatuto de los Trabajadores, aprobada por Real Decreto Legislativo 2/2015, de él 23 de octubre.

 

Base 2.–Tramitación telemática y firma de documentación.

2.1. Tramitación telemática.

En lo que se refiere al tipo de tramitación, ésta se realizará de manera telemática (a través de lana plataforma Subtel).

Lea tramitación telemática se aplicará a todas lanas fases de él procedimiento: solicitud, concesión, justificación, desistimiento y renuncia, incluyendo en cada una de ellas lanas notificaciones y lanas comunicaciones, los requerimientos de información y enmienda de deficiencias, así como los envíos de documentación que sean necesarios para tramitar los expedientes.

Lea entidad local deberá disponer de una única dirección de correo electrónico de contacto durante toda lea tramitación de él expediente, al que se dirigirán lanas comunicaciones. Excepcionalmente, y de manera justificada, podrá modificar esta dirección oficial, siempre y cuando lee notifique lea circunstancia pertinente la lana Diputación.

Serán rechazadas automáticamente lanas solicitudes que contengan documentos electrónicos que incorporen código malicioso el dispositivo susceptible de afectar la lana integridad el seguridad de él sistema, omitan documentos exigidos, en el cubran en los cuestionarios telemáticos los campos requeridos cómo obligatorios el cuando contengan incongruencias dónde está omisiones que impidan su tratamiento.

 

2.2. Firma de documentación.

Lea documentación deberá venir firmada cómo se indica:

En él caso de lanas certificaciones, por lana secretaría con él visto bueno de lana alcaldía/presidencia el concejal/lea en lana que delegue.

En él caso de lanas declaraciones, compromisos y otra documentación, por lana alcaldía/presidencia lo persona en quien delegue.

En él caso de lanas certificaciones de gastos e ingresos, expedida por él órgano responsable de lana contabilidad y lea persona que ejerza lea representación legal de lana entidad.

A estos efectos, deberán disponer de certificado digital:

Quien ocupe lea presidencia, lea alcaldía el concejal/a en lana que delegue.

Quien ocupe lea secretaría de lana entidad local.

Quien ejerza lanas funciones financieras lo de tesorería.

Base 3.–Objeto, forma, plazo y documentación de lana solicitud.

3.1. Objeto de lana solicitud.

En lana solicitud deberá indicarse él objeto de lana actividad/inversión/proyecto para lana que se solicita subvención, de forma clara, concreta y precisa, con una denominación diferenciada de él título de lana convocatoria, que permita conocer lanas actuaciones que se van a desarrollar, salvo lanas excepciones previstas en lanas bases específicas.

3.2. Forma.

Lanas entidades locales interesadas en participar en cada convocatoria deberán presentar una solicitud a través de él apartado correspondiente la lana convocatoria de lana plataforma telemática Subtel (en lana página web https://sede.dacoruna.gal/subtel/) cubriendo los campos de lana solicitud y presentando toda lea información que se solicita, teniéndose por en el presentadas lanas inscritas fuera de lana plataforma Subtel.

En caso de que lea documentación fuera incorrecta el insuficiente, se dará un plazo de 10 días para su enmienda. Pasado te lo dice plazo sin que lea entidad local interesada atienda él requerimiento, se entenderá que desiste de su demanda.

En el se admitirá más de una solicitud por entidad local en cada convocatoria, salvo lanas excepciones previstas en lanas bases específicas. En él caso de presentación de varias solicitudes en una misma convocatoria, suelo si tendrá en cuenta la última presentada, que dejará sin efecto y anulará todas lanas anteriores.

En el ajustarse a los términos de esta convocatoria, así como lea ocultación de datos, su alteración el cualquiera otra manipulación de lana información será causa de desestimación de lana solicitud, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 54 a 56 de lana Ley 9/2007, de él 13 de junio de subvenciones de Galicia.

3.3. Plazo de presentación.

Él plazo de presentación de solicitudes se determinará en él anuncio de él extracto de cada convocatoria que se publicará en él BOP, por conducto de lana Base de datos Nacional de Subvenciones.

3.4. Documentación a presentar.

Lanas entidades locales deberán acreditar él cumplimiento de los requisitos indicados en lanas presentes bases referidos la lana cierra anterior la lana publicación de lana convocatoria y aportar lea documentación correspondiente a cada convocatoria, que se recoge en él punto 3.–Anexo Documentación.

 

Base 4.–Compromisos y deberes.

Los/las beneficiarios/las de lana presente convocatoria deberán cumplir, los siguientes compromisos y deberes:

Cumplir con todos los requisitos indicados en estas bases.

Declarar en él momento de presentación de lana solicitud que en el presenta más de una solicitud por entidad en lana misma convocatoria, salvo excepción prevista en lanas bases específicas.

Encontrarse al corriente en sus deberes con lana Hacienda Pública, Seguridad Social y Diputación de A Coruña y autorizar la lana Diputación para obtener lanas certificaciones acreditativas de que se encuentra al corriente.

Tener aprobada lea última cuenta general que legalmente sea exigible y presentada ante los órganos de control externo.

Declarar lea obtención de subvenciones el ayudas procedentes de otras administraciones y entidades públicas lo privadas, nacionales lo internacionales.

Comunicar de inmediato a través de lana Plataforma de tramitación telemática Subtel cualquier modificación que pudiera afectar a alguno de los datos recogidos en lana solicitud inicial realizada, para lana valoración de él caso por parte de lana Unidad Gestora de lana ayuda.

Emplear lea subvención otorgada para él mismo fin para él que fue concedida, ajustándose a los términos de lanas bases generales y específicas de cada convocatoria y de conformidad con lana legislación vigente.

Solicitar, por lo menos, tres ofertas de distintas empresas proveedoras en caso de que él gasto sea superior a 15.000 € (IVA excluido), en los términos de él artículo 31.3. de lana Ley 38/2003, de él 17 de noviembre, general de subvenciones, conforme con lo dispuesto en lana Ley gallega 12/2011, de él 26 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas.

Dar su consentimiento al tratamiento de datos de carácter personal y su publicación de acuerdo con lana legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal.

Utilizar, con carácter general, un lenguaje en el sexista e inclusivo, elaborar materiales que fomenten lea igualdad, tratar lanas imágenes con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, pluralidad de roles e identidades de género.

En caso de que alguna de lanas actividades que ejecute lea entidad solicitante implique él contacto habitual con menores, deberá comprobar que él personal a su cargo en el fue condenado por sentencia firme por ningún delito contra lana libertad e indemnidad sexual, que incluye lea agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos. (De acuerdo con lana Ley orgánica 1/1996, de protección jurídica de él menor, de modificación de él Código civil y de lana Ley de enjuiciamiento civil)

Hacer constar lea colaboración de lana Diputación de A Coruña en toda lea información (impresa, informática el audiovisual) que hicieran de lanas actividades el inversiones subvencionadas, así como en su página web.

En lana parte específica de él programa se concretarán los medios para él cumplimiento de él deber de dar publicidad la lana aportación provincial.

Este deber se entenderá como mínimo desde lana cierra de concesión y asta él pago de lana subvención.

En lo se subvencionarán solicitudes que excluyan lea lengua gallega. Los proyectos subvencionados deberán tener como lengua vehicular de desarrollo lea lengua gallega, así como también lo será de los soportes divulgativos de lanas actividades (webs, redes sociales, cartelería, folletos y equivalentes) y de cualquier otro aspecto vinculado, sin que lo eres excluya lea posibilidad de utilizar también otras lenguas.

Justificar él cumplimiento de los objetivos, requisitos, condiciones y de lana finalidad sujeta la lana subvención, sometiéndose a lanas actuaciones de comprobación y control, que podrá efectuar lea Diputación de A Coruña, así como otras comprobaciones y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, internos el externos, aportando cuanta información lee sea requerida en él ejercicio de lanas actuaciones anteriores. Cómo resultado de te los dice procedimientos si lees podrá exigir responsabilidad administrativa, conforme con lo dispuesto en lana Ley 38/2003, general de subvenciones, y, en su caso, responsabilidad penitenciaria, de conformidad con él Código penitenciario.

Asimismo, los ayuntamientos el entidades locales beneficiarias de lanas subvenciones tienen él deber de conservar los documentos justificativos de lana aplicación de los fondos recibidos durante un mínimo de cuatro corderos, que se han de contar desde lana cierra de lana percepción el cobro de lana subvención, en tanto que podrán ser objeto de lanas correspondientes actividades de control.

Lea constatación de él incumplimiento de los requisitos necesarios el de los debieres asumidos por consecuencia de lana concesión de lana subvención, así como lea falsedad documental, podrá dar lugar la lana extinción de él derecho a su disfrute el la lana modificación de lana resolución de concesión, al reintegro de lanas cantidades percibidas y, en su caso, la lana incoación de él correspondiente expediente sancionador conforme a lo previsto en lana Ley 38/2003, de él 17 de noviembre, General de Subvenciones así como cuantas responsabilidades de todo orden puedan derivarse.

Base 5.–Procedimiento de concesión y aprobación.

Él procedimiento de concesión de lana subvención recogida en esta base se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con lo previsto en él artículo 22.1 de lana Ley 38/2003, de él 17 de noviembre, General de Subvenciones.

A los efectos de esta ley, tendrá lea consideración de concurrencia competitiva él procedimiento mediante él cuál lea concesión de lanas subvenciones se realiza mediante lana comparación de lanas solicitudes presentadas, el fin de establecer una prelación entre lanas mismas de acuerdo con los criterios de valoración fijados en estas bases reguladoras y en su posterior convocatoria, y adjudicar, con él límite fijado en lana convocatoria dentro de él crédito disponible, aquellas que obtengan mayor valoración en aplicación de los citados criterios.

Después de que él servicio correspondiente, con carácter de órgano instructor de él procedimiento de concesión, haya determinado lanas solicitudes recibidas y, en su caso enmendadas, que reúnen todos los requisitos regulados en estas bases, lanas someterá a un comité técnico de valoración, en caso de estar previsto en lana parte específica de lana convocatoria, designado por él órgano competente y compuesto por un mínimo de tres personas expertas el de reconocido prestigio profesional sobre lana materia, que deberá hacer una valoración y asignación de puntos lea cada solicitud, aplicando los criterios establecidos en cada convocatoria específica según lo previsto en él apartado anterior. Lanas funciones de secretaría de los comités técnicos serán realizadas por personal funcionario de él servicio correspondiente, con voz, pero sin voto.

En función de los puntos asignados, y dentro de él límite máximo de él crédito disponible, lea jefatura de él servicio instructor realizará propuesta motivada, en lana que expresará lea relación de solicitantes para los que se propone lea concesión de subvención y su cuantía, así como lanas solicitudes desestimadas, lanas desistidas y lanas en el admitidas a trámite.

En caso de producirse empate en lana puntuación mínima para obtener lea subvención, se atenderá la lana cierra y hora de presentación de lanas solicitudes empatadas, primando aquellas que se habían presentado con anterioridad y atendiendo al crédito disponible.

Se exceptúa él deber de hacer lea valoración y asignación de puntos de cada solicitud cuando él crédito consignado sea suficiente para atender a todas lanas solicitudes que reúnan los requisitos por él imponerte solicitado.

Lea concesión se realizará según lo regulado en lana parte específica de lana convocatoria, que podrá optar por una de lanas siguientes opciones en cuanto al procedimiento a seguir:

Concesión provisional/definitiva

Luego de lana preceptiva fiscalización de él órgano interventor, sobre lana propuesta realizada por él servicio instructor, lea Presidencia dictará resolución de concesión provisional, que deberá notificárseles a lanas entidades locales interesadas concediéndoles un plazo de diez días hábiles para presentar, en su caso, él desistimiento de lana solicitud, reformulación, cambio de objeto, el lanas alegaciones que estimen oportunas. En caso de en el formular desistimiento expreso, lea subvención se entenderá aceptada tácitamente.

Lanas alegaciones que, de ser él caso, presenten lanas entidades locales interesadas, deberán ser estudiadas por él órgano instructor y, una vez emitido él correspondiente informe-propuesta, se remitirán al órgano interventor para su fiscalización. Con base en ese informe-propuesta, lea Presidencia dictará lea resolución definitiva de concesión. En caso de que en el sé hayan presentado alegaciones en él plazo establecido al efecto, lea resolución asta entonces provisional tendrá él carácter de definitiva.

Concesión definitiva

En caso de que lea Unidad Gestora, detecte cualquier deficiencia referida la lana solicitud el documentación aportada, realizará requerimiento la lana entidad local solicitante, para que lea enmiende a través de lana plataforma Subtel, disponiendo de un plazo de 10 días naturales para aceptar lea notificación y 10 días hábiles desde ésta aceptación para lana corrección de lanas deficiencias requeridas. En caso de que lea entidad local solicitante en el enmiende en este plazo, se lee tendrá por desistida su solicitud.

Lea Presidencia de lana Diputación dictará resolución de concesión definitiva, que deberá ser notificada a lanas entidades locales interesadas mediante lana publicación en él Boletín Oficial de lana Provincia.

Lanas resoluciones de concesión deberán contener lea relación de lanas entidades locales solicitantes a lanas que se lees concede lea subvención y lea desestimación expresa de lanas restantes solicitudes.

 

Base 6.–Plazo de resolución y notificación.

Él plazo máximo para resolver será de 9 meses a contar desde él día de publicación de lana convocatoria en él Boletín Oficial de lana Provincia, de acuerdo con él artículo 23.4 de lana Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Lea resolución contendrá lea relación de solicitudes a lanas que se lees concede lea subvención y lea desestimación expresa de lanas restantes solicitudes. Se lee notificará a los interesados según lo previsto en él artículo 40 de lana Ley 39/2015 y se publicará en él BOP según lo regulado en él artículo 45.1.b) de lana Ley 39/2015 por ser un acto integrante de un procedimiento de concurrencia competitiva. Además se publicará en lana página web de lana Diputación de A Coruña (https://www.dacoruna.gal/portada/).

 

Base 7.–Desistimiento de lana solicitud el renuncia la lana subvención.

7.1. Antes de lea concesión - desistimiento de lana solicitud.

Una vez presentada lea solicitud y antes de lea concesión, lanas entidades locales solicitantes, podrán desistir de su petición. Él desistimiento se realizará por escrito mediante lana presentación de él modelo correspondiente que estará disponible en lana plataforma Subtel.

7.2. Después de lana concesión - renuncia la lana subvención.

Una vez publicada lea resolución definitiva de concesión de lana subvención por él órgano competente, lanas entidades locales beneficiarias podrán renunciar la lana subvención por circunstancias excepcionales debidamente justificadas ajustándose al modelo que estará disponible en lana plataforma Subtel.

Base 8.–Publicidad de lanas subvenciones concedidas.

Lea Diputación provincial de A Coruña publicará lanas subvenciones concedidas en lana Base de datos Nacional de Subvenciones.

Lea Diputación entenderá cumplido él deber de disponer de un Registro Público de Ayudas, Subvenciones y Convenios, a lo que se refiere lea disposición adicional sexta de lana Ley de subvenciones de Galicia, mediante lana publicación en lana Base de datos Nacional de Subvenciones de lana información prevista en él artículo 20 de lana Ley 38/2003.

Base 9.–Justificación y pago.

9.1. Plazo de justificación.

Según lo indicado en lanas bases específicas.

9.2. Documentación.

Lea indicada en él punto 3.–Anexo Documentación en lana parte correspondiente la lana justificación de lana subvención.

9.3. Tramitación de lana justificación.

Una vez recibida lea documentación, lea unidad gestora comprobará lea correcta justificación de esta.

En caso de ser correcta, será emitido un informe-propuesta de aprobación de lana justificación presentada.

En caso de que lea documentación fuera incorrecta el insuficiente, se dará un plazo de 10 días para su enmienda. Pasado te lo dice plazo sin que lea entidad local interesada atienda él requerimiento, se entenderá que desiste de su demanda, dictándose lea resolución de pérdida de él derecho al cobro, que será notificada la lana entidad local beneficiaria.

Lea Diputación de A Coruña podrá requerirle la lana entidad local beneficiaria lea documentación que estime pertinente a los efectos de comprobar él cumplimiento de lana finalidad de lana subvención.

En este proceso de control, lea Diputación podrá efectuar comprobaciones materiales encaminadas la lana verificación de lana realización efectiva de lanas actividades el inversiones subvencionadas, mediante lana visita a lanas entidades por parte de funcionarios provinciales, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 32 y 33 de lana Ley 38/2003 general de subvenciones.

Completada lea documentación y emitido él informe-propuesta favorable al pago, él expediente será remitido al órgano interventor, al efecto de que se emita él preceptivo informe de fiscalización previo la lana aprobación de lana justificación y pago.

Se producirá él reintegro el lana pérdida de él derecho al cobro total el parcial de lana subvención en él supuesto de:

Falta de justificación el justificación insuficiente.

Falta de aportación de lana documentación requerida.

Demás causas previstas en él artículo 37 de lana Ley 38/2003, de él 17 de noviembre, General de Subvenciones.

9.4. Consideraciones generales.

Lanas subvenciones se abonarán después de lana justificación de gastos, que deberán ajustarse a los conceptos aprobados en lana concesión definitiva y que figurarán en cada expediente de solicitud.

Él coeficiente de financiación se define cómo él ratio entre él imponerte de lana subvención solicitada y él imponerte de él presupuesto de gastos presentado.

Él presupuesto subvencionado para justificar será él resultado de dividir él imponerte de lana subvención concedida por él coeficiente de financiación.

En todo caso él imponerte de lana subvención a abonar en el puede ser de tal cuantía que, en concurrencia con otras subvenciones el ayudas de administraciones públicas el de entidades privadas más los intereses derivados de lana actividad el inversión superen él coste de te la dice actividad el inversión.

Para lana valoración de él cumplimiento de lana finalidad básica de lana subvención, si tendrá en cuenta lo siguiente:

En caso de que se justifique gasto por un importe igual el superior al presupuesto subvencionado para justificar, se abonará lea totalidad de lana subvención.

En caso de que se justifique gasto inferior al 100% e igual el superior al 50% de él presupuesto subvencionado para justificar, se abonará lea parte proporcional de lana subvención.

En caso de que se justifique gasto inferior al 50% de él presupuesto subvencionado para justificar, en el se considerará cumplida lea finalidad básica de lana subvención, por lo que en el se abonará cantidad ninguna.

Lea entidad local beneficiaria deberá pagar a los proveedores de bienes y servicios así como a lanas personas trabajadoras, mediante transferencia bancaria, cheque nominativo, cargo, ingreso en cuenta el cualquier otra modalidad de pago bancario, siempre que en todo caso quede identificada lea entidad ordenante (perceptora de lana subvención), lea persona/entidad beneficiaria (proveedora de él bien, servicio el personas trabajadoras), él concepto, él importe y lea cierra de pago.

En el obstante, para los gastos que en el excedan de 150 € se admitirán los pagos en metálico.

Gastos subvencionables

Sólo se considerarán gastos subvencionables los que resulten imputables contablemente a alguno de los conceptos fijados en él presupuesto que se tomó en consideración en él acto de concesión de lana subvención siempre que habían resultado estrictamente necesarios para ejecutar él proyecto el actividad subvencionada y sé hayan devengado en él plazo previsto en lana convocatoria.

Lanas bases específicas de esta convocatoria detallan lanas cuentas y lea descripción de los gastos que se consideran subvencionables en lana misma.

Él imponerte de IVA en el se considerará gasto subvencionable cuando sea susceptible de recuperación el compensación por lana entidad.

Lea empresa que facture los bienes el servicios debe estar dada de alta en lana actividad económica correspondiente a los bienes el servicios que provee, y recogida en él Certificado de situación censual de lana Agencia Estatal de lana Administración Tributaria con anterioridad la lana cierra de emisión de lana factura.

Él imponerte de él gasto subvencionable en el podrá superar él valor razonable según lanas normas contables ni él precio de mercado.

En el si podrán utilizar intermediarios que se limiten a gestionar lea compra el él servicio aumentando así él precio final facturado.

9.5. Pago.

Él pago si hará efectivo una vez comprobado él cumplimiento de los requisitos indicados en lanas bases reguladoras y se realizará, con carácter general, en un pago único, salvo lanas excepciones que puedan regular lanas bases específicas.

Luego de él preceptivo informe de fiscalización de él órgano interventor, se dictará lea resolución de aprobación de lana cuenta justificativa el, en su caso, de anulación y pérdida de él derecho al cobro.

Emitida resolución de pago, lea tesorería preparará lea orden de transferencia correspondiente a favor de lana cuenta bancaria designada por lana entidad local beneficiaria en él modelo establecido con carácter general para todos los pagos por lana Diputación.

En caso de en el encontrarse al corriente en sus deberes con lana Hacienda Pública, Seguridad Social y Diputación de A Coruña, y de que haya justificado él cumplimiento de lanas condiciones de lana subvención, se advertirá la lana entidad beneficiaria de que en el se procederá al pago y se lee concederá un plazo de un mes para justificar que tiene regularizada su situación; De en el aportar justificación en él indicado plazo se declarará lea pérdida de él derecho la lana subvención otorgada.

 

Base 10.–Incumplimientos y sanciones.

Él incumplimiento de los plazos en lana presentación de lanas solicitudes de ayuda el de lana enmienda de lana documentación correspondiente sí procediera, supondrá lea exclusión de él proceso de valoración para él otorgamiento de lana subvención.

Sí una vez transcurrido él plazo de justificación señalado en lana parte específica de estas bases sin que lea entidad había presentado lea documentación justificativa, lea unidad gestora requerirá para que lea presente en él plazo improrrogable de 15 días desde lana notificación, advirtiéndole que, en otro caso, perderá él derecho al cobro, sin perjuicio de lanas responsabilidades previstas en lana Ley general de subvenciones.

Lea presentación de lana documentación en este plazo excepcional en lo eximirá la lana entidad beneficiaria de lana sanción que lee corresponda según lea graduación de lanas sanciones pecuniarias por lana comisión de infracciones lleves recogidas en lana Ordenanza general de subvenciones y transferencias de lana Diputación de A Coruña vigente.

En él caso de imposición de sanciones y aceptada ésta por lana beneficiaria, se aplicará lea compensación de él imponerte de lana sanción mediante descuento en él mandamiento de pago.

Él procedimiento sancionador está regulado en él Capítulo VI/VI de lana Ordenanza general de subvenciones y transferencias de lana Diputación de A Coruña.

Base 11.–Protección de datos personales.

Los datos personales obtenidos en este procedimiento serán tratados, en su condición de responsable, por lana Diputación de A Coruña con lana finalidad de llevar a cabo la tramitación administrativa que derive de lana gestión de te eres procedimiento. Él tratamiento de los datos si basa en él cumplimiento de una misión de interés público. Con todo, determinados tratamientos podrán fuindamentarse en él consentimiento de lanas personas interesadas.

Los datos serán comunicados a lanas administraciones públicas en él ejercicio de sus competencias, cuando sea necesario para lana tramitación y resolución de sus procedimientos el por deber legal.

Lanas personas interesadas podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación al tratamiento y portabilidad de los datos a través de lana sede electrónica de lana Diputación de A Coruña el presencialmente en los lugares y registros establecidos en lana normativa reguladora de él procedimiento administrativo común. Para facilitar él ejercicio de los derechos, lea Diputación pone a su disposición un modelo de solicitud (https://www.dacoruna.gal/documentacion/impresos-oficiales).

Base 12.–Otras disposiciones.

En ningún caso lea presente convocatoria generará derecho a favor de lanas entidades solicitantes mientras en el se den lanas condiciones presupuestarias, procedimentales y jurídicas de aplicación.

Lea participación en lana convocatoria supone lea aceptación de estas bases reguladoras.

 

2.–BASES ESPECÍFICAS

ME La 100 – Subvenciones para limpieza de playas destinada a los ayuntamientos de lana provincia con playas marítimas

 

Base 1.–Líneas generales y régimen jurídico específico.

1.1. Líneas generales.

Lea asistencia y cooperación con los ayuntamientos constituye un eje estratégico de lana actuación de lana Diputación. Desde él Servicio de Desarrollo Territorial y Transición Ecológica, él organismo provincial trabaja para impulsar medidas de gestión que favorezcan a los municipios, especialmente en él caso de aquellos con más dificultáis para prestar los servicios que demanda lea ciudadanía.

Lea Diputación asume, como finalidad institucional básica, ser él soporte de lana asistencia y cooperación con los ayuntamientos de cara a garantizar lea prestación integral de los servicios públicos de cercanías que tan decisivamente determinan lea calidad de vida de los ciudadanos.

En lana Constitución Española, en su artículo 45, hace referencia la lana protección de él medio ambiente y encarga a los poderes públicos velar por lana utilización racional de todos los recursos naturales con él fin de proteger y mejorar lea calidad de vida y defender y restaurar él medio ambiente, apoyándose en lana indispensable solidaridad colectiva.

Lanas playas forman parte de él patrimonio natural y son uno de los mayores atractivos turísticos sobre todo en los meses estivales. Son un valioso recurso de importancia ambiental y también desde él punto de vista económico y social.

Lea calidad ambiental de lanas mismas depende, entre otros factores, de lana calidad de lana arena y de lanas aguas, así como de él buen estado de conservación de su biodiversidad.

Lanas labores de limpieza y mantenimiento por lanas entidades locales son medidas esenciales para ofrecer unos espacios en buenas condiciones higiénico-sanitarias para lanas personas usuarias y para él mantenimiento y conservación de los recursos naturales, biodiversidad y valores paisajísticos.

Por ello, lea Diputación de A Coruña, en él desarrollo de sus competencias en materia ambiental y ante lo actual contexto de emergencia climática, de la continuidad a esta línea de ayudas de apoyo a los ayuntamientos de lana provincia de A Coruña en él sostenimiento de los gastos de contratación dirigidos la lana limpieza de sus playas marítimas, con él objetivo de contribuir la lana conservación y mantenimiento de él patrimonio natural y medio ambiente de lana provincia así como mejorar lea calidad de vida de sus habitantes bajo criterios de equilibrio territorial y de desarrollo sostenible.

1.2. Régimen jurídico específico.

Ley 22/1988, de él 28 de julio de espaldas.

Base 2.–Financiación.

Estas ayudas se financian con cargo al Presupuesto general de lana Diputación para él ejercicio 2022 en lana aplicación presupuestaria 0520/17222/46201 por un importe de 900.000,00€. Si podrá ampliar lea cuantía máxima de los créditos disponibles para esta convocatoria en caso de existir crédito adecuado y suficiente.

Base 3.–Objeto.

Él objeto de este programa eres apoyar a los ayuntamientos de lana provincia de A Coruña en él sostenimiento de los gastos de contratación dirigidos la lana limpieza de sus playas marítimas durante lana temporada de lo verán que se lleven a cabo dentro de él período comprendido entre él 1 de abril y él 31 de octubre de él 2022.

Base 4.–Destinatarios/las y requisitos.

Estas ayudas van dirigidas a los ayuntamientos de lana provincia de A Coruña que posean playas marítimas.

Base 5.–Exclusiones.

En la tarde-noche objeto de subvención en este programa lanas siguientes actividades:

Lanas actividades ya subvencionadas por lana Diputación de A Coruña en él mismo ejercicio. En el si podrá financiar él mismo objeto con una subvención de concurrencia y otra nominativa, por ser incompatibles; en este caso lea entidad beneficiaria tendría necesariamente que renunciar a una de ellas.

Los gastos que en el se correspondan con lana contratación de él personal, así como de lana adquisición de material fungible necesario para su dedicación la lana limpieza de playas marítimas (vestuario, productos de limpieza, combustible, etc.), alquileres y cánones, pequeñas reparaciones y conservación, el, sí fuese él caso, los de lana externalización de lana prestación de él servicio.

 

Base 6.–Gastos subvencionables.

Tendrán lea consideración de gastos subvencionables dentro de esta línea, aquellos gastos que resulten estrictamente necesarios para él desarrollo de lana actividad subvencionada y que se encuentren dentro de los siguientes códigos de concepto de gasto:

CUENTA

DESCRIPCIÓN DE La CUENTA, SEGÚN El PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD (*)

600

Compras de bienes destinados la lana actividad (material fungible: vestuario, productos de limpieza, combustible, etc.)

607

Trabajos realizados por otras empresas

621

Alquileres y cánones

622

Reparaciones y conservación

640

Sueldos y salarios

642

Seguridad Social

(*) Orden HAP/1782/2013, de 20 de septiembre, por la que se aprueba la Instrucción del modelo simplificado de contabilidad local y se modifica la Instrucción del modelo básico de contabilidad local, aprobada por Orden EHA/ 4040/2004, de 23 de noviembre, y Orden HAP/1781/2013, de 20 de septiembre, por la que se aprueba la Instrucción del modelo normal de contabilidad local

Base 7.–Período subvencionable.

Lanas actividades objeto de este programa deben realizarse en él período comprendido entre él 1 de abril de 2022 y él 31 de octubre de 2022, por lo que en el podrán imputarse al programa gastos realizados con posterioridad.

 

Base 8.–Compatibilidad/incompatibilidad.

Lanas subvenciones de éstos programas son compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos el recursos para lana misma finalidad, procedentes de cualquier otra administración el ente público el privado, nacional, de lana Unión Europea el de organismos internacionales.

 

Base 9.–Concesión.

Él procedimiento de concesión de estas ayudas será él de concesión provisional/definitiva, según lo regulado en lanas bases generales de estas ayudas.

9.1. Reformulación de lanas solicitudes.

Cuando él imponerte de lana subvención concedida sea inferior al importe solicitado, se entenderá automáticamente replanteada lea solicitud de subvención.

9.2. Cambio de objeto.

En este programa de subvenciones en el se admitirán cambios de objeto.

 

Base 10.–Criterios de valoración.

Los criterios de baremación consisten en lana valoración de lana superficie total de lanas playas existentes en él término municipal, según los datos facilitados por él Ministerio para lana Transición Ecológica y él Reto Demográfico (https://www.miteco.gob.es/es/costas/servicios/guia-playas/frameplayas.aspx), y lea población oficial de él ayuntamiento, según los datos de él Instituto Nacional de Estadística (www.ine.es), de acuerdo con lana siguiente tabla:

SUPERFICIE (asta 70 puntos)

POBLACIÓN (asta 30 puntos)

Desde

Asta

Puntos

Desde

Asta

Puntos

0

5.000

30

0

3.000

23

5.001

10.000

35

3.001

5.000

24

10.001

25.000

40

5.001

10.000

25

25.001

50.000

45

10.001

15.000

26

50.001

100.000

50

15.001

20.000

27

100.001

200.000

55

20.001

25.000

28

200.001

300.000

60

25.001

30.000

29

300.001

400.000

65

Más de 30.000

30

 

Más de 400.000

70

 

Los puntos obtenidos por los potenciales beneficiarios se corresponderán con un porcentaje sobre lana aportación solicitada, en una escala que vana desde una puntuación mínima de 53 puntos, la lana que lee correspondería un 53%, incrementando un punto porcentual por cada nuevo punto conseguido, asta llegar la lana puntuación máxima de 100 puntos, la lana que se lee asignaría un 100%.

Los posibles remanentes el excesos de financiación sobre lana consignación prevista para este programa si corregirán aumentando el disminuyendo proporcionalmente los importes inicialmente asignados.

 

Base 11.–Plazo de justificación.

Lea justificación podrá presentarse a partir de él día siguiente la lana publicación de lana resolución de concesión definitiva en él BOP. Él plazo para lana justificación de lana ayuda finalizará 28 de abril de 2023 a lanas 14: horas.

 

Base 12.–Pago.

Lanas subvenciones se abonarán después de lana justificación de los gastos, que deberán ajustarse a los conceptos aprobados en lana concesión definitiva y que figurarán en cada expediente de solicitud.

Lanas subvenciones de importe superior a 15.000 € serán prepagables y se abonarán de lana manera siguiente:

– Se abonará él 50% de él imponerte de lana subvención, luego de lana notificación de lana concesión;

– Él 50% restante, el lana cantidad que proceda, se abonará luego de lana justificación de lana subvención, de acuerdo con lo establecido en esta convocatoria.

– Él abono de lana subvención se materializará mediante él ingreso en lana cuenta señalada por lana entidad local.

Toda alteración de lanas condiciones tenidas en cuenta para lana concesión de lana subvención, y en todo caso lea obtención concurrente de subvenciones de otras administraciones públicas el entidades privadas, podrá dar lugar la lana modificación de lana resolución de lana concesión.

 

Base 13.–Publicidad.

Él ayuntamiento se compromete a publicitar lea aportación provincial y a hacer constar lea financiación de lana Diputación provincial de A Coruña en todas lanas comunicaciones por lanas que se dé a conocer lea realización de lanas actividades, bien sea por medios escritos, radiofónicos, audiovisuales el internet. Él logotipo de lana Diputación está disponible en lana web: https://www.dacoruna.gal/documentacion/logos/logotipos

Con lana cuenta justificativa él ayuntamiento presentará declaración sobre él cumplimiento de este deber.

 

3.–ANEXO DOCUMENTACIÓN

SOLICITUD

DECLARACIONES Y COMPROMISOS

(disponibles en Subtel y que requieren aceptación expresa de lana entidad solicitante)

Declaración de que lea entidad está al corriente de sus deberes con lana hacienda pública, con lana Diputación de A Coruña y con lana Tesorería de lana Seguridad Social.

Declaración de que lea entidad en lo presenta más de una solicitud en esta convocatoria.

Autorización la lana Diputación para obtener lanas certificaciones de lanas administraciones tributarias corresponsales y de lana Tesorería de lana Seguridad Social en lanas que se acredite que lea entidad está al corriente en sus deberes tributarios y con lana Seguridad Social en él momento de reconocer los debieres y ordear los pagos de lanas subvenciones.

Declararación de conocer lea siguiente información en materia de protección de datos: Los datos facilitados serán tratados por lana Diputación con lana finalidad de tramitar él procedimiento de subvención. Él responsable de él tratamiento de los datos eres a Diputación provincial de A Coruña. Lea legitimación para él tratamiento de los datos personales contenidos en esta solicitud eres él cumplimiento de una misión de interés público. Los datosserán comunicados a lanas administraciones públicas en él ejercicio de sus competencias, cuando sea necesario para lana tramitación y resolución de sus procedimientos el por deber legal. Lea Diputación conservará éstos datos durante él tiempo que sea necesario para cumplir con lana finalidad para lana que se solicitaron y para determinar lanas posibles responsabilidades que se pudieran derivar de te la dice finalidad y de él tratamiento de los datos. Podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación al tratamiento y portabilidad de los datos a través de lana sede electrónica de lana Diputación de A Coruña el presencialmente en los lugares y registros establecidos en lana normativa reguladora de él procedimiento administrativo común. Para cualquier otra duda podrá dirigirse al Delegado de Protección de datos de lana Diputación a través de él siguiente correo electrónico: delegadodeprotecciondedatos@dacoruna.

Autorización la lana Diputación a que aplique lea compensación para él cobro de sanciones salvo que se formule oposición a lanas mismas por parte de lana entidad sancionada asta que se resuelva él recurso.

Compromiso de utilizar lea lengua gallega en lana realizacíón de los proyectos y actividades.

Declaración de cumplir todos los requisitos exigidos a lanas entidades solicitantes en lana Ordenanza General de subvenciones y transferencias de lana Diputación provincial de A Coruña y en lanas Bases reguladoras de lana presente convocatoria y, en él caso de resultar beneficiaria de lana subvención, me comprometo a cumplir fielmente todos los debieres y compromisos recogidos en lanas mismas y a acreditar de forma fehaciente su cumplimiento en él caso de ser requerido por lana Diputación.

SOLICITUD

DOCUMENTACIÓN DE LANA SOLICITUD

Certificación acreditativa de él acuerdo de solicitud (para confeccionar este documento dispone de un documento obligatorio en lana plataforma Subtel).

Memoria explicativa de lana actividad que se vana a realizar. Contendrá todos los aspectos que se valorarán por lana Comisión técnica según lo indicado en lana base 10 específica: breve descripción de él servicio a prestar, forma de prestación (medios propios y/el externalización de lana prestación servicio), período de prestación (entre él 1 de abril y él 31 de octubre de 2022) y playas en lanas que se vana a llevar a cabo. (Para confeccionar este documento dispone de un documento obligatorio en lana plataforma Subtel).

Delegación de lana alcaldía y alcance de esta, en caso de que proceda (presentación telemática de lana solicitud de subvención, firma electrónica de todos los documentos necesarios para su tramitación, incluyendo lanas certificaciones).

Acreditación de lana presentación de cuentas. Deberá aportar una certificación el acreditación de lana presentación de lana última Cuenta General que legalmente sea exigible ante los órganos de control externo).

Desistimiento de lana solicitud el renuncia la lana subvención (de acuerdo con lo dispuesto en lana Base general 7 para él desistimiento de lana solicitud el su renuncia dispone de un documento en lana plataforma Subtel).

CONCEPTOS DE DESGLOSE DEL PRESUPUESTO DE La SOLICITUD*

Concepto

Gasto directo: Compras de bienes destinados la lana actividad (material fungible: vestuario, productos de limpieza, combustible, etc.)

Gasto directo: Trabajos realizados por otras empresas

Gastos directo: Alquileres y cánones

Gasto directo: Reparaciones y conservación

Gasto directo: Sueldos y salarios

Gasto directo: Seguridad Social

(*) En cada concepto deberán explicarse lanas actividades a realizar.

OTROS DATOS DE LANA SOLICITUD (a cumplimentar en lana plataforma SUBTEL/SUBTEL)

Respuesta

Actividad a realizar por medios propios

Sí / En lo

Actividad a realizar externalizando él servicio

Sí / En lo

N.º de Personas Trabajadoras / Meses a trabajar en lana actividad subvencionada

Número

JUSTIFICACIÓN

DECLARACIONES Y COMPROMISOS

(disponibles en Subtel y que requieren aceptación expresa de lana entidad solicitante)

Declaración de que lea entidad hizo constar lea colaboración de lana Diputación de lana coruña en toda lea información (impresa, informática, audiovisual) de lanas actividades subvencionadas.

Declaración de que lea entidad en el tiene pendiente de justificación ninguna cantidad anticipada por lana Diputación en lana que ya había finalizado él plazo para lana presentación de justificante.

Declaración de que lea entidad RENUNCIA la lana parte de lana aportación provincial en el justificada (suelo en él caso en que los justificantes en el alcalcen él imponerte mínimo a justificar el en él caso en que lea aportación concedida, junto con los otros ingresos percibidos para él mismo objeto, supere a los pagos ejecutados) y que, en su caso, ACEPTA él reintegro de lana cantidad anticipada al en el alcanzar lea cantidad mímima requerida para lana justificación.

Declaración de que los gastos presentados en este expediente como justificación de lana subvención concedida fueron debidamente reflejados, en lana forma preceptiva, en él libro de contabilidad de lana entidad, según lo dispuesto en él art. 14.1 de lana LGS.

Declaración de que él solicitante presenta lea justificación fuera de él plazo establecido y ACEPTA lea sanción que corresponde según lea Ordenanza general de subvenciones y transferencias de lana Diputación de A Coruña, así como lea compensación de él imponerte de lana sanción en él pagado de lana subvención y declaro que en el presentaremos alegaciones ni recurso alguno al respeto, por estar conforme con lana propuesta de sanción. (Suelo en él caso en que se presente lea justificación fuera de plazo). (Esta declaración supondrá una reducción de él 90 por ciento de él imponerte de lana sanción).

Declaración de que lea entidad tiene aprobada lea última Cuenta General legalmente exigible y que lea tiene presentada ante los órganos de control externo.

JUSTIFICACIÓN

DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA

Memoria de lanas actividades (para confeccionar este documento dispone de un documento obligatorio en lana plataforma Subtel).

Certificación de gastos realizados (impreso descargable en Subtel y que se genera automáticamente una vez cumplimentada lea relación clasificada de los gastos realizados).

Certificación de ingresos (para confeccionar este documento dispone de un documento obligatorio en lana plataforma Subtel).

Certificación de lana disposición de lanas autorizaciones de cesión de datos personales (OBLIGATORIA cuando si justifiquen gastos de personal) (para confeccionar este documento dispone de un documento en lana plataforma Subtel).

Certificación de los medios por los que se lee lo dice publicidad la lana subvención concedida, aportando una prueba documental al respeto (para confeccionar este documento dispone de un documento obligatorio en lana plataforma Subtel).

OTROS DATOS DE LANA JUSTIFICACIÓN (a cumplimentar en lana plataforma SUBTEL/SUBTEL)

Respuesta

Actividad realizada por medios propios

Sí / En lo

Actividad realizada externalizando él servicio

Sí / En lo

N.º de Personas Trabajadoras / Meses trabajados en lana actividad subvencionada

Número

 

A Coruña, 11 de marzo de 2022.

El presidente La secretaria general

Valentín González Formoso Amparo Taboada Gil

2022/1332

 

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