Miércoles, 2 de marzo de 2022 · Miércoles, 2 de marzo de 2022 · Número 41
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2022_0000000998

Administración Local

Municipal

Dodro

Aprobación de las bases reguladoras para la concesión de premios del concurso de Carnaval 2022 del Ayuntamiento de Dodro

ANUNCIO

APROBACIÓN BASES REGULADORAS PARA CONCESIÓN DE PREMIOS DEL CONCURSO DE CARNAVAL 2022, DEL AYUNTAMIENTO DE DODRO

Por Resolución de la Alcaldía núm. 53/2022, de fecha 23/02/2022, se aprobaron las bases reguladoras para concesión de premios del concurso de Carnaval 2022 del Ayuntamiento de Dodro que a continuación se transcriben:

“BASES REGULADORAS PARA La CONCESIÓN DE PREMIOS DEL CONCURSO DE CARNAVAL 2022, DEL AYUNTAMIENTO DE DODRO

Primera.–OBJETO.

De conformidad con lo previsto en la Ley 38/2003 de subvenciones, constituye el objeto de las presentes bases la regulación del concurso de disfraces del Carnaval que se celebrará el martes 1 de marzo de 2022, en el pabellón polideportivo de Dodro, a partir de las 17.30 horas.

Segunda.–CRÉDITO PRESUPUESTARIO.

Los premios previstos para el concurso regulado en estas bases se imputarán contra la partida presupuestaria prevista en el 334/48000 del presupuesto municipal por imponerte de 1.335,00 €.

Tercera.–BENEFICIARIOS.

Podrán ser beneficiarios de los premios previstos en estas bases todas las personas, así como las agrupaciones de personas físicas constituidas para la consecución de los fines señalados como objeto de premio, y que cumplan los siguientes requisitos:

la) No estar incursas en ninguno de los casos previstos en el artículo 13.2 de la Ley general de subvenciones.

b) No tener con el Ayuntamiento deudas o sanciones tributarias en período ejecutivo, salvo que se trate de deudas o sanciones tributarias que se encuentren aplazadas, fraccionadas el cuya ejecución estuviera suspendida.

c) No tener pendiente de justificar subvención concedida por el Ayuntamiento.

Aquellas personas menores de edad o que no tengan plena capacidad de obrar que deseen participar deberán hacerlo siempre con la preceptiva autorización del titular de la patria potestad o tutela, según modelo anexo a estas bases.

Cuarta.–RÉGIMEN DE CONCESIÓN DE Los PREMIOS.

Los premios se otorgarán la instancia del solicitante con cargo al presupuesto de la Corporación mediante procedimiento de concurrencia competitiva. Su otorgamiento será motivado y sus importes no podrán ser revisados ni ampliados.

El importe de los premios a conceder no superará la cantidad asignada en el presupuesto general de la Corporación.

Atendiendo a la modalidad de participación en el concurso (individual, por parejas o en grupo) se concederán los siguientes premios:

La. CATEGORÍA INDIVIDUAL. En la que se establece la siguiente clasificación:

Infantil 1: de 0 la 6 años de edad. Dos premios de 60 €

Infantil 2: de 7 la 12 años de edad. Dos premios de 60 €

Juvenil: de 13 la 17 años de edad. Dos premios de 60 €

Personas adultas: de 18 años o más edad. Dos premios de 100 €

B. CATEGORÍA POR PAREJAS (2 componentes)

Ganador: 150 €

Finalista: 125 €

C. CATEGORÍA GRUPAL (3 o más componentes)

Ganador: 300 €

Finalista: 200 €

Las candidaturas se valorarán según la originalidad, laboriosidad y diseño del disfraz así como la simpatía o la puesta en escena de cada participante. El jurado adjudicará a cada propuesta o actuación una puntuación de “0” la “5”, siendo “0” la cifra de menor valor y “5” la de mayor valor, pudiendo declararse desierto cualquier premio si a juicio del propio jurado no se reúnen los méritos suficientes.

Quinta.–PUBLICIDAD Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.

Una vez aprobadas las presentes bases y convocatoria por resolución de la Alcaldía-Presidencia, serán objeto de publicación íntegra en el «Boletín Oficial» de la provincia de A Coruña, publicándose extracto de la convocatoria en el Boletín oficial de la provincia de A Coruña por conducto de la Base Nacional de Datos de Subvenciones, la cal contendrá como mínimo:

1.º) Objeto.

2.º) Beneficiarios.

3.º) Fecha de la publicación de las bases reguladoras en el Boletín Oficial de la Provincia.

4.º) Plazo de presentación de solicitudes.

5.º) Identidad del Jurado.

Las bases se publicarán, asimismo, en el tablero de anuncios electrónico del Ayuntamiento y en la página web municipal.

El plazo para la presentación de solicitudes finalizará el día 1 de marzo de 2022, a las 14.00 horas, antes de la celebración del concurso.

Para aclaraciones o asesoramiento en cuanto a las solicitudes pueden ponerse en contacto con el departamento de cultura en el 981 802 472, siempre dentro del plazo establecido.

Sexta.–DOCUMENTACIÓN.

La documentación que se deberá acompañar es la siguiente:

– Solicitud, según modelo que se acompaña en el anexo I, firmada por los interesados, o por quien tenga conferida la representación en el que se incluye declaración responsable de encontrarse al corriente de sus deberes fiscales con este Ayuntamiento, y la hacienda pública y estatal, así como la seguridad social y de que el( s) solicitante( s) no se encuentra( n) en ninguno de los casos de prohibición para obtener subvenciones establecidas en el artículo 13 de la Ley general de subvenciones.

En la solicitud de participación deberá indicarse en el apartado de documentación adicional se presenta música en formato MP3.

Séptima.–LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.

Las solicitudes y en su caso documentación adicional se deberán entregar:

1.º) En el Registro Municipal del Ayuntamiento, en horario de 9.00 la 14.00 horas los días laborables.

2.º) En las oficinas de correos en los tener previstos en el RD 1829/1999 en su artículo 31.

3.º) En la Sede electrónica Municipal( https://sede. dodro.gal/).

Octava.–MECÁNICA DEL CONCURSO.

Las personas inscritas en el concurso deberán presentarse en el pabellón polideportivo de Dodro el día 1 de marzo de 2022, entre las 16.30 y las 17.00 horas, para recoger lo dorsal asignado, en el que se señalará la categoría en la que participan y el orden de salida en la actuación o desfile. Será obligatorio recoger lo dorsal en ese horario para poder participar en el concurso.

La hora prevista del inicio de la actividad será a las 17.30 horas. A continuación los participantes desfilarán y actuarán delante del jurado para proceder su valoración o en el lugar firmado por la organización según las medidas o protocolos COVID en ese momento.

Después de finalizado el desfile, el jurado, atendiendo a las puntuaciones asignadas a cada candidatura, levantará acta del concurso con la propuesta de los premiados para la posterior resolución administrativa de la concesión de los premios.

Novena.–PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN.

El procedimiento a seguir será lo regulado en el Capítulo II del Título I de la Ley 38/2003 de subvenciones mediante un procedimiento de concurrencia competitiva, con las siguientes especialidades:

la) El órgano de instrucción señalado en la ley será la Concejalía delegada de Cultura y Patrimonio.

b) El órgano colegiado encargado de evaluar a los concursantes atendiendo a los criterios previstos, estará formada por un jurado imparcial cuya composición es la siguiente:

1) Presidente: Concejal delegado de Cultura y Patrimonio del Ayuntamiento de Dodro

2) Encargada de la Biblioteca Municipal de Dodro.

3) Un/una representante de una asociación del Ayuntamiento de Dodro.

4) Un/una representante de una asociación del Ayuntamiento de Dodro.

5) Secretario/a: animadora cultural del Ayuntamiento de Dodro. Suplentes del resto de los miembros del jurado serán designados por el Alcalde-Presidente en caso de que fuera necesario.

c) El régimen jurídico y de funcionamiento del jurado será lo dispuesto en los artículos 15 la 18 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público. Los miembros del jurado deberán cuidar de respetar las causas de abstención previstas en el artículo 23.2 de la Ley 39/2015, comunicando por escrito a la Alcaldía-Presidencia de manera inmediato una vez tengan conocimiento de la existencia de cualquier causa en que incurrieran. Del mismo modo los miembros del jurado podrán ser objeto de recusación por los concursantes en cualquier momento del procedimiento por incurrir en causa de abstención. En el acta redactado de evaluación de candidaturas deberá recogerse como mínimo:

la. Baremación de todos los concursantes mediante el sistema previsto, por orden de mayor la menor puntuación y por categoría.

b. Propuesta de los premiados por categoría.

d) Una vez recibida la propuesta del jurado, el órgano instructor procederá a:

la. Solicitar los correspondientes informes de los servicios municipales de la:

i. No concurrencia de los premiados en alguna de las circunstancias previstas en la base tercera para obtener subvenciones y que fueron objeto de declaración responsable, mediante la petición de los certificados telemáticos a la Agencia Tributaria y Seguridad Social, así como la consulta en la Base de datos Nacional de Subvenciones y contabilidad municipal.

b. Requerir a los premiados para que en el plazo de diez días hábiles aporten la siguiente documentación:

i. Acreditación de la identidad y en su caso representación legal de los premiados:

Las personas físicas mediante la aportación del DNI.

Los tutores o titulares de la patria potestad de los premiados menores de edad o incapacitados, mediante la aportación del libro de familia, sentencia judicial o título bastante que acredite la representación.

En el supuesto de ser una asociación o entidad con personalidad jurídica, acreditación de poder o nombramiento para actuar en nombre y representación de la entidad.

ii. Aportación de un certificado de número de cuenta de la entidad bancaria cuyo titular será lo premiado o su representante legal.

y) El órgano instructor a la vista del expediente y del informe del jurado, formulará la propuesta definitiva de resolución de concesión de los premios en favor de aquellos premiados que acreditaran el cumplimiento de las bases y aportaran la documentación requerida, o en su defecto, a los concursantes con la siguiente mayor puntuación según la baremación hecha por el jurado que cumplieran con el dispuesto en esta base.

f) La Alcaldía-Presidencia será el órgano competente para una vez vista la propuesta de resolución y la fiscalización de la intervención municipal, resolver mediante acuerdo motivado.

La notificación de los actos de tramitación y resolución de concesión de los premios será publicada a los interesados en el tablero de anuncios digital del Ayuntamiento, medio exclusivo de notificación de conformidad con el dispuesto en el artículo 45.1 b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Décima.–PAGO DE Los PREMIOS.

El pago de premios en metálico concedidos se hará efectivo mediante transferencia bancaria al número de cuenta indicado por los premiados. En el momento del pago se practicarán las oportunas retenciones según la normativa tributaria vigente.

En el supuesto de premios compartidos por una pluralidad de personas, el pago será prorrateado a partes iguales entre todos los premiados que cumplieran lo dispuesto en estas bases y aportaran la documentación requerida. Cuando se trate de premios en especie que no sean divisibles, el premio se entregará a uno de los premiados previo acuerdo del resto.

Undécima.–DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL Y DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.

La participación en el concurso previsto en estas bases implica por los participantes la aceptación incondicionada de las siguientes cláusulas:

1.º) La cesión en modalidad no exclusiva al Ayuntamiento de Dodro de manera gratuita de los siguientes derechos de explotación:

la) Reproducción.

b) Distribución.

c) Comunicación pública.

d) Publicación.

2.º) La autorización al Ayuntamiento para la publicación en la página web, redes sociales y publicaciones de su titularidad del nombre y apellidos de los concursantes y premiados, así como fotografías y vídeos de los mismos en los actos de entrega de premios o en la participación en las actividades culturales, deportivas, lúdicas etc. objeto del concurso.

3.º) La publicación de los datos personales de los premiados e imponerte de los mismos en la Base de Datos Nacional de Subvenciones de conformidad con la legislación vigente.

Duodécima.–INSPECCIÓN Y CONTROL.

El Ayuntamiento podrá realizar las comprobaciones que estime oportunas respeto de las actividades premiadas y tendrá acceso a toda la documentación justificativa de las mismas, en particular la información de estar al corriente de los deberes tributarios y con la Seguridad Social y de no estar incurso en causa que impida la obtención de subvenciones públicas, así como a requerir a los premiados en los tener que precise de conformidad con el dispuesto en el Título III de la Ley 38/2003.

Decimotercera.–INFRACCIONES Y SANCIONES.

El régimen de infracciones y sanciones será lo establecido en el Título IV de la Ley 38/2003.

El incumplimiento parcial o total de las condiciones establecidas, la desviación del premio para actividades o conceptos no estimados en el proceso de tramitación y resolución, el incumplimiento del deber de justificación, la duplicidad de subvenciones para un mismo programa, siempre que no sean complementarias con cargo a créditos de otras Administraciones Públicas, constituirán causa determinante para la revocación del premio concedido, con la siguiente devolución de los créditos obtenidos.

Igualmente, el falseamento u ocultación de los datos exigidos en las correspondientes convocatorias, así como la aplicación de la prestación a fines distintos de los previstos, dará lugar a la cancelación del premio y el deber del reintegro de las cantidades recibidas.

Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de créditos de derecho público, resultando de aplicación para su cobro en lo previsto en el Reglamento General de Recaudación.

Decimocuarta.–COMPROMISOS.

Las personas que resulten beneficiarias de los premios se comprometen a:

– Comunicar al Ayuntamiento por escrito, cuando proceda, la obtención de premios, subvenciones o ayudas para la misma finalidad procedentes de cualquier administración o ente público.

– Comunicar al Ayuntamiento, por escrito, las modificaciones de la situación, condición o circunstancias que motivaron la concesión.

– Autorizar al Ayuntamiento a obtener por medios telemáticos los certificados correspondientes de encontrarse al corriente de deberes tributarios, con la Seguridad Social y de no estar incurso en causa que impida la obtención de subvenciones públicas.

– Deberes adicionales:

Las personas inscritas en el concurso deberán presentarse en el pabellón polideportivo de Dodro el día 1 de marzo de 2022, entre las 16.30 y las 17.00 horas, para recoger lo dorsal asignado, en el que se señalará la categoría en la que participa y el orden de salida en la actuación o desfile. Será obligatorio recoger lo dorsal en ese horario para poder participar en el concurso.

La hora prevista del inicio de la actividad será a las 17.30 horas. A continuación los participantes desfilarán o actuarán, dependiendo de cada quien, delante del jurado para proceder su valoración o en el lugar firmado por la organización según las medidas o protocolos COVID en ese momento.

La música para las actuaciones es preciso presentarla en el momento de la inscripción en formato MP3 a ser posible y por mail la: cultura@dodro.gal o memoria USB (no se recogerá música había sido del plazo de inscripción ni tampoco el propio día del concurso).

DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA

En el no previsto en estas bases será de aplicación la Ley 38/2003 de subvenciones, la Ley 39/2015 de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, reglamento general de subvenciones la Ley reguladoura de las Bases del Régimen Local y la Ley de Haciendas Locales.

ANEXO I la) SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN El CONCURSO

(Modelo para personas físicas mayores de edad y no incapacitadas en solitario)

DATOS DEL CONCURSO

DENOMINACIÓN CONCURSO

NOMBRE DEL DISFRAZ

CATEGORÍA

INDIVIDUAL PERSONAS ADULTAS

DATOS DEL CONCURSANTE

NOMBRE Y APELLIDOS

NIF

DOMICILIO FISCAL (dirección)

CORREO ELECTRÓNICO

TELÉFONO

DECLARA QUE:

Conoce y acata incondicionalmente el contenido de las bases generales del concurso aprobadas por el Ayuntamiento mediante Resolución de Alcaldía núm. …..............................., de fecha ..................................., aceptando incondicionalmente los deberes derivados de las mismas.

El concursante está al corriente del pago de sus deberes tributarios con la hacienda estatal, autonómica y del Ayuntamiento, así como con la Seguridad Social y no se encuentra en ninguno de los casos de prohibición para obtener subvenciones establecidas en el artículo 13 de la Ley general de subvenciones.

En el supuesto de ser premiado, autorizo al Ayuntamiento de Dodro para solicitar telemáticamente los certificados de estar al corriente con los deberes tributarios y de la Seguridad Social de los organismos titulares de esta información.

Acompaña la siguiente documentación adicional exigida por las bases en el apartado 6 (especificar cual):

SOLICITA:

Presentar su candidatura para recibir el premio convocado en el concurso que figura en lo encabezado.

Firmado.

ANEXO I b) SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN El CONCURSO

(Modelo para personas físicas menores de edad o sin plena capacidad de obrar en solitario)

(La) DATOS DEL CONCURSO

DENOMINACIÓN CONCURSO

NOMBRE DEL DISFRAZ

CATEGORÍA (SEÑALAR CON UN X)

INFANTIL

0-6 AÑOS

INFANTIL

7-12 AÑOS

JUVENIL

13-17 AÑOS

PERSONAS ADULTAS

18 AÑOS O +

(B) DATOS DEL CONCURSANTE

NOMBRE Y APELLIDOS

NIF

DOMICILIO FISCAL (dirección)

(C) DATOS DEL TUTOR O TITULAR DE La PATRIA POTESTAD

NOMBRE Y APELLIDOS

NIF

DOMICILIO FISCAL (dirección)

CORREO ELECTRÓNICO

TELÉFONO

Como representante legal del concursante que figura en lo encabezado,

DECLARA QUE:

Autorizo expresamente al concursante (B) la participar en el concurso (La) convocado, y conozco el contenido de las bases generales aprobadas por el Ayuntamiento mediante Resolución de Alcaldía núm. …..............................., de fecha ..................................., aceptando incondicionalmente los deberes derivados de las mismas en su nombre y representación.

El concursante está al corriente del pago de sus deberes tributarios con la hacienda estatal, autonómica y del Ayuntamiento, así como con la Seguridad Social y no se encuentra en ninguno de los casos de prohibición para obtener subvenciones establecidas en el artículo 13 de la Ley general de subvenciones.

En el supuesto de ser premiado, autorizo al Ayuntamiento de Dodro para solicitar telemáticamente los certificados de estar al corriente con los deberes tributarios y de la Seguridad Social de los organismos titulares de esta información.

Acompaña la siguiente documentación adicional exigida por las bases en el apartado 6 (especificar cual):

SOLICITA:

Presentar su candidatura en su nombre y representación para recibir el premio convocado en el concurso que figura en lo encabezado (A).

Firmado.

ANEXO I c) SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN El CONCURSO

(Modelo para personas físicas en pareja o grupo)

DATOS DEL CONCURSO

DENOMINACIÓN CONCURSO

NOMBRE DEL DISFRAZ

DATOS DE Los CONCURSANTES

AVISO IMPORTANTE: Aquellos concursantes menores de edad o sin plena capacidad de obrar deberán acompañar los datos y firma de sus representantes legales.

CONCURSANTE

NOMBRE Y APELLIDOS

CONCURSANTE

NIF

DOMICILIO

MENOR DE EDAD

INCAPACITADO?

FIRMA

REPRESENTANTE

NOMBRE Y APELLIDOS

REPRESENTANTE

NIF

FIRMA

DECLARAN QUE:

En el caso de ser tutores o representantes legales de los concursantes, autorizamos a nuestros representados a participar en el concurso según las bases generales aprobadas por el Ayuntamiento mediante Resolución de Alcaldía núm. …..............................., de fecha ..................................., aceptando incondicionalmente los deberes derivados de las mismas.

En el caso de participar en nombre propio, conocemos y acatamos incondicionalmente el contenido de las bases generales del concurso aprobadas por el Ayuntamiento mediante Resolución de Alcaldía núm. …..............................., de fecha ..................................., aceptando incondicionalmente los deberes derivados de las mismas.

Los concursantes están al corriente del pago de sus deberes tributarios con la hacienda estatal, autonómica y del Ayuntamiento, así como con la Seguridad Social y no se encuentran en ninguno de los casos de prohibición para obtener subvenciones establecidas en el artículo 13 de la Ley general de subvenciones.

En el supuesto de ser premiado, autorizo al Ayuntamiento de Dodro para solicitar telemáticamente los certificados de estar al corriente con los deberes tributarios y de la Seguridad Social de los organismos titulares de esta información.

Que en el supuesto de ser premiados, otorgan su representación para todas las gestiones pertinentes para el cobro de los premios a:

NOMBRE Y APELLIDOS

NIF

DOMICILIO

TELÉFONO

CORREO ELECTRÓNICO

Acompaña la siguiente documentación adicional exigida por las bases no apartado 6 (especificar cual):

SOLICITA(N):

Presentar su candidatura conjunta para recibir el premio convocado en el concurso que figura en lo encabezado.

ANEXO: MODELO DE OTORGAMIENTO DE REPRESENTACIÓN ANTE El AYUNTAMIENTO DE DODRO PARA COBRO DE PREMIOS EN ESPECIE

CONCURSO

PREMIO

RELACIÓN DE PREMIADOS QUE DAN Su REPRESENTACIÓN

NOMBRE Y APELLIDOS

NIF

DOMICILIO

LOCALIDAD

FIRMA

OTORGA/N Su REPRESENTACIÓN A:

D./DOÑA

NIF

DOMICILIO FISCAL (dirección)

Y autorizan a este/la para el cobro del premio en especie en nombre de todos los firmantes, entendiendo que el Ayuntamiento de Dodro haciendo entrega del premio al representante cumple con el deber de pago a los premiados prevista en las bases de la convocatoria.

Con la firma del presente escrito el/la representante acepta la representación/autorización conferida y responde de la autenticidad de la firma de/de los otorgante/s.

En ________________, la ____ de _________________ de 2022.

El/La REPRESENTANTE”

Dodro, 23 de febrero de 2022.

El alcalde

Francisco Xabier Castro Tourís

2022/998

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