Martes, 6 de julio de 2021 · Martes, 6 de julio de 2021 · Número 125
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2021_0000005444

Administración Local

Municipal

Dodro

Aprobación de las bases de participación y de la convocatoria del XXXIV Premio de Poesía Eusebio Lorenzo Baleirón 2021

ANUNCIO

Aprobación de las bases de participación y de la convocatoria del XXXIV Premio de Poesía Eusebio Lorenzo Baleirón 2021

La Xunta de Gobierno Local, en la sesión ordinaria del martes 22 de junio de 2021, acordó aprobar las bases reguladoras y la convocatoria de participación de la XXXIV Edición del Premio de Poesía Eusebio Lorenzo Baleirón, que a continuación se transcriben:

 

BASES XXXVI PREMIO DE POESÍA EUSEBIO LORENZO BALEIRÓN 2021

 

Primera.–OBJETO.

Las presentes bases tienen como objeto regular, en régimen de concurrencia competitiva, el proceso de concesión del XXXIV Premio de Poesía Eusebio Lorenzo Baleirón 2021.

La finalidad de este certamen es honrar la memoria de lo ilustre poeta y contribuir a la promoción de la poesía gallega.

Segunda.–DOTACIÓN DEL PREMIO.

La dotación económica del XXXIV Premio de Poesía Eusebio Lorenzo Baleirón 2021 es de 2.500 €, figurando incluidos en esta cantidad todos los impuestos que le sean de aplicación.

Este premio estará sujeto a la retención fiscal establecida en la legislación vigente.

El Ayuntamiento de Dodro se compromete a publicar el libro de poemas galardonado dentro del año 2022, en una editorial de reconocido prestigio. La persona ganadora recibirá gratuitamente 25 ejemplares de la obra premiada.

Tercera.–PERSONAS PARTICIPANTES.

1. Podrán concurrir a este certamen todas las personas que lo deseen, mayores de 18 años, que cumplan los requisitos generales de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, además de los específicos previstos en el marco de estas bases.

2. Las personas beneficiarias deberán estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. Este requisito debe mantenerse desde la presentación de la candidatura hasta la resolución del premio; cualquier cambio en esta condición le será comunicada al órgano de instrucción del procedimiento.

Cuarta.–CANDIDATURAS.

1. Las obras estarán escritas en lengua gallega conforme a la normativa oficial vigente, serán originales e inéditas.

2. No podrán concurrir textos premiados, textos presentados simultáneamente a otros certámenes o textos que mantengan compromisos de publicación con alguna editorial.

3. Los poemarios serán de tema y forma libres y tendrán una extensión mínima de 500 versos y máxima de 800.

4. Todos los trabajos reunirán los requisitos formales establecidos en esta convocatoria, en el caso contrario serán excluidos.

5. La participación en el certamen implica a total aceptación de estas bases y, en aquellos casos no previstos, se atenderá a lo que dictamine el jurado.

Quinta.–FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE Las CANDIDATURAS.

1. Las obras ostentarán un título y un lema.

2. Los poemarios se presentarán en formato digital, por medio de un lápiz de memoria o CD, acompañados de una plica o sobre cerrado. En el exterior figurará el título y léemela y en el interior se incluirá la siguiente documentación:

Copia del DNI del/a autor/a.

Dirección, teléfono de contacto y dirección de correo eletrónico.

Breve currículo literario.

Solicitud de participación, debidamente cubierta, conforme al modelo normalizado que se establezca en la convocatoria (Anexo I).

Declaración de autoría y originalidad, titularidad de los derechos de la obra, de la condición de encontrarse libre de cargas y limitaciones de explotación y de aceptación de las presentes bases (Anexo I), cesión de los derechos de la obra (incluidos los de publicación, distribución y explotación) por un plazo de 18 meses desde la fecha de concesión del premio.

Declaración responsable de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Agencia Tributaria y frente a la Seguridad Social y de no encontrarse incurso/la en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiario/la de subvenciones públicas, conforme a la Ley 38/2003, General de Subvenciones (Anexo II).

Declaración de consentimiento expreso para el tratamiento de los datos personales que consten en la solicitud para la participación en el premio, de conformidad con el establecido en la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

3. Los trabajos se enviarán por correo postal a lo siguiente dirección, sin indicar la persona remitente:

XXXIV Premio de Poesía Eusebio Lorenzo Baleirón 2021

Ayuntamiento de Dodro

Tallós, 32 -15981 Dodro (A Coruña)

4. El plazo de presentación de las obras comenzará a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín oficial de la provincia de A Coruña y finalizará el día 8 de octubre de 2021.

5. No se admitirán trabajos entregados presencialmente, ni fuera de plazo.

Sexta.–ENMIENDA DE SOLICITUDES.

De conformidad con el artículo 68 Ley 39/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, si al proceder a la apertura de la plica del trabajo ganador había resultado que lo sobre cerrado no incluyera la documentación solicitada en la base quinta de esta convocatoria, se requerirá a quien le corresponda su autoría para que lo rectifique en el plazo de 10 días, con la indicación de que, en el caso de no hacerlo, se considerará como desistida su opción al premio, previa resolución dictada a ese efecto en los tener previstos en el artículo 21 de la citada ley.

Séptima.–PROCEDIMIENTO DE INSTRUCCIÓN Y RESOLUCIÓN.

El procedimiento a seguir será lo regulado en el Capítulo II del Título I de la Ley 38/2003, General de Subvenciones mediante un procedimiento de concurrencia competitiva, con las siguientes especialidades:

la) El órgano de instrucción señalado en la ley será la concejalía delegada del área correspondiente, que, para este certamen, es la Concejalía de Cultura y Patrimonio. Esta concejalía propondrá un/una coordinador/la responsable del adecuado funcionamiento del XXXIV Premio de Poesía Eusebio Lorenzo Baleirón 2021, cuyas tareas figuran descritas en la base octava. El nombramiento de este/a coordinador/la se realizará a través de Decreto de Alcaldía.

b) El órgano colegiado encargado de evaluar la calidad literaria de los trabajos estará formado por un jurado imparcial cuya composición figura en la base novena. El jurado calificador se designará por Decreto de Alcaldía y su composición se hará pública cuando finalice el plazo de admisión de originales. El régimen jurídico y de funcionamiento del órgano colegiado será lo dispuesto en los artículos 15 la 18 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público. A los miembros del jurado les será aplicable lo dispuesto sobre abstención y recusación en los artículos 23 y 24 de la misma Ley.

En el acta redactado de evaluación de candidaturas deberá recogerse como mínimo la baremación de todas las obras participantes mediante el sistema previsto, por orden de mayor la menor puntuación, de acuerdo con los criterios de valoración descritos en la base décima, y la propuesta de la premiada.

c) Una vez recibida la propuesta del jurado, el órgano instructor procederá a solicitar los correspondientes informes de los servicios municipales para verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa vigente así como en las presentes bases y a requerir la persona premiada para que en el plazo de diez días hábiles acredite su identidad, aporte certificado de número de cuenta de la entidad bancaria y autorice al Ayuntamiento a obtener por medios telemáticos los certificados correspondientes de encontrarse al corriente de deberes tributarios y con la Seguridad Social.

d) El órgano instructor a la vista del expediente y del informe del jurado, formulará la propuesta definitiva de resolución de concesión del premio en favor de la persona premiada que acreditara el cumplimiento de las bases y aportara la documentación requerida, o en su defecto, la persona candidata con la siguiente mayor puntuación según la baremación hecha por el jurado que cumpliera con el dispuesto en esta base.

y) La Alcaldía-Presidencia será el órgano competente para resolver mediante acuerdo motivado. La notificación de los actos de tramitación y resolución de concesión del premio será publicada en el tablero de anuncios y la página web del Ayuntamiento, medio exclusivo de notificación de conformidad con el dispuesto en el artículo 45.1 b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Octava.–COORDINACIÓN.

El Ayuntamiento de Dodro nombrará a través de Decreto de Alcaldía, después de ser propuesto/a por la Concejalía de Cultura y Patrimonio, una personalidad de las letras gallegas coordinadora responsable del adecuado funcionamiento del XXXIV Premio de Poesía Eusebio Lorenzo Baleirón 2021. Sus funciones serán:

1. Buscar y proponer a las personas de reconocida objetividad y competencia en el género de la poesía, así como en la crítica literaria, candidatas a miembros del jurado del XXXIV Premio de Poesía Eusebio Lorenzo Baleirón 2021.

2. Informar al jurado de los diferentes procedimientos y actos relacionados con el citado certamen.

3. Planificar y coordinar el desarrollo de los actos oficiales de la resolución y de entrega del premio.

4. Presentar y conducir el acto de entrega del XXXIV Premio de Poesía Eusebio Lorenzo Baleirón 2021.

5. Ejercer funciones de representación en actuaciones culturales que tengan como fin la promoción del XXXIV Premio de Poesía Eusebio Lorenzo Baleirón 2021.

Novena.–JURADO.

La valoración de los poemarios le corresponderá a un jurado designado por el Ayuntamiento de Dodro mediante Decreto de Alcaldía. Su composición se hará pública cuando finalice el plazo de admisión de originales, el 8 de octubre de 2021.

Este tribunal estará integrado por los siguientes miembros:

Presidente: alcalde del Ayuntamiento de Dodro, con voz y sin voto.

Secretario: concejal de Cultura y Patrimonio del Ayuntamiento de Dodro, con voz y sin voto.

Vocales: cuatro personas de reconocida objetividad y competencia en el género de la poesía, así como en la crítica literaria propuestas por el/a coordinador/la del XXXIV Premio de Poesía Eusebio Lorenzo Baleirón 2021.

Las funciones de los miembros vocales serán:

Leer y valorar la calidad literaria de las obras presentadas en el marco de esta convocatoria.

Juntarse el día 6 de noviembre de 2021, en la Casa de la Cultura de Dodro para decidir el poemario ganador.

Participar en la tradicional ofrenda floral en el cementerio de San Xián de Laíño, donde Eusebio Lorenzo Baleirón queda enterrado así como en otros actos de homenaje programados en el marco del certamen.

Asistir al acto de entrega oficial del XXXVI Premio de Poesía Eusebio Lorenzo Baleirón 2021, el 11 de diciembre de 2021, en el CPI Eusebio Lorenzo Baleirón.

La decisión del jurado será inapelable y se dará a conocer el día 6 de noviembre de 2021, en la Casa de la Cultura del Ayuntamiento de Dodro. Este tribunal tendrá además la facultad de declarar desierto el premio por la falta de presentación de obras, porque no reúnen los suficientes méritos o porque no se ajustan a las condiciones establecidas en la convocatoria.

Décima.–CRITERIOS DE VALORACIÓN.

1. La concesión de este premio se efectuará en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios de objetividad, transparencia, igualdad, no discriminación y publicidad.

2. Para garantizar la concurrencia competitiva en el procedimiento, el jurado realizará la evaluación de las candidaturas presentadas, adjudicando un máximo de 50 puntos a cada trabajo, atendiendo a los siguientes criterios:

la) La calidad artística y técnica: hasta 20 puntos. Atendiendo a la riqueza expresiva del lenguaje empleada y a la coherencia en el desarrollo de la obra.

b) La creatividad y originalidad: hasta 20 puntos. Se tendrá en cuenta la calidad de la escritura y la capacidad innovadora de la creación en la estructura, contenidos y lenguaje, así como el valor estético del conjunto.

c) El interés literario general de la obra y su contribución al patrimonio cultural lingüístico gallego: hasta 10 puntos.

3. Para que los poemarios puedan optar al premio será necesario que alcancen una puntuación mínima de 25 puntos.

4. En caso de que los proyectos tuvieran la misma puntuación y hubiera que proceder al desempate entre ambos, se dará prioridad a aquel proyecto que tenga mejor puntuación en el criterio 2.b.

Undécima.–PUBLICIDAD.

Una vez aprobadas las presentes bases, serán objeto de publicación conforme a lo dispuesto en la normativa vigente.

Duodécima.–CONCESIÓN DEL PREMIO.

El pago del premio, en metálico, concedido se hará efectivo mediante una transferencia bancaria al número de cuenta indicado por la persona ganadora. En este momento se practicarán las oportunas retenciones según la normativa tributaria vigente.

La persona beneficiaria del premio autorizará el Ayuntamiento a obtener por medios telemáticos los certificados correspondientes de encontrarse al corriente de deberes tributarios y con la Seguridad Social.

Decimotercera.–OBLIGACIONES DEL/A CANDIDATO/A PREMIADO/A.

La persona ganadora se comprometerá a estar presente tanto en el acto de entrega del premio como en la presentación de la obra y en cuantas actuaciones promocionales se acuerden.

Decimocuarta.–ENTREGA DEL PREMIO.

La entrega del premio tendrá lugar en un acto público que organizará a tal efecto el Ayuntamiento de Dodro el día 11 de diciembre de 2021, en el CPI Eusebio Lorenzo Baleirón.

Decimoquinta.–DEVOLUCIÓN DE Las OBRAS NO PREMIADAS.

Los/las candidatos/las no premiados/las podrán solicitar la devolución de sus trabajos en el plazo de un mes contado desde la fecha de resolución.

Aquellas obras no premiadas que no habían sido solicitadas, serán eliminadas debidamente una vez resuelto el procedimiento.

Decimosexta.–DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL Y DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.

La participación en el concurso previsto en estas bases implica la aceptación incondicional de las siguientes cláusulas por parte de los/las participantes:

1.º) En el supuesto de concursos que impliquen la creación o representación de obras literarias y artísticas, la cesión en modalidad no exclusiva al Ayuntamiento de Dodro de manera gratuita de los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública y publicación, durante el plazo de 18 meses.

2.º) La autorización al Ayuntamiento para la publicación en la página web, redes sociales y publicaciones de su titularidad del nombre y apellidos de la persona premiada, así como fotografías y vídeos de esta en los actos de entrega de premios o en la participación en las actividades culturales, deportivas, lúdicas etc. objeto del concurso.

3.º) La publicación de los datos personales de la persona premiada e imponerte del premio en la Base de Datos Nacional de Subvenciones de conformidad con la legislación vigente.

Décimo séptima.–INSPECCIÓN Y CONTROL.

El Ayuntamiento podrá realizar las comprobaciones que estime oportunas respeto de las actividades premiadas y tendrá acceso a toda la documentación justificativa de estas, así como a requerir a la persona premiada en los tener que precise.

Decimoctava.–INFRACCIONES Y SANCIONES.

El régimen de infracciones y sanciones será lo establecido en el Título IV de la Ley 38/2003.

El incumplimiento parcial o total de las condiciones establecidas, la desviación del premio para actividades o conceptos no estimados en el proceso de tramitación y resolución, el incumplimiento del deber de justificación, la duplicidad de subvenciones para un mismo programa, siempre que no sean complementarias con cargo a créditos de otras administraciones públicas, constituirán causa determinante para la revocación del premio concedido, con la siguiente devolución de los créditos obtenidos. Igualmente, la falsedad u ocultación de los datos exigidos en las correspondientes convocatorias, así como la aplicación de la prestación a fines distintos de los previstos, dará lugar a la cancelación del premio y el deber del reintegro de las cantidades recibidas.

Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de créditos de derecho público, resultando de aplicación para su cobro en lo previsto en el Reglamento General de Recaudación.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

En el no previsto en estas bases serán de aplicación la Ley 38/2003 de subvenciones, el Reglamento General de subvenciones, la Ley reguladora de las Bases del Régimen Local y la Ley de Haciendas Locales.

 

ANEXO I

SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN, DECLARACIÓN DE AUTORÍA Y ACEPTACIÓN DE Las BASES

DEL XXXIV PREMIO DE POESÍA EUSEBIO LORENZO BALEIRÓN 2021

 

Don/a ......................................................................................................................................................

con DNI ..................................... y dirección postal (a efectos de notificaciones) ................................

.................................................................................................................................................................

con el número de teléfono móvil ...........................................................

y con la siguiente dirección electrónica ...............................................................

 

APORTO:

-Copia del DNI

-Breve currículo literario

 

DECLARO BAJO Mi RESPONSABILIDAD:

 

1. Que deseo participar en el XXXIV Premio de Poesía Eusebio Lorenzo Baleirón 2021 bajo el lema seudónimo ........................................................................... con la obra titulada...........

.....................................................................................................................................................

2. Que garantizo la autoría y originalidad de este trabajo, que es inédito, no fue premiado, ni presentado simultáneamente a otros certámenes.

3. Que soy titular de todos los derechos de autoría de la obra y que esta se encuentra libre de cargas y/o limitaciones a los derechos de explotación y no mantiene compromiso de publicación con ninguna editorial.

4. Que se este trabajo resulta premiado, le cedo al Ayuntamiento de Dodro sus derechos de publicación, edición y difusión en los tener establecidos en las bases.

5. Que acepto incondicionalmente la totalidad de estas bases así como el resto de la legislación aplicable.

 

................................., a ....... de............................... de 2021.

 

Firma:

 

ANEXO II

DECLARACIÓN RESPONSABLE

 

Don/a ......................................................................................................................................................

con DNI ................................

y dirección postal (a efectos de notificaciones) ....................................................................................

.................................................................................................................................................................

 

DECLARO RESPONSABLEMENTE:

Que tengo plena capacidad de obrar para concurrir a la convocatoria del XXXIV PREMIO DE POESÍA EUSEBIO LORENZO BALEIRÓN 2021.

Que cumplo con las disposiciones de las bases del certamen.

Que no me encuentro incurso/la en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiario/la de subvenciones públicas, conforme a la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

Que me encuentro al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones vigentes. Asimismo, autorizo el Ayuntamiento de Dodro la obtener por medios telemáticos los certificados correspondientes de encontrarme al corriente de deberes tributarios y con la Seguridad Social.

Que acepto el premio que mi obra había podido recibir, segundo lo estipulado en las BASES DEL XXXIV PREMIO DE POESÍA EUSEBIO LORENZO BALEIRÓN 2021 y que me comprometo a cumplir con el dispuesto en ellas.

Que consiento expresamente el tratamiento de los datos personales que consten en la solicitud para la participación en el premio, de conformidad con el establecido en la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

 

(Lugar, fecha y firma)”

______________________________________________________________________________________________

 

Dodro, 30 de junio de 2021.

El alcalde,

Francisco Xabier Castro Tourís

2021/5444

 

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